Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

altEs un derecho el que toda persona tiene de habitar y permanecer en su comunidad, sea su lugar de origen o el lugar de su interés sujetándose sólo a las limitaciones constitucionales en materia de migración o salubridad.

Démosle certeza a nuestra Constitución, garanticemos la libertad de tránsito, todo ciudadano tiene derecho a entrar a la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, este es un derecho fundamental.

Así lo manifestó el senador Eviel Pérez Magaña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, al presentar ante el Pleno de la Cámara de Senadores iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción  XIV y se recorre la actual, al artículo 3º; se adiciona la sección primera bajo el rubro: De la Población Desplazada, al capítulo IV, que incluye los artículos 80 ter y 80 quáter, a la Ley General de Población.

El fenómeno de los desplazados internos ha cobrado relevancia creciente tanto en el ámbito internacional como en el local, especialmente cuando es causado por cuestiones religiosas y delincuencia organizada, como es el caso concreto de nuestro país. Entidades federativas como Oaxaca, Guerrero, Chiapas, Coahuila y Durango por mencionar algunas, dan cuenta de ello.

En su exposición de motivos, el legislador señala que el concepto de “desplazados internos” alude específicamente al flujo migratorio de la población que --sin que medie voluntad del propio grupo- abandona su asentamiento de origen, en aras de su seguridad personal, familiar o patrimonial, dicho fenómeno actualmente se observa regulado por diversos instrumentos internacionales, pero sin regulación por nuestro orden jurídico nacional.

Asimismo se precisa que, por lo tanto, resulta indiscutible que el fenómeno de los desplazados internos es, en nuestro país, como en el mundo, una innegable y lamentable realidad, que no puede ni debe postergar más la atención y eficaz actuación del Estado desde todos sus ámbitos y órdenes de gobierno.

“El desplazamiento es un fenómeno social que tiene consecuencias negativas sobre el bienestar, el patrimonio y la integridad física de los afectados, ya que enfrentan la pérdida de sus viviendas, trabajo y tierra así como a la carencia de servicios básicos de educación y salud”.

Es por ello que la iniciativa planea atender el grave estado de indefensión al que se ven expuestos estos grupos de personas identificados como “desplazados internos”.

La iniciativa se turnó a las Comisiones Unidas de Población y Desarrollo de Estudios Legislativos, y a la Comisión de Derechos Humanos.

--oo000oo--

Calendario

Mayo 2024
Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
29 30 1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 1 2