Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

(Segunda parte y final)

Se permite la exclusión de dominio, en la cual ya la Corte señaló que no hay problema con el principio de presunción de inocencia, porque en este asunto no se juzga sobre la culpabilidad o no de una persona, sino que la persona tiene la oportunidad de revisar en ese juicio y de aportar elementos que le permitan saber al juez que los que las cosas de las que se le está excluyendo el dominio, son cosas que obtuvo de manera lícita.

Y además también permite la ampliación de las penas, por eso las penas en mayor medida ven en la Ley General de la Delincuencia Organizada contra otros delitos.

El principio de reinserción social creo que no va encaminado justamente o no tiene mayor relación con este principio del derecho penal del enemigo. El principio de reinserción social va a eso, a la inserción, a volver a traer a las personas que por cualquier situación han delinquido, a poderse reinsertar a la sociedad cómo y de qué manera.

En relación al delito de trata de personas, creo que es un problema que nos está causando muchos problemas en este país y que tiene que dársele una atención mayor.

Cuando yo tuve la oportunidad de decidir en algunos asuntos de trata de persona, sí me causaba un poco de conflicto poder acreditar todos los elementos que el tipo de trata de personas tiene.

Creo que sí valdría la pena, con todo respeto, que se le diera una revisada y que pudieran establecerse categóricamente estos, estos y estos, e incluso en materia de fueros, o sea, en competencia, que se estableciera de manera concreta cuándo aquellos asuntos van a permanecer en el fuero federal y cuándo deben de mandarse al juez del fuero común.

Evidentemente si tiene relación con la delincuencia organizada y todo eso, pues tendrá que venir ante el juez de distrito del lugar que corresponda.

¿Qué hacer para que la Suprema Corte se pronuncie sobre temas de mayor entidad?

Creo que no podría depender de mí, incluso ni siquiera en la misma Suprema Corte, todos los asuntos que se llegan a los tribunales creo que tienen la misma importancia, por lo que representan para las partes que intervienen en ellos y para que la Corte se pudiera pronunciar sobre temas de mayor entidad necesitarían los asuntos llegar hasta la Suprema Corte, que los asuntos fueran ya motivo de reconsideración o de ponderación de la Suprema Corte para que ellos lo puedan hacer.

El Poder Judicial de la federación, en alguna forma podría no hacer muchas cosas que incluso los mexicanos quisieran, porque depende de lo que llegue, depende de los asuntos que se pongan a consideración de los tribunales.

Ya llegando a allí, entonces sí ya se podrán revisar muchas cosas, pero no podría la Corte hacerlo sin que el gobernado lo pida ni podría hacerlo sin ningún motivo, o sea, todos derivan de los asuntos, todos derivan de la resolución que se dicta en las sentencias de los juicios que llegan hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación.


Creo que hay algunos de mayor entidad o de mayor problema, que a la mejor la Corte tiene 10 asuntos para resolver y el séptimo es de un problema mayor, no estaría yo convencida de que se tuviera que dar prioridad a eso, por el derecho que todos los gobernados tienen el primero de la fila para que se resuelvan sus asuntos.

Me parece que la diferencia entre la novena y la décima época en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene justamente que ver con la reforma en Derechos Humanos, eso fue lo que hizo, algunas otras ideas, algunas otras interpretaciones que ha hecho la Corte en esta décima época, partiendo ya de esta reforma y de esta nueva forma de ver del gran derecho en este país.

No creo que haya características que puedan contradecirse entre la reforma de 2008 en materia penal y la reforma de derechos humanos. Creo que más bien se complementan y podemos, en una cuestión, atendiendo al principio de ponderación, maximizar los derechos atendiendo a las dos reformas en las que no podría destacar, por no advertir, senadora, una contradicción que puedan tener entre estas dos reformas.

A lo mejor podría ser que en materia de arraigo en la reforma de 2008 introduce el arraigo y dispone la constitución que se puede implementar en cuestiones de delincuencia organizada particularmente.


Ya explicaba yo que tiene o que las consideraciones que tienen que ver con lo que representa para el Estado. No podemos, bajo el argumento del respeto pleno de los derechos humanos de alguien que está o por lo menos se piensa que está implicado en la delincuencia organizada, frenar lo que el estado pueda hacer frente aquellas organizaciones que transgredan el Estado de Derecho, que dañen la seguridad pública y la seguridad nacional en problemas.

Lo que ahí se tiene que hacer, o que se ha hecho ya incluso en la propia Constitución, es establecer categóricamente que es únicamente para la delincuencia organizada, ya no se permite como antes de la Reforma en todos los delitos graves y en algunas circunstancias en materia del fueron común donde podía llegar el ministerio público y decir: “juez: necesito una orden de arraigo para esta persona por esto y por esto y de manera fundada conforme al Código Federal de Procedimientos Penales decirnos cuáles son…” Bueno, yo le hablo de mi experiencia en la materia federal. No le podría explicar de manera detallada cómo se hacía en el fuero común.

Pero en materia federal antes los jueces en el Distrito Federal, los jueces de procesos penales federales decidíamos todas las medidas, entre ellas el arraigo, el cateo y la intervención de comunicaciones privadas.

Hace algunos años el Consejo de la Judicatura ya lo dividió, yo creo atendiendo las cargas de trabajo; al juez de procesos únicamente con procesos y con procedimientos de extradición y otros jueces en materia de medidas. Ya ellos se encargan de los arraigos, los cateos y las comunicaciones de intervenciones telefónicas y algún otro trámite que se hace con motivo de la seguridad nacional que sí conozco pero que me parece que no es tan prudente mencionarlo ahora.

La figura del arraigo se hace una distinción armonizando las dos reformas porque si bien se presenta como una cuestión constitucional, lo cierto es que hay determinados parámetros en los que la autoridad no puede brincar.

O sea, le dicen: “te voy a dar 40 días. Y si quieres venir por otros 40 días ante el ministerio público, puedes venir, pero me vas a justificar que siguen prevaleciendo todas aquellas circunstancias por las cuales viniste un día y me pediste el arraigo”.

En mi experiencia creo que ha sido un asunto donde al final del arraigo se decretó la libertad de la persona por no existir elementos para que se le pudiera consignar.

Menciono yo en el discurso alguna cuestión en relación al principio de presunción de inocencia. O sea, cómo presumimos que eres inocente hasta que te sentenciemos y te estoy arraigando y te estoy privando de la libertad.

Luego, ahí hay una, existe seguramente una ponderación entre los derechos a la seguridad nacional, a la seguridad pública de todas las personas y el derecho a la libertad de una persona que no puede estar por encima de la seguridad nacional.

Seguramente eso es lo que nos puede permitir que aun respetándose los derechos humos y que hay una contradicción entre las dos reformas, pueda prevalecer la figura del arraigo en la Constitución Federal.

En relación a los asuntos de Lydia Cacho, Carmen Aristegui y la interrupción legal del embarazo.

Realmente lo que yo pudiera hacer no lo sé porque necesitaría saber sobre qué tema en particular estamos hablando.

Lo que ya hay del tema de Lydia Cacho, creo que fue correcto que se le exonerara.

Si no me equivoco, estuvo a disposición por algunos asuntos de cuestiones de afectación al honor y difamación en este asunto de Puebla, y de que fueron y la privaron de su libertad mediante una orden de aprehensión, hasta el estado de Quintana Roo, sin que hubiera algún acuerdo de colaboración entre las procuradurías de Puebla y la Procuraduría del Estado de Quintana Roo, ni nada.

Se terminó una cuestión arbitraria en la detención, con apoyo con los poderes del Estado de Puebla, particularmente con el gobernador y con la policía, la Procuraduría y algunas gentes principalmente, o creo que nada más del Poder Ejecutivo.

Efectivamente llegó a la Corte, con aquella investigación que mencionaba yo en mi discurso pasado prevista en el Artículo 97 de la Constitución, donde le permitía a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la investigación de violaciones graves a los derechos humanos.

Ese asunto estuvo a cargo, la investigación, del Ministro Silva y se hizo todo lo necesario para ver cuál era el problema en que derivó esta detención.

Se encontró incluso que la orden de aprehensión había sido librada por un juez al que no le había correspondido el asunto.

Le correspondió el asunto, según esa investigación, a uno de los jueces de Puebla y sin ninguna justificación se fue con otro juez, y ese juez, que según la investigación había sido recientemente nombrado por el gobernador, fue quien decretó la orden de aprehensión.

Se sabe, según esa investigación, que ella tenía alguna residencia aquí, combinada con residencia en el estado de Quintana Roo, que fueron por ella allá, que se la trajeron a la ciudad de Puebla después de un traslado creo que de 26 horas por tierra, que se la trajeron en algunos autos privados, no en patrullas de la policía ministerial del estado de Puebla, le siguieron el proceso, según la investigación no se le permitió ofrecer pruebas, se violentó el debido proceso.

Toda esa circunstancia derivada de la investigación hecha por el ministro Silva, hizo que se diera trámite a esto en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se ordenaron investigaciones sobre el por qué se había cambiado el expediente de juzgado, sobre por qué se le había traído sin un oficio de colaboración.

Y si mal no recuerdo, lo que no quedó definido ya fue una responsabilidad a cargo del gobernador, sí de todos los demás que intervinieron. Y en el expediente que se le dictó a ella, al final se decretó evidentemente la libertad de la señora Cacho.

Esa investigación, como sabemos, ya no estuviera en estos días a cargo de la Suprema Corte, sino ya de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Creo yo que sí fue conveniente o fue lo correcto que se le haya exonerado y que se haya dejado a las otras personas en investigaciones de cuestiones de responsabilidad.

¿Por qué no recayó hasta el señor gobernador?

Lo desconozco, no he tenido oportunidad de ver eso, no podría decirle cuál sería mi postura o qué hubiera hecho yo con el señor gobernador porque sí tendría que revisar, tendría que ver, tendría que examinar en qué condiciones y si efectivamente o no hubo la intervención de él y de qué manera hubo la intervención de él, para poder decidir si hubiera también consecuencias de índole administrativo o incluso penal contra el gobernador.

En el asunto de Carmen Aristegui. La Suprema Corte de Justicia de la Nación creo yo, no tendría por qué haber ejercido la facultad de atracción para conocer ese asunto, creo que fue correcto que se decidiera que no era cuestión de amparo, que no era en una queja lo que se tenía que ver, porque efectivamente fue una relación de coordinación, no se suprasubordinación; no podrían a MVS haberlo tenido como autoridad responsable, sino que era su patrón y aunque fuera una cuestión de índole administrativo, tendría que ventilarse en un procedimiento ordinario o en todo caso en un procedimiento mercantil por la cuestión de la prestación de los servicios, pero no en juicio de amparo ni tampoco a consideración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De la interrupción legal del embarazo. Creo que en eso volvemos en materia de derechos humanos, al principio de ponderación, senadora. Habría que ver en cada caso y ponderar el derecho a la vida del producto, que la Constitución lo prevé desde entonces como alguien con derechos; si no categóricamente, sí en algunas disposiciones como es, si mal no recuerdo en el artículo 123, donde al hablar del trabajo de la mujer embarazada hace referencia a que debe de cuidarse que ella no haga trabajos en los que requiera mucho esfuerzo y que pongan en peligro su salud y la del producto de la concepción.

Eso me hace pensar que la Constitución protege también eso. Pero creo que ahí dependerá de cada asunto hacer un análisis de ponderación y poder ver cuáles son los derechos humanos que están en contienda o que están incluso frente a ese derecho a la vida o al derecho a la libre decisión de las madres a tener hijos o no sé qué otros derechos puedan estar ahí, el derecho a la salud, y sí, dependiendo de eso sería que yo le podría dar una contestación a esta pregunta.

Y créame que lo que menos quiero es evadir lo que usted me pregunta. Creo que sí se ha podido ver que estoy procurando darle mi opinión y efectivamente, que usted sepa quién soy y que todos ustedes puedan ver mi forma de conducirme, mi forma de dirigirme a ustedes y lo que he hecho durante este tiempo de carrera judicial.

Muchas gracias.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Gracias, magistrada.

Yo con esto me quedo y le doy la palabra al señor senador Raúl Gracia para que haga también sus preguntas. Por favor, senador, si es tan amable.

SENADOR RAÚL GRACIA GUZMÁN: Muchas gracias.

Tocaba la senadora Tagle diversos asuntos, sobre todo el de Sauceda Guerra y, efectivamente, aunque hubo una averiguación previa, la causa no prosperó. Pero según entiendo y si estoy equivocado me corrige, sí hubo un procedimiento administrativo ante el Consejo de la Judicatura Federal.

Y, según entendemos, sí generó una resolución de responsabilidad con una sanción de amonestación, pero saber por qué, si fue el caso, por qué sí hubo responsabilidad si usted combatió o consintió dicha determinación y por qué fue el caso.

Y entrando, no quería yo entrar en el tema de derechos a la vida, pero ya que lo pusieron en la palestra, obviamente que la reforma que da motivo a esta nueva época es la de derechos humanos, y qué bueno que ahí se defiendan.

Para mí hay un derecho humano que está encima de todos, que es el derecho de la vida. La vida genera precisamente el resto de los derechos.

En mi opinión, y ahora usted lo dijo que sería casuísticamente, el único derecho de la madre que se puede equiparar al derecho de la vida, y yo no le llamaría producto sino del ser concebido no nacido, pero que ya es un ser, es precisamente el derecho a la vida de la madre.

¿Usted qué otro derecho diverso al derecho de la vida de la madre considera que está en el mismo rango que el derecho a la vida, al ser humano concebido pero no nacido?

Esas serían mis dos preguntas.

Gracias.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Por favor, magistrada. Puede usted contestar.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Sí, deme un segundo, por favor.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Claro que sí.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Muchas gracias, señor senador.

En relación a la cuestión de la amonestación, efectivamente el Consejo de la Judicatura Federal me siguió un procedimiento y responsabilidad, en el cual yo presenté un informe conforme a las reglas del procedimiento y responsabilidad en el Consejo de la Judicatura Federal donde alegué el derecho a la identidad, el derecho a las personas, el derecho a la libertad.

Esos argumentos no fueron contestados por el Consejo de la Judicatura, bueno, de ahí se fue al Pleno. En aquel entonces integraba el consejero Cruz Razo, quien decía que votó en contra de la resolución del Consejo, y algo decía él de que no se había dado respuesta a la defensa que yo había hecho y que no estaba de acuerdo con esa sanción.

Y creo que hay algunas situaciones en las que la responsabilidad administrativa no tiene que ver con la responsabilidad penal.

Me amonestaron. No lo ataqué porque no lo puedo atacar. Las cuestiones del Consejo son inapelables, irrecurribles y nada.

Sin embargo, como les decía hace rato, esa cuestión que sí prosperó en la materia administrativa no me trajo al final de la historia mayor consecuencia, señor senador, ni se consideró como una falta grave.

Si hubiera sido considerada como una falta grave por el Consejo, se hubiera determinado mi destitución y en tres años hubiera dejado de ser juez de distrito y seguramente estaría litigando en un pueblito de mi pueblo, de Michoacán, o algo así, pero menos juez de distrito.

Y no fue un parámetro para que el Consejo pudiera no ratificarme o pudiera no permitirme la oportunidad de ser magistrada de circuito.

Fue amonestación en el orden de las sanciones, porque cuando llegué al juzgado me promovieron una queja administrativa porque había algunos detalles que tomar en cuenta, yo los tomé en cuenta, no todo el personal estuvo de acuerdo, hubo una secretaria que me puso una queja y en esa queja decía que yo había transgredido el sigilo que había en el juzgado porque había llevado a dos amigos conmigo el día que recibí el juzgado.

Es cierto que me acompaño otra persona, miembro también del Poder Judicial de la Federación y contratado por el Poder Judicial de la Federación, pero no en ese juzgado. Pero no revisó sigilo; no se acreditó nada, más que efectivamente había estado ahí.

¿Qué fue lo que hizo el Consejo? Recomendarme, apercibirme y recomendarme que no diera oportunidad a que nadie más jamás estuviera ahí si no tenía efectivamente un contrato expedido por el propio juzgado.

¿Y qué fue lo que hice? Pues efectivamente acatar la disposición del Consejo. No tener lo que muchos han conocido, que ya no lo permite el Consejo de la Judicatura Federal y lo sustituyó por prácticas judiciales, lo se ha llamado por muchos años meritorio, que es alguien que va a trabajar gratis en busca de una oportunidad, que el día que haya un lugar se le pueda dar, jamás tuve un meritorio cuando me dieron la oportunidad de tener practicantes judiciales, tuve los practicantes judiciales y eso fue lo que hizo que en esa segunda causa de responsabilidad en el Consejo fuera ya una amonestación y ya no un apercibimiento, pero no precisamente porque haya sido algo grave.

Si hubiera sido algo grave hubiera parado o hubiera concluido con mi destitución como juez de distrito.


Gracias.

En relación al derecho a la vida, ¿cuáles otros derechos podrían estar más allá de la salud de la madre? La Suprema Corte de Justicia de la Nación lo ha dicho y creo yo que tiene toda la razón en relación a que se debe ponderar con el derecho del menor a una vida digna.

En aquella tesis que hizo una interpretación, si no mal recuerdo, el artículo 334, fracción tercera, del Código Penal del Distrito Federal, que conforme a una reforma, y es el ciento ochenta y tantos, no lo tengo presente, la verdad, hace referencia a la interrupción cuando dos médicos especialistas puedan determinar que, por cuestiones congénitas o genéticas pueda el producto traer algunos problemas importantes en cuestiones físicas o mentales y que además hay una posibilidad muy importante de que pueda morir.

