Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 

(Sigue 13ª .parte)
. . .en palabras de la Directora General de la UNESCO  y Irina Bokova, alentar a los autores  y artistas y velar porque la alfabetización y los formatos accesibles lleguen a más mujeres y hombres, porque los libros son  nuestras herramientas más poderosas para erradicar la pobreza y construir la paz.

En España, en esta fecha se entrega el Premio Cervantes, el mayor galardón otorgado a los autores hispanos, este año para beneplácito de nuestro país México, lo recibió Helena Poniatowska,  cuarta mujer  y quinta mexicana en recibir este premio, el más importante de la literatura hispánica.

La literatura de Elena Poniatowska es rebelde y a pesar de la aspereza de su realismo abre siempre lugar a la esperanza y al compromiso social y humano,  dijo el Rey Juan Carlos de España; francesa de nacimiento, polaca de apellido, pero mexicana por convicción, Poniatowska ha dedicado buena parte de su vida, 60 años a reseñar la historia de las mujeres, de los desprotegidos, de los marginados, pero también son importantes  sus ensayos, novelas y biografías,  desde grandes reportajes y cronistas como la Noche de Tlatelolco y  Las Soldaduras hasta El Universo o Nada”; la biografía novelada de su marido, Guillermo Aro, pasando por novelas como La Piel del Cielo o Hasta No Verte, Jesús Mío.

Acción Nacional desde esta tribuna envía una calurosa  felicitación a la recién galardonada.

Por otra parte, de acuerdo con la información de la Encuesta Nacional de Hábitos, Prácticas y Consumos Culturales de CONACULTA de 2010, 41 por ciento  de la población ha ido alguna vez a una librería y 55 por ciento a una biblioteca. Según datos de esta institución, existen más  de 7 mil bibliotecas públicas en el país,  lo cual permite  que los libros estén al alcance de un mayor número de personas, y con ello el fomento a la lectura sea ya un hábito en distintas comunidades, y es que las bibliotecas no sólo permiten ampliar el acceso a la información del público en general, sino que también son fundamentales para la salvaguarda de la memoria cultural e intelectual.

Sin embargo, el nivel de lectura en México  es bajo, de 2.9 libros, si se compara con el 4o de Brasil, 4.6 de Argentina, 5.4  de Chile y los 10.1 libros  leídos al año en España, en promedio, de acuerdo con una investigación realizada  por el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina en 2012 que depende de la UNESCO.

Por eso es tan importante que hayamos aprobado ayer una nueva reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor para exentar del pago de regalías a quienes publiquen obra artística y literaria sin fines de lucro  para personas con discapacidad.

El propósito es beneficiar a las personas con discapacidad visual, debido a su escaso acceso material impreso, auditivo de obras literarias.

Las senadoras y los senadores de Acción Nacional, seguiremos impulsando este tipo de  reformas para fomentar la lectura, porque sabemos que leer es crecer, imaginar, enamorarse, mirar a través de los ojos de los otros para ser sencillamente  nosotros mismos.

La lectura es una actividad a la que muy pocas personas se dedican de manera seria y constante, y la mayoría de quienes lo hacen es porque por distintos motivos se ven obligados a ello.

Sumerjámonos en el   saber literario, eduquemos nuestra mente y reforcemos nuestro intelecto  con el pan del conocimiento.

Miguel de Cervantes Saavedra dice:

“El que lee mucho y anda mucho,  e mucho y sabe mucho”.

Esta, compañeros legisladores es una verdad indiscutible.

Por su atención, muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias Senador Daniel Avila Ruiz.

A continuación para el mismo asunto se le concede el uso  de la palabra a la Senadora Blanca Alcalá Ruiz,  del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

-LA C. SENADORA BLANCA ALCALA RUIZ:  Gracias, señor Presidente.

Seré breve.

Iniciaré mi intervención  citando a José Emilio Pacheco, destacado escritor mexicano, quien falleció en enero de este año y quién expresó:

 “No temo la muerte, sino a morir  sin terminar un libro”.

Lo traigo a la memoria, porque me parece, por demás oportuno  en ocasión de la conmemoración que nos ocupa y que ya el día de ayer hacía yo referencia del día internacional del libro y de los derechos de autor.

Por cierto, ningún libro impreso  o electrónico puede separarse de quien lo concibió.

Ningún libro corre una suerte distinta al lado de su creador, si alguien presagia la muerte de un libro,  está al mismo tiempo condenado a la suerte de sus autores.

Por eso me parece que el Estado y la sociedad tienen un doble responsabilidad; primero, evidentemente fomentar la lectura y la producción  editorial que han hecho referencia mis compañeros, pero también promover el respeto, la defensa, la promoción de los derechos de los autores como derechos humanos.

A esto quiero, sobre todo referirme.

Sin duda, constituye un derecho humano  el que el Estado garantice la protección de las obras, producto de la creatividad individual  o colectiva, esta pretensión permitirá que  el legado cultural de una nación  se enriquezca día con día y al mismo tiempo se conserve para futuras generaciones.

Será el tiempo, será el interés de la sociedad la que defina  qué  obras del genio individual prevalecerán en la memoria y en la historia.

Un libro constituye sin duda el objeto por excelencia de divulgación del conocimiento, de la historia, de las ideas, de la reflexión crítica, del gozo literario  o todo junto.

“Un libro  -como decía George  Steiner- puede seducir o asquear”.

Apelar a la virtud, a la barbarie, magnificar la sensibilidad  o banalizarla, y podemos concluir con él que un libro  puede tanto que ninguna hermenéutica, ninguna psicología  pueda  predecir ni calcular  su verdadera fuerza.

Esa es, compañeras y compañeros  legisladores el valor de los libros y de sus autores.

 Esa es, precisamente la atención a la que apelo, puedan tener ustedes a este tema por demás significativo.

En este sentido, celebro el interés y las cifras a las qu ya han hecho referencia diversos legisladores, y vuelvo a reiterar mi invitación a que entonces actuemos  en consecuencia, los datos dados a conocer recientemente por el Instituto  Nacional de Geografía e Informática nos colocan en una  situación  por demás preocupante que debemos de atender.

Pues si hacemos de la lectura un hábito nacional, entonces estaremos realmente pensamos que las generaciones  futuras puedan tener la posibilidad de construir, de trascender y sobre todo de debatir.

Nuestra intención es que cada día haya más autores de obras  artísticas y literarias, de obras científicas, de libros para la reflexión que hagan de nuestra sociedad un lugar  sin restricciones, sin límites al conocimiento y a la libertad creativa, que haya libros, que haya autores en todas partes, sería nuestra mejor apuesta para un futuro  venturoso.

Me parece que la responsabilidad está no tan sólo en los discursos de este día o del día de ayer, sino que hagamos realmente en consecuencia el interés  en las leyes que estamos aprobando en la materia.

Muchas gracias. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:  Tenemos ahora la segunda lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia; de Defensa Nacional; de Estudios Legislativos; de Estudios Legislativos, Primera; y de Estudios Legislativos, Segunda, con Proyecto de Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Federal de Procedimientos Penales, y de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, en materia de justicia militar.

A este dictamen se le dio primera lectura hace unos momentos.

En consecuencia, consulte la Secretaría  a la Asamblea, en votación económica si autoriza que se dispense la segunda lectura del dictamen y se ponga a discusión de inmediato.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la Asamblea, en votación económica si autoriza que se dispense la segunda lectura  del anterior dictamen.

-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

-Sí se dispensa la segunda lectura, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDARADE  En consecuencia, se concede el uso de la palabra al señor Senador Roberto Gil Zuarth, para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Justicia en términos de lo dispuesto por el artículo . . .

 

(Sigue 14ª parte)
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Se concede el uso de la palabra al Senador Roberto Gil Zuarth, para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Justicia en términos de lo dispuesto por el artículo 196 del Reglamento, hasta por 10 minutos.

-EL C. SENADOR ROBERTO GIL ZUARTH: Con su permiso, señor Presidente.

Honorable Asamblea;
Señoras senadoras;
Señores senadores:

El día de hoy es uno de esos buenos días del Congreso de la Unión, es uno de esos días donde se  reivindica y dignifica a la política, donde se privilegian los intereses de Estado, donde se hacen vigentes los derechos humanos y el patrimonio ético de la humanidad que ello constituye.

Presentamos el día de hoy al Pleno del Senado de la República un dictamen que comprende modificaciones a diversas disposiciones, entre ellas, al Código de Justicia Militar en cumplimiento de resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de Sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Una discusión largamente procesada en el Senado de la República, que hoy afortunadamente llega a su conclusión.

Prácticamente, más de un año, este Senado de la República discutió la forma técnica de dar cauce a las resoluciones antes comentadas y hacer plenamente vigente el derecho de acceso a la justicia de las personas que tienen a la condición de civil frente a delitos cometidos por militares.

Debo reconocer, en primer lugar, el trabajo realizado por la Comisión de Justicia, por su Mesa Directiva, por la Senadora Arely Gómez, por el Senador Manuel Camacho Solís.

Debo también reconocer a los Presidentes de las Comisiones Codictaminadoras:

Al Senador Alejandro Encinas;
A la Senadora Angélica de la Peña;
Al Senador Fernando Yunes, porque este trabajo que hoy se presenta es producto de su responsabilidad, de su visión de Estado, pero sobre todo de su sensibilidad frente a la agenda y el expediente de los derechos humanos.

