Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Con la finalidad de que los trabajadores y trabajadoras del hogar gocen de los mismos derechos laborales otorgados a los demás, sin importar la naturaleza de su desempeño o cualquier otro argumento que los excluya, la senadora perredista Angélica de la Peña Gómez propuso reformar la Ley Federal del Trabajo.

Lo anterior, para que puedan realizar con legalidad su trabajo, evitando omisiones, violaciones a los derechos humanos y, sobre todo, previniendo otro tipo de delitos como la trata de personas, explotación laboral o diferentes formas de violación de los derechos humanos y que es necesario estén contempladas en la reforma al ordenamiento, puntualizó.

Para ello, la legisladora propuso reformar el Capítulo 13 de la Ley Federal del Trabajo para que se denomine Trabajadoras y Trabajadores del Hogar, con el objeto de dignificar esta labor y evitar cualquier tipo de menciones peyorativas o discriminatorias de las personas que desempeñan estas actividades.

Es importante, expresó, que el Congreso tome medidas legislativas que permitan crear condiciones de justicia y legalidad de quienes realizan el trabajo doméstico y cumplir con el reconocimiento de sus derechos, que también exigen distintas Organizaciones No Gubernamentales.

En el mismo sentido, señaló la importancia de que México apruebe el Convenio 189 de la OIT, pues el impacto de su aprobación tiene que verse reflejado en reformas específicas a la Ley Federal del Trabajo; “no es emblemática su aprobación, se deben armonizar los preceptos de este convenio con las reformas a dicho ordenamiento”.

Se pretende garantizar los derechos laborales y que “el país resuelva de una vez por todas, la doble moral que hay alrededor de la permisividad y omisión respecto de quienes realizan el trabajo en el hogar”, precisó.

Actualmente, dijo, el Artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo regula la cuestión relativa a los reposos de las personas que desarrollan estas actividades, para tomar sus alimentos y de descanso durante la noche y establece las condiciones para ello, pero no contempla la jornada diaria de ocho horas que establece el Artículo 123 constitucional como jornada máxima de trabajo, por lo que la iniciativa incluye esta propuesta.

Por otra parte, se planteó el derecho que tienen a recibir el pago por vacaciones anuales, días de descanso y festivos, licencias por paternidad o maternidad, así como el derecho a la seguridad social.

Asimismo, se propone que en los casos en que el trabajo doméstico sea realizado por menores, éste deberá realizarse por mayores de 16 años y menores de 18, cuya jornada máxima será de seis horas, sin interferir o perjudicar su asistencia a la escuela o el aprovechamiento de la enseñanza que reciben.

Por otra parte, se plantea el establecimiento de un salario mínimo profesional para esta actividad que deberá determinar la Cámara de Diputados a propuesta de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, así como la obligación del patrón para considerar los alimentos y la habitación, aparte del salario en efectivo, para el cálculo del salario integrado, del cual se derivara el pago de las prestaciones.

Además, con el propósito de evitar cualquier acto de violencia en contra de las personas trabajadoras del hogar, que mayoritariamente son mujeres, establece como obligación de las y los patrones la vigilancia de la integridad física, emocional y libre desarrollo; ello incluye disposiciones que las protegen del abuso y/u hostigamiento sexual, violación, trata y violencia.

Igualmente, se obliga a que los alimentos destinados a la persona que trabaja en el servicio doméstico sean de la misma calidad y cantidad que los destinados para el patrón y se estipula una prestación adicional en tiempo y dinero destinado a la instrucción básica y capacitación.

Asimismo, se prevén los casos cuando el patrón considere que la persona trabajadora desempeñe sus actividades uniformada, deberá proveerle de la ropa necesaria sin costo alguno para ésta.

Finalmente, la también presidenta de la Comisión de Derechos Humanos detalló que de acuerdo al INEGI existen dos millones 200 mil personas dedicadas al trabajo doméstico, 95 de cada 100 personas son mujeres, de las cuales 84.2 por ciento realiza tareas de limpieza en hogares particulares, 8.5  por ciento cuida personas y 6.2 por ciento realizan actividades de lavado o planchado de ropa en casas particulares y que 98 de cada 100 personas no cuentan con servicio médico, ni prestaciones sociales.

Además indicó que el Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación (CONAPRED) en la Encuesta Nacional sobre la Discriminación referente a Trabajadoras del Hogar, dio a conocer que tres de cada diez personas considera que los derechos de las trabajadoras del hogar no se respetan, además, 38 por ciento de ellas consideran que su principal problema es tener mucho trabajo y poco sueldo y en segundo lugar, el abuso, la humillación y la discriminación a la que se ven expuestas.

La iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Primera.

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