En esa jurisprudencia, dice la Suprema Corte que debe ponderarse el derecho a la vida con el derecho a una vida digna y no excluye el delito que ahí lo denomina la Corte y lo vi en el Código Penal de la Ciudad de México como un delito de aborto, no quita el delito, no excluye el delito ni dice que no exista, pero sí hay falta, es una excusa absolutoria en la cual nos e impone una pena, precisamente por esa ponderación que se hace, siempre y cuando exista la autorización de la madre y que además esté completamente justificado, porque habrá que llevarlo el asunto para poder acreditar la excusa absolutoria de que la madre dio consentimiento, de que está bien informada, de que efectivamente todo lo que pasó, puede parar en la muerte del producto y con un problema mayúsculo genéticamente.

Muchas gracias senador.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Senador, ¿quiere usted usar su derecho de réplica?

Muchas gracias.


Por favor tiene la palabra el senador Enrique Burgos, si es tan gentil.

SENADOR ENRIQUE BURGOS GARCÍA: Muchas gracias senadora Angélica de la Peña.

Magistrada Sánchez Valle, bienvenida al Senado de la República, le damos la bienvenida y déjeme decirle que este esquema, como aquí ya se ha dicho, esquema de conversación, de preguntas, de respuestas, de enfoques, me parece que ha sido muy productivo para la propia Comisión.


Si bien es cierto, la decisión depende del pleno, esto ayuda mucho porque orienta los puntos de vista, el criterio que cada senador o cada grupo política va definiendo.


Yo le aprecio mucho su disposición para atender todo lo que he escuchado, todas las preguntas y desde luego las respuestas puntuales.

En el documento que usted presenta, magistrada Sánchez Valle, cuando se refiere a las ponencias, a las ejecutorias, mejor dicho, en la página cuatro se refiere usted a la tercera ejecutoria, dice, contradicción de tesis 299/2013, imposibilidad de someter a control de convencionalidad la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.


Y textualmente dice en uno de sus párrafos: “A través suyo, al Suprema Corte fijó el criterio de que la obligación de las autoridades jurisdiccionales, contenida en los artículos primero, con el nuevo enfoque que a partir del 2011 tiene, y 133, supremacía de la Constitución y el ordenamiento de las leyes, 133 de la Constitución federal”.

Aunque yo usaría Constitución Política porque propiamente no es Constitución Federal, es Constitución de todo, de lo federal y de lo estatal, da vida a ambos.

De realizar un control de constitucionalidad y/o convencionalidad ex oficio en materia de derechos humanos y dar preferencia a los contenidos en la propia Ley Suprema y en los tratados internacionales aun a pesar de las disposiciones en contrario contenidas en cualquier norma inferior no contempla a la jurisprudencia emitida por el propio Alto Tribunal bajo la consideración de que el artículo 94 Constitucional establece que aquella –la Jurisprudencia-, resulta obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales de conformidad con lo que dispongan las leyes.

Me parece muy interesante su consideración, primero porque tiene una consideración propia, es decir, hace su propia valoración, lo cual me parece muy digno de destacar.

Segundo, porque yo también comparto la idea de que la jurisprudencia no está catalogada en ese sentido.

Qué haría usted, magistrada Sánchez Valle, para suplir este, vamos a decir, esta insuficiencia o este espacio no cubierto, compartiendo el criterio de usted.

¿Qué propondría, qué modificación, qué habría que hacer para ordenar y poner secuencialmente estas disposiciones?

Cómo debe haber un control de constitucionalidad, o de convencionalidad, independientemente de la referencia que se explica en la tercera ejecutoria en esa contradicción a la que usted se refiere.

¿Qué alternativa propondría usted?

Muchas gracias magistrada.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Tiene usted la palabra, señora magistrada, para contestar las preguntas del senador Burgos.

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Gracias señora senadora.

Gracias senador Burgos.

A mí me parece que la pregunta que usted me hace, de hecho yo ya tengo algo que había pensado de qué manera podría hacerse.

Creo que si tomamos en cuenta que el artículo Primero, párrafo tercero de la Constitución nos obliga a todas las autoridades, a todas, entre las que estamos absolutamente todas las de este estado de derecho, a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y alguna interpretación de la jurisprudencia nos puede dar una protección mayor, creo que es de una interpretación conforme, va ya dada conforme a la cláusula de interpretación conforme en relación con la ley de los artículos de la ley de amparo que presentan, o que determinan la obligatoriedad de la jurisprudencia, podría dar su interpretación conforme y sustraerse a control de convencionalidad toda la jurisprudencia que emita la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Sí. Por favor senador Burgos.

SENADOR ENRIQUE BURGOS GARCÍA: Gracias.

Yo comparto el criterio.

Qué tarea le sugeriría usted al órgano legislativo, particularmente al Senado. Es decir, por qué no consideran esto.

Me gustaría su referencia personal.

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Yo le estaba sugiriendo o pensando en alguna respuesta vista desde el Poder Judicial de la Federación.

No habría más que este Honorable, Distinguido Senado dispusiera en la ley de amparo, dispusiera, en la propia Constitución, la convencionalidad de la jurisprudencia para que el Poder Judicial completo tuviéramos que atenderlo y hacerlo por disposición de este Poder del Estado.

SENADOR ENRIQUE BURGOS GARCÍA: ¿Sentiría viable una propuesta de reforma al 94 constitucional?

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Sí.

SENADOR ENRIQUE BURGOS GARCÍA: ¿Lo siente viable?

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Sí.

SENADOR ENRIQUE BURGOS GARCÍA: Okay. Gracias. Suficiente.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Muchas gracias, senador.

Tiene la palabra la senadora Dolores Padierna, por favor.

SENADORA DOLORES PADIERNA LUNA: Gracias.

Tenía siete preguntas, no voy a hacer ninguna de las que tenía preparadas después de escucharla. Quiero optar por hacerle otras preguntas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que los derechos humanos contenidos en la Constitución y en los tratados internacionales, constituyen el parámetro de control constitucional. Cuando la Constitución tenga una restricción expresa al ejercicio de los derechos humanos; entonces se debe de aplicar lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación llamó “el test tripartita”.

¿Conoce usted en qué consiste y podría ilustrarnos en describir este procedimiento aprobado por la Corte?

Y a priori, resulta ilógico que después de las reformas de junio de 2011, que incluyen que reconocen como eje central y obligatoriedad para todo el Estado mexicano a los derechos humanos; el principio pro persona pueda ser, se pueda limitar con esta interpretación jurisprudencial que está usted mencionando. Lo correcto sería ampliar los derechos humanos, el catálogo de derechos humanos, no su restricción.

La segunda pregunta sería: mucho se ha polemizado sobre el valor de la jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos; ¿cuál sería el criterio que rige al respecto y que resulta obligatorio para todo el Poder Judicial, es decir, para todos los operadores jurídicos del país?

Esas serían mis dos preguntas.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Señora magistrada, puede contestar, por favor.

Posteriormente de su contestación, pasaremos a sacar del recipiente donde están las preguntas de la sociedad civil, para que pueda contestar una de ellas.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Muchas gracias, senadora Padierna.

Este test tripartita a que se ha referido, senadora, si mal no recuerdo es de aquel que nos lleva a tres formas de solución cuando hay problema de interpretación en materia de derechos humanos. Primero confirme a la cláusula de interpretación conforme, si no puedo aplicarlo a través de ese principio de optimización entonces voy al principio pro homine y si éste me lo permite, la tercera postura es entre dos o más con disposiciones de interpretación de los derechos, tendría que ir por la que más convenga, incluso debido a algunos asuntos en los que se decreta la inaplicación de alguna norma o de algún artículo, para poder dar mayor oportunidad o acrecentar los derechos humanos de las personas que están implicadas en un asunto.

Y el valor de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, obliga no sólo al Poder Judicial de la Federación, sino a todas las autoridades, cuando en esa jurisprudencia el Estado mexicano ha sido parte.

Cuando el Estado mexicano no ha sido parte ni dado una protección mayor a derechos humanos, es una cuestión que únicamente puede darle alguna oportunidad o alguna interpretación o es orientador nada más de las autoridades en México, pero no algo que deba de cumplirse de manera obligatoria.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Su derecho a réplica, señora senadora Padierna.

SENADORA DOLORES PADIERNA LUNA: Bueno, varias cosas.

Primero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de los Derechos Humanos establecen que un derecho humano sólo se puede limitar, tener cierta limitante si se cumple el principio del test tripartita.

Éste cubre tres requisitos:

Uno.- Debe de estar en ley, que es al que se refiere la última frase del primer párrafo del artículo 1º de la Constitución al cual usted se refirió.

Ese de que el ejercicio de los derechos humanos no podrán restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la Constitución establece.

O sea, primer requisito, tiene que estar en ley.

La Constitución tiene sus leyes; me refiero al Código Penal de Procedimientos Penales.

Dos.- Debe estar orientada a cumplir con un objetivo de la Convención Americana de los Derechos Humanos, si no, no.

Y la tercera es que la limitación debe ser necesaria en una sociedad democrática, considerando que vivimos en una democracia, debiendo ser idónea para lograr sus fines y ser estrictamente proporcional a la finalidad que se persigue.

Este principio o test tripartita es el que ya determinó, por aquí tengo la jurisprudencia, ya determinó la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte.

Entonces, por otro lado, lo de la jurisprudencia de la Corte Interamericana es muy importante, porque, como bien usted lo dice, la Suprema Corte cuando resolvió el expediente 912/2010, determinó que las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos son vinculantes para el Estado Mexicano por ser causa juzgada, siempre y cuando se haya sido parte en el litigio, como bien usted lo comenta.

Pero luego en una nueva reflexión, la Suprema Corte de Justicia consideró que los pronunciamientos de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos integran una doctrina jurisprudencial interamericana, cuya fuerza vinculante debe entenderse como un estándar mínimo para todos los países que han reconocido competencia de la Corte.

Las resoluciones de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos son vinculantes para todo el Estado mexicano como estándar mínimo, aunque no haya sido parte en el litigio. Así que todos los juzgadores y todas las instituciones del Estado mexicano están obligadas a aplicar los ordenamientos jurídicos de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

El respeto a los derechos humanos es una obligación para todo el Estado Mexicano, en cualquier tipo de decisiones que tome cualquiera de las instituciones.

Para excepcionalmente restringir un derecho se aplica este principio.

Yo sugeriría dos cosas. Ah, bueno, y además de cumplirse el principio tripartita o el test tripartita, después de eso se tiene que acudir a dar parte a la OEA, a la Organización de los Estados Americanos.

Es decir, después del 10 de junio del 2011, toda la legislación cambió, se modificó, y prevalecen estos principios por encima de cualquier otro. Por eso son tan importantes algunas de sus afirmaciones.

Le sugeriría no mencionar el término pro homine, porque significa pro hombre, y a partir del cambio constitucional que privilegia los derechos humanos el término correcto que establece nuestra Constitución es pro persona.

Son varios asuntos que preocupa que alguien que aspira a ser ministra de la Suprema Corte no tenga claridad de esto, porque entonces pareciera que todos nos vamos a restringir los derechos como prioridad, cuando el cambio constitucional histórico, el nuevo paradigma que rige nuestra Constitución dice lo contrario.

Gracias.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Señora magistrada, ¿quiere usted contestar?

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: No, señora senadora. Muchas gracias.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Pedimos al equipo técnico que ponga la urna para que pueda usted tomar una pregunta de la sociedad civil.

Vamos a leerla.

Es la pregunta del Colegio de Derechos Humanos y Gestión de Paz de la Universidad del Claustro de Sor Juana.

La leo textual:

“En caso de ser designada ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tiene posibilidades de convertirse en presidenta de esta y del Consejo de la Judicatura Federal.

Si ese fuera el caso y, tomando en consideración las nueve políticas judiciales establecidas por el actual presidente, ¿qué cambios y ajustes se deben hacer a estas políticas judiciales definidas por el Consejo de la Judicatura Federal?

¿Considera que el presupuesto determinado al Poder Judicial para el desarrollo de estas políticas es excesivo o es austero?

Y, en particular, ¿qué tipo de política judicial diseñaría para fortalecer la independencia judicial?”.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Me parece que respecto de los cambios o ajustes que debieran de hacerse a las políticas y respecto a la consideración y al presupuesto si es excesivo o austero, esta vez sí creo que no podría dar mayor respuesta a esta pregunta por no conocer cuál es el fondo de todas esas políticas, y honestamente no saber cuál es el dinero que se dio para esas políticas. No lo recuerdo ahora.

¿Yo qué opinaría de esas políticas? Necesitaría tener ahora sí la consideración que se ha hecho de la presidencia para esas políticas.

Y en relación al tipo de política judicial que diseñaría para fortalecer la independencia judicial, me parece que es una cuestión que por lo menos en el Poder Judicial de la Federación está fortalecida la atención de los principios del artículo 100 párrafo séptimo de la Constitución, en los no se incluye sólo la independencia sino todos los otros a favor de los gobernados y a cargo de cada uno de los juzgadores.

Son las políticas que se han tenido, creo yo, que han sido efectivas en una consideración de poder decidir y de poder resolver sin tener que tomar algunos otros factores que vienen de fuentes diferentes del derecho.

Si acaso hubiera algo más que hacer yo creo que sería en cuestión de no propiamente de capacitación, pero sí de algunas pláticas de algunos cursos, pero no para dar la independencia que ya existe, sino únicamente para fortalecerla.

Muchas gracias.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Gracias señora Magistrada.

Tiene uso de la voz la senadora Martha Tagle.

SENADORA MARTHA TAGLE: Yo quiero insistir en el tema de la interrupción del embarazo, sobre todo a raíz de la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia que se conoce como Artavia Murillo y que aunque tuvo que ver con un asunto de fertilización in vitro, hace definiciones que nos parecen muy importantes, sobre todo a raíz de lo que escuché su parte hace un momento.

Decía: “La Corte concluye que la Sala Constitucional -es una parte de la resolución-; la Corte concluye que la Sala Constitucional se basó en el artículo cuarto de la Convención Americana, en el artículo tercero de la Declaración Universal, el artículo sexto del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los derechos del niño y la Declaración del Niño de 1959.

“No obstante, de ninguno de estos artículos o tratados es posible sustraer que el embrión pueda ser considerado persona en términos del artículo cuarto de la Convención, tampoco es posible desprender dicha conclusión de los trabajos preparatorios o de una interpretación sistémica de los derechos consagrados de la Convención Americana o de la Declaración Americana”.

Sin embargo, la práctica generalizada está asociada al principio de protección gradual e incremental y no absoluto de la vida pre natal y a la conclusión que el embrión no puede ser entendido como persona.

En ese sentido y tomando en cuenta que en esta materia no se ha avanzado a nivel de una legislación solamente está reconocido como tal el derecho a la vida, preguntarle cuál sería a su consideración conociendo los preceptos que la Corte Interamericana ha definido con respecto al embrión y en ese sentido volver a la pregunta que hacían con respecto al tema del aborto hace un rato y el tema del derecho que las mujeres puedan tener de interrumpir un embarazo.

Eso por una parte.

Y luego quiero hacerle dos preguntas de la sociedad civil organizada:

Por una parte, de “Artículo 19”:

En el caso de la señora Lydia Cacho, no se determinó violaciones graves a derechos humanos y uno de los temas fue que los hechos carecían de trascendencia social.

En su opinión personal: esto es un solo caso de tortura en lo individual; un caso como éste, que es de tortura en lo individual, ¿puede considerarse una violación grave a los derechos humanos?

¿Cómo entiende usted las violaciones graves a los derechos humanos?

Y otro tema que también es de las preguntas que mandaron de parte de José Luis Caballero y algunos otros académicos que me parece importante conocer su opinión:

La Suprema Corte de Justicia tiene un presupuesto para el 2016 de más de 5 mil millones de pesos.

La Corte realiza funciones adicionales a las de impartición de justicia, unas de ellas son las casas de cultura jurídica, a través de las que se ha dado un impulso fundamental a la cultura jurídica en el país.

La pregunta: Considera que la Suprema Corte debe realizar funciones extrajudiciales o que debe concretarse en las funciones jurisdiccionales.

Los recursos que recibe la Corte para cumplir con sus funciones de acuerdo a estos datos, ¿le parecen suficientes, insuficientes o excesivos?

Por sus respuestas muchas gracias.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Gracias senadora.

Señora magistrada, tiene usted la palabra para contestar las preguntas.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Como lo mencionaba hace un rato, senadora Tagle, y muchas gracias por sus preguntas y por las que me hace llegar de la comunidad, me parece que el derecho a la vida es el de mayor valía, es el primero de los derechos humanos que se debe de proteger, porque si no hay ese, no puede haber algún otro.

Creo que es cuestión, como lo comentaba hace un rato, de ponderación de derechos, de destacar el derecho del producto de la concepción a una vida digna, a una vida completa, a una vida correcta.

Esa resolución de la Corte a la que se hace referencia hace un rato, es lo que se analiza y es lo que se pondera, el derecho de ese producto con importantes posibilidades de muerte ya, por las cuestiones congénitas o genéticas que tiene determinado producto y evidentemente que se aplicará a cuestiones, pues, particulares.

No se quita a las personas de ser sujetos al derecho penal en cuestión de acreditación del delito y responsabilidad, aunque por esas consideraciones que ha hecho la Suprema Corte de Justicia de la Nación, da lugar a una excusa absolutoria.

Creo que la Corte Interamericana, al ocuparse de todos los temas, tiene también en su convención la cuestión de la protección del derecho a la vida.

No recuerdo, no podría ahora darle más cuestiones sobre este asunto que me mencionaba de Murillo, en el derecho a la vida, pero sí estoy convencida de que es el derecho de mayor valía y que para que pueda haber una ponderación de éste con otros, debe de determinarse de cada circunstancia.

En el asunto de Lydia Cacho, conforme a lo que la Corte Interamericana ha considerado, que es una violación grave, sí es una violación grave a sus derechos humanos. Hubo la violación al debido proceso, a la garantía de defensa, la arbitrariedad de la detención de cómo se determinó la investigación que hizo el ministro Silva de cómo fue que la trajeron hasta el estado de Puebla.

