Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

El Senado de la República recibió este martes del presidente Enrique Peña Nieto una iniciativa por la que se expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 Constitucional, donde establece los límites del Estado en la suspensión de derechos y sus garantías.

La propuesta está encaminada a regular el ejercicio de las facultades de las autoridades y el procedimiento para restringir o suspender en todo el país o en lugar específico, el ejercicio de determinados derechos humanos y sus garantías.

Se aclara que lo anterior aplicaría siempre y cuando esos derechos o garantías fuesen obstáculo para hacer frente rápida y fácilmente a los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

Además de los supuestos de invasión y perturbación grave de la paz pública, la  iniciativa incorpora  las afectaciones graves a la seguridad nacional, a la seguridad interior y a la salud pública o desastres naturales o antropogénicos de gran magnitud e impacto a la población, en el entendido de que también pueden poner a la sociedad en grave peligro o conflicto.

De igual forma, se prevén los supuestos para que la suspensión o restricción de derechos y sus garantías cese, esto es por haberse cumplido el plazo previsto en el decreto, mediante decreto emitido por el Ejecutivo federal o el que expida el Congreso por virtud del cual se revoque el decreto de suspensión o restricción de derechos y sus garantías.

En el capítulo IV de  la iniciativa se reglamenta la facultad de revisión de constitucionalidad por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como los medios de impugnación.

Además, se establece que la decisión que recaiga sobre la constitucionalidad de los decretos tendrá efectos retroactivos, debiendo la SCJN ordenar el restablecimiento inmediato de la situación jurídica infringida, mediante la anulación de todos los actos dictados en ejecución de los decretos.

La iniciativa presidencial también prevé la procedencia del juicio de amparo en contra de los actos que el Ejecutivo adopte durante la vigencia de la restricción o suspensión de derechos y garantías.

La propuesta fue turnada a las comisiones unidas de Derechos Humanos, de Gobernación, de Justicia y de Estudios Legislativos.

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