Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Ante esta circunstancia, me permito hacer de su conocimiento –senador Presidente– que la lista de asistencia, bueno, sí está firmada por la senadora Ivonne Álvarez y además, también en la votación ella asentó su voto a las 21:30 horas, porque así lo registró ella misma…

SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Dos horas después.
SENADOR ZOÉ ROBLEDO ABURTO: Dos horas después, efectivamente, de que usted tuvo conocimiento de un primer documento.
Lo que también es importante destacar es que al momento de emitir su voto, la senadora Ivonne Álvarez, que votó en contra, emitió un argumento de razones por las cuales estaba votando en contra; argumentos y razones que es importante que también conozca el Pleno de estas Comisiones Unidas.
Por eso, como usted lo mencionó ayer de manera muy puntual, respecto a que el día de hoy reiniciaríamos con este procedimiento y su desahogo, quisiera además de tomarle la palabra –senador Presidente–, en mi calidad de secretario de la Comisión de Estudios Legislativos, me permitiera dar a conocer a estas Comisiones Unidas, tanto la opinión de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; y por supuesto también, porque eso es obvio que no lo podíamos conocer porque no existía aún, dar a conocer también a estas Comisiones Unidas los argumentos de la senadora Ivonne Álvarez para votar en contra, que también es un material relevante para el conocimiento de estas Comisiones.
Por lo cual, yo le quisiera solicitar, señor Presidente, si me permitiera dar lectura a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; así como a los argumentos de la senadora Ivonne Álvarez.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Con mucho gusto, y lo vamos a hacer así, si usted es quien desea hacer lectura de los mismos, no tenemos ningún inconveniente, senador.
Nada más déjeme darle el uso de la palabra a Isidro Pedraza, que había pedido también la palabra para este asunto, y poder conocer públicamente de dichos documentos; porque el extrañamiento de la Mesa es que ayer se nos dijo que había un documento firmado por la senadora a las 19:30 horas, y el documento que yo tengo a mi alcance, donde firma la senadora, señala con precisión que fue firmado a las 21:30 horas y su acuse de recibo a la citada Comisión, es de hoy por la mañana. Entonces, la verdad es que sí nos llama la atención.
Yo le pediría al senador Isidro Pedraza, para darle el uso de la palabra cuando lo pidió en este mismo tema.
SENADOR ISIDRO PEDRAZA CHÁVEZ: Gracias, Presidente.
Creo que en el sentido…
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Senadores, permítame, senador. Chon.
Adelante, senador, por favor.
SENADOR ISIDRO PEDRAZA CHÁVEZ: En el sentido de lo que he estado proponiendo, donde yo le pedí ayer que no continuara, y no lo decía por ser majadero, sino para que no siguiera con el procedimiento que estaba iniciando.
La intención de su servidor, particularmente parte de que se pudiera dar a conocer, acabado en el momento la discusión en lo general del proyecto de dictamen de las Leyes de Hidrocarburos, de Minería y las que hemos estado revisando; que pudiera darle entrada a la lectura de la opinión que el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática hizo ante la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias.
La intención tiene como objeto agilizar los trabajos de esta Comisión, porque lo que marca el Reglamento es que inmediatamente después de terminada la discusión en lo general, se hace la reserva, como ya se ha hecho y dado a conocer por usted; y se procede inmediatamente a la votación en lo general.
De tal suerte que aquí, con lo que se consultó a la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias, era la pregunta que si es correcto normativamente abrir una discusión en lo particular sin antes haber votado en lo general un proyecto de dictamen.
Y la siguiente pregunta, del agrupamiento de reservas en un solo acto para ser desahogadas en 15 minutos, como lo establece la fracción V del proyecto de dictamen.
Con la intervención del senador Zoé me queda claro que sería como método el poder establecer la lectura –como él lo ha planteado– tanto de la sesión que se llevó en la Comisión, como la argumentación por escrito que presentó mi compañera senadora Ivonne Álvarez García y que esto deje de manifiesto algo que empieza a parecerse de “sospechosismo”, que no había habido reunión, que no había habido dictamen y que se firmó una hora y se entregó por enterado a otra y que esto cambia las cosas.
Yo quiero decirle que el día 11 de junio se llevó a cabo la reunión a las 10 de la mañana en la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, presidida por su presidente, el senador Javier Corral. En su oficina asistió la senadora Ivonne, no se levantó lista de asistencia de esa primera reunión. Al día siguiente nos volvemos a reunir a las 8 de la mañana y se levantó lista de asistencia.
Ahí se discutió el proyecto de opinión –que, en este caso, sería de resolución– y a partir de esa discusión pidió la senadora Álvarez un tiempo para presentar sus argumentos por escrito, tiempo que se le concedió para que lo pudiera presentar y fue el caso que el día miércoles a las 10 de la noche entregó por escrito su opinión y nos volvimos a reunir para analizar la opinión por escrito de la señora senadora y acordamos los términos del documento y ella pidió un tiempo para votar en este sentido.
De tal suerte que lo hizo, porque ayer cuando presenté el documento no traía el voto, yo nada más traía el documento de opinión, me dijeron que querían el acta; traje el acta el día de hoy –que le he entregado, señor Presidente– ahí aparecen las firmas de asistencia y aparece en el acta de votación el sentido del voto de cada uno de los tres senadores que integramos esta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Razón por la cual, yo creo que lo conducente, lo que procede es que, en los términos que lo ha planteado el senador Zoé Robledo, en su carácter de secretario, pueda darle lectura al contenido de la opinión de la consulta realizada por la fracción del Partido de la Revolución Democrática en el Senado de la República firmada por el senador Barbosa y la senadora Dolores Padierna.
Y hay una argumentación muy clara que se está dando aquí, que es el 102 de la Ley Orgánica lo que me da facultades, donde está plenamente sustentada la facultad para emitir esta opinión, pero en esos abundamientos yo quisiera hacerlos después, si me lo permite el Presidente que se haga la lectura para que le demos agilidad a esta sesión.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Senador Pedraza, con mucho gusto. Muchas gracias por su intervención.
Le voy a dar el uso de la palabra al senador Robledo, pidiéndole que dé lectura al acuerdo firmado por esta Comisión, ya con la firma de la senadora.
Y entre los documentos que usted me ha hecho llegar, senador Pedraza, le rogaría, porque no lo tengo a la mano, me imagino que sí hubo reunión, como usted bien lo dice, hubo convocatoria a la misma. No lo tengo en mi poder, le rogaría que me hiciera favor de llegar, en lo que lee el senador Zoé Robledo, me haga llegar la convocatoria.
Senador Robledo, tiene usted la palabra.
Le rogaría que lo leyera en el acuerdo y luego el razonamiento del voto de la senadora Álvarez, por no estar presente.
SENADOR ZOÉ ROBLEDO ABURTO: Con mucho gusto, senador Presidente.
Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, opinión de la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias sobre la consulta formulada por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Con fundamento del artículo 102 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se emite opinión sobre las interrogantes formuladas por el Grupo Parlamentario  del Partido de la Revolución Democrática, a través de su coordinador, respecto al proyecto de acuerdo presentado en las Comisiones Unidas de Energía y de Estudios Legislativos Primera, el día 10 de los corrientes, en donde se establece el procedimiento a seguir para la discusión de los dictámenes de leyes secundarias en materia energética, de conformidad con los siguientes antecedentes:
1.- En fecha 30 de abril del año en curso el titular del Ejecutivo Federal envió al Senado de la República, para su discusión y aprobación un conjunto de iniciativas en materia energética, las cuales fueron turnadas en la misma fecha a las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera.
2.- En fecha 26 de mayo del presente año, las comisiones unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera aprobaron el acuerdo de sus juntas directivas por el que se establece la organización y el método de trabajo para el estudio y la elaboración de los proyectos de dictamen correspondientes de las iniciativas en materia energética.
3.- Con fecha 10 de junio del presente año, las juntas directivas de las Comisiones Unidas de Energía y de Estudios Legislativos Primera aprobaron el acuerdo en que se establece el procedimiento a seguir para la discusión de los dictámenes de las leyes secundarias en materia energética.
