Senado de la República

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altEn el país, diariamente 10 mil médicos atienden en promedio a 25 pacientes cada uno, 250 mil consultas diarias, que representan tres veces más de las ofrecidas en atención de primer nivel por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), que registra 89 mil.

Ante esta situación, el senador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Francisco Salvador López Brito, presentó una iniciativa para reformar la Ley General de Salud, a fin de regular la prestación del servicio de farmacias con consultorio adyacente.

“Es fundamental que la autoridad sanitaria asegure que tanto las farmacias como los consultorios cumplan con la normatividad para su funcionamiento”, agregó.

Advirtió que de acuerdo a la consultoría IMS Health, el éxito de este tipo de negocios, utilizados por los pacientes para atender malestares ligeros y de urgencia, se atribuye a su bajo costo y facilidad de acceso, ya que evitan la pérdida de tiempo por hacer filas en los institutos de salud como el IMSS y el ISSSTE, ofrecen consultas gratuitas o en promedio de 35 pesos, con medicamentos genéricos que le generarán un gasto promedio menor a los 120 pesos.

Las farmacias, dijo están sujetas a la farmacopea mexicana establecida en el libro de Suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministro de medicamentos y demás insumos para la salud, cuarta edición 2010.

En tanto, los consultorios están sujetos a la Norma Oficial Mexicana (NOM) 005-SSA3-2010, que indica los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica ambulatoria y en el caso de ser consultorios de atención médica especializada, deben cumplir con la NOM 016-SSA3-2012.

El legislador señaló que el Artículo 17 Bis de la Ley General de Salud establece la competencia de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), para la regulación, control y fomento sanitarios de los prestadores de servicios de salud.

La propuesta del senador López Brito incorpora a los consultorios y farmacias, entre los establecimientos de servicios de salud obligados a satisfacer los requisitos que señalen los reglamentos y normas oficiales mexicanas correspondientes.

Con la reforma se pretende además, que la Secretaría de Salud indique las disposiciones y lineamientos para el funcionamiento de los consultorios adyacentes a farmacias y para que presten los servicios de atención médica integrada de carácter preventivo.

En términos de la Ley General de Salud, añadió, corresponde a la Cofepris la obligación de garantizar la protección al paciente en su atención médica, así como evitar abusos comerciales y la venta de antibióticos con receta médica de forma indiscriminada, ante la existencia del esquema de Farmacias con Consultorio.

La iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Artículo 47 de la Ley General de Salud se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

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