Creo que sí hay una violación grave por aquella cuestión de que las violaciones graves se han determinado como aquellas que transgreden los derechos humanos de mayor entidad y que pueden reflejarse o que se han considerado en los derechos de tortura, en la desaparición forzada, en las ejecuciones extrajudiciales, en todos, si no mal recuerdo son como algunos casos en los que la Corte Interamericana dijo que son violaciones graves.

Pero concretamente en el asunto de Lydia Cacho, me parece que conforme a la información que tengo derivada de esa investigación, efectivamente hubo violaciones graves en ese asunto.

En relación a las actividades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es cierto que tiene aquí en el Distrito Federal el Instituto de la Judicatura Federal y que de él derivan todas las extensiones y la casa de la cultura jurídica que tenemos en el interior.

Sí creo que la función principal, como todos sabemos, sea la cuestión jurisdiccional y de control de constitucionalidad, de convencionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; pero no creo que esté mal o que estorbe a eso la cuestión de las casas de la cultura jurídica. Al contrario, es la forma, me parece, en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en su conjunto el Poder Judicial de la Federación han encontrado para llegar a la gente, para hacerle saber cuáles son las opiniones para capacitar incluso al foro, porque esas casas de la cultura jurídica llevan también de la mano cuestiones de cursos, diplomados, seminarios, todo lo que regularmente se centran en la Ciudad de México y se trasmite por videoconferencia a todas las casas, con valor curricular.

Incluso para preparar al foro, que es quien viene ante los órganos del Poder Judicial de la Federación a traer los asuntos y litigarlos con nosotros.

Creo que es conveniente, creo que es necesario, creo que es muy afortunada la decisión de la Corte de hacer todo este tipo de actividades, que no trasgreden ni distraen a los ministros de la Suprema Corte ni a los secretarios que los auxilian ni a la gente que está en la propia Corte, para cumplir de manera eficiente y completa con la función jurisdiccional.

En relación al presupuesto, creo que ha sido el correcto, en algunas veces se ha visto que la Suprema Corte y el Consejo devuelven al final del año el dinero, si es que no se pudo ocupar porque evidentemente hay que justificar, hay que determinar qué se gastó en esto, qué se gastó en otro. Y en esta ocasión creo que el presupuesto tendrá mucho que ver y tendrá mucha aplicación en la implementación del sistema penal.

Esa cuestión, los órganos jurisdiccionales que tenemos actualmente no cumplen con la posibilidad de que sea un lugar cómodo y en el que dignamente puedan estar las partes, ni el juez, ni siquiera el propio inculpado.

Deben hacerse centros de justicia federal; deben de hacerse salas de juicio; debe hacerse la división del sistema de control y debe de implementarse, como ya se ha dicho, en la capacitación de la gente, en la designación, los concursos para designar jueces, y creo que el dinero que se haya dado al Poder Judicial de la Federación será el justo para poder afrontar toda la carga de administración de justicia que se ha tenido siempre, y ahora con la implementación del Sistema Penal Acusatorio.

Muchas gracias, senadora.

Gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Senadora, por favor.

SENADORA MARTHA TAGLE MARTÍNEZ: Sí, bueno. Sobre este último punto, quisiera ser todavía más específica, porque me parece importante saber si en un momento que requiere austeridad y recortes en muchos aspectos, y que de hecho los propios legisladores también tenemos que pasar por eso, espero que muy pronto, porque es un asunto que agravia mucho a la ciudadanía el tema de los recursos públicos y su origen y destino.

En el caso del Poder Judicial, al hablar en particular de la Suprema Corte, el hablar de cinco mil millones de pesos, si hubiera una necesidad de recorte dónde debería de ser en general, y si cree que en una de esas precisamente tienen que ser en las percepciones que están consideradas dentro de las más altas de los juzgadores constitucionales e incluso por arriba de lo que percibe de manera nominal el Ejecutivo Federal.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias.

¿Quisiera hacer algún comentario al respecto?

Por favor.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Gracias, señor presidente.

Esa cuestión yo creo que ya estaría muy definido, senadora, en relación con la oportunidad y la posibilidad de los sueldos mayores, y aquella disposición de que nadie puede ganar más que el Presidente de la República.

Y en muchos temas que a mí me parece que por supuesto que se podría recortar, incluso en salarios de todos, de toda la gente del Poder Judicial, incluso de los mismos poderes, y poder de esa manera contribuir a que ese dinero se destinara a otras cosas.

Me preocuparía únicamente no en los puestos altos sino en los otros puestos, que a mí me parece que es lo que ha dado al Poder Judicial de la Federación un compromiso con la sociedad y un compromiso incluso de la gente de personal operativo de conservar su trabajo, de tenerlo precisamente por el sueldo que se tiene; abate la corrupción y permite una vida digna para todos.

Aunque creo que sí podría hacerse, pero no habría más que este Congreso de la Unión así lo decidiera en cuestión de presupuesto, y necesariamente la Suprema Corte y el Consejo tendrían que tomar las medidas necesarias para eso.

Creo que también habría a lo mejor, o no sé si algunos otros rubros, afortunadamente yo puedo decir que en el Poder Judicial de la Federación nunca me ha faltado una hoja, nunca me ha faltado un papel ni un dedal, cuando en otras instituciones sí es sabido que no tienen papel no tienen quién les ayude a foliar, quién les ayude a rubricar.

Creo que el presupuesto que se está dando al Poder Judicial, aunque se pudiera disminuir en algunos rubros, sí ha sido el necesario para afrontar con la calidad que el Poder Judicial de la Federación da al servicio, a diferencia de algunos otros tribunales que no tiene caso citar, ni mucho menos, a las partes y a la gente que acude a los tribunales de la federación.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Muchas gracias.

Tiene el uso de la voz la senadora Pilar Ortega.

SENADORA PILAR ORTEGA MARTÍNEZ: Muchas gracias, presiente.

Bienvenida al Senado de la República, magistrada.

Yo quisiera hacerle tres preguntas muy concretas:

Una, es una pregunta recurrente que he estado haciendo a otros aspirantes y tiene que ver con la necesidad que tenemos en México de contar con un sistema fuerte en materia de rendición de cuentas.

Y esto tiene dos brazos fundamentales: por un lado, el combate a la corrupción, y por el otro, un sistema de transparencia y de acceso a la información.

Y en ese sentido le quisiera preguntar dos temas:

El primero tiene que ver con el combate a la corrupción, sin duda los fenómenos de corrupción al interior del Poder Judicial se manifiestan de forma diferente a los otros poderes, particularmente al Poder Ejecutivo.


Yo quisiera preguntarle cómo se percibe la corrupción dentro del Poder Judicial y de ser designada ministra de la Suprema Corte de Justicia de la nación, ¿qué políticas generaría, implementaría, impulsaría para efecto de combatir esta corrupción? Sería la primera pregunta.

La segunda tiene que ver con el concepto de justicia abierta y la necesidad de generar políticas de transparencia al interior del Poder Judicial.

Uno de los mecanismos, bueno, el mecanismo para elegir ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación pues es a partir de ternas enviadas por el Ejecutivo al Senado, que de alguna manera son públicas, que si bien es cierto estamos, creo que tenemos que transitar a un mejor sistema de designación.

Sin embargo, estamos ante un ejercicio público de cara a la ciudadanía, tal vez pudiera ser mejor, pero es lo que tenemos.

Sin embargo, la selección y designación, los concursos para jueces y magistrados no son de esa manera. Hay todavía mucha secrecía en estos procedimientos.

¿Cómo usted concibe este concepto de justicia abierta, justamente en esta parte, en la designación, la elección de jueces y magistrados y qué haría desde su posición como ministra de la Suprema Corte de Justicia, para generar más apertura y transparencia en este proceso?

Y finalmente quisiera también hacerle la siguiente pregunta: el Poder Judicial de la Federación, el Poder Judicial en general en México enfrenta el reto efectivamente un nuevo sistema de justicia penal acusatorio, que tendrá que estar operando en todas las latitudes de nuestro país el próximo año.

Sin embargo, hay otro reto fundamental que tiene que ver con la implementación del sistema penal en materia de adolescentes, donde hay una reforma constitucional, donde nosotros también tenemos un mandato para generar una legislación al respecto.

Yo le preguntaría ¿cuál es, desde su perspectiva, serían los retos que tendría que asumir la Suprema Corte de Justicia de la nación ante lo inminente de este nuevo Sistema de Justicia Penal para Adolescentes?

Serían mis preguntas, muchas gracias por sus respuestas.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias senadora.

Tiene el uso de la voz la compareciente en cuanto esté lista para ello.

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: En relación a la cuestión de la corrupción en el Poder Judicial de la Federación, cómo la percibo, me parece que como en todos lados, y perdónenme la expresión, donde quiera hay un negrito en el arroz y no dudo que la haya.

Sin embargo, senadora, con orgullo puedo decirle que en mis 20 años de carrera judicial nunca, nunca he visto que se venda un asunto, nunca he visto que se resuelva por disposición de alguien ni que se dé línea a nadie.

Creo que se ha sabido respetar la independencia, la imparcialidad, la objetividad y el profesionalismo de los jueces federales y en esa misma línea he actuado yo.

Me parece que muchas veces tiene que ver no únicamente con los jueces sino con las personas que también acuden con nosotros en defensa de algunas personas.

No digo que todo esté a nivel de los abogados que litigan los asuntos ni mucho bueno, habrá unos muy buenos y también va un negrito en el arroz.

Yo siempre he sido muy cuidadosa de hablar con las personas, de decirles que yo no puedo resolver más que contra lo que hay contra constancias.

Cuido mucho cuando van los quejosos, que va el defensor, o cuando va el autorizado en términos de la ley de amparo o quien acompañe; cuando me tocó procesados y ahora que me tocan quejosos, incluso a las autoridades responsables poderles hacer saber que es únicamente con lo que hay en el expediente y sin favores y sin dinero de nadie.

Sí me tocó alguna vez que dicté algún auto de libertad, en un asunto donde eran 10 personas que habían sido detenidas en un estacionamiento y sólo en alguno de los tráiler, sólo en uno había creo que, no recuerdo cuanto, clorhidrato de cocaína. Evidentemente se quedó en prisión preventiva la persona que podía disponer de ese camión y los otros 9 salieron.

Siempre fui muy cuidadosa de ir y decirle: “Sabe qué señor: usted se va a ir porque falta acreditar esto, no está comprobado esto, no está comprobado otro y sí me llegó a pasar que voltearon y le dijeron al defensor: bueno, y el dinero que le dimos entonces dónde quedó”.

Y le dije: “saben qué señores: yo hablé con ustedes desde el día que los pusieron a disposición, enfrente de su defensa, enfrente del ministerio público y les dije que lo que yo fuera a resolver únicamente con lo que estaba contra las constancias. Si usted tuvo algún arreglo con el señor, pues entonces ya arréglelo con él porque yo no tuve ninguna intervención en eso”.

Llegó también una vez una señora a reclamarme 150 mil pesos que me había dado por cada una de sus hijas para su libertad. Tres señoritas vendían droga.

Y el defensor público, sabiendo la forma en que me he conducido fue muy preocupado a llevar a la señora para que me platicara y me dijera.

Y lo mismo. Le dije: “Señora: yo hablé con usted el día que detuvieron a sus hijas y le dije que no dependía ni de dinero, ni de influencias de nadie”.

“Pero los voy a denunciar”. Le dije: “está en todo su derecho señora”. Le dije al defensor: “hágame favor de ayudarla, de asistirla para que haga todo lo que tenga que hacer”.

Como a la vuelta de 3 o 4 meses regresó la señora con un recibo de honorarios por 450 mil pesos, después de haber enfadado y denunciado al litigante, para justificar y a decirme que lamentaba mucho la forma en que se había conducido conmigo. Que ahí estaba ya la justificación de su dinero.

Creo que esa manera de abatir la corrupción debe ser a través de un intervención más cercana de los juzgadores con el gobernado, de poderles explicar, de poderles decir, dejar de tener tanto intermediario, o por lo menos de que los puedan sorprender.

Yo no dudo que la haya, yo no lo he visto nunca y yo hago lo que puedo desde el lugar en el que yo he estado para poder fomentar que las cosas se hagan de la manera correcta y que el Poder Judicial de la Federación pueda dar una buena imagen a nuestros gobernados y pueda legitimizar la intervención de todos y cada uno de los miembros de ese Poder del Estado.

En relación a los concursos, senadora, es cierto que la ley orgánica del Poder Judicial de la Federación dispone algunos requisitos para poder ser juez de distrito y para poder ser magistrado de circuito.

Los exámenes que hace el Consejo de la Judicatura Federal a mí me parecen justos. Justos desde el punto incluso de equidad de género.

No habemos más juezas y más magistradas porque no concursamos. No porque no tengamos la oportunidad de hacerlo.

Ahí todo mundo se puede inscribir y todo mundo puede participar en estos concursos, sin ninguna distinción y sin nada, cumpliendo nada más los requisitos que tiene la ley.

Me parece, con todo respeto, y qué bueno que ahora quién sabe por qué tenga ya la oportunidad de estar con ustedes platicando sobre esto y con la intención de que pudiera ser yo ministra de la Corte, pero esos concursos de jueces y de magistrados, yo muchas veces, sin pensar en alguna vez estar en este lugar y me gustaría que siguiera siendo de esa forma, pensé que incluso la asignación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debiera ser por concurso; ¿por qué?

Porque normalmente en esos concursos, regularmente son tres etapas en las cuales, en la primera y en la segunda todo está encriptado, no me dan más que un sobre con un número de folio, pongo mi nombre y esos folios se guardan en la caja secreta del director del instituto con no sé quién más; y la primera y la segunda etapa se van excluyendo conforme a los números de folio, es algo muy concreto y muy objetivo, y no puede haber favoritismo por ninguna de las personas que intervienen en esos concursos.

La gente que tiene la capacidad, el conocimiento y la experiencia necesarios para asumir cualquiera de los dos puestos, es quien efectivamente en el Poder Judicial de la Federación llega a ocupar esos puestos de funcionario judicial.

Creo, con todo respeto, que esa sería la misma posibilidad para ser ministro de la Corte, que todos fueran jueces de carrera. No estoy peleada con las personas que vienen de afuera ni mucho menos, ni creo que sean menos competentes ni nada; pero creo que sí daría la oportunidad a que fuera más fácil o más sencillo más objetivo o más transparente la designación de los ministros o hacer como hace el Poder Judicial, que hace concursos cerrados para la gente del propio poder y concursos abiertos también, para todos los que quieran ir y decir “yo quiero ser juez federal. Aquí están mis requisitos”, también en igualdad de oportunidades y de posibilidades.

Pero sí mediante alguna otra cuestión sujeta a determinadas reglas, y sí como me dice, senadora, con mayor apertura a todos, al conocimiento, a la información, que todo mundo pueda saber por qué yo pasé el examen para ser juez federal, qué fue lo que contesté, qué fue lo que dije, en una cuestión abierta a la información y a la gente, pero sí desde el seno del Poder Judicial de la Federación, bajo determinadas reglas que están autorizadas en parte en los acuerdos del Consejo de la Judicatura; pero también en gran medida y de manera afortunada, en la ley orgánica del Poder Judicial de la Federación, que de este Congreso se obtuvo.

Muchas gracias.

Perdón, me falta una.

En cuestión de la reforma del sistema penal de adolescentes, creo que tenemos en el Poder Judicial de la Federación el camino un poco más complicado que en cualquiera de las otras dos reformas que yo había mencionado.

La del sistema judicial de la federación hasta hoy día no se ha hecho cargo de administrar justicia adolescentes, todo ha estado en los fueros comunes, todo se ha resuelto allá. Entonces, si ha sido un reto la cuestión de la implementación del sistema penal acusatorio; creo que diez veces más lo es la implementación de este sistema en materia de adolescentes, partiendo incluso desde la especialización no nada más del personal operativo, sino de los propios titulares.

Es cierto que el Poder Judicial ha tomado algunas medidas en cuestión de certificar a los jueces federales en materia de adolescentes, pero no hemos llegado más allá de eso.

Pero que sí tiene un importante compromiso en cuestión de, en principio, de capacitación, no nada más de los jueces, de todos los que colaboran con los jueces o con los magistrados; incluso de la defensoría pública para que pueda en esta cuestión de derecho de los menores, poder defender correctamente y además en la cuestión, volvemos a las instalaciones y a la apertura y el poder llegar el juez a todas las partes y a los menores.

Estamos, creo que un poquito atrasados en este tema, realmente no ha sido algo que se haya atendido de frente, creo que sí hay muchas cosas que hacer y la primera de ellas, senadora, será la capacitación de los operadores y las instalaciones en las cuales se desahogaran todos los asuntos derivados de esta reforma penal en materia de menores.

Muchas gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Muchas gracias.

Senadora Pilar Ortega.

SENADORA MARÍA DEL PILAR ORTEGA MARTÍNEZ: Gracias.

Sobre la segunda pregunta, la pregunta concreta era: Al margen de que si el procedimiento de selección de jueces y magistrados se hace por concurso. Es, vamos, no estoy planteando la duda sobre el mismo; lo que estoy planteando es que el mismo se da de manera poco abierta, y que en este esfuerzo que estamos haciendo por transparentar instituciones, y en este principio de justicia abierta, ¿qué opina usted sobre la posibilidad de abrir esos procesos a la ciudadanía y que sean más transparentes para que toda la ciudadanía sepa de manera cierta cómo se eligen a los jueces que finalmente serán los responsables de determinar cada caso en donde cualquier miembro de la sociedad pueda estar involucrado como víctima o como parte o como imputado, dependiendo el procedimiento de que se trate.

Esa era justamente la pregunta.

Gracias, senadora.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias, senadora.

