Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


SESIÓN ORDINARIA DE LA H. CÁMARA DE SENADORES, CELEBRADA EL LUNES 21 DE ABRIL DE 2014.


PRESIDENCIA DEL CIUDADANO SENADOR JOSÉ ROSAS AISPURO TORRES


-EL C. PRESIDENTE JOSÉ ROSAS AISPURO TORRES: (11:33 horas) Solicito a la Secretaría informe a la Asamblea del resultado del cómputo de asistencia de las señoras y señores senadores.

-LA C. SECRETARIA MARTHA PALAFOX GUTIÉRREZ: Honorable Asamblea, conforme al registrado de asistencia, se han acreditado 66 ciudadanos senadores.

En consecuencia, hay quórum, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Se abre la sesión del lunes 21 de abril correspondiente al Segundo Período Ordinario de Ejercicio del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de esta legislatura.

El orden del día está disponible en el monitor de sus escaños; con lo cual se informa de los asuntos correspondientes al día de hoy.

El acta de la sesión anterior se encuentra publicada en la gaceta parlamentaria de este día.

En consecuencia, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba el acta de la sesión anterior.

Quienes estén porque se apruebe, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

Quienes estén porque se rechace, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

Aprobada el acta, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

 Compañeras y compañeros  senadores: Informo a ustedes que la Mesa Directiva, en su reunión de esta mañana, autorizó a las comisiones unidas de Asuntos Fronterizos, Norte;  de Asuntos  Fronterizos, Sur; y de Estudios Legislativos, Segunda; así como a las comisiones  de Turismo;  y de Comercio y Fomento Industrial, ampliaciones de plazo para la presentación de dictámenes a diversos asuntos que les han sido turnados. El listado de ellos  se publicará en la gaceta parlamentaria.

Pasamos a los asuntos de la  agenda de este día.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: ¬ Se recibieron las siguientes comunicaciones:

Una, de la senadora Lucero Saldaña Pérez, con la que remite el Informe de las actividades que realizó conjuntamente con la senadora Lorena Cuéllar Cisneros, durante el Foro Crans Montana del Women In Parliaments, Global Forum, que se llevó a cabo en Bruselas, Bélgica, los días 21 y 22 de marzo de 2014.

Una, del senador Adolfo Romero Lainas, con la que remite el Informe de sus actividades durante la XXI Reunión de la comisión de Servicios Públicos, Defensa del Usuario y del Consumidor del Parlamento Latinoamericano, celebrada en Panamá, los días 25 y 26 de marzo del año en curso.

Una, de la senadora Lisbeth Hernández Lecona, con la que remite el Programa de Trabajo de la comisión especial para la Atención y Seguimiento al caso de la Empresa Oceanografía, S.A. de C.V.

Una, de la senadora Claudia Pavlovich Arellano, con la que remite su Informe de labores, a abril de 2014.

Y una, del senador Benjamín Robles Montoya, con la que remite el Programa Anual de Trabajo 2014 “Rumbo a una Estrategia Nacional para el Desarrollo del Sur-Sureste” de la comisión especial Sur-Sureste.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Esta Asamblea ha quedado debidamente enterada, de los asuntos que ha dado a conocer la Secretaría.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: Se recibió el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se establece que las sesiones ordinarias correspondientes a la cuarta semana del mes de abril del año 2014, se llevarán a cabo del día 21 al 30 del presente mes.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Esta Asamblea ha quedado  enterada.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: Se recibió un oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que remite solicitud de autorización para permitir la salida de elementos de la Armada de México, a fin de que participen fuera de los límites del país en el Ejercicio Multinacional “UNITAS LV PERÚ 2014”, que se llevará a cabo del 11 al 27 de septiembre de 2014, en la República del Perú.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Túrnese a las comisiones unidas de Relaciones Exteriores; y de Marina, para su análisis y dictamen correspondiente.

Compañeras y compañeros senadores: Informo a ustedes que el pasado lunes 14 de abril, recibimos de la Secretaría de Gobernación y turnamos directamente a comisiones, la siguiente  documentación que leerá la Secretaría.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: informo al pleno, la documentación recibida.

Nombramientos de personal diplomático, a favor del ciudadano Luis Javier Campuzano Piña, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de México en el Reino de Noruega, que se turnó a las comisiones unidas de Relaciones Exteriores; y de Relaciones Exteriores, Europa.

Del ciudadano Agustín Gasca Pliego, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de México en el Reino de Suecia y, en forma concurrente, sujeto a la recepción de los beneplácitos correspondientes ante las República de Letonia y Lituania, que se turnó a las comisiones unidas de Relaciones Exteriores; y de Relaciones Exteriores, Europa.

Y del ciudadano Luis Arturo Puente Ortega, como Cónsul General de México en Shanghai, República Popular China, el cual se turnó a las comisiones unidas de Relaciones Exteriores; y de Relaciones Exteriores, Asia-Pacífico.

Asimismo, se recibió el Informe de resultados de la Visita Oficial del ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto, a la República de Ecuador, así como de su participación en la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial, en la  República de Chile, del 9 al 11 de marzo del año en curso, mismo que se turnó a las comisiones de Relaciones Exteriores; y de Relaciones Exteriores, América Latina y el Caribe.

Es todo, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

Esta Presidencia ratifica los turnos leídos por la Secretaría.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: Así también, la Secretaría de Gobernación, remitió un oficio por el que informa que el ciudadano Presidente de la República, licenciado Enrique Peña Nieto, se ausentará del territorio nacional los días 17 y 18 de abril de 2014, para atender cuestiones de carácter familiar, en los Estados Unidos de América.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Esta Presidencia ha quedado debidamente enterada, y por tanto la Asamblea.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: Se recibió del Instituto Nacional Electoral, un oficio por el que informa que el pasado 4 de abril, se llevó a cabo la toma de protesta del Consejero Presidente y de los diez Consejeros Electorales designados, con lo que quedó formalmente instalado el Consejo General de dicho Instituto.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: La Asamblea ha quedado debidamente enterada.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: Se recibió un oficio suscrito por los diputados Silvano Aureoles Conejo y Miguel Alonso Raya, coordinador y vicecoordinador, respectivamente, del grupo parlamentario del Partido de la  Revolución Democrática, y por la diputada Purificación Carpinteyro Calderón, secretaria de las comisiones de Comunicaciones y de Radio y Televisión, con el que remiten carpetas con sus observaciones y propuestas en torno al proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y por el que se reforman diversas disposiciones en la materia.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Remítase la documentación referida a las comisiones de Comunicaciones y Transportes; de Radio, Televisión y Cinematografía; y de Estudios Legislativos.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: Se recibió de la Cámara de Diputados, un proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Túrnese a las comisiones unidas de Juventud y Deporte; y de Estudios Legislativos.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA PALAFOX GUTIÉRREZ: Asimismo, la colegisladora remitió un proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa, alusiva al Centenario de la Toma de Zacatecas.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Túrnese a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Segunda.

En el apartado de iniciativas, se le concede el uso de la palabra a la senadora Graciela Ortiz González, para presentar a nombre propio y de las senadoras Marcela Guerra Castillo y Blanca Alcalá Ruiz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, un proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente y la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
En el uso de la palabra senadora.

-LA C. SENADORA GRACIELA ORTIZ GONZÁLEZ: Muchas gracias, señor presidente.

