Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

 NÚMERO - 1609

  • Fortalecer la cooperación internacional y alcanzar una mayor conectividad con diferentes países, el propósito.

 

El Senado de la República ratificó- con 77 votos en favor, cero en contra y cero abstenciones- el Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de los Países Bajos firmado en la Ciudad de La Haya, el 24 de abril de 2018.

 

El mismo, tiene por objeto modernizar el marco jurídico internacional que regula las operaciones aéreas entre México y el Reino de los Países Bajos, conforme a las necesidades actuales sobre conectividad aérea, además de coadyuvar en el fortalecimiento de la relación bilateral y el desarrollo de otros sectores de la economía nacional.

 

Este instrumento, señala el documento, es parte de la estrategia del Gobierno mexicano para promover la negociación y firma de compromisos internacionales sobre transporte aéreo, a efecto de fortalecer la cooperación internacional y alcanzar una mayor conectividad con diferentes países y regiones del mundo, especialmente con aquellas regiones donde las realidades del mercado aéreo vuelven imperativa una actualización de los acuerdos existentes.

 

El Acuerdo contempla que ambos países tendrán el derecho de retener, revocar, suspender o limitar las autorizaciones de operación de una línea aérea designada por la otra parte contratante, en el supuesto que las líneas aéreas designadas contravengan las disposiciones de la legislación nacional aplicable a dicho convenio.

 

Con relación a los derechos de tráfico, el instrumento internacional que ratificó la Cámara Alta contempla que las aerolíneas mexicanas y de los Países Bajos podrán operar, sin restricciones en el acceso a los mercados de tercera y cuarta libertades, sin limitaciones en la capacidad y las frecuencias a operarse en cualquier ruta entre los dos territorios.

 

Lo anterior, se establece, fomentará la competencia para beneficio de los usuarios y la rentabilidad de las aerolíneas, tomando en cuenta los principios de igualdad de operaciones y equivalencia económica de mercados, con el propósito de impulsar el sano desarrollo de la aviación nacional, se señala.

 

Asimismo, establece que ambas naciones permitirán que las tarifas para los servicios aéreos, establecidas por cada línea designada, se basarán en consideraciones comerciales en el mercado, incluyendo el costo de operación, las características del servicio, los intereses de los usuarios, un beneficio razonable y otras consideraciones del mercado.

 

En el acuerdo internacional se indica que los ingresos, utilidades y ganancias obtenidos por las líneas aéreas designadas, derivados de la prestación de servicios aéreos internacionales, estarán gravados de conformidad con las disposiciones del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición e Impedir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta.

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