¿Quisiera hacer algún comentario?

Con mucho gusto.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Perdóname, senadora, por no ser lo suficientemente clara.

Mencionaba yo que por supuesto yo estaría de acuerdo en que se hiciera lo necesario, porque no está precisamente eso en la ley, de que se transparentaran todos estos concursos.

De que se transparentaran y de que se abrieran a más gente y hacia la opinión pública.

Mencionaba yo la cuestión de los concursos internos, cerrados, y los abiertos. Da apertura al Poder Judicial a otras personas que aunque no han estado en la función jurisdiccional puedan también ser jueces.

Y creo que habría que buscar las formas de que pudiera transparentarse y de que pudiera saberse cómo es todo ese procedimiento y, lo que usted muy atinadamente menciona, que el gobernado sepa quién es aquel que tiene en sus manos la impartición de la justicia en todos aquellos asuntos en los que esté implicado.

Muchas gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias.

Tiene el uso de la voz la senadora Cristina Díaz.

SENADORA CRISTINA DÍAZ SALAZAR: Saludamos a la magistrada.

Desde hace varios años –y perdón que sigamos insistiendo porque es materia de derechos humanos– diversos legisladores hemos presentado iniciativas con el propósito de regular el acceso a métodos de reproducción asistida en el país.

Y, no obstante, aún no existe una ley que regule la reproducción asistida en México. En el debate académico no existe una posición homogénea ni un criterio unificado al respecto.

Y, por otro lado, la propia Ley General de Salud hace referencia a la donación de gametos y el Código Civil elige los temas de parentesco.

Pero ninguno de estos instrumentos trata la complejidad de los nuevos métodos de reproducción, ni protege a los pacientes ni al producto de los posibles riesgos; por lo que estos métodos de reproducción asistida se practican bajo un vacío legal, como usted bien lo sabe.

Sin duda reconocemos que la ministra Olga Sánchez Cordero tuvo pronunciamientos muy importantes sobre la materia, y lo hizo de manera objetiva, audaz y, yo diría, hasta valiente. Pero se pronunció, lo tenía que hacer.

Yo sigo insistiendo en estos temas por el tema de materia de derechos humanos.

Yo quería conocer cuál es su opinión de ir insistiendo en ella, porque, considerando que en particular han existido diversos casos en torno a madres con vientre subrogado; es decir, mujeres que, ustedes bien saben, prestan su vientre para engendrar, y una vez realizado el parto el producto es entregado a los padres, con quienes se realizó el contrato de subrogación.

La naturaleza civil del contrato, y ante esta falta de regulación homogénea en el país, se han presentado casos en los que las personas que serán los padres del producto de la subrogación, no han obtenido los documentos de natalidad e identificación, y por otra razón que subyace a la subrogación.

Esto es derivado de que las personas que acuden a este tipo de prácticas son aquellas que se encuentran en imposibilidad de procrear debido a su estado de salud o porque le es físicamente imposible.

Y hay recientemente un caso, a la mejor usted lo conoce, de una historia que se publicó de un matrimonio español, Luis Delgado y José Antonio Fernández, que acuden a nuestro país a formar una familia vía reproducción asistida en el estado de Tabasco, donde todos conocemos se permite esta práctica.

Y enfrentaron un caso muy complicado en la que la propia Secretaría de Relaciones exteriores no les otorga el pasaporte a los gemelos por la razón de que estos habían obtenido dos actas de nacimiento en entidades federativas distintas, una en tabasco y otra en el Distrito Federal.


Esta situación e debió a que en el estado de Tabasco sólo se reconoció la paternidad de uno de los integrantes del núcleo familiar, por razón de ser un matrimonio de personas del mismo sexo y que ene se estado no estaba reconocida dicha unión familiar.

Ante ello, acuden al Distrito Federal para que se les reconociera su condición de matrimonio y por tanto el derecho de paternidad. Posterior a seis meses pudieron recibir los pasaportes.

Este es uno de los casos y lo expuse, que se ha vivido y de los que se seguirán viviendo por la falta de homogeneidad en la legislación civil y por ese vacío legal que existe y como lo señalé al principio, hemos intentado los legisladores y lo hemos hecho, aquí está mi compañera Angélica de la Peña, que hemos sido compañeras en varias ocasiones, en la Cámara de Diputados hemos presentado iniciativas y nos quedamos atoradas por posicionamientos a veces religiosos, y biológicos y no lo estamos viendo con la objetividad que se tiene que ver, desde el punto de vista en materia de la Ley General de Salud y en materia de derecho civil.

Yo le pregunto a usted, ante esta situación que expuse, ¿cómo debe actuar la Suprema Corte de Justicia de la nación frente a esta ausencia legislativa? Reconocemos nuestra falta, estamos en falta nosotros.

Y ¿cuál es su postura frente a los métodos de reproducción asistida y en específico la subrogación de vientres como un posible conflicto entre los derechos de los solicitantes y de la madre gestante sustituta? Esa es la segunda pregunta.


La tercera: en este esquema ¿considera usted que la madre gestante, quien a través de un contrato civil de subrogación de vientre, tendría derechos sobre el producto de la concepción? Esa es la tercera pregunta.

Usted me dice si quiere que vuelva a señalar las preguntas.

O sea, pregunto si la madre gestante quien, a través de un contrato civil de subrogación de vientre, tendrá derecho sobre el producto de la concepción.

Y finalmente, de existir un caso sobre esta materia, usted ¿ejercería la facultad de atracción para que la Suprema Corte fije un criterio generalizado? y, repito, por la falta de esa ausencia legislativa que hoy es propicio este foro, ojalá nos pongamos a trabajar porque es un tema muy delicado, de principios de vida, de principios morales y éticos.

Muchas gracias magistrada por sus respuestas.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias senadora.

Tiene el uso de la voz la compareciente.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Muchas gracias.

¿Cómo debe de actuar la Suprema Corte ante la ausencia legislativa?

Pues como lo ha hecho en algunos temas a través de la jurisprudencia, hacer la interpretación buscando encontrar lo que no tenemos en esa legislación, que ojala pronto lo tengan.

Y no nada más sobre esos temas. Creo que todos los otros temas que están en el aire al Poder Judicial de la Federación seríamos los primeros felices en que se pudiera ver aquí en el Congreso porque nos evita manejo de interpretaciones y de que si el Código dice una cosa, la Constitución dice otra, qué es lo que vamos a hacer porque sería algo ya muy claramente definido por el Congreso y a lo que los jueces no tendríamos más que acatar lo que la ley dispusiera sobre eso.

Y con los medios de reproducción asistida, sí, sí estoy de acuerdo. Creo que tiene que ver con la libertad y con la oportunidad de que quienes no pueden tener hijos de manera deliberada y conforme a su salud puedan tener algunas otras opciones para tener alguna posibilidad a una familia.

Y en relación a los derechos de la madre gestante sobre el producto de la concepción, la verdad es que yo creo que tendría que hacer un estudio ponderado de todos los derechos que en ellos intervienen.

Creo que termina algo tan importante como es la protección de los menores, el interés superior y todo esto a una cuestión de índole “ordenario” y en un contrato en donde quedamos que yo pueda ser, yo voy a ser la madre gestante pero el hijo resulta que no es mi hijo, creo que sí sería muy desafortunado dar una respuesta concreta sobre el punto ahorita senadora.

Tendría que ver cuáles son los derechos humanos que están en juego. Pero a ojo de buen cubero creo que lo único que le podría decir es que sería la madre que hubiera contratado a la madre filtrante quien tendría, podría tener derechos sobre el producto de la concepción.

Muchas gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Senadora.

SENADORA CRISTINA DÍAZ: Considerando su trayectoria, que es muy amplia, tanto en materia administrativa como penal, permítame Presidente, seguir insistiendo en temas penales.

Haré una siguiente pregunta:

Dentro de los temas que considera de atención urgente y que plantearía ejercer la facultad de atracción, usted señala en la primera instancia los amparos en los que se cuestione la aplicación de la fracción segunda al artículo 468 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que es relativo a la valoración de la prueba y a la aplicación del 350 del mismo ordenamiento legal sobre la prohibición de que los jueces de control que hayan conocido de etapas previas pueden integrar el tribunal de enjuiciamiento.

Nos encontramos a menos ya de 200 días para el nuevo sistema penal de justicia que entrará en vigor en todo el territorio nacional y como es de su conocimiento aún hay estados que no han concluido su proceso legislativo para la plena vigencia de la reforma penal de 2008.

La pregunta es que ante estos rezagos, ¿cómo debe actuar la Suprema Corte en las entidades que no cuentan con la legislación?

¿Qué acciones impulsaría desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación para subsanar, y vuelvo a repetir, este vacío legal que hay en algunos estados y que otros principios, además de los señalados en su escrito, serán necesarios para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación fije criterios para garantizar un proceso penal apegado a un principio fundamental que son los derechos humanos?

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias, senadora.

Tiene el uso de la voz la compareciente.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Muchas gracias.

Si mal no recuerdo, en relación a esa cuestión de la facultad de atracción ejercida por la Corte en este tipo de asuntos, tengo dos problemas: el primero de ellos es la cuestión que comentaba hace un rato en el sentido de que para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pueda pronunciar, tienen que llegar los asuntos allá. No puede la Corte, no tiene facultades para deliberadamente poder decir o poder interpretar o poder fijar algún criterio.

Ese es el primer problema, que creo que nos va a retrasar un poquito y nos causará algún tipo de problema si no nos conceden y nos hacen el favor de poder modificar la ley o poder enriquecerla en aquellos puntos donde se está notando que hubo un poco de laguna.

Efectivamente, conforme a los principios que mencionaba yo en materia de derechos humanos derivados de la reforma de 2008, se deben de cuidar algunos puntos y algunas de las cosas que motivaron esa reforma, fue la consideración de que se divida la acusación del juzgamiento y que puedan de manera separada, incluso los jueces de control, los jueces de enjuiciamiento no tener relación en un asunto y en otro.

Si no me equivoco, esta parte era donde hablaba de la cuestión de los tribunales que conocen en primera instancia, el juez de control o el juez de enjuiciamiento, pero en materia de apelación no se dijo nada, no hay nada. El Poder Judicial de la Federación en los estados donde hay sistema penal acusatorio ya, el Poder Judicial tiene al 30 de noviembre 15 centros, pero acaban de entrar nueve, entonces en los otro ocho los asuntos, muy pocos que han podido salir del sistema penal acusatorio tendrían que ir ante un mismo Tribunal unitario; no hay esa división ni vista por el Poder Judicial ni me parece que en el Código Nacional por este Congreso en cuestión de la división de lo que debe de ser un magistrado.

El magistrado unitario por cuestiones de conocimiento previo, derivadas de determinaciones completamente administrativas del Consejo de la Judicatura Federal, conoce de todos los asuntos derivados de un mismo proceso; pero qué va a pasar en estos otros donde hay la división ya del juez de control y el juez de enjuiciamiento.

¿El mismo magistrado que resuelva el auto de vinculación, va a ser el magistrado que ahora va a resolver cuando se dicten una sentencia?

Creo que ahí hay una cuestión de laguna legislativa que si bien podría traerse a la Corte, sería algo muy tardado porque tenemos que esperar a que los asuntos lleguen allá, que creo que podría resolverse de manera más rápida a través de la intervención de los otros poderes y que este Congreso pudiera pronunciarse sobre esos temas.

Si no hay oportunidad de esto, pues ya efectivamente sería cuestión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraer estos asuntos cuando efectivamente los podamos tener, para poder determinar y fijar criterios de cómo se deben atender los asuntos en segunda instancia para evitar ese conocimiento de los magistrados en esa instancia en fase de la intervención del juez de control y cuando interviene el juez del enjuiciamiento.

En relación con la legislación, si no me equivoco, ya el Código Nacional de Procedimientos Penales abarcará todo en materia federal, en materia local, como su nombre lo dice, y desde la Suprema Corte, pues, por lo mismo que decía hace rato, creo que de entrada no mucho habría que esperar que avance el sistema, que puedan ir llegando los asuntos por cuestión de amparo en revisión, de un aparo directo o incluso en recursos de queja, como sucede a veces por la propia facultad de atracción para poder ver y decidir qué es lo que se tiene que hacer, interpretando la ley y los derechos humanos cuando no tenemos una determinación concreta en las leyes con las que contamos.

Muchas gracias, senadora.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias.

Pasaríamos a una ronda de preguntas de la sociedad civil.

SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Es una pregunta de la Universidad del Claustro de Sor Juana, el Colegio de Derechos Humanos y Gestión de Paz de la Universidad del Claustro de Sor Juana.

¿Cuál es su opinión respecto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como órgano jurisdiccional, particularmente respecto a los derechos humanos?

¿Qué opina de las más recientes decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y cuál cree que deba seguir el camino en la interpretación de los derechos humanos?

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Muchas gracias, señor presidente.

La primera de las preguntas relativa a cuál es mi opinión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como órgano jurisdiccional, particularmente respecto de los derechos humanos, me parece que la forma de conducirse nuestro Tribunal Constitucional ha sido la adecuada, ha sido con fortaleza, ha sido con decisión, con imparcialidad, atendiendo los derechos humanos, independientemente de la forma de pensar o de la forma liberal o conservadora de cada uno de nuestros ministros.

A mí me parece que se ha atendido a esa reforma en materia de derechos humanos y que las decisiones de la Corte han seguido en un camino de interpretación justo a esos derechos humanos.

Es una Corte nueva; es una Corte renovada en la que todos se ha resuelto ya bajo estos parámetros, bajo el control de constitucionalidad, de convencionalidad.

Y creo que las decisiones en todos los temas que han sido los últimos de decisión de la Corte, han sido de manera muy atinada conforme a esta reforma constitucional que tanto he mencionado.

Muchas gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias a usted.

Tiene el uso de la voz la senadora Tagle.

SENADORA MARTHA TAGLE MARTÍNEZ: Yo ya no iba a participar, pero hubo un par de expresiones que me hicieron reconsiderarlo, porque me parece importante dejar precedente sobre este tema.

Primero, de manera muy respetuosa para usted pero también para mis compañeros senadores, es importante no usar frases que son muy comunes, pero son discriminatorias.

“Negrito en el arroz” “cena de negros”, etcétera, son frases… “Negrito en el arroz”, digo, y menciono varias que se usan parecidas, “cena de negros”, etcétera, evitar usar ese tipo de frases que son comunes en nuestro vocabularios, pero son discriminatorias.

No lo digo sólo por usted, me parece que es importante dejar un precedente en esta materia, porque son frases discriminatorias que tenemos que sacarlas de nuestro lenguaje.

Y el otro tema que me parece fundamental porque es un asunto muy importante, que tiene que ver con el tema de la participación de las mujeres en cargos públicos, usted comentaba que no considera de manera personal que haya tenido nunca ninguna restricción o que las mujeres no tienen restricciones para acceder a los cargos del Poder Judicial, porque esto se hace vía concurso; incluso, alguna otra candidata también lo mencionó.

Sin embargo, me parece que en este sentido no está considerando precisamente las condiciones de género que impiden a muchas mujeres acceder a cargos de tomad e decisiones públicas y que justamente a eso se debe que haya una subrepresentación de mujeres en los cargos de tomad e decisiones, tanto de los de elección popular, como en general en el Poder Ejecutivo y Judicial.

Estas condicionantes de género son las que permitieron en un primer omento que se establecieran cuotas que son acciones afirmativas para obligar a que se abrieran estos espacios de representación.

En otros países, estas acciones afirmativas se han dado también, por ejemplo, con respecto a la población negra en Estados Unidos, hubo necesidad de acciones afirmativas para poder abrir estos espacios y en el caso de México y muchos otros países, las cuotas de género en los cargos de elección popular particularmente las legislaturas, han sido necesarias para abrir estos espacios, tomando en consideración que las mujeres no llegamos con las mismas condiciones.

Entonces, por eso quiero preguntarle, porque es una iniciativa que incluso se ha presentado, hay diversas iniciativas en este Senado presentadas, en el sentido de que no solamente se considere la cuota de género, sino se hable de paridad en la integración de la Corte en particular y del Poder Judicial en general y del Ejecutivo sin duda, ¿usted consideraría, si tuviera en sus manos una resolución de esta naturaleza, que una legislación de este tipo pueda ser considerada inconstitucional?

Gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias senadora.


Por favor.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: (Inaudible, sin micrófono)

SENADORA MARTHA TAGLE MARTÍNEZ: Me refiero a que hay iniciativas que en caso de aprobarse y pueda presentarse una inconstitucionalidad en el sentido de establecer la integración paritaria del Poder Judicial, el Ejecutivo y otros, pero particularmente el Poder Judicial y la Corte, ¿usted consideraría en esta eventual acción de inconstitucionalidad que realmente pueda proceder?

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: En principio una disculpa, la frase del negrito en el arroz estoy segura y lo tengo completamente presente, la otra no la pude escuchar, senadora, gracias, jamás fue con una intención de discriminación no de nada, sino de hacer alguna distinción y en un dicho mal dicho, tal vez, y si ofendía a alguien, discúlpenme, no fue esa mi intención.

Y por lo otro, creo que no sería discriminatorio que atendiendo a cuestiones de género se pudiera favorecer o se pudieran destacar precisamente esas cuestiones de género, para dar a las mujeres mayor oportunidad de intervención en los puestos públicos.

Yo hacia algún tratamiento particular o diferenciado del Poder Judicial de la Federación, por la forma de llegar, por la forma del concurso, aunque sí tiene que ver con el rol que cada uno de los géneros tenemos, que me parece que podría haber mucha diferencia entre los cargos de elección popular o algunos otros puestos, en los que no depende nada más de lo que el mismo poder quiera o pueda hacer, sino incluso hasta cuestión de idiosincrasia de otras consideraciones de todas las personas, no nada más de los Poderes.