Compañeras, compañeros senadores: Me da mucho gusto el día de hoy venir a esta tribuna, a presentar a nombre propio y de las senadoras Blanca Alcalá y Marcela Guerra, una iniciativa en la que estamos buscando reformar diversos artículos de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente y de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

Buscando con esto, el fortalecer y ampliar la defensa de los contribuyentes.

Hemos trabajado en este Senado de la República, buscando fortalecer el esquema tributario nacional. Y consideramos que es menester, también, revisar y fortalecer y modificar, buscando apoyar a quienes tienen la necesidad de establecer algún litigio, como es el caso de los contribuyentes.

De tal forma, que esta iniciativa, propone algunos aspectos, que me parece que son importantes.

En primer término busca definir claramente, por las… qué es lo que entendemos por autoridades fiscales, al Servicio de Administración Tributaria. Y buscamos que, tanto los organismos federales fiscales autónomos, así como las autoridades fiscales de los estados y, en su caso, la de los municipios, estén claramente definidas, cuando están adheridas al Sistema Nacional de Coordinación y cuando, por supuesto, por…


(SIGUE 2ª PARTE)
… las de los municipios estén claramente definidas cuando están adheridas al Sistema Nacional de Coordinación y cuando, por supuesto, por esta adherencia recauden ingresos federales.

Busca también establecer que todos los servidores públicos de las autoridades fiscales a niveles federal, estatal y municipal, tengan la obligación de mantener en secreto fiscal y de tratar con respeto y consideración a los contribuyentes, así como de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

Nos parece que esta parte es sustantiva para efectos de lograr una mayor incorporación a la base tributaria nacional a partir de esa facilidad que se les dé para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

Busca también la iniciativa señalar que el sistema tributario, el SAT, los organismos fiscales autónomos y las autoridades fiscales a nivel estatal y municipal, otorguen al Instituto Nacional de Estadística y Geografía la información estadística relevante de los contribuyentes, desde luego sin mencionar los nombres, todo esto con el fin de que el INEGI contenga en sus reportes mayores informaciones de cumplimientos y nos dé un parámetro mejor en este sentido.

Buscamos extender las facultades de la PRODECON para que se puedan proponer modificaciones a la normativa interna, para emitir recomendaciones a fin de remediar los problemas de carácter sistémico y opiniones sobre la interpretación de las disposiciones fiscales o aduaneras al SAT, a los organismos fiscales autónomos y a las autoridades fiscales estatales y municipales que recauden contribuciones federales.

Con estas enmiendas buscamos en síntesis mejorar las condiciones y relaciones del tributo entre los contribuyentes y las autoridades de los tres niveles de gobierno que detentan atribuciones en materia fiscal y esto desde luego va a permitir lo que nos parece que es importante, que es perfeccionar y hacer más eficientes los procedimientos de recaudación que salvaguarden siempre los derechos fundamentales de los contribuyentes.

Consideramos que esta iniciativa es importante para en esta ecuación de contribuyentes y sistema tributario, buscar fortalecer ambas partes como lo hicimos ya en el sistema tributario, hacerlo ahora con los derechos de los contribuyentes que deben de buscar ser fortalecidos a través de esta iniciativa.

Por su atención, muchísimas gracias.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias senadora Graciela Ortiz González. Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, Segunda.

A continuación se le concede el uso de la palabra al senador Francisco Salvador López Brito, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proyecto de decreto por el que se deroga el último párrafo del artículo 234 y se adiciona el 234 bis al Código Penal Federal.

En el uso de la palabra, señor senador.

-EL C. SENADOR FRANCISCO SALVADOR LÓPEZ BRITO: Muchas gracias, con el permiso de la presidencia. Muy buenos días compañeras y compañeros senadores. Honorable Asamblea.

El que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de esta Legislatura, en ejercicio a las facultades que me da nuestra normatividad, presento ante ustedes iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el última párrafo del artículo 234 del Código Penal y se adiciona el artículo 234 bis al mismo, ante la siguiente Exposición de Motivos.

En nuestro país el delito de falsificación de billetes y monedas va lamentablemente en aumento. El último reporte del Banco de México demostró que es un problema constante que atañe a la sociedad.

En estos últimos cuatro años se ha visto intensificado, prueba de ello es que en el año 2012 se tiene un registro de 125 piezas falsificadas por cada millón en la denominación de billetes de 1,000 pesos. Esto significa que en ese año circularon alrededor de 338 mil unidades falsas, lo que fue equivalente a 83 millones de pesos.

La última estadística del Banco de México indica que por cada 9 mil 615 billetes reales, circulando en el mercado mexicano, existe uno falso.

En México hay 196 personas detenidas bajo formal prisión por hacer circular billetes falsos. Esta cifra pudiera no considerarse alta si se ve desde el punto de vista estadístico. Sin embargo, si se considera desde la óptica humana y de justicia, la misma es muy elevada, ya que cualquiera de nosotros y de hecho les aseguro que a muchos de nosotros nos ha pasado, pudiéramos ser susceptibles de estar involucrados en uno de esos casos irregulares o hechos delictivos.

Existen asuntos que han sido del dominio público, tales como el de Esperanza Reyes Aguillón y el de David Herrera Martínez. El proceso de esperanza estuvo plagado de inconsistencias desde el principio, bastó con considerar para el juez de conocimiento que tuvo una actitud sospechosa para condenarla y los billetes falsos que supuestamente portaba fueron quemados cuatro días después de su arresto, por lo que nunca se utilizaron como evidencia durante su juicio.

Después de detenerla se le asignó un defensor de oficio que no hizo lo correcto en el proceso y esto ocasionó que le dictaran una sentencia de cinco años de prisión. En principio ella estaba presa en San Luis Potosí y luego se dieron una serie de traslados en total violación a sus derechos, terminando recluida en las Islas Marías.

A petición del Ejecutivo y luego de estar dos años encarcelada, su caso fue revisado y saliven libertad. La subsecretaria de Gobernación, Lía Limón, declaró al respecto que:

“Este caso nos obliga a ser sumamente cuidadosos en la procuración de justicia, en la impartición de la misma y nos obliga además a juzgar desde una perspectiva de derechos humanos estos casos”.

Además reconoció que así como el caso de Esperanza Reyes, hay más de cien casos en las mismas condiciones de personas que o por su ignorancia, por su pobreza, pero sobre todo, pagaron con un billete en falso sin saberlo, sin su conocimiento y están en la cárcel.

En el caso de David Herrera, de acuerdo al expediente, era la 13:00 de la tarde cuando se acercó a un puesto de sombreros y pidió uno de estos de precio de 70 pesos, pagó con un billete de 500 pesos. La dueña revisó el billete y después de examinarlo le pareció que era falso, por lo que llamó a la policía. David Herrera fue detenido y acusado de delito de uso de moneda falsa. De nada sirvió que explicara que este billete se lo proporcionó un cliente que le compró mariscos por la mañana.

En las pruebas periciales se demostró que el billete era falso.

Casos como este suceden con mucha frecuencia. Como les comentaba, no es la excepción de que algunos de nosotros se haya visto en esta situación.

El artículo 234 del Código Penal establece los delitos de falsificación de moneda y su uso, así como las penalidades que se aplican en el caso de los mismos. Sin embargo, en lo que respecta al delito de uso de la moneda, es incorrecto que se equipare a la penalidad, al delito de falsificación.

Asimismo quiero puntualizar que la pena de prisión de 5 a 12 años establecida para el delito de uso de moneda falsa es excesiva, pues si el bien jurídicamente tutelado lo es la economía nacional, se debe considerar las circunstancias particulares de cada caso.

