Senado de la República

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La Cámara de Senadores avaló un dictamen que reforma el artículo 1411 del Código de Comercio, para que las publicaciones de remate de bienes en los juicios ejecutivos mercantiles se realicen en un periódico de circulación amplia de la entidad donde se ventile el juicio.

Lo anterior, por considerar que la publicación de dichos casos, realizada en el Diario Oficial de la Federación, genera un gasto cuantioso a la parte ejecutante.

Las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos consideraron que al aprobar la modificación se evitó alterar el artículo 1054 en cuanto a la aplicación de supletoriedad del Código Federal de Procedimientos Civiles.

También se modificó el artículo 1410 ya que en principio no establecía el anuncio de las ventas, situación que sí se fija en el artículo 1411.

Es así que con dicho cambio el artículo 1410 señalará, también, que la venta de cualquier bien secuestrado será previamente anunciada en un periódico local de amplia circulación.

A través de estas reformas, el Senado complementa las propuestas promovidas desde 2008 y permite que los autores de estos juicios no tengan gastos excesivos, sobre todo en asuntos de menor cuantía.

El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.

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