Pero yo creo que cualquier cuestión que se pudiera hacer no sería discriminatoria precisamente por la atención a que se tiene que dar esa cuestión de género, a las condiciones y a las posibilidades no por capacidad sino por condición social que tenemos las mujeres en muchas situaciones frente al género.

Muchas gracias.

SENADORA MARTHA TAGLE: A mí sí me gustaría insistir.

Entiendo la posición porque las cuotas de género hasta ahora han trabajado en el tema precisamente de cargos de elección popular.

Pero preguntarle si usted cree que condiciones como la maternidad, trabajo doméstico y muchas otras cargas que tienen las mujeres en razón de género, por ejemplo cuando tienen que hacer un concurso en el Poder Judicial, que implica moverse de una ciudad a otra, con condiciones totalmente diferentes, estos no son condicionantes de género que no ponen en las mismas condiciones a mujeres y hombres no importando la capacidad que tengan y que el examen sea exactamente el mismo.

Esa es la pregunta.

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Concretamente sobre ese punto senadora, creo que no es tanto el problema de la designación o del concurso, sino de la cuestión de las adscripciones.

Tiene usted razón en la medida que cambian a un varón y se va y se lleva a toda su familia, se lleva hijos y se lleva todo. Cambian a una mujer y difícilmente el esposo se va con ella y difícilmente puede mover hijos, o se va sola con sus hijos porque al esposo aquí le va muy bien, o en el lugar en el que esté.

Creo que no es una cuestión de la designación sino más bien ya de las adscripciones que tendría que tomar en cuenta el Consejo de la Judicatura Federal en respeto de eso y que seguramente favorecería efectivamente a la participación de las mujeres en esos concursos y se garantizara, aunque ya ha habido algunas acciones por parte del Consejo para buscar la posibilidad de que pueda seguir la residencia en el lugar en donde se tiene ya una familia e incluso no únicamente en cuestión de género, también para los varones en la medida de que el Consejo puede acomodar o tener a la gente, o determinar que la gente que se tiene que adscribir a cada uno de los órganos pueda en la medida respetar aquellos otros puntos que son importantes también para los juzgadores y que lleva a ser de ellos personas más conformes y con un mayor compromiso tal vez de poder ejercer su función.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Muchas gracias.

Tiene el uso de la voz el senador Armando Ríos Piter.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: Muchas gracias.

Quisiera preguntarle, si usted pudiera ahondar en la respuesta que le dio a la senadora Pilar.

Yo escuché de usted una propuesta respecto a cómo debería de llevarse a cabo los nombramientos en el Poder Judicial con miras a que hubiera mucho mayor transparencia.

Y esta solicitud es precisamente para ubicarnos en la visión que usted tiene de cómo fue usted planteada para estar aquí sentada. Asumo que su visión será la misma para los ministros.

Si no es así entonces que usted me corrija y obviamente me pueda dar mucho mayor detalle.

Porque la pregunta que yo les he venido haciendo a quienes la han antecedido, tiene que ver con el artículo 95.

Yo esperaría alguna respuesta más concreta dado que tal vez usted ha estado atenta a las otras audiencias. Si no es así, de todas maneras pues no.

Pero ya usted es la última, por lo menos de la terna que usted conforma.

Leo el artículo. El artículo 95 señala que: “Los nombramientos de los Ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica”.

Quisiera primero, reitero, que nos ilustrara nuevamente el planteamiento con el que respondió que propuso usted, que sería mucho mejor para hacer nombramientos en el Poder Judicial, si es que usted considera que ello hubiera permitido a los senadores y a las senadoras tener mejores perfiles o mantener los perfiles que hoy tenemos o modificar los perfiles que hoy nos han sido presentados; quisiera que usted nos argumentara en ello.

Y a partir de lo que señala el artículo que le comento, saber desde su punto de vista cuáles son los méritos de eficiencia, de capacidad y de probidad que a su entender la tienen hoy aquí presente con nosotros.

Esa sería una primera pregunta, son tres partes.

La segunda, tuve la oportunidad de preguntarle a compañeros del Poder Judicial de usted, sobre este famoso señalamiento del que ya usted ha dado algunas consideraciones, y me interesaría profundizar por parte de usted, uno por lo pronto, que es el que tengo claro, una de las amonestaciones, esa que ya se ha comentado sobre el cambio del nombre, la información que tengo es que la Procuraduría General de la República integró mal el expediente y entonces usted, con esa mala composición, tuvo que resolver, que es lo que le toca hacer a un juez.

Bajo esa consideración, mi pregunta sería, ¿cuál es el papel que debe de jugar la Suprema Corte de Justicia, una ministra, frente al nuevo contexto frente a nuestro nuevo sistema penal acusatorio, donde gran parte de la cadena de actuación de procuración y de realización de justicia, de impartición de justicia, recae en cómo se hacen las investigaciones, cómo se integran los expedientes?

¿Cuál debe de ser el papel de la Suprema Corte, reitero, en este nuevo contexto, en nuestro nuevo proceso del sistema penal acusatorio, a la luz del caso que a usted le tocó vivir?

¿Por qué le hago esta pregunta?

Usted ha comentado que en su caso personal, no le ha tocado vivir, conocer casos graves de corrupción, sin embargo una encuesta que yo he utilizado en estas entrevistas, es una que señala que para los ciudadanos y las ciudadanas de este país el 80 por ciento consideran que hay casos graves de corrupción en el Poder Judicial.

Entonces, la pregunta que le hago tiene que ver no solamente con ineficiencia, quisiera que usted me explicara sobre posibles procesos de ineficiencia que se presentaran en la generación de esos expedientes, que a los juzgadores les toca resolver; sino casos de corrupción que pudiera haber en esa cadena, desde la Procuraduría hacia el Poder Judicial.

Esa sería una pregunta en concreto.

Tengo otras para preguntarle sobre posiciones específicas, pero por el momento quisiera escuchar sus respuestas sobre esto.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias, senador.

Tiene el uso de la voz la compareciente, en cuanto desee hacerlo.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Gracias, senador.

Retomando el asunto de la designación de los ministros y el comentario al artículo 95 de la Constitución, y por qué estoy yo en esta terna, señor senador, le aseguro que no ha sido más que por mi trayectoria, más que por mi firmeza, mi independencia y mi imparcialidad en la resolución de todos los asuntos.

Yo les comentaba al principio de mi comparecencia, que con satisfacción puedo decirles que no le debo nada a nadie ni nadie me debe nada; yo no he hecho más que administrar justicia conforme a lo que he tenido en los expedientes y conforme a lo que las partes han llevado hasta mí en cada uno de los asuntos, tanto en materia penal como en materia administrativa.

Únicamente lo que hay en el expediente es lo que le da a mis sentencias unitariamente, como juez de distrito o de manera colegiada con mis compañeros, con quien tengo el gusto de integrar de la resolución de los asuntos.

No tenía el gusto de conocer a muchos de ustedes, malamente, por que debo estar más enterada de todo lo que se hace acá. A lo mejor sí enterada de lo que hace el Senado, pero no precisamente de sus caras, de la gente que tan bien me ha recibido en este recinto.

No tengo relaciones políticas con nadie. No tengo más qué ofrecer ni tengo más justificación para estar aquí, señor senador, más que la trayectoria que como juez federal he tenido.

En relación a la cuestión de las amonestaciones y por integración mal del expediente, creo que no precisamente se tiene la información correcta. Sin embargo, tomando en cuenta sobre la integración mal del expediente y el reto que se tiene para el sistema penal acusatorio de la investigación, ¿sí le entendí a su pregunta o me estoy desviando?

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: Le termino de escuchar y con mucho gusto ahora hago un comentario.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Ah, Okey.

El mayor reto para esa implementación del Sistema de Justicia Penal o únicamente para el Poder Judicial es desde la instancia de procuración de justicia.

Creo que así como el Poder Judicial tiene que fortalecerse de muchas cosas, fortalecerse en cuanto a la capacitación, a la integración de todos sus operadores y a las propias instalaciones, desde la procuración de justicia deben de tomarse también otras medidas que seguramente la Procuraduría ya tiene en cuanta sobre la cuestión de la capacitación, no sólo de sus agentes del Ministerio Público sino de las policías y de todos los que con ellos intervienen; quien hace la cadena de custodia y quien cumple con la posibilidad de poder tener en orden los lugares de los hechos, las escenas. Todo eso que ahora tendrá no únicamente que llevarse al consignar a alguien ante un juez de distrito o ante un juez del orden común, sino llevar únicamente los datos y poderlas presentar al enjuiciamiento, y que se den donde tengan que dar sustento a cualquiera de las sentencias que en el Sistema Penal Acusatorio se puedan dictar.

Entonces, ¿cuál sería mi punto de vista desde la Suprema Corte?

No quiero parecer evasiva. La cuestión es que los asuntos lleguen a la Corte, que puedan en la Corte decidirse y en la Corte establecerse cuáles son los criterios y qué es lo que se tiene que hacer conforme a la facultad y a la división de poderes no podría la Corte hacer mayor cosa más que hacer la difusión en los medios y a través de las casas de la cultura jurídica que decía la senadora hace un rato.

Pero como órgano jurisdiccional sí habría la necesidad de que los asuntos puedan empezar a llevar a la Suprema Corte para ver cuál es el criterio o qué es lo que se va a tomar dependiendo de las cosas, o como se vayan integrando, como vaya sucediendo la integración en los asuntos del Sistema Penal Acusatorio.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: La primera parte de mi pregunta tenía que ver con la respuesta que usted le había dado a la senadora Pilar.

Usted hizo una propuesta o un planteamiento, una idea, en la cual señalaba, y por eso le pedí que me la volviera a plantear con un poco de mayor especificidad, mucho mayor transparencia, y logré entender una posibilidad de mayor mérito, en cuanto a quienes conforman el Poder Judicial.

Si es así, le pido que me lo clarifique.

Y precisamente la segunda parte de esa pregunta tenía que ver con el mérito.

Aquí regularmente hemos escuchado que quienes vienen a defender la posición de su propuesta, a su entender tienen todo el mérito para estar aquí; y yo no estoy en la intención de negar lo que ellos dicen, sino tratar de buscar con mucho mayor claridad cuáles son esos méritos.

La primera sería, una vez que nos termine usted de decir el procedimiento que usted le planteaba a la senadora Pilar, es si usted cree que se mantendría usted como una de las propuestas para ser ministra.

O sí frente a un proceso mucho más transparente, mucho más clarificador en cuanto a otros jueces u otros magistrados, creen que otros tendrían más mérito que usted para haber sido presentado como propuesta por el Presidente de la República.

Segundo, que me ahonde por favor en cuáles son los méritos, por lo menos si me puede dar un ejemplo que a su entender sea un mérito de probidad frente a lo que ha sido su desempeño como integrante del Poder Judicial o participando en la impartición de justicia.

Y tercero, si es que hace falta mucho mayor información, pues que nos vuelva a describir con mayor claridad para que yo tenga más instrumentos para preguntarle.

En el caso de que usted se hizo acreedora a una amonestación por un expediente que tenía que ver con Osvaldo Saucedo Guerra, que nos pueda describir con toda puntualidad cómo es que usted tomó la resolución y cómo a sus, desde su punto de vista, fue que se hizo acreedora a esa amonestación.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias senador.

En cuanto esté lista.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: La designación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se ha comentado ya aquí sobre el artículo 95, yo dije que yo siempre había pensado y creo que lo sostengo, no obstante que tenga la fortuna de estar en este lugar con ustedes, que la designación de esas personas que son quienes juzgan los asuntos de mayor relevancia en este país, fue también a base de un concurso, dándole legitimidad.

A lo mejor en ese concurso llegar hasta esta terna y ya después que ustedes pudieran hacernos favor de recibirnos, de vernos y determinar quien vaya a ser ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Concursos no únicamente para el Poder Judicial de la Federación, sino también para gente externa, que también puede estar en igualdad de circunstancias participando en esto.

O a lo mejor también una mayor transparencia en concursos mixtos. Yo hablaba de la distinción, porque el Poder Judicial de la Federación ha hecho en jueces y magistrados concursos cerrados para pura gente del poder y concursos abiertos para toda la gente que quiera venir y que cumpla con los requisitos constitucionales para ser magistrado de circuito o juez de distrito.

Creo que tal vez esa posibilidad de llegar a integrar la terna con motivo de estos concursos, podría a lo mejor por lo menos a todos los mexicanos dejarnos más en paz y estar seguros, sin tanto cuestionamiento, si las gentes que están en esas ternas son las que dieran de estar o no.

¿Qué por qué tengo que estar yo? Por toda mi carrera. Por mi carrera judicial, por mi preparación, por todo lo que he superado, por todo lo que he tenido.

Porque así como hoy vengo con ustedes únicamente apoyada en eso que creo que no necesitaría mayor fortaleza, así llegue a ser juez de distrito, así se llegue a ser magistrada de circuito y seguramente si se hicieran los concursos que comento, señor senador, seguramente pudiera estar de todos modos de este lado con ustedes participando en esa terna. De eso no tengo yo ninguna duda.

Que pueda ser más merecedora que otros. Pues a lo mejor más no; pero igual que los demás sí, y mejor que algunos que por supuesto no tengo presentes pero que posiblemente los haya, para poder integrar en esta terna y poder contender y poder venir con ustedes a platicar sobre la posibilidad de que sea yo quien sea nombrada Ministra de la Suprema Corte.

No sé si con eso les queda contestada la primera pregunta.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: En estas intervenciones siempre ocurre que se puede profundizar.

Usted comenta que no habría tantos cuestionamientos –literalmente así lo dijo- respecto a los nombramientos.

Por qué cree usted que hay, o usted percibe que hay cuestionamientos.

Cuál es su consideración general sobre estos cuestionamientos que hay de parte de la sociedad respecto al nombramiento de ministros, no solamente en términos del orden de cosas que usted ha expresado sino su visión más general.

Cree que en este momento la Suprema Corte de Justicia requiere un nombramiento en particular, o una visión respecto a las personas que estamos nombrando para que incida de alguna forma en el cambio de cómo está el país.

Hemos escuchado en estas sesiones de preguntas y respuestas que hay una percepción crítica de parte de la sociedad respecto a la Suprema Corte de Justicia.

Me da pauta para preguntarle sobre esa visión, sobre la que no se le ha preguntado el día de hoy.

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Incluso cuando yo hice referencia a eso fue únicamente por algunas noticias que he visto en los últimos días de que si está bien que pusieron a estos, que si las ternas son de uno y vienen tres.

Por comentarios de esos, creo yo que podrían evitarse si pudiera, por concurso, llegar uno a la integración de estas ternas para que entonces se pudiera aquí decidir quién es el Ministro. Únicamente por eso señor senador.

Ya que romí el orden, perdóneme. Si me permite, ¿le doy respuesta a la otra pregunta?

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Sí. Con mucho gusto.

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Quisiera aclarar que yo no asumí ni dije jamás que me mereciera la amonestación que el Consejo de la Judicatura Federal hizo conmigo con motivo de la extradición y del cambio de los apellidos y todo lo demás que ya mencioné, del señor Sauceda.

No admití ni quise decir jamás que yo hubiera admitido, o que yo crea que estuvo bien que me hayan amonestado.

Dije que me habían amonestado por ser la segunda causa de responsabilidad que me llevaba ante el Consejo de la Judicatura Federal y les platicaba que hubo uno primero donde me dijeron que no podía tener en el juzgado, o en el órgano que tuviera a mi cargo, a ninguna persona que no tuviera únicamente un contrato del Poder Judicial Federal, sino un contrato del propio juzgado de distrito que tenía a mi cargo.

Entonces el Consejo lo que hace es como ir subiendo en la imposición de las sanciones. Allá me hizo un apercibimiento; en el asunto de la extradición me hizo una amonestación.

No estuve de acuerdo nunca con ella; la asumí porque institucionalmente así debe de ser y porque además no tenía ninguna forma ni ningún medio legal para poder combatir esa decisión que el Consejo había tomado en mi contra, que al final no me ha representado mayor problema puesto que no fue una causa grave de responsabilidad ni me generó el que no haya sido ratificada como jueza de distrito, porque sí lo fui, ni tampoco me causó problemas para poder ser magistrada de circuito, ni me ha traído alguna otra consideración de mayor identidad.

Y de lo otro ya les había comentado la cuestión de que se negó la orden de aprehensión, de que se confirmó.

Si usted me lo permite, señor senador, le puedo llegar hacer una copia de la resolución, a quien la considere necesaria, de la resolución dictada por el Tribunal de Alzada, donde se confirmó que la orden de aprehensión se tenía que haber negado.

Pero creo que son cuestiones que le pueden pasar a uno en ese camino andado como juzgador federal.

Siempre habrá alguien, no únicamente la Procuraduría General de la República en ese caso, que no está conforme con nuestras decisiones, pero no porque no estén bien fundamentadas ni bien solventadas, sino simple y sencillamente por no estar conforme a sus intereses.

No digo que esa no haya estado conforme a los intereses de la Procuraduría, creo que fue más allá de otras cosas, sin ningún problema jamás para ellos ni para la procuradora ni para nadie. Creo que son cosas que pueden llegarnos a pasar a todos.

Yo no sé en qué índice los jueces federales y los mismos jueces de los estados hayan estado en este tipo de circunstancias, pero yo le puedo asegurar que de cualquiera de las dos salí bien librada porque yo no hice más que lo que tenía que hacer en la independencia y en la imparcialidad de mi ejercicio como jueza de distrito y además en respeto de los derechos humanos y particularmente el derecho humano a la libertad de la persona que se había detenido y que no era la que yo había ordenado que se detuviera, con finalidad de extraditar.

Muchas gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias.

Tiene el uso de la voz la senadora Layda Sansores.

SENADORA LAYDA SANSORES SAN ROMÁN: Magistrada Verónica Sánchez, quiero decirle algunas cosas positivas que me agradan.

