Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1483

  • Aprueban senadores dictamen para sancionar tráfico de tabaco falsificado.
  • Piden también que se implemente un programa para la prevención, atención y control del VIH-Sida.

La Comisión de Salud, que preside el senador Salvador López Brito, aprobó un dictamen para imponer de uno a nueve años de prisión a quien adultere, falsifique o contamine cualquier producto de tabaco.

El proyecto incorpora un título octavo denominado “De los delitos” a la Ley General para el Control del Tabaco, a fin de tipificar como delito el tráfico de tabaco adulterado.

Con la reforma también se establece una sanción de uno a nueve años de cárcel y una multa equivalente de 100 a mil días de Unidades de Medida y Actualización, a quien introduzca al país, transporte, almacene, expenda, venda, o de cualquier forma distribuya productos de tabaco adulterados, falsificados, contaminados, alterados o mezclados.

De acuerdo con este dictamen, la misma pena se aplicará a quien por sí o a través de otra persona mezcle productos de tabaco adulterado, falsificados, contaminados o adulterados con otros que no lo sean, a través de la cadena de suministro.

El senador Salvador López Brito, al hacer la propuesta, destacó que “el decomiso de tabaco ilegal creció del periodo 2013-2015 en 440 por ciento en comparación con lo decomisado en 2012”.

Aunado, ello, dijo, “en tan solo dos años de la presente administración federal procedió con el aseguramiento y la destrucción de más de 57 millones de cigarrillos”.

En la reunión de trabajo, el legislador del Grupo Parlamentario del PAN, señaló que esta iniciativa cubre un vació legal sobre los productos de tabaco adulterados que “son muy nocivos para la salud”.

La Comisión, también respaldó una reforma a la Ley General de Salud, para que la Secretaría de ramo implemente un programa para la prevención, atención y control del VIH-Sida y de otras enfermedades de transmisión sexual, el cual ejecutará en coordinación con dependencias y entidades del sector y con los gobiernos de las entidades federativas.

Para la formulación del programa se escuchará la opinión y propuestas de organismos e instituciones públicas, privadas, sociales, a fin de impulsar su apoyo y participación en el desarrollo de estas acciones.

Este dictamen contempla un programa de prevención, atención y control que comprenderá, entre otras estrategias, prestar servicios de atención integral de calidad a las personas con VIH, fortalecer las acciones de promoción de la salud sexual, impulsar políticas para la disminución del estigma, discriminación, violación a derechos humanos y homofobia en poblaciones clave.

Además, se desarrollarán e impulsarán prioritariamente acciones permanentes de prevención para el uso adecuado y constante del condón. Para tal efecto, la Secretaría de Salud implementará los mecanismos adecuados de coordinación, con el objeto de brindar el acceso a condones, lubricantes, pruebas de detención del VIH-Sida.

Así como educación sexual en las comunidades lésbico-gay, mujeres y hombres trabajadores del sexo comercial y sus clientes, privados de la libertad, población joven e indígena.

En los establecimientos en los que se expendan o suministren bebidas alcohólicas, los particulares deberán instalar para su funcionamiento máquinas expendedoras de condones.

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