El uso de moneda falsa es completamente distinto al de falsificación de la misma. Sin embargo como ya mencioné, la penalidad actual es igual para ambos delitos.

Paso al texto que estoy proponiendo.

Por todo lo anteriormente fundado y motivado, someto a la consideración del pleno del Senado de la República la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga…….


(Sigue 3ª parte)
…someto a la consideración del Pleno del Senado de la República la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga el último párrafo del artículo 234 del Código Penal Federal y se adiciona el artículo 234 Bis al mismo.

Artículo Único.- Se deroga el último párrafo del artículo 234 del Código Penal Federal y se adiciona el artículo 234 Bis al mismo, para quedar como sigue:

Artículo 234.- Al que cometa el delito de falsificación de moneda se el impondrá de 5 a 2 años de prisión y hasta 500 días de multa: se entiende por moneda, para los efectos de este capítulo, los billetes y las piezas metálicas nacionales o extranjeras que tengan curso legal en el país emisor; comete el delito de falsificación de moneda el que produzca, almacene, distribuya o introduzca al territorio nacional cualquier documento o pieza que contenga imágenes u otros elementos utilizados en las monedas circulantes y que por ello resulten idóneos para engañar al público por ser confundibles con monedas emitidas legalmente.

Artículo 324 Bis, que es el que se agrega o se adiciona.- Al que hiciere uso de moneda falsa se le impondrán las siguientes multas y penalidades:

a) Correspondiente de 50 a 100 días de multa cuando el uso de la moneda falsificada signifique el uso de un solo billete en la transacción.

b) Prisión de 6 meses a 1 año al que utilice uno o más billetes falsos, siempre que no exceda de 3 mil pesos.

c) Prisión de 1 a 3 años y hasta 300 días de multa cuando rebase la cantidad señalada en el inciso anterior y hasta 10 mil pesos.

b) Si el uso de la moneda supera lo previsto en el inciso c) se aplicará la pena prevista en el artículo 234.

Transitorios

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Segundo.- La procuraduría General de la República y el Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus atribuciones y competencias, procederá a notificar a todos los indiciados o sentenciados que puedan resultar beneficiados con esta reforma a fin de que soliciten su libertad conforme a derecho corresponda.

Le solicito se transcriba en forma íntegra este proyecto de iniciativa en el Diario de los Debates.

Es cuanto. Muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Con gusto así se hará, señor Senador Francisco Salvador López Brito. Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

-A continuación, se le concede el uso de la palabra a la Senadora Lorena Cuellar Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proyecto de decreto que reforma el artículo 46 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

-En el uso de la palabra, Senadora.

-LA C. SENADORA LORENA CUELLAR CISNEROS: Con su permiso, señor Presidente.

Compañeras y compañeros senadores:

Es necesario que sigamos avanzando en el mejoramiento de nuestras leyes, dando claridad a los conceptos y normando de manera más precisa los procedimientos para aplicarlas, lo que sin duda dará mayor certeza jurídica tanto a autoridades como a la población en general, sobre el cumplimiento y acciones legales que ésta emprenda.

Esta propuesta el caso específico de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Existe, por una parte, un reclamo generalizado respecto del hecho de que, si bien es cierto que las recomendaciones que emite el organismo no tienen la vinculación jurídica para anular o dejar sin efectos los actos de las autoridades que son motivo de queja o denuncia ante ella, también lo es, que habiéndose determinado la responsabilidad de alguna autoridad o servidor público a través de esas recomendaciones, la ley no ordena de manera contundente, que dicha comisión deba proceder de inmediato a denunciar o ejercer las acciones de responsabilidad administrativa que correspondan, para que de manera específica se sancione a esas autoridades o servidores públicos que violan los derechos humanos fundamentales.

Y por la otra, también existe un reclamo generalizado relativo al hecho de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos, no tiene autonomía lo suficientemente para aplicar de manera rápida y eficiente, las reglas de procedimiento para hacer valer sus recomendaciones, procedimientos; que por cierto, deben también ser motivo de revisión y mejora.

Las carencias que tiene el marco normativo del organismo en materia de Derechos Humanos propician graves inconvenientes en el cumplimiento de las recomendaciones y un injusto resultado para quien ha padecido algún abuso, violentando sus derechos fundamentales.

Por todo ello, reitero que es importante e indispensable que las normas correspondientes a los procedimientos de cumplimiento de esas recomendaciones, estén mejor estructuradas en los plazos, en los términos, en los conceptos y en las consecuencias que deben traer aparejadas las omisiones o incumplimiento de las autoridades o servidores públicos, de dichas reglas de procedimiento.

Entrando en materia, debo empezar por referir el artículo 46 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que contiene las disposiciones jurídicas relativas al procedimiento mediante el cual los servidores públicos pueden aceptar o no aceptar, cumplir o no, las recomendaciones que emite la Comisión Nacional respectiva.

En principio, es importante que se especifique la obligación de la autoridad o servidor público destinatario de la recomendación, de informar a la Comisión Nacional si acepta ésta o no la acepta, procediendo a normarse enseguida los efectos o consecuencias de uno y otro supuesto.

En el caso de la aceptación de una recomendación, debe especificarse que el plazo respectivo para que se demuestre el cumplimiento de la misma se contará a partir de la fecha de la aceptación, además de que se debe precisar que la ampliación del plazo para su cumplimiento debe ser determinado por la misma Comisión de Derechos Humanos, siempre a petición de parte de la autoridad o servidor público a quien se dirigió la recomendación, para efectos de que se valoren sin excepción, en todos los asuntos, las razones o motivos en que se base la petición de ampliación.

En lo relativo a los supuestos de que una recomendación no sea aceptada o no sea cumplida por parte de la autoridad o servidor público, incluido el supuesto del silencio de éstos, ya sea que no contesten si la aceptan o no la aceptan, debe especificarse por separado para cada uno de ellos, los efectos y sobre todo las consecuencias que dichas acciones y las omisiones que tendrán sobre estas acciones.

Tratándose del primer supuesto y ante la negativa de la aceptación de la recomendación respectiva, debe normarse a la vez, la obligación por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de fundar y motivar su determinación sobre si la negativa está suficientemente o no suficientemente fundada y motivada, debiéndose además establecer los términos en que se debe dictar dicha determinación y notificársele a la autoridad o servidor público correspondiente, para que se produzcan los efectos legales correspondientes.

En el caso específico de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos emita una determinación de insuficiencia de motivación y/o fundamentación de una negativa y, dada la importancia que siempre deben tener la preservación y restitución de derechos humanos fundamentales establecidos en nuestra Constitución Federal, es indispensable que se dé oportunidad y en corto tiempo a la autoridad o servidor público destinatario de la recomendación, para que pueda subsanar la insuficiencia de su negativa, fijando los correspondientes normas de procedimiento para que esto se produzca, pues obviamente esto puede traducirse en beneficios de economía procesal a favor de quienes han sufrido alguna arbitrariedad de parte de ellos…


(SIGUE 4ª PARTE)
. . . . . . . . . . . ..........esto puede traducirse en beneficio de economía procesal a favor de quienes han sufrido alguna arbitrariedad de parte de ellos.

