Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-806

  • El propósito es que en los procedimientos orales quede constancia de haber desahogado el procedimiento, en el nuevo sistema jurídico mexicano. 
  • Se privilegia la resolución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.

El Senado de la República avaló la reforma a los artículos 16, 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia cotidiana; solución de fondo del conflicto y competencia legislativa sobre procedimientos civiles y familiares.

El dictamen, avalado con 90 votos a favor y seis en contra, establece que en los juicios y procedimientos, seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido.

La reforma además precisa que siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales. 

Por otra parte faculta al Congreso para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar; así como en el caso de las leyes que sean necesarias, a fin de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.

En el régimen transitorio se dispone que las legislaturas estatales deberán llevar a cabo las reformas a sus constituciones, en un plazo que no excederá de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del Decreto.

Asimismo, prevé que la reforma a los artículos 16 y 17 constitucional entrarán en vigor a los 180 días naturales siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y que, en el caso de que se requiera, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas deberán adecuar a las modificaciones, respectivamente, las leyes generales y las leyes federales, así como las leyes de las entidades federativas.

En el mismo plazo, se prevé que el Congreso expida la legislación procedimental que refiere la fracción XXX del artículo 73 constitucional adicionado. Además, precisa que la legislación procesal civil y familiar de la Federación y de las entidades federativas continuará vigente hasta la entrada en vigor de esta legislación, y de conformidad con el régimen transitorio que prevea. 

Al respecto, el senador Miguel Barbosa Huerta, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, dijo que desde 2008 el Senado de la República ha construido la mayor parte del nuevo sistema jurídico mexicano: el Sistema Penal Acusatorio y lo relativo a la justicia cotidiana. 

Destacó que la justicia cotidiana tiene que ver con complementar la transformación del procedimiento escrito al procedimiento oral y, en ese sentido, la reforma tiene como propósito la obligación de que en los procedimientos orales quede constancia de haber desahogado los procedimientos orales en el nuevo sistema jurídico mexicano. 

Además, precisó que se busca la solución de los conflictos. En el sistema penal acusatorio precisó, ya se reconoce esta acción ahora, se reconoce en la materia civil. Por otra parte, explicó, se faculta al Congreso de la Unión para expedir un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. 

La senadora Pilar Ortega Martínez, del Grupo Parlamentario del PAN, dijo que se introduce en el artículo 17 constitucional la obligación de las autoridades de impartición de justicia a privilegiar la solución al conflicto por encima de los formalismos procedimentales, siempre que no se afecte la igualdad de las partes, el debido proceso o el derecho de los justiciables.

Además, reiteró la importancia de otorgar al Congreso general la facultad para expedir la Ley general que establezca principios y bases, en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, distintos a los de la materia penal.

Por su parte, el senador Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del PRD, celebró que se discuta un dictamen con el que se da certeza del contenido de oficios y de procedimientos orales y que privilegie la resolución del conflicto sobre los formalismos procedimentales. 

Lo que se pretende, agregó, es hacer la justicia más práctica y accesible para quienes acudan a ella, sin que por ello se violenten los procedimientos. Es un avance en favor del ciudadano que exige un sistema de justicia más eficaz, eficiente y cercana. 

El senador Manuel Bartlett Díaz, del Grupo Parlamentario del PT, destacó que la justicia cotidiana debe hacerse en los estados. “Inventar legislación desde aquí, es absurdo”, aseguró, porque es imponerle a los estados, instituciones que no conocen y que no quieren tener. Es acabar con el sentido del derecho; de la regulación de la vida social.

Asimismo, dijo que se está llevando al país al fracaso, porque se está tratando de matar la voluntad política y jurídica del país, pues se centraliza todo. 

El senador David Monreal Ávila, del mismo Grupo Parlamentario, apuntó que no se resuelve el problema de la justicia cotidiana porque una legislación federal no es oportuna para que los tribunales estatales y federales coincidan en los mismos ordenamientos judiciales; y se pueden generar conflictos y retrasos mayores en lugar de ser más eficaces.

El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados, para los efectos del artículo 72 Constitucional.  

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