Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

La Ley General de Delitos Electorales suma alrededor de veinte años sin ninguna modificación, por lo que varias de las conductas ahí descritas son obsoletas y requieren de actualización, pues no responden a las necesidades sociales vigentes que el país requiere para tener procesos electorales transparentes y en igualdad de condiciones, señaló en tribuna la senadora Angélica de la Peña.

Dijo que se plantea la incorporación de nuevas figuras y modalidades de los procesos electorales y un aumento en las penalidades para castigar a aquel que realice, reciba o destine aportaciones en dinero o en especie superiores a los establecidos en la legislación electoral, o aporte fondos provenientes de actividades ilícitas o del extranjero para el apoyo de precandidatos, candidatos, candidatos independientes, partidos políticos o coaliciones.

Además, explicó la legisladora del PRD, se sancionan como delitos de delincuencia organizada a quien participe en la creación de estructuras paralelas de financiamiento o de personas morales, antes o durante el proceso electoral con el propósito de proveer de manera ilícita de recursos, bienes o servicios, gestionar pagos o hacer transferencias a las campañas políticas.

Indicó que se establece como delito grave el condicionar la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas sociales o la realización de obras públicas, para la emisión del sufragio en favor o en contra de un partido político o candidato, o bien, a la abstención de votar. 

En el caso de servidores públicos se actualizaron las hipótesis para castigar toda práctica ilícita que con el objeto de obtener el voto de los electores obligue a sus subordinados para que se abstengan a hacerlo o cuando soliciten aportaciones en dinero o en especie para apoyar a determinada precandidatura, candidato, candidato independiente, partido político o coalición.

"Se establece que la paridad entre mujeres y hombres en las candidaturas al Congreso de la Unión, a los Congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito del Federal, es una condición determinante de la democracia y una meta para erradicar la exclusión estructural de las mujeres en la sociedad, por tanto, dan pleno cumplimiento al mandato constitucional en materia de derechos políticos de las mujeres", agregó la senadora de la Peña.

Los partido políticos deberán, desde sus procedimientos internos y convocatorias para la selección de candidaturas por el principio de mayoría relativa, establecer una distribución igualitaria de fórmulas de candidaturas en aquellos distritos denominados “ganadores”, es decir, aquellos en los que el partido político que los o las postule haya obtenido el triunfo en la elección inmediata anterior, o bien haya quedado en un segundo lugar en una diferencia a cinco puntos porcentuales.

La senadora del PRD señaló que para los casos de las candidaturas al Senado por el principio de mayoría relativa, se establece una distribución igualitaria para fórmulas entre mujeres y hombres en las treinta y dos entidades federativas. Siempre buscando este equilibrio en el que se sustenta la paridad, es decir la igualdad sustantiva, pero también que haya equidad en la competencia entre mujeres y hombres.

"Hemos inscrito estas iniciativas considerando la simplificación de los procedimientos jurisdiccionales en materia electoral para un acceso pleno a la impartición y procuración de justicia, fijando los criterios básicos que garanticen la imparcialidad de las autoridades electorales y la equidad en las elecciones, para el fortalecimiento de nuestra democracia", finalizó la senadora Angélica de la Peña.


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