Número-409
- Se debe asegurar que los combustibles que se comercialicen en el país sean de la más alta calidad.
- Piden legisladores garantizar recursos para el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
- Llaman a atender la industria del mezcal ante el TLC.
Senadores y diputados aprobaron un dictamen para solicitar a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) un informe sobre la calidad y los componentes de las gasolinas importadas, así como del estado que guarda la industria de refinación de México.
En el documento, avalado por la Tercera Comisión, que preside el senador Ernesto Cordero Arroyo, se explica que en junio de este año se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la NOM-016-CRE-2016, que establece las especificaciones de calidad de petrolíferos, autorizando mayores concentraciones de etanol en gasolinas.
Al respecto, organizaciones de la sociedad civil y expertos manifestaron su desacuerdo por la publicación sorpresiva de los cambios, pues incrementa de 5.8 a 10 por ciento el volumen permitido de etanol como oxigenante en gasolinas.
Además, diversos actores opinaron que “se realizó sin haber presentado una Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) y sin contar con todos los estudios técnicos o científicos que respalden el texto propuesto en dicho acuerdo”.
Indicaron que el uso de etanol puede incrementar de manera importante los niveles de ozono en las ciudades, lo que ocasionará mala calidad del aire, daños al medio ambiente y la salud de las personas.
Se señala que “de los argumentos más fuertes de la CRE para aprobar este cambio, es que habrá más competencia porque esta mezcla de 10 por ciento en volumen, es la misma que se tiene en Estados Unidos, lo que facilitaría la importación de combustible”.
“Es la recuperación productiva de nuestro sistema nacional de refinación, e inclusive su ampliación de capacidad de refinación, lo que debería ser la prioridad de la Secretaría de Energía y de Petróleos Mexicanos, antes que facilitar la importación de gasolinas”, se agrega.
Los legisladores consideraron que la calidad de los petrolíferos tiene impacto en el nivel de emisiones contaminantes, por tanto, también en la calidad del aire y en la salud humana.
Dejaron en claro que es al Estado a quien le compete garantizar a toda persona el derecho a un medio ambiente sano que le permita desarrollarse y gozar de bienestar, de ahí la importancia de asegurar que los combustibles que se comercialicen en el país sean de la más alta calidad.
Garantizar recursos para el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
En la reunión de trabajo, se aprobaron otros 49 dictámenes, entre los que destaca uno para exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que garantice durante septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, la operación del Fideicomiso del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y con ello, la implementación de las medidas de protección otorgadas a los beneficiarios.
También se hace un llamado a la Cámara de Diputados para que incluya en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2018, los recursos necesarios para garantizar la operación y el adecuado funcionamiento del Fideicomiso, a través del cual opera el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Llaman a atender la industria del mezcal ante el TLC
Asimismo, destaca un dictamen para que la Comisión Permanente solicite a la Secretaría de Economía que escuche los planteamientos de todos los sectores productivos, en especial a la industria del mezcal, en el marco de la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
Se menciona que Canadá y Estados Unidos reconocerán el tequila y el mezcal como productos distintivos de México, por lo que esas naciones no permitirán la venta de este tipo de productos, a menos que se hayan elaborado en nuestro país de acuerdo con las leyes y reglamentaciones correspondientes.
Esta disposición se aplicará al mezcal, ya sea a la fecha de entrada en vigor del Tratado, o 90 días después de la fecha en que el Gobierno de México haga obligatoria la norma oficial para este producto.