Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

·   De las 18.4 millones de mujeres que realizan actividades económicas, el 10.8 por ciento lo hacen en el hogar, es decir, 1 millón 991 mil 646 personas, contra sólo 189 mil 452 hombres: Sen. Barrera Tapia

Con el fin de avanzar en la igualdad de acceso a la vivienda para las trabajadoras domésticas, la senadora María Elena Barrera Tapia, junto con Senadoras del PRI, presentaron una reforma para garantizar el acceso a este beneficio.

En la iniciativa se destaca que en el artículo 146 de la Ley Federal del Trabajo se establece que los patrones no estarán obligados a pagar las aportaciones a que se refiere el artículo 136 de esta ley para los trabajadores domésticos.

Explico que en el artículo 136 dice que toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, está obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio.

Por lo que, consideró que es necesario derogar el artículo 136 para eliminar la desigualdad de los trabajadores domésticos respecto de otros trabajadores en el acceso al Fondo de Vivienda, más aun cuando en los hechos existe ya un esfuerzo por parte del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores INFONAVIT, al lanzar del 2010 un programa para que los patrones pueden hacer aportaciones mensuales y las trabajadoras del hogar sean sujetas de créditos inmobiliarios.

En el documento refiere que en el rubro de vivienda el 35.7 por ciento de las personas tiene de 3 a 5 hijos y el 76.8 por ciento tiene un estrato socioeconómico bajo y medio bajo.

Además que de las 18.4 millones de mujeres que realizan actividades económicas, el 10.8 por ciento lo hacen en el hogar, es decir, 1 millón 991 mil 646 personas, contra sólo 189 mil 452 hombres.

En la iniciativa se destaca que en el artículo 146 de la Ley Federal del Trabajo se establece que los patrones no estarán obligados a pagar las aportaciones a que se refiere el artículo 136 de esta ley para los trabajadores domésticos.

Explico que en el artículo 136 dice que toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, está obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio.

Cabe destacar que esta iniciativa se turnó a la Cámara de Diputados para su estudio y análisis.

 

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