4.- El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, mediante oficio número GPPRD/ST/0372/0620114, de fecha 10 de junio del 2014 y signado por el senador Miguel Barbosa Huerta, Coordinador del Grupo, y por la senadora Dolores Padierna Luna, Vicecoordinadora del señalado grupo parlamentario, solicitó una opinión relativa al acuerdo de las comisiones unidas, mencionado en la fracción anterior de estos antecedentes.
Consideraciones.
Primera.- Con fundamento en el artículo 102 de la Ley Orgánica de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, dentro de otras funciones, está facultada para desahogar las consultas que le son planteadas por los organismos constituidos, en virtud de la Ley Sobre las Materias Relativas a las Normas, Prácticas Parlamentarias y a las que se refiere el protocolo.
Segunda.- Respecto al derecho de los grupos parlamentarios para formular consultas a esta Comisión, sobre asuntos que deba dar su opinión, los grupos parlamentarios son órganos constituidos, según lo establece el artículo 71, numeral primero, de la Ley Orgánica del Congreso General.
El artículo tercero, numeral primero de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, señala que el Congreso y las Cámaras tendrán la organización y funcionamiento que establezca la Constitución Política, esta ley, las leyes de funcionamiento del Congreso General y de la Comisión Permanente, así como los reglamentos y acuerdos que cada uno de ellos expida, sin la intervención de la otra.
La forma de organización que este Senado se ha dado es a través de los siguientes organismos:
Mesa Directiva, capítulo segundo de la ley.
Grupos Parlamentario, capítulo tercero.
La Junta de Coordinación Política, capítulo cuarto.
Comisiones, capítulo cinco.
El artículo 25, numeral tres, del Reglamento del Senado, reconoce a los grupos parlamentarios cómo la forma de organización de los senadores que contribuyen al funcionamiento entre las comisiones y coadyuven al mejor desarrollo del proceso legislativo, así como también permiten salvaguardar la disciplina parlamentaria, de conformidad con disposiciones legales.
En suma, las anteriores disposiciones reconocen a los grupos parlamentarios como forma de organización parlamentaria, necesarios en el trabajo legislativo de la Cámara de Senadores, por tanto tienen derecho a solicitar opiniones a esta comisión.
Tercera.- En el acuerdo de fecha 10 de junio de 2014, las juntas directivas de las Comisiones Unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera acordaron, en su numeral dos, fracción quinta, lo siguiente:
Fracción quinta: Agotada la discusión en lo general, se procederá a abrir la discusión en lo particular para lo cual los senadores que así lo deseen podrán reservar por escrito o de viva voz los artículos que quieran discutir.
Se abrirá un registro de las reservas recibidas y se procederá a darle el uso de la palabra a los senadores para que presenten en bloque sus respectivas reservas hasta por 15 minutos.
Cuarta. Debido a lo anterior, el Grupo Parlamentario del PRD plantea a esta Comisión las siguientes interrogantes:
Primera. ¿Es correcto normativamente abrir una discusión en lo particular sin antes haber votado en lo general un proyecto de dictamen?
Y la segunda pregunta: ¿Puede establecerse en un acuerdo la presentación en bloque de las reservas, o es una atribución de cada legislador que presenta la reserva?
Quinta: La consulta formulada se debe a la diferencia de criterios entre el Grupo Parlamentario del PRD y las Comisiones Unidas de Energía y Estudios Legislativos Primera por la forma en que se llevarán a cabo la discusión y votación de las iniciativas en materia energética y si es legal el acuerdo tomado por las juntas directivas de las Comisiones Unidas.
La consulta será en ese contexto con el fin de que esta Comisión emita una opinión y señale su criterio.
Este tipo de trabajos forman parte de lo que el Artículo 102 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos denomina adecuar las normas camarales.
En el caso es ver el apego del mencionado acuerdo al Marco Jurídico Interior de esta Cámara, así como de las prácticas parlamentarias.
En razón de los anteriores antecedentes y consideraciones, los integrantes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, emitimos la siguiente opinión:
Respecto de la primera pregunta, no sólo es incorrecto normativamente sino que se trata de una violación directa al Artículo 149, numeral 2, fracción tercera y cuarta del Reglamento del Senado de la República, que en su parte conducente establece lo siguiente:
Artículo 149: Primero. Las reuniones de Comisión, el Presidente de la Junta Directiva conduce las discusiones con el auxilio de los secretarios.
Segundo. Para el desarrollo de las discusiones, los integrantes de la Comisión hacen uso de la palabra bajo las siguientes reglas:
Primero. Quien presenta un proyecto de dictamen o resolución, hace una intervención inicial hasta por 15 minutos. De ser necesario, la Comisión puede ampliar dicho lapso.
Segundo. Cada senador interviene hasta por un tiempo máximo de 15 minutos.
Tercero. Una vez que hacen uso de la palabra quienes la han solicitado, el Presidente consulta si el asunto está suficientemente discutido. Si la respuesta es negativa, se continúa la discusión mientras haya senadores inscritos en la lista de oradores.
Cuarto. Los senadores pueden reservar artículos de un proyecto de dictamen o resolución para su discusión en lo particular y en este caso el tiempo máximo de cada intervención es hasta de 10 minutos.
Y, quinto. Concluida la discusión de un proyecto de dictamen o resolución, se procede a su votación.
Continúa la opinión de la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias:
En las disposiciones transcritas se detalla el procedimiento de discusión en comisiones de los proyectos de dictamen, previniendo el derecho que asiste a las y los senadores de hacer uso de la palabra para discutir, en lo general el proyecto, y en lo particular los artículos reservados.
La práctica parlamentaria de esta Cámara ha sido invariablemente la de votar los proyectos de dictamen primero en lo general y posteriormente discutir en lo particular las reservas que hayan hecho los legisladores.
Debemos recordar que las comisiones en lo general, son los órganos especializados del Senado de la República que su análisis y puntos de vista enriquecen las propuestas legislativas a dictaminar.
Derivado de esta circunstancia el debate en las comisiones es más intenso que en el propio Pleno, ya que la discusión se da a partir de diversos puntos de vista y el intento de acercar una posición que sea aceptada por la mayoría de los grupos o legisladores.
Por lo anterior, es incorrecto invocar el contenido en el numeral dos del artículo 187 del Reglamento del Senado de la República, que a la letra, dice:
“Artículo 187. I- En las discusiones y votaciones de proyectos de dictamen en las reuniones de Comisiones Unidas, se aplican en lo conducente las normas establecidas en el capítulo séptimo, del título VI de este Reglamento.
II- Cuando las circunstancias para el desahogo de una iniciativa y proyecto así lo requieran, las Comisiones Unidas podrán acordar un formato especial para la formulación y discusión de un dictamen”.
Por ser contraria a la práctica parlamentaria que rige la deliberación de los temas tratados en el Poder Legislativo –nuevamente esta es la opinión de la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias–, ya que el supuesto del numeral 2 del artículo 187 del citado Reglamento, plantea la existencia de circunstancias que por definición son causas de excepción, que podrían ser la urgencia o el grave peligro; tales como la desaparición de poderes en una entidad federativa o la suspensión de garantías, cuestión que no existe en la discusión de Leyes Reglamentarias en Materia Energética.
El Reglamento puntualiza la obligación de las Comisiones Unidas de ajustarse a sus disposiciones, ello deriva de la lectura del numeral 1, del artículo 187, donde con toda claridad establece que las discusiones y votaciones de las Comisiones Unidas, se rige por lo previsto en el capítulo séptimo del título VI, en donde se ubica el artículo 149, transcrito en la página 3 de ese documento.
