Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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general 2El Senado de la República avaló, con modificaciones, la minuta que expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, a fin de imponer sanciones a los menores que sean responsables de cometer delitos federales.

Los legisladores apoyaron la creación del Sistema Federal de Justicia para Adolescentes, que incluirá órganos, instancias, procedimientos, principios, derechos y garantías previstas en la Constitución y otros ordenamientos.

Con ello, se busca que en ningún caso se podrá aplicar al adolescente o adulto joven la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Entre los castigos contenidos en el nuevo ordenamiento se encuentran las medidas de internamiento en centros federales, cuya duración será  prevista de acuerdo al delito cometido por el menor.

En este sentido, se incluye la medida de internamiento permanente como la pena más grave en esta ley, que consiste en la privación de la libertad y se debe cumplir exclusivamente en dichos centros, de los que podrán salir el adolescente o adulto joven sólo mediante orden escrita de la autoridad judicial.

La duración de la misma deberá tener relación directa con los daños causados, sin poder ser inferior a un año ni superior a cinco cuando el adolescente o adulto joven tenga una edad de entre catorce años cumplidos y menos de dieciséis al momento de realizar la conducta.

Asimismo, cuando cuente con dieciséis años cumplidos y menos de dieciocho no podrá ser inferior a dos años ni superior a siete años.

En el dictamen aprobado se destaca que este tipo de medidas “son las más graves” y por tanto deben aplicarse como último recurso, por el tiempo más breve que proceda, de modo subsidiario y sólo puede imponerse a quienes tengan o hayan tenido, al momento de realizar la conducta, una edad de entre catorce años cumplidos y dieciocho años no cumplidos”.

Para ello, se deja en claro que el Ministerio Público de la Federación para Adolescentes, podrá ordenar la detención provisional del adolescente o adulto joven, únicamente en casos de urgencia y siempre que se trate de conductas tipificadas como delitos graves.


El documento precisa que serán acreedores a este tipo de sanciones los menores que realicen conductas como terrorismo, delitos contra la salud, ataques a las vías de comunicación, violación, asalto en carreteras o caminos, lesiones, homicidio, secuestro, entre otros.

Por otro lado, se faculta a la Secretaría de Seguridad Pública y a los titulares de los centros federales de internamiento para que tomen las “decisiones administrativas necesarias para garantizar el cumplimiento de las medidas”.

Sin embargo, los senadores aclararon que no podrán hacerlo cuando se involucren cambios en la situación jurídica del adolescente o adulto joven que esté sujeto a dichas medidas, ni cuando se comprometan sus derechos, “salvo los casos en que se ponga en riesgo la integridad de quienes se encuentran en el centro de internamiento, y la seguridad de los mismos”.

Además, se incorporó en la ley la prestación de servicios a favor de la comunidad, con lo cual el adolescente o adulto joven deberá realizar actividades gratuitas de interés general, en entidades de asistencia pública o privada, hospitales, escuelas u otros establecimientos del sector social.

El objetivo --se precisa-- es inculcar en ellos el respeto por los bienes y servicios públicos, así como el valor que estos representan en la satisfacción de las necesidades comunes.

También busca prohibir a los adolescentes “relacionarse con determinadas personas, con el fin de que se abstengan de frecuentar a individuos de los que se presume contribuyen en forma negativa a su desarrollo”.

Al hablar a favor del dictamen, el senador Alejandro González Alcocer, presidente de la Comisión de Justicia, precisó que la intención del dictamen es positivo y es bueno.

Con ello --agregó-- se evita un riesgo mayor en un centro de reclusión de los adolescentes, por lo que la intención está bien clara y no tiene que ver con cambiar la situación jurídica, ni afectar los derechos de los internados por una medida judicial.

A su vez, el senador perredista Pablo Gómez Álvarez advirtió que se está  cometiendo un  exceso al permitir que la Secretaría  de Seguridad Pública y los titulares de los centros titulares de internamiento tomen las decisiones administrativas necesarias para garantizar el cumplimiento de las medidas.

Ello, dijo, es una cuestión muy delicada “porque hemos estado luchando desde hace muchos años por los derechos  de los adolescentes que son inculpados e incluso los que son  sancionados”.

“No le pueden cambiar la situación jurídica ni pueden cambiar ninguna decisión interna  en la cárcel  que comprometa los derechos del que está ahí recluido”, subrayó.

La minuta que fue aprobada con 75 votos a favor y una abstención se devolvió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.


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