Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-753

  • Lograr el distanciamiento social y la mitigación del virus SARS-CoV-2, el objetivo, señala el documento ratificado por el presidente del Senado, Eduardo Ramírez

 

Ante el inicio del próximo Periodo Ordinario de Sesiones, el lunes 1 de febrero, el presidente del Senado, Eduardo Ramírez, ratificó el “Plan mínimo de operaciones del Senado de la República”, que establece las medidas para evitar la propagación del SARS-CoV2 en este órgano legislativo.

 

Entre las principales acciones preventivas, se encuentra mantener la sana distancia, utilizar gel antibacterial, cubrebocas, caretas, evitar saludarse mano y lavarse las manos las veces que sea necesario con suficiente jabón y trabajar desde casa.

 

El documento fue ratificado el 22 de enero y publicado en la Gaceta Parlamentaria el día 25 del mismo mes del 2021, en donde se indica que todo el personal de las áreas Parlamentarias, Administrativas y Técnicas de la Cámara estará sujeto a las medidas sanitarias pertinentes para lograr disminuir el riesgo de contagios por el virus de Covid-19.

 

El Plan instruye a los titulares de las diferentes áreas poner en marcha los mecanismos necesarios, incluso a distancia, que aseguren la continuidad de los procesos sustantivos del Senado, para que no sea necesaria la presencia total de su personal, en tanto persista la emergencia sanitaria.

 

Asegura la labor presencial mínima de servicios de seguridad, médicos, suministro de agua, limpieza y aquellas labores indispensables que garantice el cumplimiento de las funciones y continuidad de las operaciones de las áreas de la Cámara.

 

Para el caso de las personas que no asistan al recinto Legislativo, entre otros puntos, dispone que coadyuvarán desde su casa con tareas del área a la que se encuentren adscritos, en los términos que para tales efectos defina su titular,

 

El Plan también indica mantener el pleno funcionamiento de la página web del Senado, y que todas las áreas deberán reportar, de forma inmediata, a la Dirección General de Servicios Médicos, las contingencias de salud que presente el personal a su mando que cubre el trabajo presencial en el recinto.

 

En caso de que se emitan disposiciones sanitarias adicionales por parte de las autoridades competentes, directamente relacionadas con el Semáforo Epidemiológico que limiten la movilidad, se podrán realizar adecuaciones al presente Plan.

 

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