Sustentado en el principio jurídico que dice: “Donde existe la misma razón, hay el mismo derecho”, y tomando en cuenta que el fin de las normas parlamentarias es propiciar el debate legislativo; para ello el Reglamento señala que la discusión se debe de hacer de una manera ordenada y racional. Al efecto, son de aplicación los siguientes artículos:
El artículo 198, numeral 1 del Reglamento del Senado, en su parte conducente establece lo siguiente: “Por lo que se refiere a su texto normativo y régimen transitorio, los dictámenes se debaten y votan primero en lo general y después, en lo particular”.
Artículo 199: “Los debates en lo general se refieren a la totalidad o sentido fundamental del dictamen, y se sujetan a lo siguiente:
Una vez leído o presentado el dictamen conforme lo señala el artículo 196 de este Reglamento, o bien se haya dispensado su lectura, si hay voto particular respecto de todos sus elementos, su autor o uno de sus autores expone los motivos y el contenido del mismo.
De haber acuerdo para ello, se expresan las posiciones de los grupos parlamentarios. Las intervenciones se realizan en orden creciente al número de integrantes de cada grupo.
A continuación, el Presidente formula una lista de oradores en contra y otra a favor del dictamen, y las da a conocer al Pleno. De no inscribirse ningún orador, se pone de inmediato a votación.
De haberse formado listas, los oradores intervienen alternativa en contra y a favor. Inicia el primero registrado en contra.
Cuando han hablado hasta cinco oradores en contra y cinco a favor, el Presidente informa sobre quiénes han intervenido, así como los nombres de los inscritos pendientes de hacerlo, y consulta al Pleno si el asunto ha sido suficientemente debatido o no.
Si el pleno considera que sí, el Presidente declara concluido el debate y ordena proceder a la votación.
Si el Pleno responde que no ha sido suficientemente debatido, continúan las intervenciones pendientes. El Presidente repite la consulta cuando han intervenido tres oradores más de cada lista, y así en lo sucesivo.
Cuando únicamente se registran oradores para intervenir en un solo sentido, pueden hacerlo hasta dos de ellos. Al concluir, el Presidente procede conforme a lo indicado en la fracción V de este artículo y, de acuerdo con la respuesta del Pleno, continúa una intervención más. Y así sucesivamente o se declara concluido el debate, y el dictamen se someterá a votación.
Cuando se agota la lista de los oradores registrados, el Presidente declara concluido el debate en lo general y se procede a la votación del dictamen.
Artículo 200. Concluido el debate en lo general, el Presidente abre el registro para la reserva de artículos o la presentación de adiciones al texto normativo del dictamen; los cuales serán objetos de debate y votación en lo particular. El Presidente informa al Pleno sobre los artículos reservados o las adiciones propuestas; así como de los votos particulares que se refieren los artículos o apartados específicos del dictamen.
Tercero. Inmediatamente ordena someter a votación en un solo acto el dictamen en lo general y los artículos no reservados.
Artículo 201.
Primero. Los debates en lo particular se refieren a los artículos reservados contenidos en el cuerpo normativo de un dictamen, sea para suprimirlos o modificarlos.
Segundo. Los debates en lo particular también se refieren a propuestas de adición de artículos al cuerpo normativo de dictamen.
Tercero. Cada artículo o grupo de artículo reservado a propuesta de adición se debate y resuelve sucesivamente en el orden que le corresponde dentro del cuerpo normativo del dictamen.
Artículo 202.  Para los debates en lo particular sobre artículos reservados o adicionales, el presidente procede a desahogar cada propuesta registrada de la manera siguiente:
El autor o, en su caso, un representante de los autores, explica al Pleno el sentido y los alcances de la misma.
Segundo. Se consulta al Pleno si se admite o no a debate.
Tercero. Si no se admite, se tiene por desechada. En su oportunidad, se somete a votación el artículo reservado en los términos del dictamen.
Cuarto. De admitirse, se levanta lista de oradores en contra y a favor e inicia el primero registrado en contra.
Quinto. Concluida cada ronda de dos oradores en contra y dos a favor, se consulta al Pleno si el asunto ha sido suficientemente debatido o no. En función de la respuesta, se dispone lo previsto en las fracciones sexta y séptima del párrafo primero del artículo 199 de ese reglamento, en cuyo caso intervienen hasta dos oradores en el nuevo turno.
Sexto. De sólo registrarse oradores a favor, al concluir sus intervenciones, los dos primeros proceden de acuerdo a la fracción anterior.
Séptimo. Agotada la lista de intervenciones registradas se declara concluido el debate y, previa lectura por un secretario a considerar, se somete a votación del Pleno. De ser aprobado, se incorpora en el cuerpo normativo; de no ser así, prevalece en los términos originales propuestos en el dictamen y se somete a votación el artículo reservado”.
Continúo con la opinión de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
“Por lo anterior, a las y los senadores integrantes de las Comisiones Unidas les asiste el derecho a discutir en lo general el proyecto de dictamen, según se desprende de los artículos citados. Concluida esa etapa, se procederá a la discusión en lo particular de los artículos reservados.
La normatividad de este Senado en distintos momentos establece que es la ley y el reglamento los que norman su actuar y en lo no previsto por estas disposiciones se resolverá por acuerdos parlamentarios particulares.
Dichos acuerdos jerárquicamente son menores a la ley y al reglamento y tienen un carácter temporal. No podrá el Senado ni sus órganos sustituir las obligaciones legales y procedimentales con acuerdos de sus comisiones; de lo contrario, será darle una naturaleza de renunciables a las normas parlamentarias, lo cual vulnera lo previsto en el artículo 1º, numeral dos, del Reglamento del Senado, entre otras disposiciones.
El procedimiento legislativo, tanto en sesiones del Pleno como en sesiones del Comisiones, es fundamental respetarlo, ya que el Senado es un órgano compuesto por iguales o pares, donde las mayorías deben de respetar a las minorías.
Las disposiciones reglamentarias son irrenunciables por su carácter procedimental que les da la categoría de normas de orden público. Los acuerdos que pueden emitir las comisiones deberán de ser en asuntos no previstos en el marco jurídico ya mencionado”.
Procedo a dar lectura al inciso B) de la opinión de esta Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias:
“En relación con la respuesta a la segunda pregunta, no están las Comisiones facultadas para obviar trámites reglamentarios por mayoría de votos, siendo una disposición que no deja lugar a interpretaciones distintas la prevista en la fracción IV, numeral dos, del artículo 149 del Reglamento, que para mayor comprensión se transcribe: Los senadores pueden reservar artículos de un proyecto de dictamen o resolución para su discusión en lo particular. En este caso, el tiempo máximo de cada intervención es hasta de 10 minutos.
A mayor abundamiento, el artículo 200 del reglamento establece que concluido el debate en lo general, el Presidente abre el registro para la reserva de artículos o la presentación de adiciones al texto normativo. Los artículos 201 y 202 del mismo ordenamiento establecen la forma en que se dará la discusión en caso de reservas.
Pretender obviar la discusión de los artículos reservados bajo el método de bloque, para exponer las razones de la reserva en 15 minutos es absolutamente contrario a la práctica parlamentaria. Invariablemente el Senado de la República se ha sujetado a los artículos anteriores, o sea, a discutir las reservas artículo por artículo, salvo en el caso que los legisladores o los grupos parlamentarios acuerden que por economía procesal y dado el tipo similitud de las reservas, sean discutidas en grupos de artículos.
Pero ello, incluso cuando así lo acuerden los grupos parlamentarios, se mantiene como prerrogativa del legislador que hizo la reserva, sujetarse a ello o no.
El procedimiento establecido en el Reglamento del Senado lo que privilegia es la discusión informada y ésta encuentra mayor sentido que se realice en los órganos de deliberación especializado, como lo son las comisiones.
El anterior procedimiento no es posible evadirlo o eludirlo por un acuerdo de comisiones, ya que como se señaló en la primera pregunta, no son renunciables los derechos y deberes que impone el proceso legislativo a las comisiones.
En suma, primero, los grupos parlamentarios tienen derecho a solicitar opiniones de esta comisión. Esta Comisión está facultada para desahogar las consultas que le planteen los órganos del Senado de la República.
