Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1115

 

  • Presenta iniciativa para el debido ejercicio de este derecho.

 

El senador Américo Villarreal Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena, presentó una iniciativa para reformar la Ley General de Salud y precisar las directrices para el “debido ejercicio” del derecho a la objeción de conciencia.

 

Así, propuso definir la objeción de conciencia sanitaria, como el rechazo a cumplir un acto o conducta cuando el contenido o los deberes que impone son contrarios a las normas éticas o convicciones del prestador de los servicios de salud.

 

Además, planteó que quien ejerza este derecho deberá manifestarlo previamente y por escrito al responsable del establecimiento en donde presten sus servicios y con pleno conocimiento del Comité de Bioética.

 

Consideró que en el supuesto de que ponga en peligro la vida no se podrá objetar la atención médica y tampoco procedería en actos de información, diagnóstico, toma e informe de exámenes ni en la preparación o cuidados posteriores del paciente.

 

Explicó que el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud dispone que el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta Ley.

 

Según esta disposición vigente, cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, continuó Villarreal Anaya, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional.

 

Sin embargo, a mayor precisión esta disposición ha generado algunas dudas y confusiones al momento de aplicar esta disposición normativa, tanto en los prestadores de los servicios de salud, como en los usuarios de los servicios, acotó.

 

El proyecto fue turnado a las comisiones de Salud y de Estudios Legislativos.

 

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