Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-135

La diputada María Gloria Hernández Madrid, del PRI, planteó reformas a la Ley Federal de Defensoría Pública para precisar algunos conceptos, a fin de fortalecer la prestación de este servicio.

 

Luego de la reforma constitucional, por la que se transitó de un sistema inquisitivo mixto a uno de corte adversarial, el proceso acusatorio descansa en la solidez de las instituciones de procuración e impartición de justicia, y de servidores públicos que conozcan e impulsen las mejores estrategias de investigación y acusación pero también de defensa, dado que la presunción de inocencia es pilar fundamental de este sistema de corte oral, explicó.

 

La Defensa Pública debe contar con las herramientas técnicas, procesales y de adecuación legal suficientes para que pueda hacerse cargo de plantarse de la llamada defensa técnica.

 

En ese contexto, la Ley Federal de Defensoría Pública requiere un ajuste para que en los asuntos no penales la representación jurídica tenga el mismo nivel de importancia; y en el ámbito penal, para que los términos de la ley sean acordes con el proceso penal acusatorio, con lo que se deja atrás al sistema mixto para cuyas etapas procesales pueden seguir actuando mediante disposiciones de orden interno en el Instituto Federal de Defensoría Pública.

 

Se pretende modificar los artículos 1, 4, 11 y 12, para señalar que el servicio de Defensoría Pública garantizará el acceso a la justicia mediante la orientación, asesoría y representación jurídica en las materias no penales, y que deberá atender las solicitudes que les sean formuladas por el órgano jurisdiccional, en lugar del juez de la causa.

 

Además, La libertad caucional o medida cautelar distinta a la prisión preventiva se solicitará a dicho órgano jurisdiccional y que se deberá estar presente en las comparecencias ante la autoridad judicial.

 

La propuesta se turnó a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.