Senado de la República

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El senador panista Javier Lozano, presidente la Comisión de Comunicaciones y Transportes, consideró que el esquema que plantea la minuta de reforma en telecomunicaciones, recibida de la Cámara de Diputados, puede fomentar la inhibición de toma de decisiones por parte de los comisionados de Cofeco e Ifetel, frente a escenarios complejos en donde se haga presente la reparación económica del daño a particulares.
 

Para el legislador, un posible efecto de las medidas discrecionales que llegaran a tomar los citados órganos autónomos, sería que luego de un largo juicio de amparo, y la imposible reparación del daño, el Estado sólo tendría la obligación de mediar entre los involucrados para el pago de una indemnización y podría dejar la responsabilidad  a los comisionados que hayan tomado una mala decisión.


“¿Qué va a pasar en todos esos casos en dónde al final de un largo juicio de amparo, la autoridad conceda el mismo, pero ya sea imposible la reparación del daño? Cualquier empresa se voltearía con el Estado y exigiría una reparación del daño. No está claro entonces si sólo quedará a nivel del Estado, como una responsabilidad patrimonial o si a su vez, el Estado se volteará con los comisionados y les dirá: tú tomaste esta decisión y eres autónomo. A ver cómo le haces. Eso podría inhibir la toma de decisiones”.
 
 
Durante el tercer día de los foros públicos organizados por  las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos, Comunicaciones y Transportes, y Radio Televisión y Cinematografía, el senador Lozano pidió además a los especialistas, su opinión para la redacción final del Artículo 28, frente al hecho “casi consumado” de la creación de nuevos órganos autónomos de Estado en telecomunicaciones.

 
Ante el cuestionamiento, Juan Pardinas, director del Instituto Mexicano de Competitividad (IMCO), especialista invitado al foro, consideró necesario remitirse al texto aprobado por los senadores, de la exposición de motivos en la Ley de Amparo. Ello, porque en dicho texto se explica por qué en los sectores que operan bajo concesión del Estado mexicano no se debe aplicar la suspensión de amparo.

 
Por su parte, el senador de Acción Nacional, José María Martínez, consideró que la minuta de reforma en telecomunicaciones garantiza la responsabilidad del Estado mexicano ante posibles errores en la práctica judicial que puedan afectar a los particulares.

 
“La minuta hace responsable al Estado mexicano respecto de aquellas resoluciones que no sean favorables para el mismo. El Estado tendrá que hacer una reparación si es que hay un error judicial. La parte del debido proceso está perfectamente garantizada”, afirmó el senador.

 
Lo anterior, en respuesta a la afirmación del doctor Luis De la Calle, académico del ITAM, quien resaltó visibles fallas en la minuta respecto al tema de la suspensión y de amparo, y el derecho a tener un debido proceso judicial. 

 
El especialista en el sector enfatizó el riesgo de posibles escenarios en donde se presenten violaciones a los tratados internacionales por parte de los órganos autónomos, que plantea la minuta, al tomar medidas de carácter expropiatorio y negar con ello el acceso a la justicia, y a un debido proceso.


“México se ha comprometido en varios tratados internacionales a compensar a los inversionistas extranjeros, por las medidas que pueda tomar el gobierno, que sean expropiatorias o equivalentes a una expropiación. Si la Cofeco tomara  una medida que fuera equivalente a una expropiación, México podría enfrentar esa decisión en un tribunal internacional y pagar una compensación al inversionista quejoso”, señaló De la Calle.

 
Frente a esto, el senador Martínez precisó que no todos los países están sometidos a un régimen jurídico como México. “Esa etapa intermedia que se usa como medida cautelar no existe en todos los países”, expresó el senador panista. “No hay una violación al debido proceso porque se están garantizando todos los derechos de manera absoluta. Se puede acudir a una instancia jurisdiccional y hacer valer el derecho a la justicia. Además, hay que recordar que en estos tratados para proteger la inversión extranjera, se establece que se renuncia al juicio contra el Estado. La renuncia del particular contra la instancia dejaría fuera este esquema”, insistió.
 
 

 

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