Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 

Entrevista a la senadora Adriana Dávila Fernández (ADF) con relación a las reformas aprobadas en materia de trata de personas

 

P.- Oiga, senadora, ¿nos puede comentar brevemente cuáles serían los cinco o seis puntos básicos de esta reforma que destacaría usted?

 

ADF: Básicamente es uno, resumido prácticamente en 22 artículos, que son la definición de tipos penales; habla de tipos penales y no de tipo penal, por lo siguiente: cuando empezamos a revisar la modificación y la revisión de la minuta, de la ley actual, la vigente, nos encontramos que se había legislado en otras materias, por ejemplo, en materia de explotación, lo cual no es que esté mal.

 

Sin embargo, las leyes generales son facultad exclusivamente del Congreso de la Unión y el (artículo) 73 constitucional nos señala que nosotros estamos facultados para legislar en materia de delincuencia organizada, trata de personas, secuestro, desaparición forzada, víctimas y también de privación de la libertad contrarias a la ley, nunca dice explotación. 

 

De tal manera que si algún abogado hubiera interpuesto algún amparo respecto de por qué la ley actual, su principal, llamemósle, legislación está en explotación, pues hubiera ganado con mucha facilidad, y eso dejaba prácticamente sin efecto la ley.

 

P.- Y el castigo. 

 

ADF: Y el castigo. Como está sucediendo además aún con el buen propósito que significa castigar a explotadores. En la actual ley en su artículo 10, que es justamente el tema a discusión, a partir del arículo 10 hasta más o menos el cuarenta y tantos, tiene justamente la definición de tipos penales.

 

Lo que nosotros hicimos fue, primero, adoptarnos a lo que ya habíamos firmado en la Convención de las Naciones Unidas (inaudible) del Protocolo de Palermo, que establece que para definir la trata de personas se necesitan conductas, medios y fines. 

 

El Protocolo de Palermo también tiene en su artículo 3 esta definición en la materia. Hay quienes dicen que eso no es un tipo penal y estamos completamente de acuerdo; sin embargo, el artículo 5 que sí habla de la penalización, en donde 40 países se sentaron por tratarse de un delito transnacional a la Organización de las Naciones Unidas, pues acordaron cómo se tenía que establecer un proceso de tipificación del delito de trata de personas y en ése concretamente se señala que la trata de personas tiene tres componentes y las reitera derivada del artículo 3: conductas, medios y fines. 

 

El fin es la explotación en distintas modalidades. Nosotros incluimos, por ejemplo, en el 28 bis, todo lo que tiene que ver con embarazo forzado, que está acorde con el 28 que es matrimonio forzado. Por eso nosotros estamos insistiendo en que la modificación más importante que hoy hacemos es justamente tener en consideración que somos un Estado que forma parte de las Naciones Unidas, concretamente en esta condición y del Protocolo de Palermo. 

 

No podemos estar alejados. Hay quienes dicen: hagan un derecho comparado y habrá otros países como Argentina, por ejemplo, que no tiene medios comisimos y yo digo, bueno, si el asunto es que Argentina, si no tiene medios comisivos, también está siendo observado por la Organización de Naciones Unidas, señalando que no influyeron, una de las características de delito en materia de trata de personas. 

 

Para nosotros es fundamental eso, porque además es obligación del 73 constitucional y por eso lo separamos en dos libros: el primer libro que son tipos penales, y el segundo libro que son derechos victimales. 

 

Bajo esa circunstancia nosotros hemos insistido en este tema y hacemos un llamado respetuosísimo en su independencia, por supuesto, a la Cámara de Diputados, pero que seamos capaces todos de entender que estamos ante un delito que por tratarse de un delito trasnacional, necesita la cooperación de los países. Quiero mencionarles lo que acaba de suceder, por ejemplo, el día de ayer. 

 

El día de ayer la PGR, la Seido y el FBI, detuvieron nuevamente a dos familias de tratantes, lamentablemente, digo, en mi estado, afortunadamente para el combate de este delito. 

 

Pero estas dos familias fueron detenidas, al mismo tiempo, en Tlaxcala y Puebla, con fines de extradición. ¿Por qué tiene este tema tanta importancia? Porque en Estados Unidos sí se están incluyendo los medios comisivos, y por eso es que hoy presenté ante el pleno una explicación técnica más que política de las modificaciones y la explicación técnica establece justamente lo que ya planteó en su informe 2016 el Departamento de Estados Unidos y dice: “Nosotros estamos de acuerdo con el Senado de la República en la inclusión de los medios comisivos para complementar la cadena que se está llevando a cabo para el combate transnacional y de cooperación internacional con este delito que es trata de personas. ¿Por qué no acpetamos la versión de la Cámara de Diputados? Porque estábamos en términos del Artículo 72, inciso E…

 

P.- Haciendo correcciones a la cámara… 

 

ADF: Sí, claro. Es la revisora. ¿Por qué no lo aceptamos? Porque ellos definen en su artículo 10 como tipo penal: “comte el delito de trata de personas quien explote a otra”. Eso es lo que dice, a través de, y mete los medios comisivos, de amenaza, de fuerza, etcétera.

