Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

SaludLa Comisión de Salud, aprobó reformas a la Ley General de Salud, a fin de establecer que las personas que en vida no hayan manifestado su negativa a que sus órganos sean utilizados para trasplantes, se aplique el consentimiento tácito siempre y cuando éste sea avalado por algún familiar del donante.

De igual manera, los legisladores acordaron sancionar con cinco a 10 años de prisión, a quienes promuevan, favorezcan, faciliten o inciten la obtención o procuración ilegal de órganos, tejidos y células.

Además, indicaron que si en la comisión de ese delito intervienen profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas de la salud, se les aplicará, además, una suspensión de cinco a 8 años en el ejercicio profesional.

Los senadores explicaron que uno de los objetivos de esta reforma es garantizar, por ley, “el incremento de órganos necesarios para cubrir la demanda de transplantes en México, así como la regulación del proceso para asegurar la transparencia en donaciones y transplantes”.

Por ello, coincidieron en que la Secretaría de Salud sea la encargada de emitir las disposiciones de carácter general que permitan la homologación de los criterios de atención médica integral en la materia.

Asimismo, para que impulse una campaña permanente que esté dirigida a concientizar y promover la donación y los transplantes.

En la minuta avalada también se aclaran las situaciones en las que será necesaria la intervención del ministerio público y la autoridad judicial para la extracción de órganos y tejidos.

Ello, ocurrirá cuando la muerte de un donante esté presuntamente relacionada con la averiguación de un crimen, se desconozca la identidad del sujeto o no se encuentre la forma de localizar a los parientes del donador.

Además, el Centro Nacional de Transplantes deberá mantener actualizada su información, a efecto de transparentar los procesos de transplantes, extracción y donación.

En este sentido, la reforma busca reafirmar la responsabilidad de dicho Centro para establecer los procedimientos de asignación y distribución de órganos, células y tejidos.

Los integrantes de la Comisión indicaron que en nuestro país hay más de 15 mil personas a la espera de la donación de un órgano, sin embargo, solamente se hacen 3 mil transplantes por año.

Que establecimientos mercantiles no vendan bebidas energetizantes

Posteriormente, este órgano de trabajo, que preside el senador Ernesto Saro, ratificó, con cambios, otra minuta que modifica la Ley General de Salud, donde se determina que los establecimientos mercantiles no podrán vender o suministrar “bebidas adicionadas con cafeína mezcladas con bebidas alcohólicas”.

Además, enfatizaron en la ley que no se podrán vender bebidas adicionadas en cafeína a menores de edad.

En este sentido, subrayaron que a este tipo de productos no se le atribuirán propiedades farmacológicas o fines terapéuticos.

Por ello, explicaron que la etiqueta, empaque, publicidad y cualquier otro material con el que se promueva y comercialicen las bebidas energetizantes, deberán “cumplir con especificaciones jurídicas aplicables que para el efecto emita la Secretaría de Salud”.

Al respecto, los senadores indicaron que este tipo de bebidas se caracterizan por tener supuestas “cualidades” derivadas de su consumo, tales como regenerar energía corporal o mental.

El resultado de la ingesta de estas bebidas con las alcohólicas puede ser perjudicial para la salud, ya que por una parte el alcohol al ser un depresivo reduce la ansiedad y provoca relajación, mientras que la cafeína es un estimulante del sistema nervioso central y ocasiona niveles elevados de excitación, apuntaron.

Por lo anterior, advirtieron que su consumo combinado puede provocar trastornos como arritmia cardiaca, deshidratación y hasta paros cardiacos.

Ante este panorama, puntualizaron que es necesario cubrir los vacíos legales y establecer en la ley medidas preventivas, por lo que es necesario regular su contenido “sin menoscabo de lo que establezcan las normas oficiales mexicanas y la disposiciones legales correspondientes”.


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