Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1418

  • Promoverá y garantizará  la protección al medio ambiente y la preservación del bienestar de las personas.
  • Las reformas son congruentes con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre cambio climático.

El Pleno del Senado de la República aprobó, con 79 votos a favor, el dictamen con el que se reforman los artículos 2, 4, 5, 7 y 8 de la Ley Agraria, a fin de armonizarla con los principios establecidos en la Ley General de Cambio Climático y de la ley de Desarrollo Rural Sustentable.

El documento señala que la reforma tiene el objetivo de promover y garantizar la protección al medio ambiente y, por ende, la preservación del bienestar de las personas.

La reforma al artículo 2 de la Ley Agraria establece que el ejercicio de los derechos de propiedad a que se refiere esta ley, en lo relacionado con el aprovechamiento urbano, el equilibrio ecológico y el desarrollo rural sustentable se ajustará a lo dispuesto en la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley del Equilibrio Ecológico, la Protección al Ambiente, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y demás leyes aplicables.

El artículo 4 refiere que el Ejecutivo Federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural, mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales para elevar el bienestar de la población y su participación en la vida nacional, procurando para tales efectos el principio de desarrollo rural.

Al presentar el dictamen, la senadora María Hilaría Domínguez Arvizu, del Grupo Parlamentario del PRI, comentó que los derechos constitucionales vigentes y plasmado en el artículo 4 de este precepto, es el de tener un medio ambiente óptimo y disfrutable.

Asimismo, dijo que la preservación del medio ambiente y el cuidado debe de ser una medida que dé certeza a ese precepto constitucional y, por ello, establecer medidas para su protección contra los efectos del cambio climático, es necesario para que la sociedad tenga un disfrute pleno de sus derechos.

La reforma al artículo 5 de la Ley Agraria, señala que las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal fomentarán el cuidado y conservación de los recursos naturales y promoverán su valor, aprovechamiento racional y sostenido para preservar el equilibrio ecológico, el ambiente,  los ecosistemas y  la biodiversidad.

El artículo 7 indica que el Ejecutivo Federal promoverá y realizará acciones que protejan la vida en comunidad, propicien su libre desarrollo y mejoren sus posibilidades de atender y satisfacer las demandas de sus integrantes, con base en el principio de desarrollo rural sustentable.

El artículo 8 dice en los términos que establece la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal, con la participación de los productores y pobladores del campo a través sus organizaciones representativas, formulará programas de mediano plazo y anuales en los que se fijarán las metas, los recursos y su distribución geográfica y por objetivos, las instituciones responsables y los plazos de ejecución, para el desarrollo integral y sustentable del campo mexicano.

El senador Daniel Ávila Ruiz comentó que estas reformas son congruentes con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre cambio climático y la de nuestro país es parte por lo cual estamos comprometidos a proteger el medio ambiente y generar conciencia pública en el cuidado de nuestros recursos naturales para beneficio de las generaciones presentes y futuras.

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