Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

México, Distrito Federal, martes 02 de abril, 2013

 

Propone Senador Miguel Barbosa que juicios de amparo no duren más de 90 días en su desahogo

 

* Conferencia de prensa ofrecida por el senador Miguel Barbosa Huerta, coordinador del Grupo Parlamentario del PRD para hablar sobre la iniciativa de reforma de la Ley de Amparo.

 

Miguel Barbosa Huerta (MBH): A ver… sólo para referirme a la iniciativa que acabo de presentar y que tiene que ver con reformas a la recién reformada Ley de Amparo, porque sin duda que la reforma que acabamos de aprobar y que fue promulgada ayer y publicada hoy moderniza este juicio, esta institución jurídica del Sistema Jurídico Mexicano, lo pone en la condición de ser útil, accesible para toda persona pero adolece de procedimientos que permitan que este juicio en cuanto a su sustanciación sea rápida, y puede si permanece las reglas de sustanciación volverse un procedimiento muy largo, y entonces caer nuevamente en el abuso de la ley, el abuso de quienes promueven un amparo obtiene la suspensión provisional o definitiva que son medidas cautelares para preservar la materia del amparo y eternizarlo a sabiendas en su promoción que lo hicieron con ese propósito y no con ganar de fondo la sentencia o encontrar en la resolución final la restitución de un derecho violado.
 
 

Por eso es que estamos promoviendo esta iniciativa de reformas para que se pueda garantizar la prontitud en la resolución de un juicio de amparo, que un juicio de amparo no dure más de 90 días en su desahogo, actualmente la eternización en la resolución o en la sustanciación depende de la posibilidad del digerimiento de la audiencia constitucional.

 

Hoy lo que estamos planteando es que la audiencia constitucional sólo pueda ser diferida hasta por dos ocasiones y por tanto los 30 primeros días para celebrar la primera, a ellos se puedan adicionar 60 días más en la posibilidad de diferir dos veces y poder resolver los juicios de amparo en no más de 90 días, es la forma también para garantizar el acceso a la justicia.

 

Quienes tuvieron una opinión distinta sobre la negación a que los procedimientos de amparo, juicios de amparo promovidos por concesionarios, por ejemplo, no tuvieran posibilidad de conseguir la suspensión provisional y la suspensión definitiva, hoy la posibilidad es cuando llegara a aprobarse de que el juicio de amparo que se promoviera tuviera una resolución rápida.

 

Así es que ese es el sentido de esta reforma, de esta propuesta a hacer efectivo el acceso de la justicia a todos y hacer posible que los juicios de amparo sean utilizados con ese propósito: restituir un derecho violado y no obtener una suspensión provisional y definitiva para eternizar el procedimiento.

 

Es lo que quiero comentarles y les agradezco que me hayan escuchado, si hubiera alguna opinión estoy gustoso a responder:

 

Pregunta (P): Senador, ¿dado a que acaba a penas de promulgarse no parecería un exceso?

 

 MBH: Es que sin duda que toda ley aún recientemente promulgada o puesta en vigor debe de requerir el reconocimiento legislativo sobre cosas que quedaron pendientes y yo lo que aquí afirmo quedó pendiente es una sustanciación pronta, se quedaron las mismas reglas de sustanciación que hacen posible la eternización del juicio de amparo y lo que pretendemos es que tenga un plazo de resolución no mayor a 90 días.

 

P: Inaudible.

 

 MBH: Técnicamente puede decirse porque una, un juicio de amparo se resuelve la audiencia definitiva de 30 días pero hay la posibilidad de diferir sin límite la audiencia constitucional y con ello eternizar la resolución.

 

Aquí lo que estamos planteando es que el diferimiento de la audiencia constitucional pueda ser hasta por dos veces más con 30 días entre una y otra fecha y por tanto que el amparo pues se resuelva en un caso no mayor a 90 días.

 

P: Senador sobre el turno de la minuta de telecomunicaciones nos podría explicar ¿cuál fue la motivación de mandarla a cuatro comisiones?

 

 MBH: Bueno es la forma de poder encontrar una participación de los grupos parlamentarios y eso no implica un procedimiento dilatorio ni obstruccionista ¿sí?, la decisión en comisiones tendrá que ser en no más de una semana y fracción y unos días más para el Pleno, así es que no se vea como un asunto de dilación, yo sigo afirmando que en el Senado tenemos la madurez para encontrar los acuerdos de manera pronta y que vamos a actuar con responsabilidad.

 

P: El senador Cordero dijo que se van a tomar el tiempo necesario…

 

 MBH: En lo que resta del periodo ordinario sí, todo el que sea necesario, no más.

 

P: Inaudible.

 

 MBH: En materia de telecomunicaciones no.

 

P: Senador sabe en qué consistían esas inconsistencias con que llegó la minuta porque el senador Cordero dijo que…

 

 MBH: Pues esas son las opiniones del coordinador de los senadores del PAN, nosotros estamos escuchando expertos, vamos a escuchar a la parte, a los involucrados en el sector oficial, queremos que los interesados hagan caso de nuestras invitaciones y vamos a formar nuestra opinión de manera clara a no más del día viernes.

 

Gracias.


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