Segundo.- Los acuerdos que las comisiones unidas emitan no podrán sacrificar las disposiciones reglamentarias sobre operación y funcionamiento de las comisiones, sino que se deben ceñir a los reglamentos.
Los acuerdos que se lleguen a emitir serán complementarios y no suplementarios de las normas.
Tercero.- Las Comisiones tienen mayor obligación de debatir por su naturaleza de ser órganos especializados.
Cuarto.- La discusión de las llamadas reformas en materia energética no está dada en una circunstancia que amerite aminorar el tiempo de deliberación.
Por el contrario, la naturaleza de las iniciativas obliga a debates amplios y profundos, dado que tendrán enormes repercusiones económicas y sociales para el país.
Dado en la ciudad de México, a los 12 días del mes de junio del año 2014.
Y se anexan las firmas a esta opinión del senador Javier Corral Jurado, Presidente a favor; de la senadora Ivonne Álvarez García, secretaria, en contra, y del senador Isidro Pedraza Chávez, Secretario, a favor, así como una lista de asistencia de la reunión ordinaria del 12 de junio del 2014, firmada por todos los integrantes de la comisión.
Me había pedido si daba lectura también al argumento adicional que había emitido la senadora Ivonne Álvarez.
La senadora Ivonne Álvarez, en su propia firma de si votación en contra, argumenta lo siguiente y viene fechado el 12 de junio del 2014, a las 21:30 horas, en contra por las consideraciones y argumentos que en su momento presenté a esta comisión.
Es cuando, senador Presidente.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Gracias, senador Robledo.
Me ha pedido el uso de la palabra para este tema el senador Raúl Gracia, Presidente de la Primera Comisión.
SENADOR RAÚL GRACIA GUZMÁN: En primer término, el día de ayer lo que motivó que se decretara el receso antes de entrar a este debate, fue precisamente la solicitud que hicimos al senador Pedraza de que hiciera llegar a la mesa directiva la convocatoria, convocatoria que hasta el momento no hemos recibido.
Igualmente nos sorprende que el senador Pedraza hubiese anunciado que existía este dictamen a las ocho de la noche aproximadamente, que fue el momento en que decretamos un receso a esta reunión permanente.
Y, contrario a eso, por una incompatibilidad temporal a la existencia, en ese momento, del dictamen en cuestión, la presunta firma de la senadora Ivonne Álvarez, establece que lo firmó a las 21:30 horas del día 12 de junio de 2014, es decir, de ayer.
Es decir, si es que lo llegó a firmar, porque a mí no me consta, lo firmó con posterioridad a que el senador Isidro Pedraza señalase que este dictamen ya existiese.
Entonces, la falta de convocatoria, el anuncio de un dictamen que era imposible que existiese, pone en duda este tema.
Igualmente nos pone en duda y riesgo que existe también la presunta firma del senador Javier Corral.
Por qué digo que me sorprendería que fuese la firma del senador Corral, no puedo decir sí o no porque el señor es un legislador con demasiado talento y el señor sabe que está impedido a pronunciarse cuando hay conflicto de interés, y qué mayor conflicto de interés que un juzgador que da a priori, es decir, prejuzga respecto de un tema como lo hizo aquí en esta Comisión.
Pero todavía más: exhorta, motiva, acciona, porque lo dijo también y debe constar en los audios de estas reuniones, al Grupo Parlamentario del PRD a que solicite esta opinión, que fue exactamente lo que ocurrió. Esta supuesta opinión deviene de una solicitud expresa del PRD
La solicitud nos la hizo llegar de forma directa, una copia, el Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, el senador Miguel Barbosa. Eso no lo puedo poner en duda.
En consecuencia, en el mejor de los casos estaríamos hablando de un empate, porque el senador Corral está claramente imposibilitado para tocar este tema, no solamente porque prejuzgó, no solamente porque excitó a la parte a solicitarlo, sino además porque estableció de forma clara, obvia y pública, que él estaba en el tenor de un interés de tener una interpretación en cierto sentido en función de que en un diverso dictamen de otra materia y de otras comisiones, él desearía, en su interés legítimo, que el debate se llevara de determinada forma.
En consecuencia, en el mejor de los casos tendríamos un empate.
Yo pediría, honestamente, que se nos hiciera la convocatoria. Podríamos tener de enterada esta comunicación y remitirla para sus efectos a la Mesa Directiva.
Si abundan en el debate con mucho gusto explicaré en posterior ocasión por qué remitirla a la Mesa Directiva.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Quisiera hacer una observación que me ha hecho llegar el Partido Revolucionario Institucional:
Le pedí al senador Zoé Robledo que leyera los argumentos que hizo llegar en su momento la senadora Ivonne Álvarez a la Mesa y me dice el senador que no cuenta con ellos.
A mí, a nosotros nos hizo llegar la senadora Ivonne Álvarez dichos argumentos.
Tengo registrados al senador Miguel Barbosa, al senador Encinas y al senador Isidro Pedraza. Pero antes les rogaría que, como fue parte del trámite anterior, el Secretario de la Primera Comisión de Estudios Legislativos, Miguel Ángel Chico, nos hiciera favor de leer el documento de la senadora Ivonne Álvarez.
SENADOR MIGUEL ÁNGEL CHICO HERRERA: Con mucho gusto senador Presidente.
Primero, los fundamentos jurídicos invocados respecto del Artículo Tercero, numeral 1, y 166 numeral 2 del Reglamento del Senado, no aplican para sustentar la consulta.
El Artículo Tercero numeral 1, “establece de forma expresa y literal la interpretación del Reglamento está a cargo de la Mesa. Para ello puede consultar a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias” –cierra comillas”.
Como se aprecia de la lectura integral del proyecto, en ningún momento se exhibe evidencia documental que demuestre que la Mesa Directiva del Senado ha llevado a cabo actos para ejercer su facultad e interpretación de los preceptos reglamentarios y en consecuencia no ha solicitado a la Comisión su intervención a través de consulta, por lo que el fundamento no es aplicable.
El Artículo 166, numeral 2 del Reglamento, refiere: “Tiene también el carácter de proyecto de ley o decreto las propuestas que presenta la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias en términos del Artículo 102 de la Ley”.
Como se desprende la simple lectura del dispositivo, la materia del proyecto en comento es resolver una consulta, no así un proyecto de ley o Decreto, por lo que resulta inaplicable dicho fundamento.
Dos. La estructura lógica del apartado “antecedentes”, carece de una adecuada metodología, en la que de forma sistemática se realice una relación de cada uno de los hechos notorios y relevantes que justifiquen la actividad de la comisión en este tema por los motivos siguiente:
No establece el contexto del trabajo de Comisiones Unidas en torno a las reformas en materia de energía.
No alude al acuerdo de la Mesa Directiva y de la Junta de Coordinación Política, en relación a los criterios para la recepción, dictamen y programación de los trabajos para el análisis de las denominadas coloquialmente como Reformas Secundarias.
No hace referencia de tiempo y espacio respecto del acuerdo de Comisiones Unidas de Energía y de Estudios Legislativos Primera, respecto del procedimiento de análisis de los dictámenes en materia de la reforma para establecer con claridad la litis.
No se realiza una descripción del contenido de la solicitud formulada por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
No se dan elementos sobre el procedimiento al que se sujetó dicha solicitud y sobre el turno formal a la Comisión de Reglamentos.
3- Se formulan en los numerales I y II del apartado antecedentes, consideraciones de carácter político, en relación a los actos deliberativos de los órganos legislativos, sin el correspondiente sustento doctrinal, lo que revela su carácter eminentemente subjetivo y de apreciación personal de quien formula el proyecto.
Es poco puntual la referencia del numeral II, cuando versa: “Los debates parlamentarios tienen laxitud, de lo contrario, la mayoría sería insensible a los reclamos de las minorías y sería un órgano parlamentario no plural, sino intolerante”.