De la misma manera es conveniente que el Congreso, así como los superiores jerárquicos de la autoridad o servidor público, señalado como responsable en cualquier recomendación conozcan esa situación en tiempo y forma para poder intervenir y así generarse más opciones inmediatas para poder corregir las conductas indebidas, ilegales o injustas de cualquier servidor público sin que el procedimiento se retrase y sin vulnerar la autonomía técnica de la comisión en el conocimiento, trasmitación y resolución de los asuntos que tienen a su cargo.

Finalmente, con la intención de que las recomendaciones tengan una mayor efectividad pues no pueden por sí mismas revocar, modificar, anular o dejar sin efecto  los actos que han agraviado a los quejosos, y que ante el supuesto de que se haya determinado que la autoridad o servidor público ha incurrido en una violación de derechos humanos fundamentales, debe eliminarse la facultad potestativa que contiene la ley vigente respectiva y que consiste en: que la Comisión puede denunciarlo o no ante el Ministerio Público, puede ejercer o no, ejercer en contra de aquél las acciones ante la autoridad administrativa respectiva.

Esta norma potestativa debe ser reformada urgentemente y debemos legislar las normas que precisen como una obligación por parte de la Comisión Nacional el que deba proceder en los supuestos de referencia a efectuar de manera inmediata dichas denuncias o acciones administrativas para que siempre, siempre y en todo caso se establezcan las responsabilidades correspondientes por los actos arbitrarios cometidos por el servidor público que corresponda y se le sancione sin ninguna excepción.

Es cuanto, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES: Gracias, Senadora Lorena Cuellar Cisneros, túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos; y de Estudios Legislativos.

A continuación se le concede el uso de la palabra al Senador Alejandro Encinas Rodríguez para presentar a nombre de los integrantes de la Comisión Bicameral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión, un proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General, en el uso de la palabra, señor senador.

- EL C. SENADOR ALEJANDRO ENCINAS RODRIGUEZ: Muchas gracias, Senador Presidente. Compañeras y compañeros senadores: Vengo a nombre del Senador Daniel Gabriel Avila Ruiz; de la Diputada Alfa Eliana González Magallanes, y del Diputado Maximiliano Cortazar, así como de un servidor, todos integrantes de la Comisión Bicameral del Canal del Congreso, a presentar una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos que busca: Dotar al Canal del Congreso de la Unión de autonomía técnica de gestión, convirtiéndolo en un órgano desconcentrado, convirtiéndolo en un órgano desconcentrado para que éste pueda contar con autonomía, recursos, capacidad técnica en el cumplimiento pleno de sus atribuciones, y con ello lograr una mejor comunicación del Poder Legislativo con el conjunto de las mexicanas y los mexicanos.

Como todos sabemos, desde su origen la relación de la sociedad, del Congreso de la Unión, y en general del poder público con los medios de comunicación, ha estado marcada por la colisión de intereses que conjuga la política y los negocios por encima de la construcción de una cultura de respeto a la libertad de expresión, y al reconocimiento de la diversidad cultural del país.

Este no es un hecho fortuito. Cabe recordar cómo la primera transmisión de la radio en México se hizo en el año de 1900, justamente para felicitar al dictador Porfirio Díaz por su cumpleaños número 70.

De igual manera la primera transmisión de televisión en el país, fue con la inauguración del primer canal privado de televisión, el Canal 4, entonces, propiedad de la Familia O’farril, el primero de septiembre de 1950, con la transmisión del Cuarto Informe de Gobierno del Presidente Miguel Alemán Valdés.

A partir de esa fecha, las sesiones del Congreso de la Unión solo existían el primero de septiembre cuando el ejecutivo federal acudía a rendir su informe, y de esta manera, el primero de septiembre se convirtió en el Día del Presidente, cuando debería haber sido el día en que el ejecutivo rindiera cuentas al Congreso de la Unión.

Hay hechos memorables a lo largo de la historia de estos informes que han marcado la historia y la memoria colectiva.

Tengo muy presente, por ejemplo el informe de Gustavo Díaz Ordaz, asumiendo la responsabilidad de la represión de Tlatelolco, recibiendo los aplausos de pie de todos los legisladores de entonces.

Recuerdo también el informe de Luis Echeverría, refiriéndose a los jóvenes estudiantes disidentes de su gobierno como hijos de familias desintegradas, inadaptados sociales y  hasta homosexuales.

Y, tengo  muy presente también el memorable llanto de José López Portillo, llorando en la tribuna, defendiendo como un perro el peso.

Con la Reforma Política de los años 70, que reconoció derecho a las fuerzas de izquierda, y otras corrientes políticas a su participación electoral, se abrió una nueva etapa en la Cámara de Diputados, y en el Congreso en general; a partir de la LI Legislatura, la oposición demandó la transmisión en vivo y en cadena nacional de la comparecencia de los servidores públicos, lo que significó un importante avance, pero que a la postre en el marco de un sistema presidencialista estas comparecencias se convirtieron ya no solo en el día del presidente, sino el día del funcionario público, y estas comparecencias pasaron más adelante a convertirse en la pasarela previa al dedazo presidencial, como sucedió con los aspirantes a la presidencia del PRI en 1988.

La ruptura de la corriente democrática del PRI, y la candidatura de Cuauhtémoc Cárdenas a la Presidencia modificó el escenario político del país; y hay que recordar cómo la interpelación del entonces senador Porfirio Muñoz Ledo al Presidente Miguel de la Madrid derrumbó el mito del día del presidente, y abrió un ciclo de confrontaciones que duró hasta 1997, año en que el PRI pierde la mayoría simple en la Cámara de Diputados, y se abre una nueva forma de gestión legislativa en esa cámara.

Durante esos años, se cerraron las transmisiones de las comparecencias de funcionarios, y durante los informes presidenciales, la preocupación se concentró en ocultar las interpelaciones y muestras de inconformidad en el recinto, fuera del cuadro de las cámaras.

Sin embargo, la nueva composición de la cámara replanteó las relaciones con el Poder Ejecutivo, y propuso la creación del Canal del Congreso, el cual inició operaciones el 18 de marzo de 1998 a partir de un acuerdo con la Cámara Nacional de la Industria de la Televisión por Cable, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y el Congreso de la Unión, y más adelante, en el año 2000, el Canal del Congreso inició operaciones regulares a través de los sistemas de cable, y a partir del 2011 por sistemas de televisión restringida vía satélite, lo que sin lugar a dudas abrió a muchos  mexicanos el conocer el trabajo de los legisladores, aunque lamentablemente para lograrlo deberían de pagar la contratación de este servicio.

Finalmente, el 10 de marzo de 2010, la Comisión Federal de Telecomunicaciones entregó oficialmente al Congreso de la Unión el permiso para operar una estación de televisión  digital en el canal 45, y con cobertura en el Distrito Federal y la Zona Metropolitana del Valle de México.

Actualmente, el Canal del Congreso tiene una audiencia potencial de 13 millones de personas, y transmite a través de más de 800 estaciones, inclusive llega a 25 ciudades de la frontera sur de los Estados Unidos a través de la señal internacional del Canal 22.

Con la nueva señal se estima que la cobertura y la audiencia potencial podrá alcanzar, por lo menos a 26 millones de ciudadanos.

Por ello, ante la inminente salida al aire por señal digital abierta se avanza en la conversión tecnológica del canal, para lo cual se estableció ya un proyecto de inversión: la conversión de su infraestructura general registran un avance del 45 por ciento, y en su control maestro del 90 por ciento, y este proceso deberá..........


