Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

BOLETIN DE PRENSA

México D.F., a 14 de febrero de 2013.

 

 

LA CONDONACIÓN DEL ISR A ESTADOS Y MUNICIPIOS, ‘INCENTIVO PERVERSO’ PARA USAR LOS RECURSOS PÚBLICOS DE MANERA IRRESPONSABLE: ROJAS HERNÁNDEZ

 

 

* Solicita a los titulares de la SHCP y del SAT un informe de los gobiernos subnacionales que se han beneficiado con la exención del ISR de 2008 a 2012, los que serán favorecidos en 2013 y 2014, así como los montos que representa dicho “privilegio”

 

*  Expuso que los recursos obtenidos por esta condonación de adeudos fiscales son un ingreso federal que no forma parte del patrimonio hacendario de los estados y municipios, pero genera en ciertos gobernantes un sentido patrimonialista del dinero público federal

 

*  Pide que SHCP y SAT presenten una estrategia conjunta con autoridades estatales y municipales, a efecto de generar una recaudación efectiva del ISR y  sea transferida puntualmente a la Federación

 

*  La senadora panista exhortó también a las autoriades locales a mejorar su recaudación fiscal y otras fuentes de ingresos propios así como a transparentar el ejercicio de los recuros públicos.

 

 

Más que un beneficio fiscal la condonación del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), otorgada a las entidades federativas y municipios del país en la Ley de Ingresos de la Federación 2013, sólo refuerza el ‘incentivo perverso’ de las autoridades locales para utilizar los recursos públicos de manera irresponsable y sin transparencia, sentenció la Senadora Laura Angélica Rojas Hernández.

 

Por ello, a través de un Punto de Acuerdo, la legisladora panista solicita a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y del Sistema de Administración Tributaria (SAT) reporten un informe al Senado de la República de los gobiernos subnacionales que se han beneficiado con la exención del ISR de 2008 a 2012, los que serán favorecidos con esta disposición en 2013 y 2014, así como los montos que representa dicho “privilegio”.

 

 

 

La también integrante de la Comisión Anticorrupción y Participación Ciudadana expuso que además de una probable inconstitucionalidad, los recursos obtenidos por esta condonación de adeudos fiscales del 60 por ciento, del 30 y del 10 por ciento representan un ingreso federal que no forma parte del patrimonio hacendario de los estados y municipios, pero que sin embargo genera en ciertos gobernantes un sentido patrimonialista del dinero público federal.

 

Rojas Hernández puso en relevancia que aun y cuando los tecnicismos legales no lo denominan así, debe considerarse -de facto- como una deuda de los estados y municipios, ya que si bien son recursos que deben retener, éstos pertenecen a la Federación, por lo que, en tanto no sean transferidos, representan pasivos que los gobiernos subnacionales deberían contabilizar en sus informes de deuda pública.

 

En el Punto de Acuerdo, también solicita que la SHCP y el SAT presenten una estrategia conjunta con las autoridades estatales y municipales, a efecto de generar una recaudación efectiva del Impuesto Sobre la Renta a fin de que sea transferida puntualmente a la Federación, evitando condonaciones futuras del mismo.

 

Luego de reconocer que en las administraciones estatales y municipales existen niveles insuficientes de recaudación fiscal, opacidad, uso incierto de las transferencias federales y mal manejo de la deuda pública que adquieren, la senadora panista exhortó también a las autoriades locales a mejorar su recaudación fiscal y otras fuentes de ingresos propios así como a transparentar el ejercicio de los recuros públicos.

 

Recordó que de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta, el ISR es un impuesto federal fundamental para las finanzas nacionales, cuyas excepciones deben garantizar el trato equitativo entre los contribuyentes, sin menguar la recaudación correspondientes.

 

Cabe destacar que en el artículo 9 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 se especifica que “Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluyendo sus organismos descentralizados y autónomos que se hubieran adherido al “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008, se les extenderá el beneficio referido en el artículo segundo, fracción I de dicho Decreto, hasta el ejercicio fiscal de 2012 y anteriores, siempre y cuando se encuentren al corriente en los enteros correspondientes al mes de diciembre de 2012. Dichos órdenes de gobierno, en lugar de aplicar los porcentajes establecidos en el artículo segundo, fracción II del mencionado Decreto, podrán aplicar el 60 por ciento para el año 2013 y el 30 por ciento para el año 2014.”

 

 

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