Debo también hacer un especial reconocimiento al cuerpo técnico de asesores que acompañó durante todo este tiempo a las comisiones dictaminadoras.

A la Secretaría Técnica de la Comisión de Justicia,
Marien Rivera Carrillo;
Jaime Chávez Alor;
Hugo Rosas de León,
Juaenedi Vizcaíno;
Gabriel Delgadillo;
Olivia Rubio;
Tomás Darío Pérez;
Mildred  León;
Fernando Soto.
Durante muchas horas, largas horas estuvieron explorando y construyendo soluciones, redacciones, y hoy el resultado que se presenta a este Pleno es producto de sus atinados consejos.

El contenido del dictamen le da solución al fuero militar.

Distintas Iniciativas se han presentado en esta legislatura y en otras.

Esta modificación no solamente es producto del trabajo político, sino también de un diálogo responsable y democrático con las fuerzas armadas.

Por primera vez en la historia de este parlamento comparecieron representantes de las fuerzas armadas en audiencia pública para intercambiar puntos de vista, técnicos y también institucionales sobre el contenido de esta política pública.

Nuestro reconocimiento también a las fuerzas armadas por su disposición, su participación, y sobre todo su contribución a este resultado.
El alcance del foro militar se encuentra comprendido en el artículo 57 del Código de Justicia Militar.

La propuesta de modificación que le hacemos hoy a su consideración implica lo siguiente:

Como regla general, se considerarán delitos contra la disciplina militar aquellos comprendidos en el libro segundo del código.

Sin embargo, se establece una excepción prevista en el artículo 337 que expresa: “Que las conductas establecidas en dicho libro segundo no serán considerados como delitos contra la disciplina militar cuando no se encuentren los militares en campaña.

Lo anterior es así, pues dichas conductas establecen desde su construcción típica a civiles como sujetos pasivos del delito.

Por tanto, si las conductas descritas en dicho libro segundo se llevaron a cabo cuando los militares no estuvieran en campaña y de ellas resultara en delitos común o federal serán juzgados siempre por tribunales federales ordinarios.

Serán también considerados como delitos contra la disciplina militar los delitos del orden común o federal cometidos por militares siempre y cuando no tenga la condición de civil el sujeto pasivo que reciente sobre su persona la afectación producida por la conducta delictiva, o la persona titular del bien jurídico opuesto en peligro por la acción o la omisión prevista en la ley penal como delito.

Es decir, nunca, en ningún caso, cuando una persona civil esté comprendida e implica en un delito cometido por militares, en ningún caso se juzgara en la jurisdicción militar, siempre serán juzgados en la jurisdicción civil.

Asimismo, se establece claramente un conjunto de modificaciones para adecuar el Código de Justicia Militar a los principios y los valores que rigen el sistema penal acusatorio.

Hemos revisado a cabalidad todas y cada uno de los dispositivos previsto en el Código de Justicia Militar, para que la presunción de inocencia y las reglas establecidas en el nuevo modelo de justicia penal también apliquen a los delitos contra la disciplina militar.

Hemos logrado  --señoras senadoras, señores senadores--  un equilibrio político de larga profundidad, y sobre todo de alcances inconmensurables.

Es un avance sustancial en la protección de los derechos humanos.

Es un avance sustancial en el reconocimiento de la universalidad de los derechos humanos y de la jurisdicción plena que tiene el sistema interamericano de derechos humanos en nuestro país.

Es una buena noticia para el Congreso de la Unión y para México el dictamen que hoy se presenta.

Ruego a todos ustedes su voto por la afirmativa, porque es una forma de honrar un compromiso del Estado mexicano con los derechos humanos, pero sobre todo un compromiso ético que tenemos quienes asumimos una responsabilidad pública con la protección y la vigencia de los derechos humanos en nuestro país.

Por su atención, muchísimas gracias. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Tiene ahora el uso de la tribuna el Senador Fernando Yunes Márquez, para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Defensa Nacional en términos de lo dispuesto por el artículo 196 del Reglamento, hasta por 10 minutos.

-EL C. SENADOR FERNANDO YUNES MARQUEZ: Con el permiso de la Presidencia.

Nuestro Código de Justicia Militar que data de 1933 no había tenido una reforma de largo alcance como la que se espera se apruebe hoy en este Senado.
Quiero empezar por reconocer a los integrantes de la Comisión de Defensa Nacional por su invaluable apoyo en la elaboración de este dictamen, y de manera especial a los Presidentes de las Comisiones de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda: los Senadores Roberto Gil Zuarth; y Alejandro Encinas, por su incomparable esfuerzo por llevar y coordinar toda la elaboración de este dictamen.

De igual forma, reconozco la voluntad y el empeño mostrado por todas las senadoras y senadores integrantes de todas estas comisiones.

Quiero hacer un especial reconocimiento a las organizaciones de la sociedad civil, y académicos que participaron en las audiencias públicas. Sin sus aportaciones no hubiera sido posible la construcción de este documento.

Su apertura y capacidad de diálogo son, sin duda, un símbolo de que política y sociedad pueden converger para lograr acuerdos en beneficio de los ciudadanos.

De manera especial hago un sincero y respetuoso reconocimiento a las fuerzas armadas que comandan el General-Secretario Salvador Cienfuegos; y el Almirante Vidal Francisco Soberón, el haber girado instrucciones para que los representantes de sus dependencias acudieran a las audiencias públicas, así como a todas las reuniones para las cuales fueron convocados, nos llenan de orgullo porque se rompen viejos paradigmas.

Hoy las relaciones de las instituciones de las fuerzas armadas y el Senado de la República es grata y respetuosa, pero sobre todo de cooperación para construir las normas que rigen su organización interna.

Este dictamen no pudiera haber sido posible sin su apertura y capacidad de diálogo, así como sus invaluables conocimientos y experiencia expresados por los representantes que acudieron a dichos llamados.

El dictamen que hoy nos ocupa es producto de 8 iniciativas presentadas por distintos legisladores en la actual y pasadas legislaturas, así como por el pasado Poder Ejecutivo.

A partir de éstas, las Comisiones Unidas iniciaron un largo camino ya desde el año 2009 y en la actual legislatura, empezando el 2012, complicado, pero que se ha llegado a resultados muy positivos.

Recordemos que con todas estas iniciativas se tiene como objetivo común el cumplimiento de las obligaciones internacionales que ha adoptado el Estado mexicano en la materia; representa también el punto de partida hacia la armonización del sistema normativo de la materia producto de los criterios jurídicos emanados de tribunales nacionales e internacionales que obligaron al Poder Legislativo a atender, revisar y adecuar las normas que rigen la organización…

 

(Sigue 15ª parte)
…emanados de tribunales nacionales e internacionales, que obligaron al Poder Legislativo, a atender, revisar y adecuar las normas que rigen la organización militar del país.

Todas las iniciativas coinciden en que el punto de partida es el caso Rosendo Radilla Pacheco, en contra del Estado; misma que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, determinó que la utilización de la jurisdicción penal militar, debía ser mínima, y debe encontrarse inspirada en los principios y garantías que rigen en el derecho penal moderno.

Posterior a este caso, surgieron otros cuatros, principalmente los que la Corte Interamericana, determinara prácticamente los mismos criterios y ordenó al Congreso de la Unión, a compatibilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, con los estándares internacionales en la materia y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Asimismo, determinó que las personas afectadas por la intervención del fuero militar, cuenten con un recurso efectivo, de impugnación de competencia.
A partir de estos criterios, así como los de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estas comisiones comenzaron el estudio y análisis del régimen de excepción, descrito en el artículo 13 de nuestra Carta Magna. Que establece, entre otras, que subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares, en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército o Fuerzas Armadas.

Cuando en un delito o falta el orden militar, estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.

Respecto al fondo del dictamen, es importante señalar que se hicieron diversas reformas en distintos temas; pero el que más preocupa a las organizaciones de la sociedad civil, así como a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es, por supuesto, el tema de fuero militar.

Al efecto, estas comisiones determinaron las siguientes conclusiones:

La actual redacción del artículo 57 fracción II del Código de Justicia Militar, resulta incompatible con lo dispuesto en el 13 constitucional, así como lo establecido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles.

Segundo. Frente a situaciones que vulneran derechos humanos de civiles, bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar.

De esta forma se delinean claramente los alcances del fuero militar, bajo tres directrices fundamentales:

Primero. En un estado democrático de derecho, la jurisdicción penal militar, debe tener un  alcance restrictivo y excepcional.

Segundo. Solo se debe juzgar a militares en activo, por la comisión de delitos y faltas, que por su naturaleza atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar.

Tercero. La víctima civil tiene derecho a participar en el proceso penal, no solo para efectos de la reparación del daño, sino también para hacer efectivos sus derechos a la verdad y a la justicia.

En términos de la aplicación de la justicia, se determina que los Ministerios Públicos Militares, en cuanto tengan conocimiento de que la comisión de un delito se encuentre implicado un civil, deberán remitirlo a la justicia civil.

Por otra parte, se crea la figura de los Jueces de Ejecución de Sentencia, con la finalidad de atender el mandato del Constituyente Permanente, en la reforma del 18 de junio del año 2008.