Por cuanto sostiene que los debates tienen laxitud, los debates parlamentarios en el derecho mexicano, están sujetos a reglas específicas en cuanto a circunstancias de tiempo, modo y lugar; las cuales están consignadas de forma taxativa en los reglamentos de cada una de las Cámaras, por lo que no es sostenible que en aras de preservar el derecho al debate o a la opinión, no se apliquen las reglas precisas que norman su desarrollo, de acuerdo al Reglamento o a los acuerdos que se adopten sustentados en éste, y se prolonguen indefinidamente.
A mayor abundamiento, es evidente que los debates no son laxos, que se consignan de esa forma en los siguientes artículos del Reglamento:
Artículo 88. I- El número y el orden de participantes en los debates los establece el Presidente, conforme al Reglamento. En los debates que por su trascendencia así lo ameriten el Pleno, a propuesta de la Mesa, podrá determinar que se desarrollen bajo acuerdo especial que los regule en cuanto al número, orden y duración de las intervenciones.
Artículo 90. Para el debate de los asuntos que se votan, se enlistas los oradores en contra y en pro de manera alternada, conforme se solicita el uso de la palabra.
5. De no registrarse oradores o de considerarse suficientemente discutido el asunto, se somete de inmediato a votación, cuando así procede.
6. La referencia a la etimología del tópico “opinión”, está fuera de lugar y de contexto, pues el debate parlamentario y los instrumentos producto de la actividad legislativa, no pretenden establecer verdades absoluta; sino construir visiones armónicas entre la prescripción normativa y el acto jurídico emanando del legislador, cuidando en todo momento el respeto al principio de legalidad contenido en la Constitución.
7. Es indebida la atribución que se arroja a la Comisión en el primer párrafo de la página 2 del proyecto, cuando refiere: “Con base en una interpretación sistemática del cuerpo normativo que rige al Congreso de la Unión”. En tanto que como se ha señalado y se reitera, la Comisión no tiene facultades legales para llevar a cabo interpretaciones al Reglamento, como se ha sostenido; y mucho menos para aplicar métodos de interpretación.
Lo anterior, en armonía con el texto del numeral 3 del artículo 3º del Reglamento: “La interpretación del Reglamento se realiza conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, y con base en los principios generales de derecho”.
8. Por lo que se refiere al cuarto párrafo del apartado opinión contenido en la página dos, se estima necesario precisar la terminología utilizada, ya que la Comisión “no desahoga consultas que le formulen y emitir una opinión”.
La acción que realiza el resolver conductas directamente sobre las normas que rigen las actividades camarales, formuladas por órganos constitutivos de acuerdo a la ley.
7. Es imprecisa la afirmación contenida en el primer párrafo de la página tres del proyecto cuando pretende dar respuesta a la primera pregunta. La afirmación carece de metodología y contradice su propia referencia a la interpretación sistemática, pues no hace una relación integral concatenada y precisa de todos los preceptos que regulan los debates parlamentarios, particularmente los que se llevan a cabo en Comisiones, señalando de forma precisa las reglas excepciones que el propio reglamento establece.
Es pobre y limitada la referencia al artículo 149, pues no se analiza de forma integral a la luz de lo que establecen otros dispositivos normativos, como lo es el propio artículo 187 del reglamento.
Para llevar a cabo un adecuado análisis temático aplicado al caso concreto, se debe partir de la base de cuáles son las reglas aplicables a la discusión de proyectos.
La composición del artículo 187 del Reglamento establece dos supuestos normativos: la regla general y la excepción.
“Artículo 187. Uno. En las discusiones y votaciones de proyectos de dictamen en las reuniones de Comisiones Unidas se aplican en lo conducente las normas establecidas en el capítulo séptimo del título sexto de este reglamento. Dos. Cuando las circunstancias para el desahogo de una iniciativa o proyecto así lo requieran, las Comisiones Unidas pueden acordar un formato especial para la formulación y discusión de un dictamen”.
Como se aprecia, de la lectura textual y la interpretación gramatical, en el numeral segundo se establece el caso de excepción que tienen los siguientes elementos:
a) Un caso de excepción cuando las circunstancias para el desahogo de una iniciativa o proyecto así lo requieran.
b) Facultad expresa para las Comisiones Unidas.
c) Formato especial para la formulación y discusión de un dictamen.
En el caso que nos ocupa está plenamente acreditado que se trata de un asunto bajo circunstancias excepcionales, por lo siguiente:
a) Se trata de reformas reglamentarias a una reforma constitucional que requiere su instrumentación.
b) La consideración de proyectos de ley que, por su importancia y trascendencia, fueron materia de un acuerdo parlamentario específico suscrito por los dos órganos parlamentarios de gobierno del Senado de la República que ameritaron el establecimiento de un marco general al que se sujetaría el proceso de análisis y discusión en Comisiones para garantizar la transparencia, la máxima publicidad y para dar certeza al proceso de votación respectiva.
c) Los proyectos de referencia representan puntos nodales dentro de la agenda legislativa de diversos grupos parlamentarios que establecen las bases sobre las cuales se lleva a cabo el desahogo de los trabajos del Senado de la República.
8. No se estima aplicable al caso concreto el principio “Donde exista la máxima razón, hay el mismo derecho”, por cuanto la construcción de la normativa parlamentaria establece con meridiana claridad en qué supuestos es posible aplicar la interpretación, la analogía o, en su caso, la suplencia normativa.
Lo anterior, en relación al artículo 198, numeral uno, dichas disposiciones son de aplicación exclusiva del procedimiento de debate y discusión del Pleno, no así de Comisiones.
9. Respecto de las referencias de los párrafos tercero y cuarto de la página cuatro del proyecto, en la que se formulan consideraciones en torno a la jerarquía normativa de los acuerdos parlamentarios, el relativo al formato que establecieron las comisiones está sustentado en el marco de lo previsto en el caso de excepción del artículo 187, numeral dos; por lo que es erróneo el silogismo que formula.
10.- Respecto a las referencias a la respuesta a la segunda consulta, contenido en los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo, la metodología de interpretación es incorrecta, por las razones expuestas con anterioridad, ya que no hay integralidad en el análisis de los preceptos, cita dispositivos aplicables exclusivamente a las tareas del pleno y atenta contra la facultad reglamentaria de las comisiones, para establecer un formato especial en los términos del multicitado artículo 187, numeral dos, del Reglamento.
11. La opinión carece de un apartado de conclusiones sistematizadas y concatenadas, en las que haya una relación congruente entre las consideraciones, análisis y la resolución del asunto.
12. Es insostenible una afirmación superflua y poco sustentada cuando se argumenta “hasta ahora la reserva de artículo por artículo en la discusión de proyectos del dictamen (SIC) hacerlo de manera que plantea el acuerdo es inaugurar un nuevo método de discusión en detrimento del debate y la discusión informada.”
No es materia de la consulta interpretar la norma y medir su alcance y efectos. De sostener este criterio se estaría anulando la aplicación de la excepción señalada y prevista en el artículo 187 reglamentario.
A lo anterior se suma que el proyecto no considera los diversos precedentes que se han dado en las discusiones del pleno, cuando se han establecido debates pactados y modalidades para hacer expedita la discusión y aprobación de proyectos plenamente sustentados en la norma.
13. Finalmente el proyecto es omiso al fijar el alcance y límites de la resolución que emita la comisión, que como se ha sostenido,
a) La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias tiene una competencia acotada en esta materia;
b) Es su atribución resolver las consultas que s ele formule exclusivamente sobre las normas que rigen las actividades camerales, entendido por éstas el marco jurídico del Congreso y del Senado, sin detallar los alcances y efectos de la opinión;
c) Las disposiciones de la Ley Orgánica, como ordenamiento normativo marco regulador de los órganos de las cámaras del Congreso, establecen de manera expresa el efecto que debe tener la resolución de la consulta.
Si bien pudiera suponerse que el sentido de la hipótesis es prever la referida atribución, generando un determinado efecto jurídico, no es dable al intérprete de la norma atribuir un grado de obligatoriedad o vinculación que pudiera derivar de la resolución.
