Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-960

  • El Registro Federal de Electores del INE constatará que los ciudadanos aparecen en la lista nominal de electores.

Que se actualice la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) para que en los casos de aquellos candidatos independientes que presenten firmas de apoyo falsas o simuladas, la autoridad electoral niegue su registro y presente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), propuso el Grupo Parlamentario del PRD.

La senadora Angélica de la Peña Gómez, a nombre de su compañero de bancada, el senador Isidro Pedraza Chávez, presentó ante el pleno cameral una iniciativa con proyecto de decreto para adicionar el numeral 3 al artículo 385 de la referida legislación electoral, con el objetivo de transparentar el proceso de recaudación de firmas para obtener el registro de una candidatura independiente.

Consideró que la reforma constitucional de 2012 en materia política fue histórica, debido a que con ésta se redujo el monopolio de los partidos políticos para postular candidatos y abrió la posibilidad efectiva para que la ciudadanía, con independencia de los partidos, pudieran acceder a cualquier cargo de elección popular en condiciones de equidad, bajo la figura de candidatos independientes, con los mismos derechos, obligaciones y prerrogativas que los candidatos de partidos.

“Esto resultaba un avance democrático para nuestro país y satisfacía una demanda política expresada en los últimos años por una multiplicidad de actores relevantes. Sin embargo, esta figura de participación ciudadana en tan poco tiempo se pervirtió”, manifestó.

Agregó que hace unos días se hizo público que Margarita Zavala, Jaime Rodríguez Calderón y Armando Ríos Piter, tres candidatos independientes a la Presidencia de la República, presentaron apoyos ciudadanos considerados como no válidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) para obtener su registro en busca de esa posibilidad.

“En una democracia con calidad o una buena democracia, las instituciones y los mecanismos encargados de su garantía funcionan adecuadamente, es decir, se respeta la ley, por lo que ningún ciudadano, institución u organismo, sea cual sea su condición, puede estar por encima de la ley”, señaló.

Dijo que el INE como árbitro electoral, garante de velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y la celebración periódica y pacífica de las elecciones, debiera ser garante también del Estado de Derecho.

Por esta razón proponen adicionar el numeral 3 al artículo 385 de la LGIPE, de la siguiente manera:

“Una vez que se cumplan los demás requisitos establecidos en esta Ley, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE procederá a verificar que se haya reunido el porcentaje de apoyo ciudadano que corresponda según la elección de que se trate, constando que los ciudadanos aparecen en la lista nominal de electores”.

“Las firmas no se computarán para los efectos del porcentaje requerido cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias: Nombres con dato falsos o erróneos; no se acompañen las copias de la credencial para votar vigente”, entre otras exigencias.

La iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a las comisiones Unidas de Gobernación, y de Estudios Legislativos, Primera.

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