Además, se modifica el término de “policía judicial ministerial” por “policía ministerial militar” y se establecen facultades específicas.

También se hace correctiva distinción, entre Secretaría de la Defensa Nacional y Secretaría de Marina, ya que anteriormente se hacía referencia a la Secretaría de Guerra y Marina, como una sola institución.

De igual forma se sustituye el término “pena corporal” por el de “pena privativa de la libertad”.

Esto para modernizar los conceptos y adecuarlos a las normas apegadas a los derechos humanos.

Por otra parte, el dictamen se pronuncia en favor de la presunción de inocencia, en lugar de partir de la presunción delictuosa.

Esto de conformidad a lo que establece el artículo 20, apartado B fracción I de la Constitución, en estos términos.
El sistema penitenciario militar, recibe también una reforma. Adecuándola a las normas actuales que prevalecen en nuestro país, para buscar que tengan una organización sobre la base del trabajo, capacitación, educación, salud, deporte y adiestramiento, con medios para mantener al sentenciado apto para el servicio militar, cuando regresar a sus actividades.

Por último, se deja clara que los militares que hayan sido sentenciados o a quienes se les haya impuesto prisión preventiva, puedan compurgar su pena en prisiones militares. Esto para proteger la seguridad del propio militar sentenciado.

Para que ocurra esto, el imputado deberá ser quien lo solicite al juez que instruya el proceso.

Estas son las modificaciones al Código Justicia Militar más relevantes, que sin duda alguna, lo llevan hacer un código más moderno, armonizado con las demás normas que nos rigen y, sobre todo, apegado a las opiniones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la sociedad civil, que desde hace muchos años pedían que este código fuera reformado.

Los esfuerzos que han llevado a cabo las instituciones de las Fuerzas Armadas, al respecto, son importantes. Para que su actuación sea con respeto absoluto a los derechos humanos; esto les permitirá contar ahora, con un marco normativo que, sin duda, coadyuvará a que esos esfuerzos tengan frutos positivos.

Los senadores integrantes de las comisiones unidas y en especial de la comisión de Defensa Nacional, nos complacemos con este dictamen, en el que distintas ideologías convergieron, para construir una norma que tiene alances mayores y que provocará un cambio positivo, en la manera en la que se rige la disciplina militar de nuestras Fuerzas Armadas.

Una vez más, mi reconocimiento a las senadoras y senadores que participaron en la redacción de este dictamen. A la sociedad civil, que expresó sus inquietudes e hicieron aportes fundamentales para la construcción del mismo, así como a las instituciones de las Fuerzas Armadas, que se abrieron al diálogo y compartieron con nosotros.  Aquí en la casa del federalismo, sus opiniones, inquietudes, conocimientos y experiencia.

Todo ello, generó que hoy tengamos un documento apegado a las normas internacionales y nacionales, buscando en todo momento, la protección de los derechos humanos, tanto de militares como de civiles.

Es cuanta, presidenta. (Aplausos)

-LA C. PRESIDENTA HERRERA ANZALDO: Gracias, senador.

A nombre del Senado de la  República, esta Mesa Directiva da la más cordial bienvenida a personas provenientes del estado de Hidalgo, invitados por el senador Omar Fayad Meneses.

A personas provenientes del estado de Querétaro, invitadas por la senadora Marcela Torres Peimbert.

Y agradece la visita de los alumnos del Instituto Panamericano de Alta Dirección de Empresas, IPADE, invitados por el senador Jorge Luis Preciado Rodríguez.

Sean todos muy bienvenidos. (Aplausos)

Enseguida tiene el uso de la palabra el senador Alejandro Encinas Rodríguez, para presentar el dictamen a nombre de la comisión de Estudios Legislativos, Segunda, en términos de lo dispuesto por el artículo 196 del Reglamento, hasta por diez minutos.

-EL C. SENADOR ALEJANDRO ENCINAS RODRÍGUEZ: Muchas gracias, senadora presidenta.

Compañeras y compañeros senadores: Como bien lo ha señalado aquí el senador Roberto Gil, estamos ante la posibilidad de aprobar un dictamen, que va a modificar de manera sustantiva, lo dijo el senador Camacho, hoy por la mañana, las relaciones del Estado, de la sociedad, con las Fuerzas Armadas.

La propuesta de dictamen en materia de justicia militar, ha sido el resultado de un largo proceso de discusiones, que no se inició en esta legislatura. Es un tema que hemos venido abordando desde legislaturas anteriores, y prueba de ello es como, solamente, en la admisión de este dictamen, fueron consideradas ocho iniciativas, presentadas entre el período del 2009 y el año de 2013.

En cada una de estas iniciativas, se analizó con detenimiento su exposición de motivos. El marco normativo, que éstas buscaban modificar, se cotejaron las propuestas entre sí con la ley vigente y se llevó adelante un trabajo de construcción de acuerdos, que permitió el desarrollo de una muy amplia y vasta audiencia ciudadana, las cuales se llevaron a cabo entre el 24 de septiembre del año 2013 y el 24 de febrero del presente año, en el que participaron académicos, especialistas, representantes de organizaciones de la sociedad civil y hay que destacarlo, por primera vez en la historia del Congreso de la Unión, representantes de las Fuerzas Armadas participaron en una audiencia pública, a presentar sus propuestas, en un debate de cara a la Nación.

Esto indudablemente, amerita el reconocimiento por parte de los integrantes de las comisiones unidas, no solamente de la voluntad política, sino también de un cambio de actitud, profundo en los responsables de la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina, quienes han en todo momento, dado cuenta…


(SIGUE  16ª PARTE)
… y la Secretaría de Marina quienes han, en todo momento, dado cuenta de la disposición de construir una nueva relación entre el Poder Legislativo y estas áreas de las Fuerzas Armadas del Poder Ejecutivo en el país.

Por eso nuestro reconocimiento al titular de la Defensa Nacional, al Titular de la Secretaría de Marina, con quienes justamente el día de ayer comentábamos que hace ya algunos años siendo nosotros más jóvenes, difícilmente hubiéramos podido escuchar un discurso como el que hizo ayer el secretario de la Marina, reivindicando la democracia, la diversidad de ideas la pluralidad política que caracteriza no sólo al Congreso y a la nación, y cómo las Fuerzas Armadas son respetuosas de este rasgo característico y distintivo de nuestro país.

Quiero también hacer un reconocimiento a mis compañeras  y compañeros senadores de las Comisiones Unidas que participaron en este dictamen.

En especial y lo quiero destacar, quiero hacer un reconocimiento a la diligencia y al profesionalismo con el que el senador Roberto Gil condujo la coordinación del trabajo de las Comisiones Unidas que permitió construir este consenso.

Al igual que al senador Yunes, presidente de la Comisión de Defensa Nacional, a mi compañero Manuel Camacho Solís y mi compañera Arely Gómez de la Comisión de Justicia, y la participación abierta, clara, decidida de mi compañera Angélica de la Peña en su carácter de presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de este Senado de la República.

Con esta minuta no solamente se avanza en armonizar la legislación del Código de Justicia Militar con las reformas que se realizaron en el año 2011 en materia constitucional para elevar a rango constitucional los derechos humanos.

No sólo se avanza en regular la justicia para adolescentes que participan en las escuelas y colegios de las Fuerzas Armadas y tampoco se reducen a la actualización de los temas jurídicos que registran un profundo rezago.

Yo quiero destacar que la mayor importancia de esta Reforma es que toca un tema que durante muchos años fue un tema tabú en la vida de nuestro país y que prácticamente se eludía su discusión y que se había mantenido intocado desde la entrada en vigencia en 1934 en el Código de Justicia Militar que es el tema del fuero militar.

Y que efectivamente a raíz de la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos, de la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vinculadas con el caso Radilla Pacheco contra el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, emitida el 19 de mayo de 2011, donde señalaba la obligación del Estado mexicano para adoptar en un plazo razonable las reformas legislativas pertinentes para contabilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con los estándares internacionales en la materia y en caso con la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, representa un paso significativo que va a replantear la relación y el desarrollo de las funciones de las Fuerzas Armadas en nuestro país.

La historia del Ejército mexicano, tenemos que reconocerlo, es el producto de una larga lucha del pueblo de México por la defensa de su territorio e identidad nacional. El Ejército y La Marina son herederos de la tradición nacionalista de las Fuerzas Armadas que emergieron de una gesta social que emergió de la Revolución Mexicana.

Somos afortunados en contar con un Ejército popular que a diferencia de los Ejércitos de castas que conocimos en muchos países de América Latina, derivaron muchos de sus crisis políticas en golpes militares. Y afortunadamente el carácter popular de nuestras Fuerzas Armadas ha mantenido la vigencia de un valor nacionalista y de respeto a la vida interna, no sin lamentablemente algunos episodios oscuros que vinculados a la existencia del fuero militar, permitieron durante muchos años el mantener o encubrir violaciones graves a los derechos humanos de la población civil en nuestro país.

Hemos argumentado a lo largo del debate que la justicia militar en los términos actuales afecta el debido proceso por no provenir de una autoridad independiente, imparcial que garantice transparencia y rendición de cuentas.

También hemos señalado que no obedece esta autoridad a normas internacionales o de derechos humanos a los cuales con las reformas actuales debe atender también, ya que los tratados internacionales suscritos por el gobierno mexicano tienen el rango de ley en nuestro país.