(Sigue 5ª. Parte)
.... y de su infraestructura  general registran un avance del 45 por ciento  y en su control maestro del 90 por ciento, y este proceso debería concluir por mandato constitucional a más tardar en diciembre de 2015.

Su evolución programática, la del Canal, ha dado cabida a una  gran variedad de contenidos que promueven valores cívicos y éticos alentando la formación ciudadana; nuestro Canal es el principal medio de comunicación del Congreso de la Unión con la sociedad y ha penetrado incrementando su relación con la sociedad, al tiempo que se ha construido, constituido en un referente inmediato de los medios de información, y de diversos sectores de la sociedad.

El Canal del Congreso es el único medio de comunicación masiva con el que cuenta el Poder Legislativo, y el vehículo de comunicación e integración entre los legisladores y los ciudadanos.

Por ello es necesario fortalecer el Canal del Congreso de la Unión y crear la estación de radio, así como dotarlo de los recursos, equipo e infraestructura suficientes y establecer una figura jurídica administrativa que permita eliminar las trabas burocráticas de que es objeto; así como dotarlo de autonomía técnica y de  gestión, como un órgano desconcentrado del Congreso de la Unión, en virtud de que cada un de las cámaras que lo conforman cuentan hoy con una normatividad administrativa distinta.

Esta figura le permitiría la delegación de funciones con el propósito de lo lograr la autonomía técnica y de  gestión, bajo la supervisión y coordinación de la Comisión Bicameral del Canal del Congreso.

Pero más allá de los aspectos administrativos se proponen también medidas innovadoras a fin de dar un paso sustantivo en la relación del Canal con la sociedad, por lo que proponemos crear la figura de defensor de la audiencia; figura que es plenamente compatible con las recientes reformas constitucionales en materia de derecho a la información, y al acceso a la información pública, cuya labor se orienta a recibir e investigar las quejas de ciudadanos sobre información difundida, la queja sobre la veracidad e imparcialidad y calidad de los contenidos, entre  otros asuntos.

Así, a diferencia de lo que hoy discutimos en materia de telecomunicaciones esta iniciativa es también plenamente congruente con la reciente reforma constitucional en esta materia, ya que establece que los medios públicos que presenten el servicio de radiodifusión deberán de contar con independencia editorial, autonomía de gestión financiera,  garantías  de participación ciudadana, reglas claras para la  transparencia y rendición de cuentas, defensa de sus contenidos, opciones de financiamiento, pleno acceso a tecnologías y reglas para la expresión de las diversas ideologías y las diversas culturas, etnias y expresiones de la mayor diversidad que caracterizan a este país.

Yo espero, no es el primer intento que se ha hecho por dotar de autonomía al Canal, pero esperemos dársela en esta legislatura, y lograr que para finales de este año por lo menos la señal abierta tenga una cobertura que rebase con mucho los 30 millones de mexicanos, y para ello esperamos contar con el voto de todos los legisladores. Muchas gracias. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias senador Alejandro Encinas Rodríguez. Sonio por favor en el escaño del senador Marco Antonio Blásquez Salinas. ¿Para qué asunto?

-EL C. SENADOR MARCO ANTONIO BLÁZQUEZ SALINAS: (Desde su escaño).  Para pedirle al proponente si me permite suscribir su propuesta.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Senador Alejando Encinas acepta la incorporación de las compañeras y compañeros senadores? Con  gusto. Pido a la Secretaría que tome nota de ello.

Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Estudios Legislativos.

Se recibieron las siguientes iniciativas que suscriben senadores y diputados del Partido del Trabajo, un proyecto de decreto por el que se expide la Ley  General de Partidos Políticos y un Proyecto de Decreto por el que se deroga el Código Federal de Procedimientos Electorales, y se expide la Ley  General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y Delitos Electorales.

Ambas iniciativas se turnarán a las Comisiones Unidas de Reforma del Estado, de Gobernación, y de Estudios Legislativos, segunda.

A continuación se le concede el uso de la palabra a la senadora Hilda Estela Flores Escalera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de Homologación y Expedición de Certificados para las Personas con Discapacidad.  En el uso de la palabra, senadora Hilda Flores Escalera.

-LA C. SENADORA HILDA FLORES ESCALERA:  Muy buenas tardes, con su permiso, senador Presidente, estimadas compañeras y compañeros, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es un instrumento con una dimensión explícita que reforma que las personas con discapacidad deben gozar de los derechos humanos y libertades fundamentales.

Derechos que han sido consagrados también  en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al situar al mismo nivel jerárquico a la citada Convención que establece que el Estado deberá proteger y asegurar su pleno ejercicio en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades.

En virtud de ello, debemos promover las reformas suficientes para que cuenten con las condiciones necesarias que garanticen su inclusión.

En México la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establecen en el artículo décimo que el sector salud expedirá a las personas con discapacidad un certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad con validez nacional; sin embargo al día de hoy falta precisar y dar mayor alcance a los procesos específicos para la expedición de certificados de discapacidad y homologación de los criterios en los gados o tipos de discapacidad.

En la actualidad en nuestro país se han diseñado diversos programas a los cuales pueden tener acceso las personas con discapacidad, sin embargo, uno de los requisitos fundamentales para obtener este tipo de beneficios es presentar algún documento que acredite la discapacidad, para tal efecto surge entonces la necesidad de que las personas con discapacidad cuenten con un certificado que avale esta condición, que además servirá para evitar que personas que no viven  con esta condición pretendan  acceder a los beneficios a favor de las personas con discapacidad, con lo que se dará un mayor control por parte del Estado y un registro más preciso sobre el número de personas y tipo de discapacidad.

En ese tenor el 14 de septiembre del 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana para la atención integral a las personas con discapacidad, la cual señala que a toda persona con discapacidad que lo solicite se le deberá expedir un certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad con validez nacional .

Sin embargo, aunado a lo anterior, es necesario que en la Ley  General de Salud se establezca expresamente que  es una obligación del sector expedir certificados de reconocimiento y calificación de discapacidad, con lo cual no solo se fortalecerá una política pública existente, sino se le dotará de una continuidad en el tiempo y afinará la transversalidad de las acciones contenidos en el marco jurídico nacional, a favor de los cinco puntos, siete millones de personas con discapacidad que hay en México.

Esto es en términos  generales. Lo que contiene la iniciativa que estoy proponiendo a todos ustedes. Así es que por su atención, estimados compañeros, muchísimas  gracias a todos. Gracias. Es cuanto, senador presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias senadora Hilda Estela Flores Escalera. Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos. Sonido por favor en el escaño  de la senadora Lilia Guadalupe Merodio, de la senadora Claudia Pavlovich, de Rocío Pineda Gochi. Sonido por favor. ¿Para que asunto?

-LA C. SENADORA LILIA GUADALUPE MERODIO REZA:  (Desde su escaño). Para sumarnos a la iniciativa de la senadora Hilda Flores Escalera, si nos lo permite.

-EL C. PRESIDENTE AIPURO TORRES: Senadora, ¿acepta la inclusión a su proyecto de iniciativa. Con gusto. Pido a la secretaría que tome nota, igualmente la senadora Claudia Pavlovich, y la senadora Rocío Pineda Gochi, igualmente el senador Joel Ayala. Con  gusto. Pido a la secretaría que tome nota de ello.
Túrnese esta iniciativa  a las Comisiones Unidas de .....

(Sigue 6ª. Parte)
. . . con gusto, pido a la Secretaría que tome nota de ello.

Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Justicia, no.

Reitero el turno a las Comisiones Unidas de Salud  y de Estudios Legislativos.

A continuación se le concede el uso de la palabra al Senador Francisco Javier García Cabeza de Vaca, para presentar a nombre propio  y de diversos senadores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, un Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

En el uso de la palabra, Senador.

 -EL C. SENADOR FRANCISCO JAVIER GARCIA CABEZA DE VACA:  Con su venia, señor Presidente.

Compañeras senadores, compañeros senadores.

El de la voz, Francisco Javier García Cabeza de Vaca y los senadores Roberto Gil Zuarth, Jorge Luis Lavalle Maury, Francisco Domínguez Servién, Víctor Hermosillo y Celada, Fernando Yunes Márquez, Luis Fernando Salazar,  la Senadora Luisa María Calderón Hinojosa y el Senador Raúl Gracia Guzmán, presentamos esta iniciativa a la que en obvio de tiempo no daré lectura y le solicito su inserción íntegra en el Diario de los Debates.

Todos hemos sido testigos de cómo la delincuencia ha perneado en la mayoría de las instituciones y en general en todo el tejido social. Los delitos de alto impacto, secuestro, robo y extorsión, considerados los que más afectan al diario vivir, han crecido de manera exponencial frente al nulo actuar de las autoridades locales y a las acciones reactivas del Gobierno Federal.

Por ello, desde aquí, desde el Poder Legislativo, debemos ocuparnos en dinamizar las leyes para hacer frente a la delincuencia.

Actualmente, en la figura del delito de extorsión se radica como  elemento esencial  la amenaza o coerción que se ejerce sobre una persona para que contra su voluntad entre algún bien que generalmente se trata de dinero.

El Código Penal Federal lo sanciona con hasta ocho años de prisión ty 160 días de multa.

Sin embargo, en las últimas décadas este ilícito se ha diversificado y ha escalado a niveles superiores de organizaciones criminales, al involucrar tecnología, capital financiero y una estructura que le permite operar en mercados,  territorios específicos, logrando grandes beneficios económicos.

La evaluación y comportamiento de este delito  permite identificar varios supuestos bajo los cuales opera como es el engaño y la amenaza telefónica o por medios electrónicos, hasta el cobro recurrente  a cambio de protección ilegal o como mejor se le conoce  o coloquialmente el cobro de derecho de piso.

Estos hechos, sin duda afectan la tranquilidad de la sociedad, por lo cual se hace necesario darle importancia que este ilícito requiere.

Endurecer las penas aplicables de acuerdo a sus agravantes, a los nuevos y diversos medios  comisitos así como la inclusión en el catálogo de delitos que comete la delincuencia organizada.

Dentro de las  modalidades de extorsión, el cobro de derecho de piso es un secreto a voces, cada vez más frecuente en más estados  de la República, entre ellos, desafortunadamente hay una manera alarmante  en mi estado, en Tamaulipas.

La extorsión implica la exigencia de un pago recurrente a negocios y propiedades a cambio de contar con una supuesta protección.

La gran diferencia con las otras modalidades de extorsión es que en esta  el derecho de piso, los extorsionadores sí se presentan ante sus víctimas por lo que exige un riesgo aún mayor.

De acuerdo a la Presidenta de la Asociación civil causa en común, el cobro de derecho de piso  es auténticamente un secuestro de por vida al negocio con la familia, a lo que se suma el temor de denunciarlo los riesgos y represalias.

Compañeras y compañeros senadores, en el cobro del derecho de piso estamos frente a un impuesto al crimen, así es, un impuesto que hoy en día los grupos delictivos están pidiendo y extorsionando a los sectores productivos.

Hoy en día es urgente actuar, en el periodo de diciembre de 2006 a julio de 2011 se había  presentado en las procuradurías de justicia de las 32 entidades del país 24 mil 73 denuncias por el delito de extorsión, de las cuales 204 se presentaron por el delito de amenazas cumplidas y daño en propiedad ajena, luego de que grupos del crimen organizado ejecutaron la quema de negocios por no pagar la cuota por cobro de piso.

Y de acuerdo a la cifra de la Encuesta Nacional de Victimización de las empresas en el año 2011 a nivel nacional, una extorsión ocupó el tercer lugar como delito más frecuente  a comercios y servicios, como también a la micro y mediana empresa, y tuvo una cifra negra del 88.1 por ciento.

Como dato adicional que nos gustaría que se tome en cuenta en la dictaminación favorable de esta propuesta  quiero mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación con relación a un amparo directo en el Distrito Federal, resolvió que es constitucional incrementar en la mitad de la pena básica a quien utilice la vía telefónica para cometer el delito de extorsión prevista en la legislación local.

Asimismo nos lleva a considerar que la extorsión en sí no se da un estado por llamarlo de alguna manera piso,  sino generalmente esta asociado con  otras conductas delictivas como es el despojo, los fraudes, secuestros, homicidios y  daño en propiedad, que se llevan a cabo por diversos medios comisivos.

Se trata de un delito que no está siendo atendido   con la urgente y en los enfoques diferenciados que se requieren, y que ha rebasado ya todos los límites permisibles.

A nivel nacional, independientemente el Partido en el Poder en turno,  su incremento ha sido exponencial al pasar en 1997 de   876 denuncias a 8 mil 42 en el 2013, lo que significa un incremento del 918 por ciento.

Por lo anterior, proponemos modificar el artículo 390 del Código Penal Federal para incrementar las penas por el delito de extorsión de cuatro a quince años de prisión y de  100 a 800 días de multa.
 
Incluir como agravante, que se ha cometido por miembros o exmiembros de corporaciones de seguridad pública o privada, así como incrementar las penas hasta una mitad cuando se presenten los siguientes supuestos.

Primero, cuando intervengan personas armadas  o con instrumentos que puedan causar algún daño físico a la víctima.

Segundo, se utilicen como medios comisivos del delito la vía telefónica, el correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación electrónica.

Tercero, se logre que la víctima o un tercero entregue alguna cantidad de dinero o bienes de forma continúa o de manera reiterada por cobro de cuotas de cualquier índole, siendo éste lo mejor conocido como el   cobro de derecho de piso.

Y finalmente, proponemos la modificación  al artículo segundo de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada para incorporar la extorsión con las modificaciones propuestas en el catálogo de delitos.

Es cuanto, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:  Gracias Señor Senador  Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

Sonido en el escaño del Senador Armando Ríos Píter y del Senador Carlos Mendoza Davis.

¿Para qué asunto?

-EL C. SENADOR ARMANDO RIOS PITER (Desde su escaño): Preguntarle al Senador si me permite suscribir su iniciativa.


-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:   Senador, acepta la inclusión.

-EL C. SENADOR FRANCISCO JAVIER GARCIA CABEZA DE VACA: Con gusto.


-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:   ¿Para qué asunto? Para el mismo. Pido que tome nota la Secretaría, la Senadora Mariana Gómez del Campo, el Senador Francisco Salvador López Brito, el Senador  Pedroza.

Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

A continuación se le concede el uso de la palabra  al Senador Angel Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar Proyecto de Decreto  por el que se adiciona el artículo 24ter a la Ley de Desarrollo Rural  Sustentable.

En el uso de la palabra, Senador.

 -EL C. SENADOR ANGEL BENJAMIN ROBLES MONTOYA: Muchísimas gracias, Senador Presidente.

