Número-139
- Se incluiría un procedimiento que permita a las empresas realizar su proceso de disolución y liquidación de una manera sencilla, rápida y gratuita.
Entre diciembre de 2015 y febrero de 2016, el Congreso de la Unión reformó la Ley General de Sociedades Mercantiles, que permitió a más emprendedores se constituyeran como empresas, mediante un nuevo régimen societario denominado Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), recordó el senador Héctor Larios Córdova.
La simplificación administrativa debe comprender el ciclo completo de vida de una empresa, por lo que simplificar el proceso para abrir una empresa también se debe trasladar al proceso del cierre, señaló el legislador del Grupo Parlamentario del PAN.
“Muchas personas no emprenden sociedades morales, porque saben que es casi imposible cerrar una empresa”, refirió ante el Pleno.
A nombre de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial presentó una iniciativa para reformar la Ley General de Sociedades Mercantiles, específicamente el capítulo X, sobre la disolución de las sociedades, y el Capítulo XI, sobre la liquidación de las sociedades.
Se incluiría un procedimiento simplificado que permita a las empresas realizar su proceso de disolución y liquidación de una manera sencilla, rápida y gratuita, con las formalidades necesarias que otorguen certeza jurídica para los accionistas y terceros que tengan derechos u obligaciones para con la sociedad, detalló el senador Larios Córdova.
Propuso que el procedimiento simplificado de disolución y liquidación únicamente se dirija para aquellas empresas que se ubiquen en supuesto específicos, y que cumplan con condiciones claras a efecto de evitar el cierre de sociedades con obligaciones pendientes de cubrir.
Para acceder a este mecanismo, las sociedades de naturaleza mercantil deberán cumplir con las siguientes condiciones: ser exclusivamente empresas con accionistas personas físicas, no estar en operaciones; no estar en concurso mercantil; que no hayan emitido facturas en los últimos dos ejercicios.
Así como estar al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social; no poseer obligaciones pecuniarias con terceros; y que sus representantes legales no estén sujetos a procedimientos penales.
El proyecto que reformaría los artículos 229,232, 236, 237,238, 240, 241, 242, 245, 246, 247, 249 Bis y 249 Bis 1 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, fue signada también por los senadores Ricardo Urzúa Rivera, Hilda Esthela Flores Escalera, Rocío Pineda Gochi, Ernesto Gándara Camou y Jorge Toledo Luis, del Grupo Parlamentario del PRI.
Por los senadores Ernesto Cordero Arroyo, Rosa Adriana Díaz Lizama, Francisco de Paula Búrquez Valenzuela y José de Jesús Santana García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Los senadores Luis Armando Melgar Bravo y Jorge Aréchiga Ávila, del Grupo Parlamentario del PVEM; y los senadores Dolores Padierna Luna y Mario Delgado Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.
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