En la actualidad las violaciones de derechos humanos en contra de civiles son juzgados por la justicia castrense, violando la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y contraviniendo el artículo 13 de nuestra Constitución. Por eso la importancia de rescatar el principio de igualdad de las personas ante la ley y la exigencia de la prohibición de leyes exclusivas o tribunales especiales con el objeto de que no puedan actuar a favor ni en contra de alguien y tiene su origen en la Declaración de los Derechos Humanos del Hombre desde 1789.

En nuestro país es en la Ley Orgánica de los Tribunales de la Nación del Distrito y territorios de noviembre de 1855, que se llamó la Ley Juárez, en donde se suprimen los tribunales especiales con excepción de los eclesiásticos y militares, y se establece desde entonces restricciones para conocer sobre los asuntos de civiles y se circunscriben a delitos puramente militares.

Este debate se dio en el Constituyente de 1917 cuando el General Mújica propuso la supresión de la figura del fuero militar que lamentablemente fue derrotada en ese debate.

Sin embargo, el artículo XIII de nuestra Constitución señaló con toda precisión que nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales, ninguna persona o corporación puede tener fuero ni gozar más que emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley.

Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar, pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército.

Con la Reforma que hoy estamos discutiendo, este principio y norma constitucional cobra, por fin, plena vigencia.

Son muchos los temas que podríamos destacar entorno a la importancia de reivindicar la igualdad jurídica ante la ley para dictaminar cualquier tribunal especial, particularmente las emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que señala en sus garantías judiciales el que toda persona tiene derecho a ser oída con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente.

Estamos innegablemente a un avance, sí, a un avance importante, pero aún faltan todavía otros pasos que dar. Y el más importante, yo he insistido, es el lograr que el Ejército mexicano, que La Armada de México, deje de cumplir con funciones policiales que le corresponden a la autoridad pública, a la autoridad civil, y que pronto el Ejército regrese a sus cuarteles.

Hemos recibido posiciones críticas de las organizaciones sociales que no puedo omitir en esta presentación en donde han insistido y si bien también reconocen el avance que esto significa en que el fuero militar debe de dejar de ser un fuero personal y que la discusión sobre la jurisdicción militar se enmarque a una perspectiva más amplia de reforzamiento de los controles…..


(Sigue 17ª parte)
. . . . . . . . . ........personal, y que la discusión sobre la jurisdicción militar se enmarque una perspectiva más amplia de reforzamiento de los controles civiles sobre las fuerzas armadas, y esto implica que este Senado de la República debe analizar a fondo los mecanismos de control parlamentario, y una nueva relación con las fuerzas armadas.

Habrá, como están planteadas distintas organizaciones que revisar algunos temas que quedan remanentes en esta legislación, como es el caso de que por la, de la remanente en la inconvencionalidad extensión del fuero militar de su naturaleza personal al permitir que sigan siendo conocidos en la jurisdicción militar los delitos cometidos por militares contra pasivos castrenses que puedan constituir violaciones a derechos humanos.

Creo que son temas que debemos de reivindicar, reconociendo este avance, y espero que con la misma apertura, diligencia y profesionalismo con la que hemos construido este consenso, podamos dar otros pasos sustantivos.

Solamente quiero destacar, por último un dato que a mi juicio es importante.

Este tipo de reformas y modificaciones que se han registrado en otros países se han dado fundamentalmente en momentos de crisis políticas, después de golpes militares, del resultado de amplios movimientos sociales.

Hoy, si bien hoy tenemos una situación de excepciones en materia de seguridad pública, lo cierto es que hemos podido llegar a un acuerdo en tiempos de paz, y espero que esta relación que se replantea con las Fuerzas Armadas sea el inicio para que el Congreso de la Unión haga efectivas sus funciones de fiscalización y control sobre el conjunto del Poder Ejecutivo y abramos esta nueva relación y vínculo con las Fuerzas Armadas del país a las quienes refrendamos nuestro pleno reconocimiento.

Muchas gracias.

(APLAUSOS)

- EL C. PRESIDENTE SENADOR CERVANTES ANDRADE: Muchas gracias, senador. Tiene ahora el uso de la tribuna la Senadora Graciela Ortiz González para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Estudios Legislativos en términos de lo dispuesto por el Artículo 193 del Reglamento, hasta por diez minutos.

- LA C. SENADORA GRACIELA ORTIZ GONZALEZ: Muchas gracias, señor  Presidente, compañeras, compañeros senadores, este es un buen momento, como bien lo dijo nuestro compañero y amigo senador, Presidente de la Comisión de Justicia, Roberto Gil, este es un buen momento para el Senado, un momento en el que el Senado como integrante del Poder y del Estado Mexicano busca atender y acatar diversas obligaciones internacionales, y por supuesto, criterios sustentados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para allegar a que la jurisdicción penal milita se encuentre inspirada en los principios y garantías que rigen el derecho penal moderno, y se encamine, como se hace con este dictamen que les estamos sometiendo a su consideración a la protección de derechos jurídicos especiales vinculados a las funciones propias de las fuerzas militares.
En esta materia, el estado mexicano el día de  hoy adopta importantes obligaciones internacionales y en ese sentido el dictamen que presentamos resuelve también sobre ocho iniciativas presentadas por diversos legisladores, las cuales constituyeron un avance muy importante, hay que destacarlo para el cumplimiento de las obligaciones emanadas de los diversos tratados internacionales de los que México forma parte.

También de sentencias emitidas por los Tribunales Nacionales e Internacionales que imponen a México la armonización del sistema normativo en esa materia, sobre todo cuando se ven involucrados los derechos humanos de las personas.

El caso Radilla, fue el primero de cuatro asuntos resueltos por la Corte Interamericana en contra del estado mexicano, y le siguieron los fallos dictados en los casos: Inés Fernández Ortega; Valentina Rosendo  Cantú; Rodolfo Montiel Flores; y Teodoro Cabrera García, por lo que en el dictamen de las comisiones se refieren los criterios jurídicos relevantes emanados de las mismas.

Esto, desde luego con el propósito de evidenciar su evolución respecto al fuero castrense.

En el  mes de julio de 2011, lo recordamos bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició una discusión acerca de la aplicación de la jurisdicción militar en México.

Dicha discusión se dio en el contexto de una consulta a trámite introducida por el Presidente de la Corte sobre las obligaciones del Poder Judicial  en relación con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, particularmente a causa de la sentencia emitida en noviembre de 2009, sobre el caso de Rosendo Padilla Pacheco.

El criterio establecido en aquella ocasión por la Suprema Corte dejó claro que bajo ninguna circunstancia la jurisdicción militar puede ser válida cuando se encuentren involucrados civiles en violaciones a los derechos humanos.

La Suprema Corte estableció su competencia para resolver los casos en los que exista un conflicto entre las jurisdicciones militar y civil, y clarificó su facultad de aplicar la competencia original en aquellos casos en que exista un conflicto jurisdiccional entre autoridades civiles y militares emanado de casos de violaciones de derechos humanos cometidos por las Fuerzas Armadas.

Estos resolutivos resultaron de trascendencia histórica y sentaron un precedente de primera importancia  en la interpretación y  las decisiones que asumirán en el futuro las autoridades jurisdiccionales del país en temas claves de la protección de los derechos humanos de todas las personas tales como el carácter obligatorio de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la conformidad de las sentencias del Poder Judicial con lo dispuesto en la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, así como la prohibición de aplicar la jurisdicción militar a casos en los que se hallen involucrados civiles.

Estos criterios fundamentales han servido de sustento al dictamen aprobado por las Comisiones Unidas que encuentran su base en el Artículo 13 de nuestra Constitución Federal que claramente dispone: Que los tribunales militares, en ningún caso, y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al ejército, y cuando en un delito o falta del orden militar estuviese implicado un civil, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que no es necesario modificar el contenido normativo del Artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero señaló que su interpretación debe ser coherente con los principios convencionales y constitucionales de debido proceso y acceso a la justicia, contenidos en nuestra propia constitución y en el Artículo 8.1 de la citada Convención Americana.

Asimismo, se tomaron en cuenta las recomendaciones emitidas por los organismos de derechos humanos del sistema universal de Naciones Unidas sobre la restricción al fuero militar como las dirigidas al estado mexicano por el Comité de Derechos Humanos, órgano creado para supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Las derivadas de las recomendaciones del Comité Contra la Tortura, y otros tratos o penas crueles, entre otros, no menos importantes que se consideran en el propio dictamen que está siendo sometido a la consideración de este pleno.

A fin de adecuar el marco  jurídico nacional  a las mejores prácticas internacionales en la materia, en este proceso de dictaminación se cotejó la compatibilidad con dos instrumentos internacionales fundamentales, el proyecto de principios sobre la administración de justicia para los tribunales militares emitido durante su LXII Período de Sesiones por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en enero de 2006.

Y, dos, mejores prácticas de la legislación penal nacional en materia de desaparición forzada de personas emitido durante el XIV Período de Sesiones por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de la ONU en diciembre de.......