Lo anterior, en consecuencia, con lo previsto en los casos del turno para efectos de opinión, el cual procede para solicitar a las comisiones ordinarias o especiales, aporten puntos de vista a las dictaminadoras cuando en las iniciativas o proyectos que éstas conozcan, se aborden de manera indirecta asuntos de la competencia de aquellos. Artículo 179.
d) Un dictamen no se supedita a la emisión de una opinión de acuerdo a las disposiciones reglamentarias, de tal suerte que la opinión que eventualmente emita la comisión deberá consignarse con el carácter de opinión no vinculatoria.
Es todo.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Gracias secretario.
Me han pedido el uso de la palabra para este tema el senador miguel Barbosa, el senador Alejandro Encinas, el senador Isidro Pedraza, el senador Luis Sánchez y el senador Raúl Gracias.
Ivonne Álvarez, es la opinión.
Acabamos de dar lectura, senador, a la opinión que la senadora Ivonne Álvarez hizo llegar a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
¿A quién le hace la pregunta?
Por favor, el sonido.
SENADOR ISIDRO PEDRAZA CHÁVEZ: Le quería preguntar si efectivamente ese documento que usted ha expresado ya dos veces, corresponde a la senadora Ivonne Álvarez y preguntarle a dónde lo dirigió, el documento.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Ella nos hizo llegar copia de ese documento que hizo llegar a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Yo pedí que se diera lectura de él, como lo pedí al senador Robledo, pero el senador Robledo no contaba con él. Senador Barbosa.
SENADOR LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA: Gracias Presidente. Pues seguimos viendo un espectáculo grotesco de la conducción de los trabajos de esta Comisión Permanente, esta Comisión de Dictamen en Comisiones Unidas.
Fíjense que se ha instalado la Mesa Directiva y en concreto el Presidente Gracia y el Presidente Penchyna, en jueces, en tribunales con jurisdicción y competencia para revisar el procedimiento parlamentario y para revisar la validez de un documento.
Es inaudito, de verdad Gracia, estás marcando tu acreditada carrera de parlamentario en aras de sacar un dictamen que debería ser motivo de una absoluta legalidad como todos.
Dime si el procedimiento parlamentario es revisable y por qué Tribunal es revisable. Y dime si es revisable por otra Comisión.
El acuerdo de una Comisión revisado por otra Comisión, en dónde está esa posibilidad legal.
Y la otra: poner en duda la veracidad de un documento. Y poner en duda la honestidad de quienes forman parte de esa Comisión.
Es verdaderamente grotesco. Nunca ha ocurrido. Era más fácil haber dicho que lo resuelto por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias era una opinión no vinculante y seguir adelante que salir con esta treta de que ahora ellos revisan la legalidad de lo que otra Comisión lleva a cabo.
Es verdaderamente inaudito que se presten a esto; que presenten un documento extenso de razonamiento de la senadora Ivonne, a quien respetamos mucho, un documento elaborado por la Secretaría de Servicios Parlamentarios.
Aquí deberían de estar para que nos explicaran el contenido de ese documento y no seguir sirviendo a un Grupo Parlamentario o al propósito de sacar este asunto. De verdad es algo grotesco lo que están llevando a cabo.
Aquí está la firma de asistencia a la reunión de Ivonne Álvarez, acá está. Acá está la firma en relación al texto de la opinión, donde dice que firma en contra por los argumentos que ha vertido. Eso es válido; eso es válido que esté en contra.
¿Pero de ahí a que los dos presidentes que conducen estos trabajos comiencen a revisar la legalidad el documento? ¿Que tengan jurisdicción y competencia para revisar lo que produce otra Comisión? Es absolutamente grotesco; llegaron al extremo.
Y miren, la opinión pública atenta al debate aún con las condiciones que rodean el momento social, atenta al debate y queriendo crear una condición de decir “siguen debatiendo el procedimiento”. Les interesa más el procedimiento.
Nos interesa el fondo, pero también no vamos a quedarnos callados ante la ilegalidad y el abuso.
¿Saben qué? Y no me voy a arrepentir de decirlo ante el comportamiento cínico.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Gracias senador. Una moción, ¿de qué tipo senador?
SENADOR RAÚL GRACIA GUZMÁN: Del procedimiento. En función de que el senador Barbosa estableció que no era vinculante, pues yo solicitaría…
SENADOR LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA: …no seas cínico Gracia…
SENADOR RAÚL GRACIA GUZMÁN: …¡no!, ¿puedo concluir?
SENADOR LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA: …eres un descarado. Ya porque yo lo dije que no es vinculante ya vas a…
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: …senador; senador: le rogaría que guardáramos respeto a quienes están hablando.
SENADOR LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA: Yo le he guardado el respeto a todos, aún y cuando algunos me han faltado al respeto. Yo solicitaría una moción en función de que ya se estableció por el senador Barbosa que es un documento no vinculante, yo le pediría a la Mesa que se le diera el trámite correspondiente, se anexara al expediente del dictamen en cuestión, se le diera trámite en la Mesa Directiva y pudiéramos continuar con el debate.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Permítanme, permítanme senadores, permítanme desahogar la inscripción de los que han pedido el uso de la palabra.
Senador Encinas, tiene usted la palabra. ¿Desde su lugar?
SENADOR ALEJANDRO ENCINAS RODRÍGUEZ: Sí, porque quiero ver de frente al senador Gracia, porque realmente es preocupante y lamentable la intervención que ha hecho respecto a este asunto; más tratándose de quien preside una Comisión de Estudios Legislativos en el Senado.
Se hace el sorprendido, pero en realidad se está haciendo el desentendido, y da cuenta no solamente de la mala fe con la que actúa; sino del poco entendimiento de lo que implica el respeto a nuestras reglas y al debate parlamentario.
Usted ha hecho aquí acusaciones sumamente graves: ha señalado que no hubo convocatoria a la reunión; ha señalado que las firmas son apócrifas; se convirtió en vocero del senador Javier Corral, diciendo que él de ninguna forma hubiera podido haber firmado ese documento –espero que el senador Javier Corral lo esté viendo por el Canal del Congreso y venga a sostener su dicho–; y sin ningún fundamento, pretende descalificar al senador Isidro Pedraza, miembro de esa Comisión, que atendió la convocatoria que hizo el Presidente de la misma, Javier Corral, y que firmó, al igual que los otros dos integrantes, esa acta.
Y miente usted, y la mejor evidencia es el documento al cual se la ha dado lectura por parte del secretario de la Comisión, del documento de la senadora Ivonne Álvarez, que reconoce con ese documento que hubo reunión y que votó en contra, por lo tanto su firma es absolutamente válida.
Por eso no me voy a detener incluso en el contenido del documento de la senadora Ivonne Álvarez, que aborda un tema distinto al que planteamos; porque la consulta no fue sobre el contenido del dictamen, sino sobre el procedimiento. Y si bien la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias ha declarado que no es vinculante su resolución, porque quien puede interpretar solamente el Reglamento es la Mesa Directiva de la Cámara; entonces el trámite correspondiente no es el carpetazo y el archivo, sino es enviar este documento a la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado para que se manifieste en ese sentido.
De cualquier forma, háganle como el hagan, aquí hay en primer lugar una omisión de usted como Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, que de oficio, porque es su responsabilidad velar por la legalidad en el cumplimiento de todo el proceso de dictamen, debió haber requerido, usted, al Presidente de la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias, toda la información que hoy están solicitando y se está descalificando; porque usted es el responsable de garantizar el pleno respeto y el rigor en el cumplimiento de nuestras reglas. Pero por lo que usted dice, no le interesa en lo más mínimo cumplirlo.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Gracias, senador Encinas.
El senador Isidro Pedraza.
SENADOR ISIDRO PEDRAZA CHÁVEZ: Gracias.
Ha sido el interés de mi grupo parlamentario, acudir a la máxima explicación de la norma; y yo quisiera darle sustento a lo que se ha dicho aquí, cuando en el documento se está afirmando un principio del derecho: que donde existe la misma razón, hay el mismo derecho.
