Número-250
- Se modificó el artículo 265 de la Ley Federal del Trabajo para incorporar el pilotaje o practicaje.
El Pleno del Senado de la República aprobó, en votación nominal, por 72 votos a favor y cero en contra, una reforma al artículo 265 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de servicios profesionales en puertos.
Las disposiciones del artículo modificado se aplican al trabajo de maniobras de servicio público de carga, descarga, estiba, desestiba, alijo, chequeo, amarre, acarreo, almacenaje y transbordo de carga y equipaje, que se efectúe a bordo de buques o en tierra, en los puertos, vías navegables, estaciones de ferrocarril y demás zonas bajo jurisdicción federal.
Con la reforma se incorporaron también las maniobras de pilotaje o practicaje, porque anteriormente sólo se contemplaba el atraque.
El dictamen detalla que el atraque de buques es un servicio que se realiza mediante el pilotaje o practicaje, acorde con lo dispuesto por la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y su Reglamento.
El artículo 265 de la Ley Federal del Trabajo excluía las demás actividades que conforman el servicio de pilotaje o practicaje, como lo dispone el artículo 2 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, explica el documento.
Las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Segunda señalaron que el atraque es una maniobra del servicio público de pilotaje, que prestan los pilotos de puerto al igual que la entrada, salida, fondeo, enmienda y desatraque de barcos en los puertos nacionales, maniobras que no se mencionan en la Ley Federal del Trabajo.
El dictamen de reforma avalado por el Pleno del Senado de la República fue remitido a la Cámara de Diputados.
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