 

(Sigue 18ª. Parte)
…por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de la ONU en diciembre de 2010.
Dentro de este contexto, y con el propósito de arribar a un documento que diera cumplimiento al Constitucional, a la jurisprudencia y sentencia relevante, y que además incluyera las visiones desde quienes desde el ámbito militar, académico, y de las organizaciones civiles que tienen interés en esta reforma, se organizaron por las comisiones sustantivas múltiples foros y audiencias que sirvieron para enriquecer la perspectiva del proyecto de dictamen que ahora se presenta mejor consolidado y con elementos suficientes para que este Pleno proceda a su aprobación en los términos que han sido aquí propuestos.
Por estas razones, compañeras y compañeros, como Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, y agradeciendo a los integrantes de esta Comisión el apoyo que se dio a las tareas deliberativas y de aprobación de este dictamen, es que con convicción del paso que estamos dando sabemos que es trascendental para armonizar nuestra legislación en materia de justicia militar, a los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano, y que este dictamen asegura que la dirección que debe seguir este Poder Legislativo en este importante tema es el correcto.
Este, bien lo dijo Roberto Gil, este es un buen momento del Senado Mexicano.
Muchas gracias por su atención. (Aplausos)
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, Senadora.
-Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 197 del Reglamento, procederemos a los posicionamientos de los grupos parlamentarios, los cuales, tal y como lo establece el artículo 199 numeral uno, fracción II del Reglamento, serán en orden creciente.
-Tiene el uso de la tribuna la Senadora Angélica de la Peña Gómez, por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.
-LA C. SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Con su permiso, señor Presidente.
Señoras senadoras; señores senadores:
Quiero comenzar mi intervención reconociendo el trabajo, la voluntad política y el compromiso de distintos senadores y senadoras, y por supuesto de manera muy relevante la conducción del Senador Roberto Gil como Presidente de la Comisión de Justicia; del Senador Alejandro Encinas, Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda; y por supuesto de quienes integran la directiva de la Comisión de Justicia, la Senadora Arely Gómez y el Senador Manuel Camacho, y por supuesto también la decisión imprescindible del Presidente de la Comisión de Defensa, el Senador Fernando Yunes y el Senador Gracia.
También es importante destacar desde esta tribuna el trabajo de coordinación, de pulcritud en los análisis en todo lo que necesitamos por parte de los equipos técnicos, de quienes acabo de mencionar cada una y cada uno, y por supuesto también el equipo técnico de la Comisión de Derechos Humanos. Siempre tuvieron un ánimo constructivo, presto, propositito y dirigente, que es importante destacar en la conclusión de un trabajo legislativo, como el que hoy estamos presentando.
También debo destacar que se está dictaminando la iniciativa que presenté referente a adolescentes que estudian en las escuelas castrenses y que se ven involucrados en afrentas contra la Ley Penal, sin lugar a dudas.
Quiero destacar que el dictamen, por ser relevante, que estamos por aprobar es quizás uno de los asuntos más relevantes de los cuales habrá de hacerse cargo esta Legislatura. El 25 de agosto de 1974, Rosendo Radilla Pacheco, de 60 años de edad, fue detenido en un retén militar.
Al momento de la detención los elementos militares le dijeron que quedaba detenido por componer corridos. Los elementos del Ejército Mexicano lo ingresaron a estalaciones militares siendo éste el último dato de su paradero.
Transcurridos más de 35 años, desde la fecha de detención del señor Radilla Pacheco, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió, en 2009, que existían suficientes elementos de convicción para considerar que el señor Radilla Pacheco perdió al vida en manos de los miembros del Ejército Mexicano. Y estableció, comillas, “Los actos delictivos cometidos por una persona que ostente la calidad de militar en activo, que no afecten los bienes jurídicos de la esfera militar, deberán ser juzgados por tribunales ordinarios. Frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar.
Debido a la naturaleza del crimen, así como el bien jurídico lesionado en el caso Radilla la jurisdicción penal militar no es el fuero competente para investigar, y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos, el procesamiento de los responsables corresponde a la justicia ordinaria.
Cuando tribunales militares conocen de altos constitutivos de violaciones de derechos humanos contra civiles ejercen jurisdicción no solamente respecto del imputado, sino también sobre la víctima civil, quien tiene derecho a participar en el proceso penal no sólo para efectos de la reparación del daño, sino también para hacer efectivos sus derechos a la verdad y a la justicia, cierro comillas”.
Por lo tanto, en Estado mexicano deberá adoptar reformas legislativas para:
a) Compatibilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con los estándares internacionales en la materia y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
b) Compatibilizar el artículo 215 inciso a) del Código Penal Federal con los estándares internacionales en la materia y de la Convención Americana sobre Desaparición Forzada de Personas.
Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró, sentenció en 2011 que, comillas, “frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar. El Poder Judicial de la Federación debe ejercer un control de constitucionalidad, de convencionalidad ex oficio respecto del artículo 57 fracción II del Código de Justicia Militar, ya que su actual redacción es incompatible con lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cierro comillas”.
La trascendencia de la reforma que habremos de enviar a la Colegisladora posee un matiz histórico, y trastoca uno de los temas más controvertidos par la conciencia y la memoria nacional. El papel de las Fuerzas Armadas en la lucha contra la delincuencia en nuestro país y las innegables e inocultables violaciones a los derechos humanos, cometidas por integrantes del Ejército y la Marina, violaciones contra los derechos humanos de civiles, pero también de militares, ha revivido las discusiones sobre algunas de las etapas más oscuras de nuestras Fuerzas Armadas, las cuales han obedecido a la lógica de un comandante supremo, que es el Presidente de la República en turno, así es, así lo dice la Constitución.
Por ello, estas modificaciones al Código de Justicia Militar…

(SIGUE 19ª PARTE)
....  así es, así lo dice la Constitución.

Por ello estas modificaciones al Código de Justicia Militar deben de ser evaluadas en su justa dimensión, y deben ser entendidas como el resultado de un proceso evolutivo, pero no exclusivamente entre el ámbito civil y el ámbito militar, sino entre el mundo de la justicia y el mundo de la complicidad.

Entre el mundo de la vigencia de los derechos humanos y el de la impunidad, y esto debe quedar muy claro. Lo que hoy votaremos no es una concesión, ni tampoco un acto de buena voluntad, hay un mandato de una Corte Internacional que nos obliga,  esa es nuestra responsabilidad, y para atender cómo es que llegamos hasta este punto, es importante reiterar que el caso Radilla fue el primero, como aquí se ha mencionado, de cuatro resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado Mexicano.

El caso de Inés Fernández Ortega, el de Valentina Rosenda Cantú, y el de Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García, de ahí la importancia de tener en cuenta y no perder de vista los criterios jurídicos relevantes de las sentencias posteriores al caso Radilla, para dar cuenta de la evolución de los criterios internacionales con respecto al fuero castrense, mismos que efectivamente, y sin desperdicio fueron recogidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sentando las bases para la expedición de un paradigma en la historia judicial mexicana.

Esta es la primera vez que una sentencia, dictada por un Tribunal Internacional contra el Estado Mexicano, tuvo como consecuencia el adoptar los criterios vertidos en la misma, en las resoluciones de los jueces nacionales,  y ahora es esa misma sentencia la que guía y define el espíritu de esta importante reforma legislativa que hoy ponemos a su consideración.

Las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deben sumar la importante contribución de las organizaciones de la sociedad civil que nos han acompañado, sin duda, porque su participación contribuye un valor agregado que fortaleció este proceso, y las quiero mencionar:

El Centro de Derechos Humanos, Miguel Agustín “Pro”, Centro de Derechos Humanos de la Montaña, “Tlachinolan”;  la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Fundar, Centro de Análisis e Investigación, y el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, así como Amnistía Internacional y, por supuesto, con la discreción que conlleva la representatividad que tiene conferida como un órgano de Naciones Unidas, la presencia de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Y es precisamente por esta razón que en mi calidad de senadora y también de presidenta de la Comisión de Derechos Humanos,  y por supuesto como parte del grupo parlamentario del PRD, estoy obligada a señalarlo, que las organizaciones de la sociedad civil, que son las que han litigado y ganado los juicios ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, han manifestado públicamente que si bien el producto final de esta reforma constituye un gran paso en el sentido correcto, aun persisten elementos en el Código de Justicia Militar que impedirán, esgrimen, que nuestro país cumpla cabalmente con la sentencias de la Corte Interamericana.

Ayer mismo, tuvimos en el Senado de la República una reunión de trabajo con el Relator de Naciones Unidas en materia de tortura, que nos alertó sobre la importancia y la urgencia de que revisemos el papel de nuestras fuerzas armadas en temas como la tortura, el secuestro, las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales, ayer mismo.

En mi perspectiva, y en eso efectivamente fundamento mi voto también a favor, junto con el del grupo parlamentario del PRD, quedamos obligados a emprender una revisión integrada al Código de Justicia Militar, que nos permita dotar al Estado Mexicano de un sistema regulatorio de sus fuerzas armadas acorde al México de nuestros tiempos, no podemos y no debemos permitir que una de las instituciones del Estado Mexicano, más importante, siga deteriorándose; no podemos y no debemos permitir que las violaciones a los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, sigan la principal, sigan siendo la principal carta de presentación de México ante la Comunidad Internacional.