 Compañeras, compañeros senadores, como todos ustedes saben. . .

(Sigue 7ª parte)
…sustentable.

-En el uso de la palabra, señor Senador.

-EL C. SENADOR ANGEL BENJAMIN ROBLES MONTOYA: Muchísimas gracias, Senador-Presidente.

Compañeras y compañeros senadores:

Como todos ustedes saben, el municipio es el cimiento en el que descansa la organización política, jurídica y social de nuestro país.

Sin embargo, a pesar de esta característica intrínseca y fundamental, el municipio ha sufrido un proceso histórico para tratar de solventar debilidades frente a los otros niveles de gobierno, flaquezas, que por cierto, han ido frenando en gran medida su óptimo desarrollo, y sin lugar a dudas, su condición de autonomía y libertad.

La realidad  --compañeras y compañeros--  es que el municipio mexicano transita pode debilidades institucionales, por una parte  --creo yo--  deriva de una condición estructural de precariedad, resultado, sin duda, de un sistema político caracterizado por su centralismo, lo que provoca un desprecio hacia estas organizaciones básicas de la administración pública de nuestra nación.

Es en virtud de todo esto que el Grupo Parlamentario del PRD en esta Honorable Cámara de Senadores, tiene la responsabilidad política, y así la asume, la responsabilidad política y social de luchar en pro de esta causa proponiendo, efectivamente, las medidas y las acciones necesarias que logren abonar con la labor de dotar a nuestro municipios de las facultades que garanticen su óptimo desarrollo y se logre con ello trascender a esa descentralización administrativa para fortalecer la autonomía municipal.

En este sentido  --compañeras y compañeros--, la Iniciativa que  vengo a presentarles tiene como finalidad fortalecer la autonomía del municipio en relación con la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Al respecto, me permito decirles, que para mí resulta trascendente mencionar que el enfoque de desarrollo rural sustentable ha venido permitiendo, en el discurso oficial, pues nuevas perspectivas para el campo y en el medio rural.

Pero la verdad, es que no obstante ello, la ejecución de las políticas públicas en la materia aún, lo quiero subrayar, aún se encuentran a prueba, por lo que es importante elaborar un seguimiento minucioso sobre el curso de acción en la implementación de estos modelos a fin de determinar su verdadera viabilidad en un sector abandonado y desdeñado por las autoridades, ya que es precisamente esta población que empieza a tener en sus filas, me refiero al municipio, sujetos sociales cada vez más informados y dispuestos a actuar, por lo que debemos considerar que estas acciones se realizan en contextos políticos e institucionales, que lo mismo pueden restringir o potenciar determinados beneficios.

Pero, para mí es en el ámbito municipal, compañeras y compañeros, y ahí está la tarea, que para mí resulta que ha sido inconclusa y por eso hay que operar en ella, que uno de los propósitos de la Iniciativa que vengo a presentarles es dotar al municipios de mayores facultades con el objetivo de que su participación en estos procesos que se plantean en el Plan Nacional de Desarrollo sean determinantes para el desarrollo del sector.

En virtud de todo ello, es que nuestro grupo parlamentario advirtió hace tiempo la necesidad de darle fortaleza al organismo fundamental de la administración pública en el ámbito que estamos comentando, el ámbito del desarrollo rural sustentable enmarcado, repito, en esta ley, ya que creemos que es a partir d ampliar las atribuciones de los municipios que los resultados en el sector se lograrán, sin duda, de la manera más eficaz y más contundente, pues sin duda, es a través del establecimiento de consejos como instancia de índole federalista y de participación mediante las cuales, compañeras y compañeros, el municipio puede tomar un lugar preponderante en el sector rural en términos, repito, de involucrarse en la definición de prioridades, en la definición de la planeación y la distribución de los recursos federales en la materia, logrando así, lo que creo que todos debemos buscar, que es su fortalecimiento y su papel determinante en el desarrollo de este sector.

Esta es, en síntesis, Senador-Presidente, la síntesis, repito, de nuestra propuesta que hoy vengo a someter a consideración del Pleno, pero he de regarle a usted que la presentación completa, la Iniciativa quede insertada en el Diario de los Debates para mayor información de mis compañeras y compañeros senadores.

Es cuanto, y les agradezco a todos su atención.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Con gusto, así se hará, señor Senador Angel Benjamín Robles Montoya, y se turna la misma a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural; y de Estudios Legislativos.

-A continuación se le concede el uso de la palabra al Senador Alejandro Tello Cristerna, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 275 de la Ley Federal de Derechos de Autor.

-En el uso de la palabra, Senador.

-EL C. SENADOR ALEJANDRO TELLO CRISTERNA: Muchas gracias, señor Presidente.

Compañeras y compañeros senadores:

Desde sus remotos orígenes la minería ha jugado un papel preponderante en el desarrollo económico de los pueblos.

Históricamente este sector presenta un dilema: por un lado, la maximización de recursos en el corto plazo.

Y por el otro, el aseguramiento de un desarrollo para la industria con niveles de inversión adecuados.

En el marco de las políticas de fortalecimiento de los ingresos nacionales, sin duda, la revisión de los esquemas impositivos constituye un tema nodal frente a las exigencias que el entorno económico internacional nos impone a los países en vías de desarrollo.

De manera particular es importante abordar el análisis de las contribuciones de un sector, que por sus características propias puede convertirse en una alternativa real para la maximización de ingresos y el fomento al empleo, y me refiero al sector minero.

La justificación para establecer un impuesto especial a la minería, el cual realizamos en la pasada aprobación de la reforma hacendaria, se basó en que este sector extrae un recurso natural escaso y no renovable, y que dicho recurso genera una apreciable renta económica de acuerdo a su demanda en el mercado.

En la teoría es posible gravar la renta económica de la empresa, sin embargo, en la práctica los legisladores enfrentamos un costo de oportunidad entre maximizar los ingresos derivados de estos impuestos, y el no introducir carga fiscal en demasía con el fin de no desincentivar la producción y la generación de empleo.

La importancia estratégica de la actividad minera en nuestra economía de país hace indispensable implementar nuevos mecanismos para apoyar este sector a fin de generar investigación multidisciplinaria de clase mundial, transferir y desarrollar nuevas tecnologías, y formar capital humano capacitado respondiendo a los desafíos de una minería que asegure bienestar y desarrollo para este país.

Es fundamental generar conocimiento y tecnología a fin de que las labores de esta industria puedan realizarse bajo altos estándares de seguridad, rendimiento, competitividad y protección del medio ambiente.

En este contexto, la presente Iniciativa tiene como objeto la creación de un fondo, un fondo específico para apoyo a la investigación científica local y al desarrollo tecnológico nacional del sector minero en nuestro país.
En concreto, busca que una cuarta parte de los recursos, que una vez ya distribuidos a las entidades federativas y municipios respectivos que le corresponden a la federación por concepto de aplicación de los nuevos derechos al sector minero, sean canalizados a un fondo sectorial: CONACYT-Secretaría de Economía, esto para la innovación y el desarrollo científico y tecnológico en el sector minero.

Hay que recordar que estamos introduciendo un derecho a la utilidad final a las mineras en donde tienen que pagar un 7.5 de sus utilidades; en el caso de oro y plata, un 8 por ciento.

De ese pago que hacen, el 80 por ciento se va a los estados y a los municipios; 50 para los municipios y 30 para los estados, y un 20 por ciento queda en la federación, pues de ese 20 por ciento, es de lo que estamos proponiendo, que una cuarta parte sea para un fondo para CONACYT y la Secretaría de Economía.