Creo que fue usted la única que entendió eso del conflicto de interés, que creo que es también muy importante y hace explicaciones, como su esposo es un líder sindicalista y que estaría dispuesta a excusarse, en fin.

Aquí los demás son querubines, no tienen nada, ningún conflicto de interés de ninguna manera. Entonces creo que eso resalta y me llamó la atención.

Por el otro lado, también celebro que aunque usted nos ha ido desarrollando en la provincia, porque así se van dando las circunstancias, se forma en Michoacán y creo que tenemos que abrir los espacios y has sido una insistencia de las organizaciones sociales, también encontrar prospectos y gente capaz en los estados.

Antes había un método donde cada estado, y esto comprendo con el Pacto Federal, hacía una propuesta en el estado de Campeche tenemos grandes juristas. Entonces, creo que esto sería una manera de seguir motivando a la provincia, a la formación y a que hagan carrera gente talentosa.

Esto también me parece que es adecuado, porque lo único que se hizo, sí tomaron algunos de la provincia, puros zacazonapos; entonces creo que es un punto a su favor.

Coincido en varios de los puntos que usted dijo del procedimiento. Yo no he estado aquí desde el principio, pero sí la estaba yo siguiendo desde mi oficina por varias cosas urgentes; pero con mucho interés y algunas de las propuestas que usted hizo sobre cómo cambiar el procedimiento, me parecen muy interesantes, incluso me voy a atrever a tomar algunas de ellas, porque he estado insistiendo que desde ahí estamos mal.

El procedimiento que actualmente se tiene, les digo, viene desde Álvaro Obregón, porque es el mismo sistema para fortalecer el presidencialismo y lo único que cambió fue que ahora son tres, pero tres que son dos, porque sólo uno es verdadero, y ya el oráculo ahí ya lo está diciendo en la televisión, quién es el bueno, quiénes son los buenos.

Esa es una vergüenza, porque me parece injusto para quienes tienen méritos, tienen una trayectoria profesional, que se les exhiba, se les exponga y como usted verá, creo que al parecer no es la ungida, pero usted siga luchando porque el destino no le pertenece a nadie, decía mi padre. Pero vea el salón, está casi vacío.

Pues cuando vienen los posibles, los que ya se habla y se escribe incluso en la prensa, entonces esto está lleno. Desde ahí estamos mal.

Y creo que en este procedimiento se presta a que el presidente siga poniendo y proponiendo, imponiendo a los que les debe favores o desde su punto de vista, muy particular.

Creo, y para mí aquí sería una pregunta, él ni siquiera se toma la molestia de exponer motivos, de fundamentar la razón por qué estos tres y por qué no otros muchos que nosotros consideramos que también hay gente muy capaz en el Poder Judicial.

Quisiera aquí saber qué opina usted sobre que el presidente no haya fundamentado sus razones ni motivado su propuesta, él aduciendo que así está la Constitución, pero bueno, ¿y qué pasa? ¿No se viola el artículo 17 constitucional, el 8, inciso uno?

Aún así, no hay ningún fundamento legal que no se podría en aras de la transparencia y de esta demanda ciudadana hacer lo que hizo el presidente de Colombia que, le digo, tienen leyes parecidas, pero él sí abrió la propuesta para todas las academias y las organizaciones sociales, y quien se sintiera que podía hacerlo, pudiera participar.

Y se sometió al escrutinio público, debates televisados, en fin. Y cuando él tomó la decisión de los tres, la fundamentó.

Creo que para mí esta es una pregunta que le hago:

¿Qué opina sobre esta, yo lo juzgaría como prepotencia, es una arrogancia presidencial en un momento tan sensible?

Por eso esta ley no puede seguir como está. Lleva muchos años. Se modificó con Zedillo, dice, ya han pasado 20, pero este país es otro.

Eso por un lado.

Le preguntaría, estoy tomando preguntas de la sociedad civil, aquí de FUNDAR, de México Evalúa, de Borde Jurídico, Javier Cruz Angulo, de José Luis Caballero, de José Antonio Caballero, de Mónica González, Francisca Pou, Pedro Salazar, quienes han sido muy participativos.

Las organizaciones sociales hoy nos han dado una lección que ha elevado la calidad de estas preguntas, de este debate, y el formato que cada vez que tengo la oportunidad lo celebro, y felicito a mis compañeros, a quienes les digo: resistieron la presión, porque aquí todo se hace como una pasarela, es la simulación, todo es teatro.

Y entonces creo que hacer este esfuerzo tiene un mérito, porque deja un precedente que tendremos que mínimo superar o cuando menos igualar.

La otra pregunta que yo le haría:

No sé si conoce usted el presupuesto –esto es de Borde Jurídico– el presupuesto de la Suprema Corte, el presupuesto del Poder Judicial Federal.

Y si considera que es adecuado, porque se habla mucho, como se habla aquí del Senado y del Legislativo, de los excesos que se tienen en lo que son los pagos, porque una cosa es el salario y otra cosa son las prestaciones, y las prestaciones además que se dan de por vida a los ministros de la Suprema Corte.

No tendríamos que pensar en una Corte más austera, en una Corte más transparente –algo ya tocó sobre eso– una Corte más cercana a la ciudadanía. Me gustó cuando habla usted de esas audiencias públicas que no deben ser en sólo determinados casos sino creo que tienen que darse con mayor frecuencia.

Esto sobre lo del presupuesto.

Y si se atreviera usted a decir cuánto gana y cuáles son sus prestaciones sería algo maravilloso, porque los senadores todavía no lo hacemos.

Creo que este sería otro punto que también les ha interesado.

Aquí nada más dicen: “Esto es lo que gano”. Un senador gana 100 mil 300 pesos, pero esa es la morralla. Lo importante son las prestaciones que nosotros recibimos. Creo que eso tiene que cambiar.

Y aquí una última pregunta que tiene que ver sobre la información pública sobre esta nueva ley de transparencia que aprobó el Senado y que a mí me sacó urticaria en algunos aspectos, porque el consejero jurídico de la presidencia, si usted sabe, aquí el senador 129 realmente es el dueño del Senado.

Él mueve los hilos en la atenebra y cambia las cosas como quiere. La Ley de Transparencia, las reformas constitucionales de diez; la Ley General de Transparencia muy bien; y viene la ley federal y ahí entonces deshacemos lo tejido.

Entonces ideó que él tendrá derecho a pedir, a interponer un recurso de revisión, el consejero jurídico, ante la Suprema Corte, que sean tres ministros quienes lo decidan, no la sala. Es otra modalidad, propone incluso otra modalidad, yo no sé qué piense la Suprema Corte, pero para que puedan resolver este recurso de revisión cuando se trate de temas de seguridad nacional, que también para nosotros lo de seguridad, la definición de seguridad nacional ya ha quedado, es muy flexible y la define de acuerdo a tu estado anímico u hormonal.

Entonces, sí me gustaría saber cómo puede resolver esta tensión entre el acceso a la información pública y a la seguridad pública y nacional.

Y de las cosas que no estoy de acuerdo, en lo de Carmen Aristegui yo sí creo que MVS y ayer también estuvo de acuerdo uno de los comparecientes y nos agradó, era una autoridad responsable al ser un concesionario que estaba manejando un bien público de interés general.

Entonces, en eso yo estuve en desacuerdo.

Bueno, espero sus respuestas, gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias senadora.

Cuando guste la compareciente.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Respecto a la primera pregunta que tengo aquí, espero que no se me haya escapado ninguna, sobre qué pienso de que el presidente no haya fundado ni motivado la propuesta de las ternas, pues creo que tiene usted toda la razón en decirme que le voy a contestar que la constitución no le exige otra cosa, que debiera exigirla, sí, y que se puede resolver también, no habría más que reformar o legislar, donde se estableciera si lo quisieran prudente que revise, que a lo mejor retoma algunas de las ideas que yo hablaba de los concurso y que se pueda legitimar, que se pueda fundar.

O lo que usted dice, por qué estos tres y por qué no toros tres. Yo creo que, le decía al senador, tengo todo para estar aquí, todo para irme a la Corte, si ustedes me lo permiten, pero sí creo también que la ciudadanía tiene derecho a saber por qué y quiénes son los que están, aunque la Constitución no le exija al señor presidente motivar por qué son esas tres personas que está proponiendo.


En relación al presupuesto, senadora, ya me quiero venir de senadora. Lo que ustedes ganan de ¿cómo dijo? La morralla, es mi sueldo mensual, pero no es morralla, o sea, lo mío es todo y ya con prestaciones.

Lo que yo digo con gusto va ganando como magistrada de circuito debe ser un poquito más de 100 mil pesos al mes y ya con prestaciones, con compensaciones garantizadas y todo lo demás.


Por eso, discúlpeme si sonreí y volteé y le dije al presidente, yo ya no quiero ser ministra, quiero ser senadora y si no me voy de ministra, pues mejor, en vez de magistrada de circuito quiero venirme al Senado.


No tendría yo la capacidad de la historia y todas las virtudes que con ustedes, como legisladores tienen. Creo que la vida me llevó a otro rumbo y a la administración de justicia, donde soy muy feliz, pero lo voy a pensar.


Pero como ministra creo que sí me iría muy bien.

Muchas gracias.

Y luego en relación a la Ley de Transparencia, a ver…

SENADORA LAYDA SANSORES SANROMÁN: Cuatro mil 600 millones de pesos, más el Consejo de la Judicatura tiene otros 48 millones 552 mil pesos.


Pero con respecto a la Corte yo creo que en el Senado y todo el congreso la gente percibe que nuestros salarios son muy altos y sobre todo prestaciones, porque tenemos seguros médicos, en fin, aunque también nosotros pagamos a nuestro personal.

Ahora, que pase en la Suprema Corte cuando yo creo que ya los salarios de los ministros ya ascienden a casi 700 mil y ellos sí tienen un gran equipo de trabajo, creo que todavía es más grave; pero sobre la austeridad que debe haber en la Suprema Corte.

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Yo sé que no tengo presente todo el gasto que se tenga que hacer para dar el servicio que da la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Lo que sí le puedo decir es que no por los ministros ni por algún cargo determinado, pero creo que el poder contar con un presupuesto que nos permita a la propia Suprema Corte y al Consejo dignificar las instalaciones que tenemos, dar un buen servicio a las personas y garantizar y comprometer a la gente que nos hace favor de ayudarnos a nosotros que somos titulares o a nosotros mismos, a la institución, tiene que ver con eso, no porque tengamos que ganar más que los demás ni porque se nos tenga que comparar con otras gentes.

Pero esto es lo que hace yo creo en alguna medida algunas diferencias que todos podemos advertir del Poder Judicial de la Federación a otros poderes.

O lo que yo les comentaba hace un rato: nunca me ha hecho falta material, nunca me ha hecho falta nada, créanme que lo cuidamos. Pero sí no tengo presente en cuestiones de presupuesto, si es mucho, si es poco, si nos sobra.

Pero lo que sí sé es que lo que se ha dado o lo que se da cada año, ha servido para ser del Poder Judicial y de la misma Suprema Corte unas mejores instituciones al servicio de la gente que finalmente si servidores públicos somos, pues para ellos estamos.

Y de la Ley de Transparencia, el recurso de revisión del consejero jurídico.

Fíjese que en materia de seguridad nacional hay un poquito de problema para los juzgadores sobre las opiniones que podamos dar.

Es más, le voy a contar que en el juzgado de distrito hay un trámite que absolutamente nadie conoce, ni yo se los puedo dar a conocer, seguramente ustedes lo saben pero no lo puedo decir en esta instancia, donde sólo uno de mis secretarios se encargaba de todas las solicitudes, hace el trabajo que hace él, que hace el actuario, que es de ir a llevar noticia a las oficinas correspondientes y hace lo que hace un oficial administrativo, de recibir escrito y de todo, una sola persona, en apoyo a la Ley de Seguridad Nacional, donde incluso el resto de la gente que estaba en el juzgado, que eran otros 25, nadie sabía ese trámite, nadie sabía de un libro de registros guardados.

Entonces creo que eso sí es un poquito delicado y sé que está el recurso de revisión de Consejero de Jurídico, sé que no se ha resuelto, sé más o menos el trámite que le está dando pero esta vez sí, senadora, le agradecería que me disculpe y que me dé oportunidad de no ahondar sobre esa respuesta.

Muchas gracias.

SENADOR JESÚS CASILLAS ROMERO: Magistrada, buenas tardes.

No está el Presidente y curiosamente me toca en turno mi participación:

De su ensayo, resalta usted los grandes retos que en materia de justicia constitucional tiene nuestro país y hace referencia concretamente a la nueva implementación del sistema penal.

Como usted sabe, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es el máximo tribunal del país, en virtud de lo cual se tiene como responsabilidad fundamental la defensa del orden establecido en la Ley Suprema pero además debe solucionar de manera definitiva otros asuntos jurisdiccionales de gran importancia para la sociedad.

Y derivado de esta Reforma, que tiene como objetivo garantizar un juicio justo a todos los ciudadanos, a permitir la transparencia, el contacto directo de los jueces con la prueba, la víctima y el imputado.

El nuevo sistema de justicia penal privilegia el principio de presunción de inocencia, ya que a toda persona se presume inocente mientras que un tribunal no determine lo contrario.

En ese sentido, magistrada, me gustaría preguntarle: qué haría, en caso de ser electa ministra de la Corte, para consolidar este nuevo sistema de justicia penal porque usted lo plantea en su ensayo, pero me gustaría conocer las propuestas específicas para mejorar este sistema, qué es lo que se debe hacer no solamente desde la responsabilidad de la Corte sino a manera de sugerencia en el ámbito legislativo, ya que prácticamente estamos a un año de que; y ya lo comentó en varias de sus intervenciones, en algunas entidades de la República ya se cuenta con el sistema, qué es lo que faltaría para que, no solamente los que faltan, sino los que ya lo tienen lo puedan perfeccionar.

Por sus respuestas, muchas gracias magistrada.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias, senador.

Tiene el uso de la voz la compareciente.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Gracias, señor senador.

Fíjese que sobre este punto, aun cuando expuse yo en mi discurso y conozco esta cuestión del sistema penal acusatorio, creo que lo que se puede hacer desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación dependerá conforme se vayan dando los tiempos y conforme se vayan formando criterios por los propios jueces que intervienen en el sistema penal acusatorio.

Hay algunas lagunas que señalaba yo sobre el sistema penal en algunos de los documentos que entregué, cuando entregué mis documentos para participar en esta terna; donde llamaba la atención sobre algunos puntos, el Código Nacional dispone que en materia de apelación el Tribunal de Alzada únicamente podrá resolver aquellas consideraciones que no tengan que ver con la prueba.

Entonces, no entiendo qué va a revisar el Tribunal de Alzada, si no puede revisar las consideraciones que se hayan hecho en materia de prueba. Esa era una de las cosas que yo creo que debe de asumir la Corte que las debe de traer para su resolución, pero para eso habrá que esperar a que pasen los tiempos, a que se vayan llevando los asuntos y que entonces, cuando un Tribunal unitario diga que no puede estudiar las consideraciones diversas, no puede estudiar las consideraciones que vayan a la prueba, entonces se irían al amparo directo y la Suprema Corte si atendiendo a la inconstitucionalidad que se ataque de ese artículo, que seguramente transgredirá el derecho humano a una defensa adecuada, y que podrá ser que vaya a la Corte, pueda desde cualquier Tribunal revisarse o traerse a la Corte para revisar qué es lo que se tiene que hacer con eso y mejorarlo.

Que si antes de que todo eso tenga que pasar, este honorable Congreso lo modifica y nos pone en el código qué es lo que se va a hacer, creo que a todos los juzgadores del país les estaremos sumamente agradecidos.

Pero para poder fortalecer en algo o en cualquier medida, creo que sí tenemos que esperar para ver cómo se van desarrollando en algo o en cualquier medida, creo que sí tenemos que esperar para ver cómo se van desarrollando en este sistema completamente no hubo para nosotros, y que pueda de ahí ya ver cuáles son las cosas que se pueden dar para poder favorecer desde la Corte, el sistema penal acusatorio.

SENADOR JESÚS CASILLAS ROMERO: Nada más, para completar la pregunta, no sé si recuerda que le plantee si usted considera que debe de haber alguna reforma en la cual los legisladores pudiéramos modificar este sistema, desde el ámbito de nuestra competencia, de acuerdo al juicio, al estudio que usted presentó en los documentos para participar de esta terna.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Incluso de lo que se propiamente todo el trámite del juicio, desde su etapa inicial hasta enjuiciamiento, creo que por lo menos a lo que hemos tenido hasta hoy, satisface y cumple con todos los parámetros para poder llevar un juicio de manera conveniente y justa ante la división del juez de control, del juez de enjuiciamiento, todo lo que se tiene que hacer.

Yo creo que la reforma o la implementación, la promulgación, publicación y demás del Código Nacional, si yo tuviera que decirlo, creo que es algo muy afortunado. Donde creo que sí se puede mejorar es en cuestión de la segunda instancia.

Por una parte, en cuanto a la oportunidad o a la facultad del Tribunal en la sala de poder revisar absolutamente todo lo que hay en ese juicio, como se hace en el sistema tradicional. Y no únicamente de una forma que yo no puedo comprender, la verdad, de cómo puede un Tribunal en la sala revisar una sentencia, sin que pueda ir a las cuestiones de prueba.

Se supone que eso está apoyado en el respeto al principio de inmediación, pero bueno, no podrían en una segunda instancia poderse recibir otra vez todas las pruebas para que el magistrado pueda estar presente y pueda ver su desahogo. Pero hay registros en los que está todo el desahogo de las diligencias y todo donde el magistrado podrá ver y juzgar sobre la cuestión de valoración de pruebas, en una segunda instancia.

Esa es una limitante que tiene el Código Nacional, que creo que se podría cambiar.

