Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1547

  • La Asamblea aprobó reformas para sancionar a quienes infrinjan la Ley Federal de Protección al Consumidor.
  • Proveedores no podrán aplicar cargos sin consentimiento del consumidor.

Por unanimidad, el Senado de la República aprobó un proyecto de decreto para fortalecer los derechos del consumidor, prohibir prácticas comerciales “abusivas” y otorgar mayores herramientas a la Profeco para sancionar a quienes infrinjan la Ley en esta materia.

El dictamen, que reforma 41 artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se avaló con 85 votos a favor y se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Sugiere que los proveedores no podrán incrementar injustificadamente precios por fenómenos naturales, meteorológicos o contingencias sanitarias y tampoco aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor o que no se deriven del contrato correspondiente.

Prohíbe incluir en la información o publicidad en la que se comercialice un producto o servicio, toda leyenda o información que indique que han sido avalados, aprobados, recomendados o certificados por sociedades o asociaciones profesionales, cuando éstas carezcan de la documentación apropiada que soporte con evidencia científica, objetiva y fehaciente, las cualidades o propiedades del producto o servicio.

Los senadores respaldaron la propuesta de que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) imponga, como medidas de apremio, multas de 244.36 a 24 mil 436.82 pesos, el auxilio de la fuerza pública, ordenar arresto administrativo hasta por 36 horas.

En caso de que persista la infracción podrán imponerse nuevas multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato respectivo, hasta por 9 mil 774.73 pesos, por un período no mayor a 180 días.

Precisaron que las medidas de apremio se aplicarán en función de la gravedad de la conducta u omisión en que hubiera incurrido el proveedor, sin existir alguna prelación específica en cuanto a su imposición.

También consideraron como infracción de los proveedores de bienes, productos o servicios, obstaculizar o impedir, por sí o por interpósita persona, las visitas de verificación, así como el procedimiento administrativo de ejecución que ordene la Procuraduría.

Con este dictamen se otorgan mayores facultades a Profeco para establecer medidas de protección a la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor: emitir alertas a los consumidores, retirar del mercado los bienes o productos y ordenar la reparación o sustitución de los bienes, productos o servicios que representen un riesgo.

Entre otras sanciones, se imponen multa de 488.74 a un millón 563 mil 957.06 pesos para quien obstaculice de las visitas de verificación, y de 702.07 a 2 millones 745 mil 903.07 pesos al proveedor que aplique cargos sin previo consentimiento del consumidor o que incrementen injustificadamente precios por fenómenos naturales, meteorológicos o contingencias sanitarias.

En casos particularmente graves, la Procuraduría podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de noventa días y con multa de 141 mil 929.70 a 3 millones 974 mil 031.62 pesos. La clausura, se aclara en el documento, sólo se podrá imponer en el establecimiento en que se haya acreditado la irregularidad.

El senador Jesús Santana García, del Grupo Parlamentario del PAN, afirmó que este proyecto “dará una mayor transparencia a las multas que se imponen por la Procuraduría Federal del Consumidor”

Es momento, agregó el también presidente de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, de generar confianza en el mercado, certidumbre jurídica para los proveedores, consumidores y de las autoridades en esta materia.

Jesús Priego Calva, senador del Grupo Parlamentario del PRI, asentó que con la propuesta, la Profeco podrá retirar del mercado y ordenar la reparación o sustitución de los bienes, productos o servicios que constituyan un riesgo para la vida, la salud, la seguridad o la economía del consumidor y sus familias.

Además, las multas que imponga la Profeco se considerarán créditos fiscales y podrán ser pagados a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

Su compañero de bancada, Teófilo Torres Corzo, agregó que el dictamen busca fortalecer el marco jurídico de protección al consumidor, así como las facultades de dicha procuraduría.

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