La senadora Angélica de la Peña consideró como histórica la aprobación de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, porque abre la ruta para erradicar este aberrante delito y la impunidad que lo rodea.
Dijo que en opinión de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y del Sr. Juan Méndez, hasta hace poco tiempo relator especializado de Naciones Unidas en la materia, el dictamen es acorde a los estándares internacionales y constituye un importante instrumento legal que, de implementarse efectivamente, contribuirá de manera decisiva a superar los retos que el país enfrenta en el combate y la erradicación de esta aberrante práctica.
Resaltó que fue necesario que las víctimas de tortura y sus familias, así como organizaciones de la sociedad civil, presionaran al Congreso de la Unión y a las autoridades para que se realizara un esfuerzo conjunto para garantizar el respeto y la implementación de las normas jurídicas encaminadas a prevenir, investigar y sancionar la tortura.
La también Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos señaló que a partir de la entrada en vigor de esta legislación y para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas, se prohíbe de manera absoluta en todo el territorio nacional y define como imprescriptible al delito de tortura, el cual se investigará y perseguirá de oficio, por denuncia, noticia o vista de la autoridad judicial.
Apuntó que entre los grandes avances de esta legislación, se considerará a los superiores jerárquicos como autores del delito de tortura en los términos de lo previsto en la legislación penal aplicable. También la tentativa del delito, entendida cuando el sujeto activo hubiese iniciado su ejecución sin que este la hubiese concluido, será punible.
A fin de garantizar la integridad de las averiguaciones, la ley señala que el servidor público, que siendo investigado o vinculado a proceso por el delito de tortura, y que por razón de su encargo o influencia pueda interferir u obstaculizar las investigaciones, le podrán ser aplicadas las medidas cautelares previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, incluida la suspensión del cargo.
En materia de protección de los derechos de las víctimas, la ley reocnoce que podrá pedir al Ministerio Público de la Federación que solicite la remisión de la investigación, a la que el Ministerio Público deberá responder de forma fundada y motivada.
Asimismo, continuó de la Peña Gómez, se especifica el derecho de la víctima a ofrecer un dictamen médico psicológico elaborado por peritos independientes o, en su caso, por organismos públicos de protección de los derechos humanos cuando se emitan con motivo de quejas interpuestas ante los mismos.
“Uno de los aspectos trascendentales para garantizar el acceso a la justicia es la exclusión expresa de toda prueba obtenida a través de la tortura u otras violaciones a derechos fundamentales; incluidas aquellas obtenidas por medios legales pero derivadas de dichos actos”, detalló la senadora del PRD.
“Sin duda, es una decisión histórica del Congreso de la Unión. Torturar sólo generó más y nuevas víctimas e impidió el acceso a la verdad y a la justicia. Es apenas el inicio de un largo camino, pero se vislumbra una nueva etapa en la procuración de justicia en nuestro país”, finalizó la senadora Angélica de la Peña Gómez.
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