Y a lo mejor habría que explicárselos con manzanitas para que se pudiera entender. Si la misma razón jurídica que se aplica en el Pleno para desahogar puntos e iniciativas, vale que se aplique al interior de las Comisiones, como de manera analógica se ha venido haciendo durante muchos años en las diversas cámaras, tanto de diputados como de senadores.
Y ahora resulta que para violar el procedimiento, para atropellar el derecho parlamentario, para hacer lenta la aprobación de este dictamen en materia energética, porque, curiosamente, la incongruencia la encontramos en ustedes, no en nosotros.
La idea lógica establecida en el reglamento dice cómo se discuten los dictámenes. En lo general se hace la reserva, se vota en lo general y se termina desahogando las reservas, se establece el punto. Está muy reiterado por escrito en el documento el mecanismo.
Esta necesidad de hacerlo y de hacer el contraste de la interpretación correcta de esto desde la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias tiene sustento legal. En el documento que tienen en su mano, ahí está dándose el sustento.
Es muy difícil abrir una mente cerrada, pero es más difícil abrir un espacio político cerrado cuando ha privilegiado a aplastar, violar el procedimiento en aras de conseguir un propósito específico.
Aquí hemos dado desde diferentes puntos de vista. Ha hablado la senadora Dolores Padierna, el senador Camacho, el senador Encinas, senador Zoé, senador Rabindranath, ha hablado y han defendido que la razón principal –incluso que no han comprendido y valorado– es que queremos discutir en verdad el contenido de las leyes de hidrocarburos.
Y que en el contraste en lo general que se ha hecho en estos días de discusiones ha sido perfectamente marcadas las ambigüedades y las debilidades de esto. Y que un procedimiento que agilice y que profundice, que se puede, en estas Comisiones especializadas, profundizar la discusión, es el espacio que nos están arrebatando.
La práctica que hemos tomado en los grupos parlamentarios ha sido que en temas delicados –y les puedo decir en la fiscal, en la educativa, en diferentes, en la laboral– se ha pedido a los coordinadores parlamentarias, en acuerdo de la Junta de Coordinación Política que las intervenciones en el Pleno, los senadores que acepten, agrupen sus intervenciones en un grupo de artículos para poderlos desahogar en el Pleno.
Y ha sido la prerrogativa del senador la que ha decidido hacer o no hacer eso. Y hay compañeros que no han aceptado ese procedimiento y han desahogado sus temas en lo personal. Hay varios compañeros de nosotros que han hecho esto.
Yo creo que en el ámbito de lo que hemos procurado nosotros establecer aquí que no hay necesidad de ensuciar un proceso legislativo como éste, que contiene la más importante de las reformas que se han hecho en materia secundaria en el Senado, y que le demos transparencia hasta en la discusión. Esa es la apuesta y la pelea que el Partido de la Revolución Democrática ha hecho.
Por eso, cuando hemos recurrido a este procedimiento, cuando hemos exigido que sea en estricto apego a la analogía con que se han desempeñado las discusiones en el Pleno, las discusiones en las Comisiones, es lo que nos ha llevado a exigir la interpretación y la integración de una opinión para poder iniciar un procedimiento adecuado.
Dos cosas resaltan de ese atropello: que hoy vamos a votar, no vamos a votar en lo general esta ley, pero acuérdese que estamos retrasando la discusión.
Nosotros queremos que se vote para que iniciemos luego con la discusión en lo particular y votemos en los particular y de alguna manera, cuando ustedes dicen que no, que nada más discutamos y que luego pasemos a lo particular y que no votemos, ¿quién retrasa el procedimiento? Pregunto.
Bueno, pero eso no se dice que corresponde a un acuerdo político, porque esto debería transparentarse, que en los medios se publicó, ayer, que mientras el PRD estaba aquí discutiendo en o general esta ley, preocupado por hacer las reservas en lo particular, de las inconsistencias que vemos en esta ley, estaba una mesa paralela del PAN negociando con el gobierno las reformas, presumiendo que avanzaban, porque no tenían la presencia del PRD.
Este es el contraste que vemos aquí nosotros y quiero finalmente, señor Presidente, decirle que la búsqueda del apego al principio de la legalidad no es una agresión a su persona ni a la persona de ninguno de los integrantes de la mesa directiva, es una agresión de ustedes a la ley, es una agresión de ustedes al derecho parlamentario, es una falta de respeto y es un insulto a la inteligencia lo que proponen hacer.
Fíjense nada más, el senador Gracia, en sus palabras, dijo  falsamente que el día de ayer se suspendió la reunión porque cuando me requirieron que acreditara los documentos que legitimaban el acuerdo que yo presentaba, como no los tenía, se daba un receso para empezar el día de hoy y eso es falso.
Cuando pedí la palabra le pedí a usted que no abundara en el planteamiento que estaba haciendo y que me permitiera hacer de su conocimiento y declaró el receso y después de declarar el receso me dio la palabra.
Que busquen la versión estenográfica los señores para que coloquemos quién se conduce con falsedad.
Luego, primer hecho falso de las declaraciones del senador Gracia; segundo hecho falso, cómo es posible que una persona que no fue convocada a ninguna reunión, de repente ocurra que decide elaborar una opinión y la entrega por escrito a una comisión que no la ha convocado y que no sabe qué piensa esa comisión, y que argumente en función de que esa comisión está pensando, porque ya adivinó que el día de hoy íbamos a discutir esto.
Creo que ustedes deben ser un poco más objetivos. Cuando dicen que se van a convertir en auditores de la legalidad, del desempeño de las comisiones, al rato cualquier comisión del Senado va a poder ser objeto de un cuestionamiento de esta forma, como lo hacen ustedes.
Es un hecho sin precedente y grave que lesiona la unidad y el funcionamiento de este Senado de la República.  Otro hecho agresivo, irrespetuoso y falto de talento político, es el hecho de que no le den validez a la firma de la suscrita.
Quienes estamos aquí conocemos lo que significa el respeto a la ley y lo que significa alteración de documentos y esta parte del conocimiento expreso de la ley no podemos nosotros tratar de avasallarlo.
Es un documento que tiene la legalidad pertinente, lo comprueba el hecho de que hubo reuniones de la comisión que nadie se ha atrevido aquí a decir, que el vicepresidente, el vicecoordinador del Grupo Parlamentario del PRI, el señor senador Romo, estuvo presente, acompañando a la senadora Ivonne Álvarez y que en el interrogatorio policiaco que me hacía Gracia y cuando pidió que me acercaran allá, me preguntó que cuánto tiempo duró la primera sesión y a qué hora empezó. Le dije: “empezó el día 11 a las 10 de la mañana y duró dos horas con 15 minutos. Eso fue el tiempo que duró”.
Cuando bajamos de ahí la senadora y el senador Romo habían acordado firmar por unanimidad el acuerdo de que se estaba violando el procedimiento.
Yo vine y lo comuniqué al senador Barbosa, se lo comuniqué al senador Encinas, a la senadora Dolores Padierna para que pudieran conocer del hecho.
Y también sé, de manera extralegal, que en los pasillos el senador Emilio Gamboa recriminó fuertemente y regañó a la senadora Ivonne por haber aceptado los términos en los que se iba a redactar el dictamen y que se estaba presentando. Fue objeto de regaño.
Y entonces pidió que nos volviéramos a reunir para presentar observaciones por escrito al documento que se iba a hacer y tardó desde las 11 de la mañana hasta las 10 de la noche para llevar sus observaciones la senadora al senador Presidente de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Y se convocó nuevamente para volver a discutir en función de las observaciones entregadas por escrito por la senadora Ivonne, y ella dijo que mantenía las observaciones que había tenido, que quería que se cambiara la opinión que estaba emitiendo la Comisión y que nos pedía un plazo prudente para hacer consulta con algunos amigos senadores que le estaban asesorando en ese tema.
