Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1559

  • También remitió una minuta que precisa la permanencia de algunos órganos internos de control de organismos autónomos.

La Cámara de Diputados turnó al Senado de la República una minuta con proyecto de decreto que agrega a las facultades de la Secretaría de Marina (Semar) la de realizar visitas, inspecciones y otras acciones en costas y en recintos portuarios.

El proyecto reforma el inciso b, de la fracción IV y la fracción VII, y adiciona un segundo párrafo al inciso b del artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Precisa que cuando en dichas inspecciones “se presente la posible comisión de un hecho que la ley señale como delito, se pondrá a disposición ante la autoridad competente a las personas, objetos, instrumentos y productos relacionados al mismo”.

Añade a la facultad de la Semar de mantener el Estado de Derecho, la precisión de que debe hacerlo en costas y recintos portuarios, ejerciendo funciones de guardia costera, a través de la Armada.

La minuta también adiciona una fracción IV Bis al artículo 2 de la Ley Orgánica de la Armada de México, con la que faculta a esta institución para ejercer funciones de guardia costera para mantener el Estado de Derecho en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios, además de la seguridad y protección marítima, a través de acciones de vigilancia, verificación, visita, inspección u otras acciones.

También adelanta, en este caso, que cuando se presente la posible comisión de un hecho que la ley señale como delito, se pondrá a disposición ante la autoridad competente a las personas, objetos, instrumentos y productos relacionados.

La minuta se turnó a las comisiones unidas de Marina y de Estudios Legislativos Segunda.

Asimismo, la Cámara de Diputados turnó una minuta para precisar que los titulares de los órganos internos de control que cuenten con vigencia de duración en el cargo continuarán fungiendo su labor, en los términos en los que fueron nombrados, hasta la conclusión de su encargo.

Se refiere a los titulares de los órganos internos de control de los organismos autónomos, que ejercen recursos públicos del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Dicha minuta reforma el párrafo segundo del artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.

Esta minuta se turnó a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos Primera.

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