Otra que no necesariamente sería al Código Nacional, sino a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en cuanto a la integración de los circuitos y a la integración, a cómo se debe integrar el Poder Judicial y cómo se debe atender este sistema.

Se ha acudido mucho en el Código la división del juez de control y del juez de enjuiciamiento, pero no se ha visto nada ni el cede legislativa ni en cede del Consejo de la Judicatura, a mí me parece, en cuanto a cómo se va a reglamentar o cómo se va a disponer que un magistrado que revisó en segunda instancia una cuestión de la etapa inicial, no sea quien va a conocer de la apelación en contra de la sentencia.

Mucho de lo que este Sistema Penal Acusatorio pretende es que los jueces de control no sean quienes enjuicien para que pueda efectivamente desde un primer momento en el enjuiciamiento, el juez conocer de los hechos y conocer de las pruebas.

El cuidado que se tuvo en la primera instancia, creo que sí hace falta mejorar y considerar para la reglamentación en la segunda instancia, porque esperar a que la Corte lo diga va a tener que pasar mucho tiempo y nos va a generar problema en muchos de estos asuntos que se tramiten ya conforme a ese nuevo sistema y que por lo menos para el 18 de junio del año que entra tiene que estar implementada en todo el país.

Gracias, señor senador.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Muy bien.

Gracias.

Si me permite, haré uso de la voz para formular, perdón senador.

Antes que nada yo quiero empezar por agradecerle una vez más su presencia.

INTERVENCIÓN: Permítame, estamos en la misma ronda.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Lo que pasa es que hace rato hicimos una pausa porque salí a… Usted entenderá, senador.

Como no estaba, se brincó el turno al senador Casillas.

Gracias.

Quiero felicitarla, en primer lugar, es usted la quinta compareciente y ha sido la única que ha dicho de manera clara que el procedimiento no es el adecuado o que podría ser mejor.

A las anteriores y anteriores cuatro comparecientes se les hizo la misma pregunta por cualquier de los compañeros y la respuesta fue muy políticamente correcta, institucional, o no sé cómo le podríamos llamar en el sentido de que… Y digo, tienen razón hasta cierto punto de decir, pues es la normatividad bajo la cual nos regimos hoy, y básicamente no es nuestra responsabilidad como nos eligieron, cosa con la que coincido. Pero me parece muy valioso de su parte el aceptar eso.

Y creo que una de las lecciones, haciendo ya una reflexión, después de cuatro días ya de comparecencias; mañana estaremos culminando esta primera etapa, la primer reflexión que deberemos de hacer ya como Senado, es que el procedimiento no está dejando satisfechos a nadie.

Me atrevo a hablar inclusive por el propio Ejecutivo que es quien tiene que enviar las ternas, pero también es complicado, por lo menos es mi visión, para el Ejecutivo poder enviar ternas de una manera tan directa, que creo que lo hace difícil incluso para una elección de él.

Tendremos que analizar en su momento si es conveniente pasar probablemente un modelo americano en donde solamente se proponga una sola persona bien justificada, con una revisión minuciosa por parte del Senado, o poder pasar algún otro de los temas como algunos europeos, donde en algunos casos propone uno la Judicatura, otro el Poder Legislativo, otro el Ejecutivo.

No lo sé, esa es una discusión que tendrá que venir posteriormente, pero me parece muy valiosa la aportación que usted hacía en ese sentido, inclusive de poder evaluar a quienes aspiren, y posteriormente que se tomara una decisión por parte del Poder Legislativo.

Perdón por la reflexión, pero me pareció pertinente hacerla.

Ha habido criterios recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que han llamado mucho la atención, yo diría que por el impacto que han tenido en el orden social, jurídico, inclusive político de nuestro país, como son el caso del matrimonio entre personas del mismo sexo y el uso lúdico de la marihuana.

Hemos igual en estos días en las comparecencias discutido y se ha preguntado mucho de hasta dónde la Corte puede llegar como un cuasilegislador o como un generador de políticas públicas, sobre todo por cuanto hace al caso del uso lúdico de la marihuana, entendiéndose que es derivado de un amparo de cuatro personas, pero que ha habido cierta sensación, diría yo, entre varios compañeros de que la Corte se excedió.

¿Usted considera que la Corte en esos casos se ha excedido y ha ido un poco más allá para generar política pública?

Porque, si bien es cierto, hay quien dice: Bueno, no generó una política pública como tal o no estableció criterios muy claros para esto. Pero la realidad es que por la resolución específica del tema de la marihuana se abrió en automático la discusión y se va a tener que generar una política pública que probablemente tenga que pasar por el Senado, la Cámara de los Diputados, no lo sé.

Entonces esa sería una primera pregunta, si la Corte usted concibiera que en estos casos se ha excedido. Hay quien dice también que nuestra Corte o tribunal supremo pues se excedido en lo referente en esos casos, sino que ve muchos más asuntos de los que debiera ver un tribunal eminentemente constitucional, como se da en otros países.

Tenemos una Corte que atiende miles de casos al año, nuestro secretario técnico a ver si sabe por ahí el dato y nos lo pasa, pero alguien me daba una proporción el otro día, no sé si por 18 mil al año de la Suprema Corte de Justicia de la nación, algunas otras cortes constitucionales en otros países ven 500 caso, algo por el estilo. Digamos, haciendo el contexto de la misma pregunta.

Y por otro lado, hace, en una intervención anterior, usted decía que la Corte hizo bien en no atraer el caso Carmen Aristegui y en ese sentido le preguntaría ¿qué opina usted de la doctrina alemana de Redburking, perdón por la pronunciación o eficacia de los derechos fundamentales entre particulares, para efecto de la procedencia del juicio de amparo?

¿Cree usted que esta doctrina deba aplicarse en la doctrina jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de nuestra Nación?

Muchas gracias.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Gracias senador presidente de esta comisión.


Respecto a si la Corte accedió o está haciendo cuestiones de política pública, creo que, aunque hay quien ha considerado que pueda ser de esa manera, a mí me parece que si no está nada legislativamente dispuesta, la Corte no puede hacer otra cosa y no podría dejar de resolver.

No podía quedarse ahí durmiendo el sueño de los justos el expediente en lo que este congreso pudiera tener la posibilidad de legislar y de hacer.


He visto que se están tomando ya algunas otras cuestiones y algunas otras líneas, la verdad lo celebro infinitamente, porque eso evitará en la Suprema Corte y en tribunales colegiados y en todos lados, tener que hacer controles que de suyo creo yo le corresponden al Legislativo, pero que al Corte ha tenido que asumir en alguna medida, para poder resolver nuestros asuntos sin que se tengan que detener o algunas lagunas haciendo control de convencionalidad, de constitucionalidad.


Creo que eso es lo que le corresponde a la Corte en una situación de estas; que lo óptimo, o mejor sería que tuviéramos legislación de todo, por supuesto y nos evitaríamos muchos problemas al Poder Judicial y a los gobernadores y a los gobernados, a todos, porque sería una completa división de todo, sin que no digo que lo que la Corte haya hecho estaba mal.

Creo que fue la solución que tiene que darse y la que tuvo que dar, conforme a la falta de reglamentación sobre esos temas, pero qué bueno que ya se esté haciendo.

La teoría que me menciona, señor senador, si no equivoco, nos da la oportunidad y creo que sobre eso estaba apoyado, de relación a alguna cuestión de derechos fundamentales de manera paralela.

Ahí lo que yo comentaba al principio, me parece que efectivamente es una relación de coordinación, no de supra subordinación, respetablemente señora senadora, aunque venga de un contrato de servicios y que tenga que ser con la sub concesión y todo esto, creo que eso va más allá de la determinación que debe de tomarse para ver quién y en qué instancia tendría que resolverse ese asunto.

Creo yo que sí es conforme a esta cuestión de los derechos fundamentales paralelos una cuestión de particular a particular, de una relación de trabajo y en una relación de completa coordinación.

Eso creo que primero deben resolverlo las autoridades en sede ordinaria y ya después podrá venir al Poder Judicial de la Federación de alguna cuestión de control constitucional.

Gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias.

Pasaríamos a ronda de preguntas de la sociedad civil.

Es una pregunta que hace Borde Jurídico:

En caso de ser designada como Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es probable que en algún momento sea Presidenta de ésta y por lo tanto del Consejo de la Judicatura Federal.

¿Qué pensaría que incluir la posibilidad de acciones de inconstitucionalidad ciudadanas?

¿Cómo reforzaría o incentivaría la participación ciudadana con figuras como el amicus curiae en casos difíciles?

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Respecto a qué pensaría de incluir la posibilidad de acciones de inconstitucionalidad ciudadana.

Estaría yo completa y absolutamente de acuerdo con eso, que pudiera venir también el ciudadano a hacer valer estas acciones de inconstitucionalidad y no únicamente que fuera por las autoridades que la Constitución de la Ley Reglamentaria, el 105, fracciones 1 y 2 disponen.

Eso sí estaría de acuerdo en acciones de inconstitucionalidad ciudadanas.

En lo que no comparto mucho es reforzar o incentivar la participación ciudadanos con fines amicus curiae en casos difíciles, eso tomando en consideración precisamente los principios que el juzgador debe de cumplir, debe de asumir y que ya los he mencionado mucho y los dispone el párrafo séptimo en el artículo 100 de la Constitución porque esto transgrede el principio de independencia.

El juez debe de resolver únicamente con aquello que viene del derecho, no con nada que venga de lo externo, ni de los medios, ni de la ciudadanía ni de ningún otro lado.

Entonces partiendo de eso yo no estaría de acuerdo en reforzar e incentivar la participación de los asuntos difíciles de parte de las personas o de las asociaciones.

Con lo que sí estoy completamente de acuerdo, repito, es con que éstos tuvieran la oportunidad de ir a la acción de inconstitucionalidad, como le llaman aquí, a una acción de inconstitucionalidad ciudadana.

Muchas gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias.

Tiene el uso de la voz el senador Ríos Piter.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: Muchas gracias.

La verdad es que yo no tenía mucho interés en preguntarle sobre el asunto este del cambio de nombre, pero quisiera insistir porque a partir de sus respuestas creo que hay forma de encontrar en usted algunas visiones respecto a distintas interrogante que mantengo yo sobre cómo funciona el Poder Judicial y cuál debe ser digamos el papel de una ministra en la Corte.

Voy a repetir, solamente para ilustrar varias de las preguntas:

Estamos hablando que en el 2009 se ordenó la liberación de Oswaldo Sauceda Guerra, acusado de lavado de dinero en Estados Unidos.

Este sujeto era solicitado por la justicia estadounidense, con los apellidos invertidos, como Oswaldo Guerra Sauceda.

La juez federal ordenó su liberación, es decir, usted, porque el nombre del detenido no correspondía con el de la persona que debía integrar las autoridades; entregar, perdón, las autoridades.

Revisando después la propia Procuraduría General de la República, entiendo que inició una persecución contra usted.

No sé si eso me lo pueda detallar en términos jurídicos para tener mucha claridad respecto a lo que he leído de medios, misma que no prosperó. Y todo este tema se quedó en una amonestación.

Y lo que yo escuché de su respuesta fue que era una amonestación que viniendo pues en este caso de los instrumentos de control interno que tiene el Poder Judicial, usted la aceptó como tal.

La duda que a mí me queda, bueno, primero si nos puede ilustrar un poco más cómo estuvo el proceso, es primero, si usted como juez no tenía instrumentos para ampliar la solicitud de elementos por parte del Ministerio Público, si es que en algún momento no hubo razonable duda o razonables elementos para que dicho nombre pudiera estar cambiado o no. Es decir, que usted nos pueda ilustrar, como le tocó vivir este caso, si es que usted no tenía más elementos para profundizar.

Segundo, una vez que usted toma esta decisión, el asunto llega al nivel de que la propia Procuraduría General de la República inicia acciones contra usted. Y después usted se queda conforme con una simple administración, porque usted dice “es una resolución que toma el Poder Judicial”, en este caso los organismos de control y esto es algo que pasa en el Poder Judicial.

Me queda la sensación de que no fue un asunto menor, porque si no, no hubiéramos tenido a la Procuraduría General de la República actuando en contra de usted. Y entonces la primera pregunta, que es de carácter institucional, es si verdaderamente nuestros jueces no tienen otros elementos, otros instrumentos para defenderse sobre lo que pudiera haber sido, así lo escuché por lo menos en su exposición, posiblemente un acto de arbitrariedad o un acto de injusticia.

Usted dijo que jamás lo reconoció como algo legítimo haber ocurrido, por lo menos esa es la sensación que me quedó.

Mi primera pregunta es, ¿nuestros jueces en este país no tienen elementos o instrumentos para defenderse frente a amonestaciones que puedan incluso llegar a ser injustas?

Segunda es, habiendo sido una participación, me parece que en dimensiones mucho más amplia la que significó la Procuraduría General de la República, es si usted como persona, como ciudadana no le quedó la inquietud de que esto pudiera quedarle alguna huella en términos de que tenga después a un senador que le esté preguntando, sobre algo que tiene que ver, siendo usted michoacana, con un asunto de lavado de dinero.

Usted, debo de reconocer que frente a quienes han compartido este espacio en la terna, es mucho más echada para adelante en las respuestas. Pero sin duda alguna, me interesa mucho saber de usted, si es que los jueces, esa es la sensación que me queda, no tienen instrumentos para defenderse frente a amonestaciones que puedan ser arbitrarias, que puedan ser injustas.

Y segundo, si no quedó en su necesidad personal, el que no quedara algo que mediáticamente quedara como un asunto sobre el cual usted pueda tener ciertos cuestionamientos, repito, no necesariamente contundentes o no necesariamente prejuiciosos. Me queda la duda en su respuesta, por qué no luchó usted porque no quedara esa marca como algo que aquí usted ha dicho, algo que no consideró justo.

Esa es la sensación que me quedó. Usted dijo “yo lo acepté porque así lo señalan las instituciones”, más menos eso fue lo que dijo, no tengo la versión videograbada. No era mi intención insistir en este tema, pero me ilustrará mucho alguna de su respuesta.

Si le parece bien desahoguemos, de todas maneras tengo chance de volver a preguntar.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Por favor.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Gracias, senador.

Y qué bueno que ya le dije desde el principio que me den oportunidad de hablar de esto, porque a lo mejor lo que no pude hacer nunca, lo hago ahora.

En primera, quisiera yo aclarar que no dejé ir a Sauceda, que era acusado de lavado de dinero en los Estados Unidos: dejé ir a una persona que me consignaron cuando no era, o que me presentaron cuando no era quien yo había mandado detener para fines de extraditar.

Creo que entre esas dos posturas hay una diferencia inmensa entre haber dejado ir a quien querían y con todo lo demás, y yo haberlo dejado salir sin ningún reparo y sin nada. Yo no dejé salir a ese señor que usted me dice, yo dejé salir a alguien que me trajeron que no coincidía con las características ni con los apellidos en el orden, aunque sea, de la persona que Estados Unidos estaba reclamando.

Es que usted me afirmó cuando insistió en su pregunta, que tomando en cuenta el asunto de Sauceda Guerra, en el que yo dejé en libertad a una persona que me estaban pidiendo por lavado de dinero en Estados Unidos y de ahí partió su pregunta.

Yo le estoy explicando, con todo respeto, que no dejé yo ir a Sauceda, que lo acusan de lavado de dinero en Estados Unidos. Yo dejé ir a una persona que me trajeron equivocadamente en lugar de Sauceda y por eso decreté su libertad en respeto a su derecho humano a la libertad.

Y por eso dejé, con toda la independencia y la imparcialidad que como jueza federal me ha caracterizada, vigente la orden de detención con fines de extradición.

No sé si ya me expliqué, señor senador.

¿Sí?

Muchas gracias.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: (Fuera de micrófono)

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Si así hubiera sido, yo le aseguro que la Procuraduría General de la República, que es quien actúa en las cuestiones de extradición y quien lo puso a disposición, y quien me siguió la averiguación previa de la que tanto hemos platicado, no hubiera quedado conforme o hubiera hecho a lo mejor valer algunas otras acciones.

No estaría yo platicando aquí con ustedes, señor senador, si lo que hubiera sido en contra de mí hubiera sido una persecución.

Creo que como personas públicas, al asumir un cargo como ese, el ser juez federal, estamos sujetos al escrutinio de todos y de las instituciones.

Yo no lo veo como una persecución sino simplemente como alguna cuestión que quiso hacer valer la Procuraduría para investigar qué era lo que había pasado en ese asunto.

Ellos dieron la consignación, pero le repito que se negó la orden de aprehensión, se confirmó por el Tribunal de Alzada. Y si bien me sancionó el Consejo, y paso con eso a la siguiente pregunta, no es que no me haya podido o lo que sea.

En sede nacional efectivamente no hay nada que se pueda hacer contra esas resoluciones, y créame que no hice más a lo mejor porque al final de todo mi conciencia está tranquila, puedo defenderlo, puedo platicarlo, puedo decirlo, y además las cargas de trabajo que tenemos en el Poder Judicial de la Federación no me permiten ir más allá de muchas cosas.

Y además lo que sí creo yo que debiera de modificarse es en el Poder Judicial de la Federación, la consolidación de esa dirección de comunicación social que tenemos en la que pudiera decirse a los ciudadanos qué fue lo que pasó, no nada más en mi asunto sino en muchos, donde se presta a muchas malas interpretaciones, a que ya lo dejó ir, a que ya pasó esto.

Cito, por ejemplo, y sin tener mayores elementos el asunto de Kalimba, que criticaron mucho que el juez lo mandó detener, y después criticaron mucho que en dilación constitucional lo dejó ir.

Lo que la gente no se entera es que entre el cumplimiento de la orden de aprehensión y la determinación de aquel juez de Cancún que lo dejó ir en término constitucional, hubo seis días en los que pudieron traer pruebas y pudo modificar la consideración del juez y del acervo probatorio de ese asunto.