Y respetuosamente, confiando en la disposición de que se podía abrir, declarar en sesión permanente la Comisión y abrir el receso para que hiciera las consultas y pudiera opinar, cuando yo presenté el documento aquí eran las 8 de la noche, venía de recoger de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias el proyecto de opinión para presentarlo ante ustedes.
Yo firmé a favor en ese momento. Y cuando me preguntó el ciudadano Presidente de la Comisión de Energía, que ahora conduce los trabajos, que si no estaba la firma de Ivonne, le dije que sí. Estaba en la lista de asistencia y que no había firmado el voto en contra que dijo que iba a manifestar.
Eso fue un diálogo que tuvimos en la Mesa y que seguramente no llegó a grabarse al interior del sonido que registra este Senado de la República.
Yo quiero acreditar de esta manera el esfuerzo que se hizo en esta Comisión, hacer el señalamiento puntual a ustedes de la forma tan baja a la que han llegado para poder desacreditar el esfuerzo y el resultado de las comisiones que el Senado se ha dado, porque el Senado se ha dado a comisiones para facilitar el desempeño de sus trabajos.
Y no se puede, en aras de un interés, estar en la lisonja, como lo ha hecho el senador Gracia, lame botas del Presidente de la Comisión de Energía, para estar incondicionalmente aceptando accediendo a puntualizar que las cosas que aquí se están haciendo carecen de legalidad.
Esa conducta falta a la representación de un político que ha ganado y ha peleado llegar a este espacio político.
Hay que manejarnos en un espíritu de respeto, en una circunstancia de altura para poder discernir y establecer cuáles son los intereses personales y cuáles son los intereses políticos que en este sentido deben de defenderse y manifestarse.
Por eso le pido; por eso le pido que se conduzcan con la civilidad que esto requiere.
No es la forma que distinga a un legislador del alcance de lo que pretendemos si los actos civilizados políticos los estamos dejando a un lado. Yo llamo a eso. Es indignante la forma y el trato.
Y en ese sentido tenemos que lograr nosotros ser quienes establezcan y dejen manifiesto las prácticas violatorias y el atropello al derecho en la pretensión de poderle dejar al Ejecutivo el camino libre con reformas que van a generar un grave daño a nuestra Nación.
Es cuanto, Presidente.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Para alusiones personales, se me ha pedido la palabra.
SENADOR RAÚL GRACIA GUZMÁN: He estado aquí cuatro días recibiendo ofensas por un tema de forma, en el que he dicho en reiteradas ocasiones que en algunos puntos de forma estoy de acuerdo con la izquierda; pero la izquierda es tan intransigente, que si no nos vienen aquí a perder el tiempo de todos los legisladores en días y días históricos, como ninguna Comisión de dictamen ha tenido en la historia del Parlamento mexicano, estamos mal.
Y vienen con ofensas, y vienen con insultos, con la incongruencia histórica de la izquierda; la misma izquierda que prohíbe circos para proteger animalitos, pero permite el aborto; la misma izquierda que desde una entidad federativa busca imponer una ideología en todo el país; la misma izquierda que si no coincides en su forma de pensar, eres un vende patrias.
Cuando el Partido Acción Nacional, cuando un servidor en su plataforma legislativa con la cual fui postulado como candidato, de cara al pueblo de México, de cara al pueblo de Nuevo León, dejamos claro que íbamos por una Reforma Energética; una Reforma Energética que evitó, al no ser aprobada en 12 años de gobiernos panistas, el desarrollo de este país.
Pero a lo mejor quieren ser como Lula, que cuando era legislador votó en contra y cuando fue Presidente, la presumió en Brasil. Esas son las incongruencias de la izquierda, que únicamente con ofensa y con provocación buscan deslegitimar a quienes de convicción creemos en una ideología, en una plataforma que va a llevar al desarrollo de México.
Yo puedo entender que ustedes crean que la estatización, que la no inversión privada en el sector energético sea lo mejor para México. Los respeto por ello, pero igual deben de respetar a quienes por convicción creemos lo contrario; quienes de frente lo hemos defendido.
Aquí a esta Tribuna vienen a decir cosas tan inverosímiles, como decir lo de Concello o decir lo de Maquío; ¿sí saben que Maquío fue el primer candidato a Presidente de la República del PAN que pidió la Reforma Energética? ¿Era, acaso, Maquío un vende patrias?
¡No!, como bien lo dijo aquí un senador el día de ayer: Maquío fue un mexicano que por sus convicciones, por sus ideales dio la vida.
Hoy venimos a debatir, a presentar un dictamen, una propuesta al Pleno únicamente; lo que aquí votemos no es vinculante, no las opiniones que una Comisión pueda dar; lo que aquí votemos ni siquiera será vinculante, es una mera propuesta que hacemos al Pleno, pero hay quienes buscan aquí dilatar, venderse en televisión nacional en aras de un protagonismo.
El PAN deja claro, un servidor deja claro: creemos en nuestros ideales, creemos en nuestra ideología, creemos en la apertura del sector energético, no porque le convenga al Partido Acción Nacional: porque es lo que más le conviene a México. Un partido congruente, legisladores congruentes somos los que opinamos lo mismo desde el gobierno, que desde la oposición.
Muchas gracias.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Miguel Barbosa.
SENADOR MIGUEL BARBOSA HUERTA: El Partido Acción Nacional, cuando surge, surge como una oposición al priismo, con una bandera: la legalidad, el principio de la legalidad.
Muchos años transita en la historia política de México como una oposición con esa bandera, la legalidad, la legalidad.
Coyunturalmente se vuelven la fuerza política gobernante en el año 2000 y para el 2006 traicionan toda su tradición de legalidad. Mete la mano el Poder Ejecutivo para inclinar el Proceso Electoral del 2006, en eso se convirtió la clase política panista: en una clase política que tuvo otros principios, pero no la legalidad.
Nosotros respetamos el panismo de Maquío, de Luis H. Álvarez. A esa clase política la respetamos, porque era una clase política honesta. Actuaba conforme a sus convicciones, conforme a su ideología y respetaba la legalidad.
De lo que hoy estamos hablando es de un proceso legislativo en donde se ha llegado al extremo de la violentación de la legalidad. Es inadmisible que este procedimiento parlamentario siga siendo conducido con este atropello.
La forma es fondo, decía un ideólogo priista, muy respetado también, y en este caso lo que quien evitar violando la forma es la discusión de fondo. No quiere discutir ni el PRI ni el PAN y violentan la legalidad.
Yo le voy a pedir a la Secretaría de esta Mesa Directiva dé lectura al Artículo 3 del Reglamento del Senado para continuar mi intervención.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: ¿3º, senador?
SENADOR LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA: El tres del Reglamento del Senado.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Artículo 3:
Primero. “La interpretación del Reglamento está a cargo de la Mesa. Para ello, puede consultar a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias”.
Segundo. “En caso de duda o controversia, el Pleno determina lo conducente”.
Tercero. “La interpretación del Reglamento se realiza conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, y con base en los principios generales de derecho”.
Es cuanto, senador.
SENADOR LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA: Es decir que la interpretación del Reglamento corre a cargo de la Mesa Directiva del Senado que, en consulta, puede tener esa interpretación con la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
En esa razón, para poder retomar la legalidad del procedimiento que se está aplicando en este proceso legislativo nos vamos a dirigir por escrito al Presidente del Senado para que haga la consulta de lo que aquí ha ocurrido y nos dé su opinión sobre la legalidad del mismo.
Nos vamos a dirigir a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con ese fin y hasta que no se tenga esa repuesta, y vamos a pedir la presencia del Presidente del Senado y del Presidente de la Comisión de Reglamentos, y hasta que eso no ocurra no estaremos presentes en este proceso de simulación y de discusión.
La izquierda y México representada en el Senado se retira. Se retira hasta que se reestablezca la legalidad del procedimiento.
Ahí se quedan para hacer lo que quieran con la legalidad.
SENADOR DAVID PENCHYNA GRUB: Compañeras y compañeros senadores, declaramos un receso de una hora para poder continuar con los trabajos de las Comisiones.
Muchas gracias.
(RECESO)

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