El senador Jesús Casillas propuso una adición al párrafo del artículo 420 Bis, del Código Penal Federal, para fincar responsabilidad a las personas que provoquen incendios forestales, y en los que los brigadistas que acudan a combatirlos resulten con lesiones o incluso pierdan la vida.
En su propuesta presentada al Pleno del Senado, planteó una pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente provoque un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente.
Se aplicará una pena adicional hasta de dos años de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando se afecte un área natural protegida, o el autor o partícipe del delito realice la conducta para obtener un lucro o beneficio económico, apuntó el legislador priista por el estado de Jalisco.
Lamentó que en el mayor número de los siniestros interviene la mano del hombre, y mencionó que de acuerdo con cifras de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), más del 90% de los incendios forestales los originan acciones humanas.
Casillas Romero detalló que entre las causas de los siniestros están quemas agrícolas, tala inmoderada e ilegal, en la que los infractores dejan abandonadas ramas que se convierten en peligroso combustible, fogatas, colillas de cigarros, quema de basura y algunos trabajos forestales.
Además, existen casos en los que los incendios ya no sólo son ocasionados por negligencia, descuido o desconocimiento, pues gravemente son provocados de manera intencional. Piromanía, vandalismo, especulación urbanística, bajar el precio de la madera, son algunos de los supuestos, agregó.
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