Número-1152
- Es una herramienta fundamental para garantizar una justicia pronta por violaciones a los derechos humanos.
La senadora Nancy de la Sierra Arámburo presentó una iniciativa para que el juicio de amparo indirecto se resuelva en un plazo que no exceda de 60 días hábiles y así garantizar una justicia pronta a quien ha sido afectado por la violación a sus derechos humanos.
Dijo que de acuerdo con el artículo 17 de la Constitución Política “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”.
Si embargo, conforme el artículo 124 de la Ley de Amparo, el juicio de amparo indirecto -que es fundamental para proteger a los gobernados de una afectación a sus derechos humanos- cuenta con plazos y términos definidos para su sustanciación, pero no para la resolución por parte del órgano jurisdiccional.
Así, advirtió la senadora del PT, se han registrado casos donde la resolución llega meses o años después, situación que no puede ocurrir en una acción de dicha naturaleza, máxime si versa sobre violaciones graves a derechos humanos o de imposible reparación.
Por ello, asentó, para garantizar una justicia pronta, el poder Legislativo tiene que establecer plazos generales, razonables y objetivos. De esta manera, la iniciativa busca imponer a los órganos jurisdiccionales la obligación procesal de resolver este tipo de juicios en 60 días hábiles después de celebrada la primera audiencia constitucional.
El proyecto fue turnado a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y dictamen correspondiente.
---000---