El él lo mandó traer y después lo dejó ir, pero con apoyo en pruebas. Y lo que la gente sabe es que únicamente lo dejó ir y ya.

Creo que sí se debería fortalecer la Comisión de la Dirección de Comunicación Social para hacerle saber a la gente de primera mano y desde el Poder Judicial de la Federación qué es lo que está pasando.

Que me preocupe esa situación sobre mi honor y sobre lo demás, pues no tanto, señor senador.

Claro que me resultó incómodo la cuestión de la amonestación, me resultó incómoda la cuestión de la averiguación. No creo que a cualquiera de nosotros pudiera no causarnos algún problema por pequeño o por grande que fuera.

Pero yo creo que más allá de lo que la gente pueda decir o de lo que la gente pueda hacer, sé que el foro y la gente que está cerca de mi función como jueza de distrito y ahora como magistrada de circuito, sabe cuál es mi forma de conducirme y sabe que cumplo con los principios.

Y el propio Poder Judicial de la Federación sabe que puedo hacerlo, por eso estoy en el lugar en el que estoy; todo –le aseguro– por mis propios medios, y sin ningún problema.

Yo lo único que quiero es servir a México. Si puedo en la Corte, qué bueno, se los agradezco; si puedo en el Tribunal Colegiado también, porque la cuestión es poder hacer algo por este país, aunque sea un poco para fomentar que pueda ser un mejor país.

Gracias.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: En las notas que a mí me prepararon hay un capítulo en el cual hay quien la busca a usted para entrevistarla sobre este tema.

Quiero encuadrar la pregunta, y no es que tenga mucho interés en el asunto, le reitero, yo en la primera exposición que hice le comenté que alguien o gente de su, correligionarios de usted, señalaron que este tema no había pasado a mayores, no era mi intención profundizar.


Pero ahora que las respuestas me lo permiten, hay dentro de estos capítulos, dado que usted me dice que es un asunto de comunicación social o que debería de fortalecerse la comunicación social, como parte de la relatoría de este tema hay, a finales del 2008, se le buscó, perdón, no a finales del 2008, perdón, la juez décima Verónica Judith Sánchez Valle no recibió al reportero Alfredo Méndez y aunque se le informó el motivo de la visita dijo, por conducto de su secretaría, que no le importaba que se le mencionara en cualquier trabajo periodístico, como una de las jueces que se oponen a la transparencia.

El reportaje se publicó en ese diario el 4 de enero del 2009.

Sé que no tienen que ver las fechas, pero dado que fue un asunto de comunicación social, ¿cómo interrelaciona usted esto que fue una respuesta que usted le dio a periodistas que querían saber de su desempeño como jueza y si usted lo que nos dice que es un problema de comunicación social, específicamente un hecho que le afectó en términos de su desempeño y que generó una marca, que es la que hoy tiene hablando?

¿Qué tanto su respuesta la podría yo considerar como válida, que es solamente un tema de comunicación social, dado que a usted no le interesó ene se momento?

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Creo que en principio, señor senador, con todo el respeto que me merece, usted está dando plenamente como cierta esa afirmación mía de que yo no quiero decir nada, o sea, incluso ahorita al final me dice qué hay con esa afirmación.

No al hice jamás, jamás hablé con los medios ni de ese asunto ni de ninguno otro, aunque en algunos periódicos que no recuerdo cuáles fueron, se hicieran algunas afirmaciones de esa naturaleza.

Más en el asunto de Portillo que mencionaba hace un rato con la senadora Tagle, hasta un cuadrito en la página de internet había de algún periódico donde decía que yo había opinado, no sé cuántas cosas, nunca he recibido directamente a los medios.

Efectivamente la Dirección de Comunicación Social del poder Judicial de la Federación tiene esa encomienda.

El juez habla desde sus sentencias, el juez habla desde su función, desde lo que tiene encargado con motivo de la administración de la justicia.

No digo que no podamos tener acceso a los medios, pero convenientemente se hace pero por solicitud de nosotros o de ellos mismos, a través de la Dirección de Comunicación Social.

Lo que yo decía hace un rato es que esa dirección debiera de fortalecerse para que lo pidan o no pidan los medios o lo pidan o no lo pidan los jueces, pueda informarse a todas las personas cuáles son las cosas o cómo se resuelven los asuntos.

Muchas veces dicen, a cualquier personaje que usted quiera citar, le concedieron el amparo. No es cierto, lo único que se le concedió fue la suspensión con la presentación de la demanda.

El agente en este país se queda pensando que efectivamente en dos horas le consiguieron el amparo a alguien. A eso es a lo que yo me refería cuando hablaba de la Dirección de Comunicación Social.


Le digo: yo creo, con todo respeto, que las afirmaciones de que si dije, de que si no hice, no podríamos tenerlas como tales porque no ha sucedido de esa forma y sí, efectivamente, nunca he recibido personalmente yo a los medios, mando mi tarjeta informativa a la Dirección de Comunicación Social, conforme a las reglas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal y allá se les da toda la información.

Eso creo que sería todo.

Gracias senador. Si no dispone otra cosa.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: Me quedo con la impresión de que en este ejemplo, donde pareciera ser que hay temas estructurales como la capacidad de los jueces de defender sus propias decisiones, esta presentación que de manera incorrecta se le hizo de una persona que terminó no siendo.

Sí, como que el estudio de caso me queda la impresión de que la solución en las preguntas que le hecho yo, solamente es un tema de cómo se comunicó el asunto.

A su entender así es.

Bueno.

Cuál es su postura… muy bien. Le comenté yo que iba a pedirle algunas preguntas respecto a algunos asuntos en particular:

Cuando un derecho humano contemplado en un tratado internacional tiene una restricción expresa para su ejercicio en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está usted a favor de la restricción del principio pro homine cuando el mismo pro persone, cuando el mismo sea de fuente internacional. Quisiera que nos ayudara a ahondar en eso.

Su postura respecto a la figura del arraigo establecido en el Artículo 16 de la Constitución.

Por lo pronto esas dos.

MAGISTRADA VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Gracias senador.

Hace algún rato platicábamos sobre esta cuestión de la restricción contenida en el párrafo primero del artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación a los derechos humanos.

Comentaba yo que no tengo un criterio fijado porque no ha habido la necesidad conforme lo que afortunadamente tenemos senador.

No hay en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la restricción a un derecho humano que un tratado internacional sí nos dio.

Que está la cuestión latente, sí lo creo. No ha habido, no encuentro yo un derecho humano en contradicción de los de la Constitución a los de los tratados internacionales en los que México es parte y además sobre ese punto independientemente de lo que yo pudiera pensar:

La Suprema Corte ya como órgano colegiado que es, ya determinó alguna cuestión que ha generado posturas en cuanto a la continuación de la supremacía constitucional, donde hace la Corte precisamente una reseña a esa última parte del primer párrafo del artículo tercero, en relación a que se puede restringir si la Constitución lo restringe.

En la figura del arraigo también decía hace un rato que la Reforma Penal de 2008, que contiene esta figura del arraigo la hace constitucional al permitirla o al disponerla, si no me equivoco en el artículo 16, es únicamente en aquellos asuntos de delincuencia organizada.

No se permite en otros asuntos del orden federal, ni en otros asuntos del orden local, sino únicamente en la delincuencia organizada que ya mencionaba yo que tiene algunas restricciones porque el respeto de los derechos humanos puede tener como consecuencia que no se pueda abatir el crimen, aunque ese crimen, decía en mi discurso, deba de combatirse de manera humana.

En la materia de delincuencia organizada, hay algunas doctrinas que permiten una variación en el tratamiento de las personas que están siendo acusadas o por cualquiera de los otros delitos, o por algunos delitos de mayor entidad por los bienes jurídicos que afectan, como es la delincuencia organizada.

En ese punto, en materia de delincuencia organizada, se permite la punibilidad anticipada porque sólo con el hecho de reunirse con la intención de cometer cualquiera de los delitos previstos en el artículo segundo de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, sólo por eso se les puede sancionar como miembros de la delincuencia organizada, sin que tenga que haber otra conducta.

Si cometen alguno de los otros delitos del artículo 2º, será una pena aparte, independiente de la que por ser miembros de la delincuencia organizada se les pueda imponer.

En este tema de la delincuencia organizada, también hay reserva de garantías por ejemplo, en estos asuntos no pueden tener acceso a toda la averiguación porque así lo dispone la ley de delincuencia organizada, que además encuentra apoyo en la Convención de Palermo, de la delincuencia organizada transnacional, donde se hacen ya algunas restricciones; como también la cuestión de la exclusión de dominio, es una cuestión donde no se transgrede el principio de presunción de inocencia al encontrar una forma de hacerse el estado de las cosas que se obtuvieron a través del ejercicio de la comisión de delitos de delincuencia organizada.

El tratamiento de la delincuencia organizada es distinto, no porque sea violatorio de derechos humanos, sino por la ponderación que se tiene que hacer entre el derecho de seguridad nacional a una seguridad pública que se transgrede con esos derechos de delincuencia organizada; y el derecho a la libertad de alguien a quien se le está restringiendo con motivo de la figura del arraigo que considera y que dispone el artículo 16 de la Constitución, repito, únicamente para ese tipo de delitos, por el impacto y por la trascendencia que tienen en el Estado de Derecho.

Muchas gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Por favor.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: Cuando le pregunté sobre el tema de corrupción, usted me dijo que no le había tocado; le cité una encuesta que he utilizado para estas entrevistas, una del CESOP, donde la percepción de los ciudadanos y las ciudadanas, el 80 por ciento considera que hay casos graves de corrupción en el Poder Judicial.

Su opinión sobre esa percepción de los ciudadanos y las ciudadanas, ¿cuál es? ¿Por qué cree que sea esa percepción?

Si a usted no le ha tocado, la pregunta es, saber si a otros de sus compañeros les ha tocado o si ha sabido que casos de corrupción han ocurrido.

Y la tercera es ¿qué ha hecho al respecto?

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Respecto de ese tema, senador, creo que la percepción que las personas tienen de la corrupción que hay en el Poder Judicial de la Federación, no es del todo afortunada.

Me parece que puede obedecer, comentaba hace un rato, al mal manejo de algunas de las personas que los asesoran, quienes les hacen creer que nosotros los juzgadores nos quedamos con no sé cuánto dinero que les piden. No sé si estaba hace un rato, cuando les platicaba de dos personas, que podría citar muchas más, que supieron o les hicieron saber que yo estaba pidiendo dinero; gracias a Dios se aclaró todo, no pasó anda más, pero en parte creo que esa percepción puede ser generada.

Yo hago lo posible por tener acercamiento con las partes y con la gente que acude a los tribunales en los que yo estoy. Si yo no hubiera tenido ese acercamiento, se quedan con la idea de que efectivamente las cosas eran de la otra forma, no como yo se las decía.

Tiene que ver también con la falta de resolución conforme a los intereses de cada uno.

La parte que gana piensa que uno es un buen juez y la parte que pierde piensa que es un juez vendido y no sé cuántas cosas más.

Desgraciadamente en todos los asuntos alguien pierde y alguien gana, y no siempre la gente está contento con eso. Yo creo que tendría que ver también con eso y con el desconocimiento de los temas.

A veces las personas piensan que es muy fácil sobre cualquier sistema de valoración de prueba decir que se hizo tal cosa o que vayan testigos y digan que las cosas fueron de determinada manera cuando al juzgar o al resolver los asuntos tenemos que atender a todas las reglas de valoración de las pruebas que se tengan en la ley que corresponda.

¿Y qué he hecho?

Pues lo que ha estado a mi alcance, dada la falta de verdad, de conocimiento de la corrupción en el Poder Judicial de la Federación, que era, como lo decía, acercarme a las partes, explicarles cómo y de qué manera se resuelven los asuntos, cuáles son los parámetros, más o menos cuántos son los tiempos, tratar personalmente con la gente que acude a este tribunal.

No se les atiende a través de mi secretario ni de mi secretaria. Yo recibo a las personas. No doy audiencias, las recibo cuando vayan.

Finalmente creo que de esa manera puedo hacerles saber a ellos la forma en que voy a resolver, cómo lo voy a resolver, atendiendo por supuesto al contenido de los expedientes no a lo que vaya a hacer, porque también esa es causa de responsabilidad administrativa.

No podría explicarles en el fondo qué es lo que se va a resolver, pero sí cómo se hace el estudio y cómo pueden ellos obtener una resolución a corto, mediano y largo plazo, dependiendo del tipo de asunto y de la fase en la que el asunto por el que me van a ver se encuentra.

Gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Nada más preguntaría a los demás legisladores y ahora lo volvemos, si alguien quiere preguntar, le preguntaría a la senadora Sansores y al senador Casillas.

Entonces continuamos con el senador Ríos Piter.

Gracias.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: El dato del 80 por ciento no es de un asesor que me haya dado a mí una impresión. Es una encuesta pública que se hizo en el 2015 sobre las impresiones que tienen los ciudadanos y las ciudadanas de cómo funciona el Poder Judicial.

Usted está aquí como parte de una terna para ser ministra de la Suprema Corte de Justicia, que es la cúspide de nuestro Poder Judicial.

Y me genera inquietud su respuesta de que posiblemente ese porcentaje se deba a que la gente opina cuando pierde un caso que hubo algún juez vendido. “Alguien pierde, alguien gana”, usted señaló.

Así funcionan los poderes judiciales en todo el mundo; alguien pierde y alguien gana. Esa es la labor regularmente de un juez y usted lo sabe: Hacer justicia para que alguien termine teniendo la razón.

¿No le parece que hay causas sistémicas de fondo que deberíamos de considerar?

Y, segundo, ¿si no cree usted que la Suprema Corte de Justicia, como la cúspide de nuestro Poder Judicial y quien busca ser parte de esa Corte debería de tener una visión un poco más amplia?

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias, senador.

Cuando guste la compareciente.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: Seguramente, senador, como usted señala, debe de haber algunas otras causas sistémicas que lleven a determinar este porcentaje.

No sé, la verdad es que no le podría citar alguna, sólo quisiera decirle que a lo mejor entendí mal su pregunta, pero si no me equivoco la pregunta iba encaminada a qué era lo que yo pensaba que podría traer ese 80 por ciento de porcentaje en la corrupción.

Creo que puedan ser algunas otras causas, no se las podría citar en este momento, y la Corte debe de asumirlo de una manera un poco más amplia.

A lo mejor habría que hacer algunos estudios con apoyo a esas causas sistémicas que usted me dice que existen, que yo no lo tengo en tela de juicio, por supuesto, y sobre eso poder actuar o poder ver cuáles son las cosas que están pasando o a qué se debe esta corrupción.

Le digo, yo no he advertido, no la he vivido ni la he presenciado en mis 20 años de carrera judicial.

Gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Senador.

Sí, claro, sin límite de tiempo.

SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: Para saber si usted ya no quiso ahondar en el tema de las causas sistémicas porque no le pregunté cuáles fueran, o lo que logré rescatar es que usted desconoce o no tiene conocimiento de esas causas sistémicas.

Digo, en toda justicia, usted me dijo, yo le pregunté por la percepción, tiene toda la razón. Y después en el desarrollo que usted hizo le enfaticé sobre causas sistémicas.

Hay quienes piensan que hay causas sistémicas que conducen a esa percepción de corrupción. Usted desconoce cuáles son o no las conoce o si las tiene, pudiera detallarnos cuáles pueden ser las causas que generan una percepción de corrupción en el Poder Judicial.

VERÓNICA JUDITH SÁNCHEZ VALLE: No podría citarlas ahorita, señor senador.


Gracias.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias senador.

Preguntaría a las y los integrantes de esta comisión si desean hacer alguna otra intervención.

Senador Casillas.

SENADOR JESÚS CASILLAS ROMERO: Magistrada, muchísimas gracias en esta comparecencia.


Ha dado respuesta amplia a los cuestionamientos de todas las senadoras y los senadores, no solamente respuestas jurídicas, sino algunos ejemplos y también inclusive haciendo referencia hasta a dichos populares, que por cierto el ejemplo que usted puso del “negrito en el arroz”, no tiene que ver con un asunto de discriminación.

El tema del “prietito en el arroz”, tiene que ver para hacer una diferenciación de una cosa con la otra, ni siquiera es a personas, es en arroz encontrar un frijol, por ejemplo, y tratándose del tema de corrupción y que de alguna manera prácticamente cinco horas de comparecencia, ha tenido la gran disposición de responder todo lo que le hemos cuestionado y que hoy lo que corresponde a esta comisión es emitir un dictamen de si es usted elegible o no y será el pleno del Senado de la República quien le toque tomar la última decisión.


Por mi parte yo le quiero decir que me quedo satisfecho con su exposición, con su participación y que para mí, en lo particular, todos los candidatos, todas las integrantes de la terna merecen todo mi respeto y que yo habré de tomar una decisión de acuerdo a lo que he escuchado, de acuerdo a los documentos que hizo llegar y de acuerdo a lo que de alguna manera determinemos en el grupo parlamentario.

Pero previo en el grupo, con un debate amplio, hemos tenido la oportunidad, tanto la senadora Ivonne Álvarez, de mi grupo parlamentario como un servidor, estar atentos aquí y haremos nosotros, en su momento, del conocimiento, los comentarios correspondientes.

Le deseo éxito, muchas gracias y quedamos a las órdenes.

SENADOR FERNANDO YUNES MÁRQUEZ: Gracias senador Casillas.

Siendo ésta la última intervención que tenemos registrada, daríamos por concluida la comparecencia de la magistrada Verónica Judith Sánchez Valle, agradeciéndole su presencia ante esta Comisión de Justicia y el Senado de la República.


Muchas gracias y el día de mañana reanudamos sesión a las nueve de la mañana para continuar con las comparecencias.

Gracias.

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