El certificado es un instrumento que tiene el propósito de afirmar la veracidad de cierto hecho o la existencia de determinado estado, ocurrencia u obligación; sin embargo, estos documentos que revisten una gran importancia en virtud de contener información relevante para cada persona, principalmente respecto de su identidad, son susceptibles de utilización indebida y convertirse en medios para la comisión de actos delictivos.
Ante ello, el senador Miguel Ángel Chico Herrera, a nombre propio y de sus compañeros Blanca Alcalá Ruiz y Raúl Pozos Lanz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron iniciativa por la que se adiciona el artículo 469 Bis a la Ley General de Salud, con el propósito de aumentar la severidad de las penas por el delito de falsificación de los certificados sanitarios.
Así mismo, en sus consideraciones, el legislador subrayó que la identidad de la persona cobra relevancia para nuestro sistema jurídico y el Estado tiene la obligación de garantizar y salvaguardar tal derecho mediante sus funciones correctivas y coercitivas imponiendo sanciones a quienes lo transgredan.
También hizo hincapié en la necesidad de crear un tipo penal especial que contemple los supuestos normativos delictivos que, en un momento determinado, pudieran materializarse respecto de los certificados de nacimiento, de defunción o muerte fetal.
La propuesta destaca el hecho de que si quien realiza alguna de las conductas enunciadas en el proyecto es un profesional de la salud, servidor público o alguna de las personas autorizadas para su expedición, la pena de que se trate se aumentará hasta en una mitad más.
La iniciativa se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos, segunda.
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