Este será el reto que enfrentaremos en los próximos meses, y la guía con la que habremos de diseñar el nuevo Código de Justicia Militar, acorde a la reforma 2008,  y a la del 2011. Debemos dar por concluido, y de una vez por todas el falso debate entre la protección de disciplina militar como pretexto, para no garantizar los derechos humanos.

Termino, debemos desmantelar las añejas estructuras que impiden que las fuerzas armadas de nuestro país den el salto hacia un México distinto al de 1968. Tenemos que caminar hacia el México democrático y garante integral de los derechos humanos.

Desde aquí mi reconocimiento por su voluntad al señor general Salvador Cienfuegos. Es cuanto. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, senadora. Tiene el uso de la tribuna el senador Carlos Puente del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Hasta por cinco minutos senador.

-EL C. SENADOR CARLOS PUENTE SALAS:   Muchas gracias, con la venia de la presidencia, compañeras y compañeros, este Senado de la República da un paso más en materia de justicia y de derechos humanos. El dictamen que se encuentra el día de hoy a discusión, representa un avance entre la relación de civiles y militares; la Justicia Milita se moderniza, logrando un equilibrio entre el respeto a los derechos humanos, y el respeto a la disciplina militar.

La reforma incluye las resoluciones de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, como parte de los compromisos adquiridos por el Estado Mexicano en el ámbito internacional, poniendo de manifiesto la voluntad política que bajo el contexto constitucional fortalezca a las fuerzas armadas como instituciones leales a los principios democráticos y de transparencia que demanda la sociedad.

Con la reforma se harán efectivos los principios constitucionales en materia de procuración y administración de justicia, relacionados con el Sistema Penitenciario, se delimitan claramente las funciones del Ministerio Público y la Policía Judicial Militar, y establece nuevas formas y modalidades de las denuncias acorde a los avances de la tecnología.

A partir de ahora ningún civil podrá quedar sujeto a la jurisdicción militar, así mismo todo integrante de las Fuerzas Armadas de México que cometa un delito contará con la certeza jurídica de que será investigado, respetando los principios del debido proceso, y haciendo válidas en todo momento sus garantías.

Esta reforma consolida las modificaciones constitucionales en materia de impartición de justicia y derechos humanos, de los años 2008 y 2011, respectivamente. En este sentido el dictamen establece la figura del juez de ejecución en materia militar, con ello se garantiza que el sentenciado tenga una efectiva compurgación de su pena, toda vez que el juez de ejecución vigilará y garantizará el respeto a sus derechos de acceso a ...

(Sigue 20ª. Parte)
. . . tenga una efectiva compurgación de su pena, toda vez que el Juez de Ejecución vigilará y garantizará  el respeto a sus derechos y acceso a sus beneficios como sentenciado.

La reforma a la Justicia militar se logró con la participación y colaboración de diversas instituciones.

Destaco especialmente la disposición de diálogo y voluntad política de los diversos grupos parlamentarios representados en este Senado de la República.

Por ello, quiero reconocer también la labor de los senadores  integrantes  de las comisiones en el proceso de dictaminación de las  ocho iniciativas en materia de disciplina militar.

Un ejercicio transparente de discusión y análisis en el que participaron académicos, organizaciones de la sociedad  civil,  y representantes de las fuerzas armadas para elaborar un instrumento legislativo que moderniza el fuero militar.

Extiendo, especial reconocimiento a la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina por su disposición y sensibilidad  para participar en el proceso de dictaminación.  Con su presencia inédita en este Senado de la República demostraron su compromiso  con el respeto a los derechos humanos.

Por su atención, muchas gracias.

Es cuanto, señor Presidente.

 -EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDARADE: Gracias Senador.

Tiene el uso de la palabra la Senadora María del Pilar Ortega Martínez, del Grupo Parlamentario del PAN.

Por favor, Senadora, hasta por cinco minutos.

-LA C. SENADORA MARIA DEL PILAR ORTEGA MARTINEZ:  Con su permiso, Presidente.

Compañeras y compañeros senadores, para el Grupo Parlamentario del PAN, el dictamen que estamos por aprobar es, sin lugar a dudas, uno de los de mayor trascendencia para nuestro marco jurídico y representa un cambio paradigmático -y yo diría histórico- en el avance hacia un estado  democrático con pleno respeto a los derechos humanos que garantice a través de su sistema de justicia su plena protección.

Felicito el trabajo de las Comisiones Unidas que hoy nos presentan este  dictamen y que refleja un esfuerzo legislativo que desde el año pasado comenzó en este Senado atendiendo las voces  de todos los involucrados en un ejercicio transparente y plural como son las audiencias públicas.

Reconozco también el trabajo particularmente  del Senador Roberto Gil Zuarth, Presidente de la Comisión de Justicia y del Senador Alejandro Encinas,  en la articulación de todo este proceso transparente y de cara  a la sociedad.

Nuestro reconocimiento, por supuesto a las organizaciones  de la sociedad civil y a los representantes de las fuerzas armadas quienes en estas audiencias públicas, en un diálogo  franco y amplio  de cara a la sociedad, generaron un debate que tuvo como consecuencia el dictamen que hoy se pone  a su consideración.

La impartición y procuración de justicia lleva implícita una tarea fundamental como lo es la garantía de protección de los derechos humanos.

Por ello es necesario la existencia de tribunales imparciales que respeten las normas del debido proceso para lograr este objetivo.

En este sentido, la justicia militar  ha sido uno de los rubros  de la administración de justicia que en su estructura y funcionamiento representa grandes retos.

Sin duda una de las grandes polémicas alrededor  de este tenor radicaba en que tal parecía que la competencia de los tribunales militares era tan amplia, que todo delito cometido por un militar entraba dentro de la misma.

Esta reforma constituye el primer paso  legislativo hacia el cumplimiento de las obligaciones  internacionales de nuestro país en materia de derechos humanos.

Representa también un punto de partida hacia una armonización de nuestro sistema jurídico a través de la evolución de los criterios jurídicos emanados  tanto de tribunales nacionales como de tribunales internacionales.

El Senado de la República cumple hoy con una obligación fundamental de revisar y adecuar las normas  que rigen la vida  democrática del país,  y adecuarlos a las realidades que hoy vive nuestro país y el entorno internacional  en materia de derechos humanos.

Es importante recordar en este caso,  la declaración que hizo la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Rosendo Padilla y en donde se señaló por la misma Corte que para que un estado que conserve la jurisdicción penal militar, la utilización de la misma debe ser mínima y debe encontrarse inspirada en los principios y garantías  que rigen el derecho penal moderno.

Esta reforma implica  una adecuación del marco jurídico nacional a las mejores prácticas internacionales en la materia.

Las iniciativas que hoy se dictaminan y se ponen a consideración de esta soberanía, tenían como objetivo el dar cumplimiento  a las obligaciones que resultaron de las diversas resoluciones emitidas por tribunales nacionales  e internacionales respecto de la configuración de  la jurisdicción militar  en México.

En ese sentido debemos destacar  que en el corazón de esta reforma están las modificaciones  al artículo 57 de el Código de Justicia Militar.

El Grupo Parlamentario de Acción Nacional votará a favor del presente  dictamen, porque se encamina a la construcción de un México más democrático, porque con esta reforma México avanza  hacia el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Porque esta reforma fortalece el respeto  a los derechos humanos de militares y civiles, porque esta reforma plantea un sistema moderno y democrático en la relación de la sociedad  y las fuerzas armadas.

Porque esta reforma fortalece el sistema de administración e impartición de justicia al marcar límites al fuero militar mismas que están orientados al pleno respeto de los derechos humanos tanto de civiles como de militares.

Es cuanto, señor Presidente.

 -EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDARADE: Gracias Senadora.

Tiene el uso de la tribuna la Senadora Arely Gómez González, del Grupo Parlamentario del PRI.

Por favor, Senador.

-LA C. SENADORA ARELY GOMEZ GONZALEZ:  Con su venia, señor Presidente.

Compañeras y compañeros senadores,  tenemos una gran deuda pendiente con la justicia y con los derechos humanos, ha llegado el momento de realizar  nuestra aportación al cumplimiento de las sentencias  de la Suprema Corte d Justicia de la Nación, de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos y de las recomendaciones  del Sistema Internacional de Derechos Humanos en materia de justicia militar.

Es también el momento de responder a víctimas como Rosendo Radilla Pacheco,  Inés Fernández Ortega,  Valentina Rosendo Cantú, Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García, que llevaron sus casos al sistema interamericano de Protección de Derechos Humanos por no encontrar justicia al interior del estado.

En el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional estamos convencidos de hacer de México  una verdadera sociedad de derechos en beneficio de todos los mexicanos.

El dictamen que se somete a su consideración trata de uno de los tema más sensibles para la sociedad, el desarrollo del país  en el último siglo nos explica sin la lealtad, sin  su contribución   de nuestras fuerzas armadas, no se entiende sin la presencia del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México en toda la República y por esto, es necesario modernizar  y mantener la integridad de esta importante institución.

Nuestras fuerzas armadas juegan un papel esencial dentro del contexto de la defensa exterior de la federación, a fin de preservar la integridad, la independencia y la soberanía de la nación, así como coadyuvar en la  seguridad interior del país para mantener el orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno.

Con las reformas y adiciones que se . . .

(Sigue 21ª parte)
…mantener el orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno.