 

Pero imagínense bajo el ejemplo que les cabo de poner de la detención de ayer de las personas de Puebla y Tlaxcala, que sólo eran los que enganchaba, los que retenían, trasladaban y entregaban a mujeres con fines de explotación sexual a estas redes de Nueva York, concretamente. 

 

Y los explotadores eran los de Nueva York. Bajo la redacción de la Cámara de Diputados, lo que nosotros estaríamos haciendo sólo es castigar a los explotadores de Nueva York, no a los tratantes que en Tlaxcala estaban haciendo este proceso de enganche, de traslado, de acogida, de entega y recepción.

 

Y eso es fundamental que se entienda, no es un tema personal, no es un tema que se nos ocurrió a nosotras porque somo legisladoras y entonces podemos hacer lo que nos venga en gana, no. 

 

Estamos haciendo lo correcto y yo quiero hacer un llamado a la sociedad para que apoye en este tipo de cuestiones porque por primera vez después de cuatro años que hemos venido, en este Senado siempre hemos tenido el consenso y siempre se nos detiene en Cámara de Diputados por la voluntad de unos o la persona que ha lucrado durante muchos años con este tema y que además comete algunas de las conductas que están establecidas justamente en este tema de la seducción o el engaño para decir: se maltrata a las víctimas, no se defiende a las víctimas, ya va a haber excarcelaciones. No es cierto, revisen el segundo transitorio. 

 

P.- (Inaudible)

 

ADF: Yo preferiría ni siquiera mencionarlo ni personalizarlo, pero también su abogado estuvo aquí con nosotros y no hubo un solo argumento técnico que pudiera decirnos después de tres reuniones que duraton más de cuatro horas, para decirnos: oigan, no, no se debe incluir. 

 

Nosotros no hemos recibido presión de ninguna naturaleza, nosotros hemos asumido los costos que esto implica, incluso en términos personales, eso lo dejamos al lado porque es parte de nuestro trabajo. 

 

P.- Senadora, ¿los tipos penales cuáles son, entonces?

 

ADF: El tipo penal es el diez en materia de trata de personas y lo que dice es: “se sancionará con penas, si no mal recuerdo, de diez a 15 años a quien para sí o para un tercero, enganche, coopte, traslade, entregue, en fin, a otra persona, a través de el engaño, la seducción, el abuso de una situación de vulnerabilidad, la concepción de un pago en beneficio de otro, en fin, una serie de características que son los medios comisivos con fines de explotación, esa es la definición concreta, ese es el tipo penal.

 

El resto de los artículos a partir de la (inaudible) son tipos penales que castigan otras conductas. Primero, por ejemplo, trabajo forzado, explotación del vientre para maternidad… 

 

P.- ¿Subrrogado?

 

ADF: No es subrrogado, es explotación de la maternidad. Es maternidad forzada o matrimonio forzado. Esto es fundamental entenderlo, necesitamos castigar a los tratantes, porque es una ley en materia de trata de personas y nosotros no estamos quitando ninguna de las conductas de explotación porque son parte de los fines, pero no el centro de la ley; el centro de la ley es la conducta que incluye estas tres características que les estoy diciendo. Conductas, medios y fines. 

 

P.- Es decir, castigan toda la cadena. 

 

ADF: Claro, es que imagínate que sigamos bajo el esquema que hoy tenemos. Supongamos que tú eres un taxista, como está hoy la ley, que es una reserva que hace incorrecta el senador Blásquez, porque dice que se quede la redacción de la actual ley, estamos en términos del artículo 72 constitucional del inciso E. 

 

¿Qué significa? Que estamos discutiendo ya no la actual, sino la que la Cámara de Diputados nos mandó. Ahora, supongamos que eso no contara, pero cuenta, pues somos parlamentarios, tenemos que leer por lo menos en qué términos vienen todas las entregas que se nos hacen.

 

En este caso, la revisora, y diría otro tema, supongamos que quieran que se quede como hoy está; fíjense la definición como hoy está, dice: comete el delito de trata de personas, se entenderá como una acción dolosa o una omisión dolosa, ahí establece dos asuntos o dos tipos de conductas que para un ministerio público es difícil de comprobar díganme como compruebas con tanta facilidad del ministerio publico lleva ante el juez una acción o una omisión dolosa, díganme bajo qué elementos, muy simple, quitas eso y dices: la engañó, la sedujo, la obligó, usó la fuerza, pero nunca establecen los medios comisivos ahí, porque además el dolo es un delito, en materia de trata de personas es un delito doloso, es con todo el fin de explotar que es lo que nosotros estamos en una obligación, una obligación de que no necesitamos esperar a que una persona sea explotada por cualquiera de estos fines para castigar la trata. 

 

P.- Senadora, ¿Cuál es la sanción máxima que va quedar? 

 

ADF: Hay distintas sanciones, hay de 10 a 15 años hay de 10 a 25 depende, que ese es otro tema que también se discutió. 

