Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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Los senadores Lisbeth Hernández Lecona y Pablo Escudero Morales propusieron, a nombre de los grupos parlamentarios del PRI y PVEM, la creación de la Comisión Nacional Anticorrupción, que se encargará de prevenir, investigar y sancionar a funcionarios públicos o particulares que estén involucrados en delitos de corrupción.

Destacaron que ese organismo contaría con autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propios, a fin de garantizar su independencia para que “realice su trabajo de forma profesional e imparcial”.

Asimismo, plantearon que los estados y el Distrito Federal tengan la obligación de establecer sus propias  comisiones especializadas en el combate a ese delito.

Sin embargo, por separado y desde la tribuna precisaron que la Comisión Nacional estará facultada para atraer los asuntos relacionados con este ilícito en estados y municipios, con el objetivo de determinar e imponer responsabilidades administrativas.

De igual manera, podrá conocer casos de oficio, por notificación de otros órganos del Estado, a través de demandas de “gran valor administrativo” y por reportes ciudadanos para casos donde sean victimizados por actos de corrupción en trámites menores.

Para ello, se crea un registro de Reportes Ciudadanos que será de acceso libre y permanente.

Según la iniciativa, que contiene reformas a nueve artículos constitucionales, la Comisión determinará los delitos relativos a actos de corrupción y  precise la posibilidad de decomiso y privación de la propiedad de los bienes que se hayan adquirido directa o indirectamente como resultado de este tipo de ilícitos.
 
Subraya que este organismo no estará impedido para hacer sus investigaciones por el secreto bancario, fiduciario y fiscal, además de que protegerá la integridad de las personas que denuncian, así como penalizar “las demandas frívolas”.

Se hace notar que la ley que reglamentará el funcionamiento de la Comisión fijará el procedimiento para la aplicación de sanciones, las cuales pueden consistir en amonestaciones públicas o privadas, multas personales, suspensión, destitución, dar vista al Congreso para juicio político y realizar recomendaciones de inhabilitación.

Se agrega que en caso de que la Comisión encuentre actos presumiblemente constitutivos de delito deberá dar aviso al Ministerio Público.
 

Dicha ley --se indica-- preverá que cuando las investigaciones se encuentren en curso, la información que posea la Comisión será reservada hasta que la indagatoria concluya, sin embargo, “en casos de interés nacional y respecto a los cuales ya exista información pública, se podrá comunicar a la opinión pública los avances de la pesquisa”.

También se faculta al órgano anticorrupción para interponer controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, con la finalidad de defender su esfera de competencias ante  posibles injerencias indebidas de otros órganos, ya sean federales o estatales.

De igual forma, para denunciar la posible inconstitucionalidad de una norma federal, estatal  o del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo federal y aprobados por el Senado de la República.

En el texto se explica que el Ejecutivo federal designará a los cinco comisionados que conformarán la Comisión, quienes durarán en su cargo siete años improrrogables,  mientras que el comisionado presidente ocupará ese cargo por cuatro años.

En este sentido, se sugiere que el Senado pueda objetar dichos nombramientos por dos terceras partes de sus miembros presentes y si no hubiere objeción quedará “ratificada” la designación del presidente de la República.

Sin embargo --se apunta-- en caso de existir objeción, el Ejecutivo Federal hará una nueva designación y si ésta también fuera objetada el primer mandatario designará directamente a otra persona.

Por otro lado, la iniciativa faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de combate a la corrupción, a efecto de “asegurar que tanto este tipo de delitos como las responsabilidades administrativas y penales que se deriven serán iguales en todo el país”.

Por último, se estipula la creación del Consejo Nacional por la Ética Pública, que será un órgano de carácter interinstitucional encargado de promover acciones “para fortalecer el comportamiento ético de la sociedad y coordinar las instancias de gobierno encargadas de prevenir y combatir la corrupción en toda la República”.

Dicho Consejo será presidido por el Ejecutivo federal e integrará a ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción.

La iniciativa se remitió a las comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos Primera para su análisis y dictaminación.

Asimismo, las comisiones de Gobernación y de Anticorrupción y Participación Ciudadana emitirán su opinión sobre la propuesta.

 

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