Con las reformas y adiciones que se presentan, se busca una justicia militar a la altura de nuestros tiempos y desafíos; una justicia, que además de salvaguardar uno de los pilares fundamentales de la milicia, es decir, la disciplina militar, sea en todo tiempo respetuosa de los derechos humanos de los civiles.

Este dictamen se construyó de manera plural con la participación de los sectores involucrados en el tema.

Se llevaron audiencias públicas en las que escuchamos a 28 personas, entre académicos y expertos, representantes de organizaciones de la sociedad civil y fuerzas armadas.

Fue histórico y fundamental escuchar y contar con la participación, no sólo en las audiencias, sino a lo largo de todo el proceso de dictaminación, de representantes de las fuerzas armadas, y al mismo tiempo organizaciones de la sociedad civil comprometidas con estos asuntos.
Por primera vez, para este tema, se escuchó en audiencias y de cerca a las fuerzas armadas, conociendo las serias implicaciones de cada uno de los cambios planteados, a todos ellos mi especial agradecimiento.

Este dictamen recoge la labor de poco más de un año, pero sobre todo da muestra que no hay posturas irreconciliables.

Logramos una vez más el consenso que muchos creían imposible, porque estamos trabajando con un objetivo en común: un mejor México.

Se tomaron en cuenta 8 iniciativas de esta legislatura y de la pasada.

El dictamen contempla un proyecto integral de modernización de la justicia militar.

Se puede dividir en 4 grandes temas: cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Suprema Corte de Justicia de la Nación, y recomendaciones del Sistema Internacional de Derechos Humanos; adecuación de una parte de la reforma constitucional en materia de justicia penal del 18 de junio de 2018, y justicia para adolescentes y actualización terminológica.

A pesar de que todos los cambios, reflejados en más de 100 artículos del Código de Justicia Militar, son importantes, el más relevante es la modificación al artículo 57 para restringir la jurisdicción militar.

La Corte Interamericana condenó a Rosendo Radilla, Inés y Valentina, y de los campesinos ecologistas, a que cuando se afectara a un civil no conociera la jurisdicción militar, sino la jurisdicción civil, así queda en este dictamen.

Se garantizan derechos consagrados, tanto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Se satisfacen las garantías judiciales, el derecho al debido proceso a través de la garantía del juez natural. Esto significa que cuando un militar cometa un delito contra un civil, en su persona o en alguno de sus bienes jurídicos, conocerá la jurisdicción civil.

No se debe dejar de reconocer que las fuerzas armadas ya realizaban esto en la práctica, a partir de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la que se declaró inconstitucional el inciso a) de la fracción II del artículo 57 y se realizó una restricción interpretativa a los alcances de la jurisdicción militar, la Procuraduría de Justicia Militar ha trabajando de esta misma manera, acatando estos principios y declinando competencia a la Procuraduría General de la República en 404 indagatorias.

Antes de concluir quiero reconocer públicamente al Senador Roberto Gil por su conducción.

Al Senador Manuel Camacho Solís, por su sensibilidad.

Al Senador Alejandro Encinas, por su gran compromiso, claves todos para la conclusión de este dictamen.

Reconozco también el activo interés de la Senadora Angélica de la Peña como promovente de una de las iniciativas dictaminadas.

No puedo dejar de agradecer y reconocer la disposición de las fuerzas armadas, de nuestra Secretaría de Defensa y de nuestra Secretaría de Marina, que en todo momento mantuvieron un diálogo abierto para el buen término de esta reforma.

Por último, y no por eso menos importante, agradezco el trabajo, compromiso y dedicación de organizaciones de la sociedad civil, Tlalchitonatiuh Santiago;

Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, Micalela;

Fundar, Jacqueline;

Centro de Derechos Humanos  “Miguel Agustín Pro Juárez”, Stephanie y,

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, José Antonio y Sara.

Agradezco también el trabajo y seguimiento puntual de la oficina en México del Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Javier Alan, y Leonardo.

Agradezco también el trabajo profesional, eficiente, dedicado de la Secretaria Técnica de la Comisión de Justicia, Marien Rivera, así como del grupo de asesores de los senadores que participamos en esta Iniciativa:

Juaenedi Vizcaíno;
Hugo Rosas;
Tomás Darío y,
Jaime Chávez Alor.

Senadoras y senadores:

El Grupo Parlamentario del PRI votará a favor de estas importantes y trascendentes reformas.
No debemos esperar más para cumplir con nuestras obligaciones internacionales, pero sobre todo, no debemos demorar el acceso pleno a la justicia de civiles que se puedan ver afectados.

Uno de los compromisos del Presidente Enrique Peña Nieto es lograr un México en paz, y esto solamente es posible gracias a la labor de unas fuerzas armadas, que hoy como siempre van de la mano con México.

El carácter social de las fuerzas armadas las identifica como un ejército de paz, por su entrega y compromiso con el pueblo de México en caso de necesidades públicas, así mismo, por el apoyo inmediato a la población en casos de desastres, lo que les ha valido el reconocimiento íntegro y el aprecio de la ciudadanía.

Es por ello que el día de hoy daremos un gran paso para mantener su prestigio y modernizar la justicia militar de nuestro país.

Muchas gracias. (Aplausos).
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, Senadora.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 199, numeral I, fracción III del Reglamento, informo a la Asamblea que para la discusión en general de este dictamen, se han inscrito los siguientes oradores:

El Senador Benjamín Robles Montoya;
El Senador Demédicis.

-Tiene el uso de la palabra el Senador Benjamín Robles Montoya, del PRD.

-EL C. SENADOR ANGEL BENJAMIN ROBLES MONTOYA: Gracias, Senador-Presidente.

Compañeras y compañeros senadores:

Como aquí se ha expresado, para el Grupo Parlamentario del PRD este dictamen no representa solamente una adecuación a la legislación militar del sistema de justicia acusatorio. Para nosotros la relevancia de este dictamen va mucho más allá.

La reforma al fuero militar ha sido permanentemente un tema de nuestra agenda política, un tema de nuestra agenda legislativa.

Ha sido una lucha de años, de décadas, incluso, en contra de un paradigma profundamente arraigado, pero que evidentemente ya era insostenible, tan insostenible que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado mexicano a modificarlo.

Y es precisamente por esa lucha añeja del PRD por reformar el fuero militar que hoy celebramos y sentimos esta reforma como un logro.

Reconocemos, sí lo quiero subrayar, el valor institucional de las fuerzas armadas para nuestro país, pero también hemos sido críticos de su actuación, porque las violaciones a los derechos humanos provenientes de las instituciones que están para servir a México y a los mexicanos, son evidentemente inaceptables.

Hoy, sin embargo, superamos un paradigma, y hago por eso también un llamado a las fuerzas armadas para que el ejército y la Marina Armada lo superen también.

Que cada soldado, que cada marino, que cada general…

 

(Sigue 22ª parte)
…para que el Ejército y la Marina Armada, lo superen también.

Queda cada soldado, que cada marino, que cada general, que cada almirante, comprenda con convicción, que una reforma como ésta, no pretende vulnerar a la disciplina militar, ni debilitar institucionalmente a las Fuerzas Armadas, sino al contrario, pretende fortalecerla.

Porque para acercarlas a los mexicano, no basta con organizar exposiciones o desfiles. No. Creo que hace falta un compromiso claro con la sociedad, de sancionar a los elementos que deshonran esos principios, de conducirse siempre con pleno respeto, a los derechos humanos.

El Ejército y la Marina, son sin duda, dos de las instituciones de mayor reconocimiento y respeto que generan entre los ciudadanos.

Y por eso creo que es muy importante, mantener ese prestigio y evitar que se siga manchando, con más casos de asesinatos, de desapariciones forzadas, de abusos de autoridad o de tortura.

México tiene que cambiar, sin duda.  Y las Fuerzas Armadas no deben quedarse atrás en ese proceso.

Por eso, este proyecto representa para nosotros un gran avance y así lo enarbolamos, aunque también reconocemos que hay cosas que se pueden mejorar. Y por ello, sin duda, debemos seguir avanzando.

Reitero, como aquí se ha expresado, nuestra felicitación a todas las comisiones unidas, por el arduo proceso que culmina con la presentación de este dictamen. Y por supuesto que también felicito a las ONG´s, que al igual que nosotros, han luchado durante muchos años, por llevar a cabo una reforma al fuero militar.

Es cuanto, senador presidente. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, senador Benjamín Robles Montoya y, sobre todo, su respeto, desde luego, al tiempo.

A continuación se le concede el uso de la palabra al senador Fidel Demédicis Hidalgo, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, senador.

-EL C. SENADOR FIDEL DEMÉDICIS HIDALGO: Con su venia, compañero presidente.

Compañeros senadores, compañeras senadoras: Desde el año 2010, el Ejército es la institución que más viola los derechos humanos, según la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Pero no solo es el planteamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, es un sentimiento generalizado de nuestro pueblo, ya que en la guerra que el anterior mandatario de la República impulsó contra el narcotráfico, fueron muchos los civiles que fueron afectados por el Ejército Mexicano.

Hubo detenciones arbitrarias, hubo asesinatos en retenes, hubo torturas y muchas y muchas desapariciones forzadas.

El pueblo insiste en que al gobierno ha permitido, de forma rutinaria, que el Ejército se investigue a sí mismo, a través de su propio sistema militar de justicia, que solo conduce a la impunidad.

