Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


Discurso pronunciado por la Senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, durante del foro “Desapariciones forzadas o  involuntarias en la agenda legislativa del Congreso de la Unión”.
 
Angélica de la Peña Gómez (ADPG). Buenos días.
 
Bienvenidos al Senado de la República.
 
La Comisión de Derechos Humanos está puesta a iniciar los trabajos de consulta que lleven finalmente al dictamen de las leyes, impulsar las reformas que sean necesarias para que en nuestro marco jurídico pueda estar inscrito finalmente la tipificación del delito de desaparición forzada de personas.
 
Es verdad que ya el 25 de abril de 2001 se reformó el Código Penal Federal que dio origen a un Artículo 215 A; sin embargo este tipo penal resulta inadecuado por lo que hace a la definición del sujeto activo y a que restringe la autoría del delito únicamente a servidores público, dejando fuera del tipo penal a todas aquellas personas que con el apoyo, autorización, tolerancia y atingencia del Estado cometan tal delito.
 
Por lo que es a todas luces este precepto no corresponde a los estándares de los tratados internacionales que México ha probado.
 
Es importante señalar que las reservas que tenía la Convención contra la desaparición forzada de persona, ya el Senado de la República, en este periodo ordinario de sesiones, las hemos quitado; de tal manera que en cumplimiento con esta convención es irrestricto y una obligación para el Estado Mexicano.
 
De tal manera que además como corresponde, como Estado parte de atender debidamente la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Rosendo Radilla, por supuesto que tenemos que aplicarnos en el Congreso de la Unión para tomar todas las medidas legislativas que sean indispensables y necesarias para que quede debidamente inscrito este delito y todas las circunstancias que son integradas, o que tienen que ser tomadas en consideración para que haya realmente justicia.
 
Podemos mencionar, y nos podemos llevar días y días y días completos nombrando cada uno de los casos que a lo largo y ancho del país se han convertido en un verdadero flagelo.
 
Escuchar a familiares, a padres, madres, hermanas, hijos, hijas, familiares que están desde hace muchos años a sus seres queridos, que eventualmente desaparecieron, precisamente, por hechos perpetrados por servidores públicos, por agentes del Estado o por quienes hacen el trabajo sucio de estos agentes del Estado.
 
Por eso es muy importante que definamos de manera puntual, cuando nos referimos a servidores públicos qué quiere decir eso, qué es lo que está detrás y cuáles son las distintas circunstancias del poder de los servidores públicos, que llevan a la perpetración de este delito.
 
Tengo que mencionar que por desgracia México no ha vivido lo que han vivido otros países en América Latina, en donde el problema de la desaparición forzada de personas hace apenas algunos años en nuestro país lo veíamos como algo muy lejano.
 
Eso, decíamos al final de los noventas y principios del siglo, aunque tenemos casos no es de ninguna manera la situación que veíamos como lejana de países sudamericanos o centroamericanos.
 
Lo que acontecía en Chile, lo que aconteció en Argentina, en Brasil, en Perú, en Centroamérica, en diversos países de nuestro continente resultaba algo lejano.
 
Era producto de una guerra interna, era producto de una dictadura, era la persecución política de quienes habían asumido de manera autoritaria la conducción de su país y por supuesto era la forma de desaparecer a sus contrincantes políticos.
 
Sin embargo eso por desgracia se quedó como una pensamiento que no corresponde hoy a la realidad, hoy tenemos miles, no sabemos cuántos, decenas de miles, hay quien dice que se exagera, hay quien dice que corresponde realmente a la realidad de que decenas de miles de personas están desaparecidas.
 
¿Cuáles son desapariciones forzadas, cuáles son involuntarias? Pues es algo que ni siquiera tenemos, de manera objetiva, una posibilidad de tener esos datos de manera oficial.
 
Por eso también este es el otro argumento que nos obliga a legislar en esta materia e insistimos que tiene que ser una ley específica. No bastan las reformas al Código Penal Federal, incluso, hay organizaciones que nos han dicho no basta inclusive una ley Federal en la materia como es el caso de que el Senado de la República, a través de mi, presentó una iniciativa en esta materia para el ámbito Federal.
 
Se nos señala que tiene que ser una Ley General que tenga alcances en cada uno de los estados del país y en el Distrito Federal, que pueda normar de manera puntual y única los criterios jurídicos que tienen que aplicarse, las normas fundamentales, que tienen que aplicarse, para que realmente pueda ser una legislación efectiva.
 
En ese sentido, yo quiero informarles que espasmo preparando y presentaremos el día de hoy, para que mañana entre a comisiones, presentaremos ante la Plenaria y se turne a comisiones, la iniciativa de reforma a la Constitución para que podamos tener facultad expresa, el Congreso de la Unión, para legislar en la materia; es decir, para el diseño de una Ley General.
 
Con esto, doy la bienvenida a quienes hoy nos acompañan y que con toda la expertis de su representación, por supuesto que nos expresarán cuáles deben ser las características que deben estar contenidas, las característica jurídicas que deben estar contenidas en esta ley.
 
Y por su puesto, también expresaremos nuestra voluntad a discutir para que este marco jurídico, efectivamente pueda tener la connotación de una Ley General que dote de un solo criterios jurídico a todo el país, que pueda notificar con una sola visión lo que tenemos que hacer en nuestro país en correspondencia con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso radilla.
 
Voy a pasarle el micrófono para que conduzca esta reunión a la secretaria de la Comisión de Derechos Humanos y presidenta de la Comisión de Relaciones exteriores organizaciones no gubernamentales, la Senadora Lucero Saldaña.
 
Bienvenidas y Bienvenidos.
 
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