(Sigue 8ª parte)
…y un 20% queda en la Federación.

Pues de ese 20%, es de lo que estamos proponiendo, que una cuarta parte sea para un fondo, para Conacyt y la Secretaría de Economía.

Este fondo tendrá como objetivo, la formación de capital humano nacional, especializado en la industria minera. El impulso de la investigación científica y generación de conocimientos multidisciplinarios en materia de minería; promover el desarrollo tecnológico nacional, respondiendo a las necesidades del sector minero, a través de la innovación, y realizar un esfuerzo permanente de búsqueda de nuevas alianzas y socios, con los principales centros de investigación y empresas mundialmente reconocidas.

La experiencia internacional del esquema, que hoy estoy proponiendo, es sumamente alentadora. Por citar un ejemplo, el Centro Avanzado de Tecnología para la Minería, de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, que fue creado en marzo de 2009, desde entonces ese Centro ha logrado consolidar e integrar múltiples materias de investigación, con magníficos resultados. Apostar por el desarrollo de recursos humanos nacionales, nuevas tecnologías nacionales y automatización de procesos en el sector minero mexicano, es una inversión que, sin duda, se traducirá en mejores condiciones de competencia y eficacia.

Como legislador, oriundo de un estado, preponderantemente  minero, como lo es Zacatecas, tengo clara la importancia y necesidad de invertir más recursos para impulsar acciones concretas, que fortalezcan y armonicen la vinculación entre la industria, la academia, el gobierno y su entorno.

A fin de generar estrategias específicas que permitan, a quienes se dedican a esta importante actividad, aprovechar los beneficios del uso y aplicación de la ciencia y tecnología, para el mejor desarrollo de la industria minera en México.

El monto del fondo que propongo, según estimaciones y proyecciones realizadas por la Secretaría de Economía, superarían los cinco mil millones de pesos para el año 2015; monto que formaría parte del esfuerzo que este Gobierno Federal está haciendo por invertir en ciencia y tecnología, y acortar la brecha del tan anhelado 1% del producto interno bruto.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Asamblea, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 275 de la Ley Federal de Derechos, cuyo texto solicito, señor presidente, se incluya íntegramente en el Diario de los Debates, para sus efectos conducentes.

Ante el resurgimiento de la actividad minera en nuestro país, la capacidad, el ingenio, la voluntad y la perseverancia de los mexicanos, debe seguir siendo la guía de ruta a seguir.

“Para los mexicanos, lo que es de México”

Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señor senador Alejandro Tello Cristerna.

Con gusto se insertará, de manera íntegra, en el Diario de los Debates su iniciativa, y se turnará, la misma, a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Segunda.

Se recibió de la senadora Mariana Gómez del Campo Gurza y de diversos senadores del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, un proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 230 del Código Penal Federal, que se turna a las comisiones unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos.

A continuación se le concede el uso de la palabra al senador Fernando Enrique Mayans Canabal, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 constitucional.

En el uso de la palabra, senador.

-EL C. SENADOR FERNANDO ENRIQUE MAYANS CANABAL: Compañeras y compañeros senadores: La iniciativa que hoy presento, es de enorme trascendencia e interés de los ciudadanos, porque aborda como materia a uno de los derechos humanos, que ha sido reconocido universalmente, el derecho de todo inculpado a la defensa pública.

Hoy en día, para la mayoría de los mexicanos, este derecho de defensa en cualquier tipo de proceso legal, es casi nulo; ya que presenta muchos obstáculos, para su disfrute y ejercicio.

Uno de ellos y que resulta ser el principal, es el de índole económica, en virtud de que la contratación de un defensor particular, que oriente y patrocine los intereses de quienes enfrentan un proceso penal, civil o de cualquier otra materia es sumamente costoso.

Como se sabe, los orígenes de la defensoría en México se remontan al año de 1847, cuando el entonces diputado local, de San Luis Potosí, Ponciano Arriaga, propuso al Congreso de su estado, la creación de una Procuraduría de los Pobres.

Esta procuraduría fue instalada en San Luis Potosí, en mayo de 1847, aunque solo funcionó por unos meses, debido a la intervención estadounidense en nuestro país. Este antecedente permitió que la Constitución de 1857 y 1917, establecieran los antecedentes constitucionales de la defensoría de oficio.

El derecho de defensa, es un derecho fundamental reconocido, no solo en nuestra ley fundamental, en sus artículos 17 y 20, sino también en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Declaración Universal sobre los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración Americana de los Derechos Humanos, que señalan que en tanto un imputado en proceso penal, no disponga de un abogado, tendrá derecho a que se le asigne a uno, a fin de que cuente con una asistencia jurídica gratuita; si carece medios suficientes para pagar estos servicios.

Estos instrumentos internacionales, también imponen a los estados parte, el deber de garantizar los derechos reconocidos en los mismos, adecuando sus legislaciones internas y adoptando políticas para facilitar sus ejercicios y disfrute.

No obstante, el Pacto Internacional y la Convención Americana, referidos, suscriben las garantías judiciales al proceso penal, entre ellas la defensa pública.

Coincidimos y apoyamos la posición que permea en la comunidad jurídica internacional, que sostiene, que éstas deben interpretarse en forma amplia; ya que si dichas garantías operan en el proceso penal, no se comprende, por qué habría que negarles ese carácter en otro tipo de procedimientos judiciales, donde también está en juego los derechos, igualmente fundamentales.
En consecuencia, se propone establecer en el texto constitucional, como un organismo autónomo, al Instituto Federal de Defensoría  Pública, responsable de brindar los servicios de orientación, asesoría y patrocinio a los ciudadanos en todo proceso judicial.

Las razones son incuestionables, el propósito es dotar al Instituto de una verdadera autonomía, no solo técnica y operativa, sino también de gestión y presupuestaria, con personalidad jurídica y patrimonios propios.

Asimismo, sujetar la prestación de los servicios que deriven de dicho Instituto, a principios que son objeto de reconocer en el texto constitucional, y a la legislación secundaria, para asegurar una defensa óptima, eficiente e imparcial.

Dichos principios son: los de gratuidad, obligatoriedad, indivisibilidad, probidad y profesionalismo.

Se propone establecer, que en la designación del titular del nuevo Instituto Federal de la Defensoría, participe el Senado de la República, a disponerse que la aprobación de su nombramiento, deberá realizarse por las dos terceras partes de los integrantes de la cámara alta, para asegurar se cumplan los perfiles y requisitos que exija la propia ley.

De manera precisa y relevante, se establece que, el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán organismos que brinden el servicio de defensoría pública.

Estos organismos tendrán competencia para brindar los servicios de orientación, asesoría y patrocinio legal, en todo tipo de asuntos jurisdiccionales, conforme a las condiciones y requisitos que disponga la ley, y las constituciones de los estados, establecerán y garantizarán la autonomía de los organismos que brinden el servicio de defensoría pública.

También es objeto de este proyecto de decreto, la expedición de un nuevo ordenamiento jurídico, que contiene las disposiciones que regulen la organización y funcionamiento del Instituto Federal de la Defensoría Pública, dotado de plena autonomía.

Se prevé las disposiciones legales que crea un Consejo de Consulta y Colaboración de la Defensoría Pública Federal y determinan su…

Calendario

Julio 2024
Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31 1 2 3 4