Estos son los sentimientos de nuestro pueblo. Ante estos reclamos, hoy el Senado de la República, está discutiendo y estoy convencido que aprobará de manera unánime la reforma al Código de Justicia Militar, con la intención de darle una satisfacción a la nación.

Con la intención de reivindicar a una de las instituciones más noble de la República, como es el Ejército Mexicano, y con la intención de acabar con la impunidad que se reclama que ha tenido el Ejército de México.

Sin duda, que esta reforma al Código de Justicia Militar, que son a partir de la recomendación que hace la Comisión Internacional… perdón, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por el caso de Rosendo Radilla, en donde recomienda que se modifique el artículo 57 del Código de Justicia Militar, el 15 de diciembre de 2009, es un parteaguas en la historia de la justicia militar en México.

Muchos casos son en donde el Ejército de México ha agraviado a la sociedad mexicana. 

En Morelos recordamos el caso del ciudadano Jethro Ramsés  Sánchez Santana, que fue detenido por la policía militar de Cuernavaca, fue entregado a la policía federal y luego la policía federal se lo entregó al Ejército Mexicano, sin que hubiese de por medio ninguna, ningún documento que acreditara que el ciudadano Jethro Ramsés Sánchez Santana, iba en  condiciones sanas al ser entregado, ni a la policía federal ni a los militares.

Resultado: El joven Jethro Ramsés Sánchez Santana, apareció muerto en Atlixco, Puebla, algunos días después, y lo más grave, lo más grave, es que lo enterraron vivo.

Gracias, gracias a la presión de la sociedad morelense. Gracias a las determinaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido, de que este caso debía de ser juzgado por la justicia militar. Estos militares hoy están en la cárcel.

Uno de ellos, uno de ellos falta el principal, el autor intelectual de todo esto, falta que sea juzgado. Pero estoy convencido, que después de lo que vamos a aprobar el día de hoy, el acotamiento del fuero militar, la justicia llegará a este caso que conmovió a la sociedad morelense.

Por eso queremos felicitar ampliamente a las comisiones unidas de Justicia; Defensa Nacional; y Estudios Legislativos, Primera, por la reforma al artículo 57, acatando la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, porque esto es lo que requiere y reclama el país, de manera permanente: justicia…

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Senador, le ruego que concluya su intervención, por favor…

-EL C. SENADOR FIDEL DEMÉDICIS HIDALGO: Mientras no sé la justicia en México, el pueblo no va a tener paz.

Y hoy el Senado contribuye para que México tenga paz.

Por su atención, muchas gracias. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, senador Fidel Demédicis Hidalgo.

En virtud de que no hay más oradores en lo general, ni artículos reservados, ábrase el sistema electrónico de votación, por tres minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 58 de nuestro Reglamento, para informar de la votación.

(Votación electrónica)

(SIGUE   23ª PARTE)
-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Señor presidente, conforme al registro en el sistema electrónico, se emitieron 106 votos en pro; 0 votos en contra.

Aprobado por unanimidad.
(Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Está aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley que Establece las Normas Mínima Sobre Readaptación Social de Sentenciados en materia de justicia militar.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.

Informo a la Asamblea que la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 75 del Reglamento del Senado, acordó la incorporación a la Sesión de hoy de un punto de acuerdo del senador Manuel Bartlett Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, inscrito desde la Sesión del martes 22, entorno al Proyecto Integral Morelos en el Estado de Puebla. Por favor, senador.

-EL C. SENADOR MANUEL BARTLETT DÍAZ: Con su autorización, señor presidente. Expongo una Proposición con Punto de Acuerdo de urgente resolución para requerir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos una investigación exhaustiva y una recomendación al gobierno del Estado de Puebla por la persecución, detenciones y órdenes de aprehensión ilegales en contra de los legítimos opositores al Proyecto Integral Morelos.

Asimismo se requiere la comparecencia ante las Comisiones Unidas de Energía y Medio Ambiente, de los titulares de la Comisión Federal de Electricidad, de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que presenten un informe público sobre los efectos sociales, económicos y ambientales del citado Proyecto Integral Morelos.

De acuerdo con la Comisión Federal de Electricidad, el Proyecto Integral Morelos y Gasoducto Tlaxcala, Puebla-Morelos, consiste en dos centrales de generación eléctrica de ciclo combinado que consumen gas natural y un ducto para transportar el gas de 150 kilómetros en los Estados de Tlaxcala, Puebla y Morelos.

En ninguno de los tres estados se consultó a los habitantes de las comunidades ni se notificó a los propietarios de los terrenos que serán afectados por la obra ni las empresas extrajeras que operan en el proyecto ni la Comisión Federal de Electricidad comunicaron a la población los detalles del proyecto y omitieron informar a los organismos estatales y municipales de protección civil los riesgos por la construcción de esta obra y la operación de una instalación que transportará 9 mil 61 millones de litros de gas metano diariamente a menos de 2 metros de profundidad.

El Centro Nacional para la Prevención de Desastres consideró que el proyecto era inviable, porque el gasoducto pasa por las zonas de significativo riesgo eruptivo, el trazo se encuentra a 50 y 200 metros de los centros de población.

Que según las cuentas públicas 2009-2010 de la Auditoria Superior de la Federación, en México el margen de reserva por exceso de producción de energía es del 50 por ciento, tres veces superior a los estándares internacionales recomendables que son de 18 por ciento, lo cual pone de manifiesto lo innecesario de la obra que atenta en contra de los pobladores de la región Ixtla-Popo y pone en riesgo a cerca de 20 millones de habitantes.

Que la reacción de los pobladores ante la imposición del proyecto fue la de organizarse para exigir el respeto a su patrimonio, a sus recursos naturales y a su seguridad, tal y como está establecido en el Programa de Ordenamiento Territorial y Ecológico de la región del volcán Popocatépetl y su zona de influencia.

La respuesta de las dependencias del Ejecutivo Federal, de las empresas extranjeras y de los gobiernos de los estados, específicamente la de Rafael Moreno Valle, Gobernador del Estado de Puebla, ha sido la persecución y la represión violando sistemáticamente derechos humanos.

El 6 de abril detuvo al comisariado ejidal de San Felipe Zonacayucan del Municipio de Atlixco. Durante su declaración no le permitieron abogado defensor.

El 7 de abril fue detenido Juan Carlos Flores Solís, del Frente de Pueblos, en defensa del agua y de la tierra.

El 8 de abril el juez de Paz de San Martín Texmelucan, integrante del Frente Campesino y del Movimiento los de Abajo, fue detenido acusado por amenazas y delitos en contra de servidores públicos.

El doctor en sociología, Ricardo Pérez Aviles, investigador de la Universidad de Puebla, fue amenazado a las puertas de su domicilio con armas de fuego.

Por lo expuesto y fundado y motivado, someto a la consideración del Pleno del Senado el siguiente punto de acuerdo.

Uno.- Punto de Acuerdo de urgente resolución para que el pleno de esta H. Cámara de Senadores requiera a Rafael Moreno Valle, Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, para que sean liberados inmediatamente……

(Sigue 24ª parte)
. . . . . . . . . . ...........Rafael Moreno Valle, Gobernador Constitucional del Estado de Puebla para que sean liberados inmediatamente los legítimos opositores al Plan Integral Morelos, y cese la persecución, el autoritarismo y la violación a los derechos humanos y políticos de los pobladores y dirigentes de organizaciones sociales.

2.- Punto de acuerdo de urgente resolución para que el pleno de esta Honorable Cámara de Senadores requiera a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos realice una investigación exhaustiva e integre conforme a derecho la recomendación respectiva con motivo de la persecución, detenciones y órdenes de aprehensión ilegales en contra de los legítimos opositores del Proyecto Integral Morelos.

3.- Se cite a que comparezcan los titulares de la Comisión Federal de Electricidad, y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ante las Comisiones Unidas de Energía, la de Medio Ambiente para que presenten un informe público sobre los efectos sociales, económicos y ambientales del Proyecto Integral Morelos, Centro y Gasoducto de Tlaxcala, Puebla, Morelos.

Muchas gracias, señor Presidente por la solicitud de la urgente resolución.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR CERVANTES ANDRADE: Gracias, senador. Como ha sido solicitado y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 109 y 110 del Reglamento, consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si el anterior asunto se considera de urgente resolución.

- LA C. SECRETARIA SENADORA MERODIO REZA: Consulto a la Asamblea a en votación económica si el anterior asunto se considera de urgente resolución, quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.

(LA ASAMBLEA ASIENTE)

- Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.

(LA ASAMBLEA NO ASIENTE)

- No se considera de urgente resolución, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR CERVANTES ANDRADE: Túrnese a la Comisión de Energía.

A petición de la Senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza, esta Presidencia emite atenta excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos a fin de que emitan el dictamen que correspondan al proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos constitucionales en materia de fiscalización recibido el 26 de abril del 2012.

Hago de su conocimiento que las proposiciones inscritas en el orden del día de hoy, se turnarán a comisiones.

Se cita a la siguiente sesión el día de mañana, viernes 25 de abril, a las 11:00 horas.

Que tengan buena tarde, senadoras y senadores.

(SE LEVANTO LA SESION A LAS 16:21 horas)

(SONIDO DE CAMPANILLA)

 

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