Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-118

A nombre del Grupo Parlamentario Encuentro Social, el diputado Abel Cruz Hernández propuso expedir la Ley de Amnistía, a favor de aquellos que les hayan ejercitado acción penal en su contra o hayan sido sentenciadas por la comisión de delitos considerados como no graves en el Código Penal Federal vigente, así como aquellas personas que al momento de cometer un delito, eran menores de 18 años.

Para obtener este beneficio, explicó, se debe cumplir con diversos requisitos como: ser persona en pobreza extrema; ser indígena identificado directamente de su etnia; ser menor de 18 años cumplidos a la entrada en vigor de la Ley, y ser primo delincuente; ser mujer madre de familia soltera; no ser reincidente ni revelar peligrosidad social.

En caso de encontrarse recluido, el beneficiado deberá demostrar que cuenta con hábitos de trabajo durante su internamiento, buena conducta y no haberse fugado o pretendido fugarse; y estar en proceso o sentenciado por delitos derivados de protestas sociales.

El diputado señaló que los beneficios de esta Ley se aplicarán a quienes se imputen delitos que hubieren sido cometidos hasta le fecha del inicio de su vigencia; y precisó que la amnistía extingue la acción penal y persecutoria y, en su caso, las sanciones impuestas.

En todos los casos, subsistirán los derechos de quienes estén legitimados para exigir responsabilidad civil.

La amnistía, aclaró, no comprende la devolución o el levantamiento de embargo, secuestro o decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito, procedimientos que se tramitarán, en su caso, en los términos y condiciones que la ley ordinaria prevé.

Dijo que la Procuraduría General de la República deberá promover las acciones pertinentes para dejar sin efecto la potestad punitiva, así como la interpretación y aplicación de esta Ley.

La propuesta se turnó a las Comisiones de Justicia y de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.

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