 

Los medios comisivos actualmente están como agravantes y entonces se le incluye a una adición, no, lo que hay que castigar es el delito y luego si hay después de todas las conductas que vienen a partir del artículo 11 un asunto más pues hay que sumarle la pena que tiene el otro delito en materia de trata de personas. 

 

Voy  a explicarme, imagínense que una víctima bajo estas circunstancia muere, pues se le tiene que castigar en un concurso de delitos, por trata de personas, más homicidio; lo cual amplía las penas, por supuesto que las amplía, pero tienes que castigarlo por el delito que és.

 

Por ejemplo, en el caso concreto de trata de personas a veces se confundía con secuestro, no, el concepto y la palabra que se utiliza para la privación de la libertad es rápida, imagínense lo que sucede ahora lamentablemente en lugares de fronteras; Chihuahua, Chiapas o Tamaulipas en donde están los albergues de migrantes llega la delincuencia organizada los raptan literalmente los retienen y usan la fuerza para obligarlos a cometer acciones ilícitas, eso es trata de personas con fines de trabajos forzados, eso es lo que necesitamos castigar.

 

Yo creo que ustedes como medios de comunicación lo están entendiendo con mucha más facilidad ahora, porque hoy que vamos a la calle y preguntamos, yo les reiteraba en otra ocasión, porque siempre se confunden las personas con que la trata de personas es prostitución y entonces están asociaciones abolicionistas en ese sentido, vayamos y criminalizemos la prostitución, claro, castiguemos la prostitución forzada, yo estoy de acuerdo, pero no podemos criminalizar la pobreza.

 

O díganme en este país con el número de desempleados que tenemos, con personas que lamentablemente que no tienen opciones distintas. O que trabajan en centros nocturnos, un table dance, por ejemplo, bailarinas eróticas, díganme si todas ellas tienen que ser forzozamente estigmatizadas como prostitutas.

 

Es increíble la discriminación de las que están siendo objeto y daré un dato más: las excarcelaciones no se van a dar con esta ley, se están dando con esta, con la actual, no con la propuesta que estamos haciendo nosotros.

Nada más hay que revisar las personas inocentes que fueron absueltas, 40 por el operativo que se hizo aquí en el D.F. en el Calígula, 40; entrevístalos, los tienen ahí dos años, los exhiben como delicuentes y luego le dicen a usted no se preocupe, porque usted era inocente.

 

Ni el ejemplo de alguien que es un taxista, al no tener medios comisivos, un taxista, si una bailarina le hace una parada y le dice, óigame lléveme a tal lugar donde yo voy a ir a trabajar y en ese momento como sucedió, ya llega y está el operativo y lo agarran también a él, pues él también es acusado de tratante y les voy a decir porqué, porque la actualmente dice: acción u omisión dolosa.

 

Hay que comprobar al taxista que sabía que ella era o podía haber sido víctima de trata de personas y entonces el taxista está en la cárcel acusado con una pena de 15 años. Es gravísimo como está la ley actual, es gravísimo si no hacemos esos cambios.

 

P.- Ya han aprobado aquí senadora, ¿le pediría a los diputados que se allanen a esta y que, bueno, tengan sensibilidad, o sea que no lo vean como algo personal?

 

ADF: Yo quisiera pedirles eso, miren: cuando uno toma los temas de materia derechos humanos y de manera personal, sucede que tenemos leyes imperfectas, ¿por qué? Porque no puede ser, este país, la característica para ver quien me ayuda electoralmente para que yo pague favores electorales para todo, nombramientos, definiciones, todo.

 

Nuestro deber está más allá de eso y hay quien dirá, ah sí que chistoso, ¿no? Seguramente deben tener otros intereses.

 

No hay ningún interés oculto; hemos dado la cara, aceptado aquí en el Senado públicamente todas estas acusaciones de las que hemos sido objeto y yo defenderé hasta el último momento en Cámara de Diputados, pero también creo que hay diputados hoy que tienen esa sensibilidad de escucharnos y que nos ayudarán a poder transmitir correctamente el mensaje.

 

Por mi parte yo he estado yendo a la Cámara de Diputados, respeto a quienes hoy presiden las comisiones en materia de derechos humanos, diputado Armando Luna; en materia de Justicia, diputado Alvaro Ibarra; en materia, recién instalada hace tres semanas la Diputada Julieta Fernández.

 

Y también entiendo que nosotros traemos un poco más de experiencia del proceso legislativo porque llevamos 4 años, ellos tienen apenas 1 año y en el caso concreto, evidente, de la diputada Julieta recientemente fue nombrada, entonces el estudio para ellos se les complica un poco más, en ese sentido.

 

Pero confío en que se asesorarán técnicamente y la única petición que hago es no partidicen, no politicen, el Senado en esta ley no lo hizo y así nos estamos conduciendo todas las senadoras y todos los senadores.

 

Yo quiero pedirles que no partidicen, que no politicen, este país necesita de nuestro trabajo responsable y decidido.

 

P.-  Gracias.