Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1647

  • Emitirá opinión con una perspectiva de análisis financiero, con el objeto de que en la determinación del otorgamiento de la concesión demuestren que resulta rentable.
  • Los proyectos de inversión también deberán registrarse en lo cartera de programas y proyectos de inversión que integra y administra la Secretaría.  

El Pleno del Senado de la República aprobó un dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; de Puertos; de Aeropuertos; y Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

La finalidad es establecer a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) como instancia especializada en la evaluación de proyectos de inversión, es decir, que emita opinión con una perspectiva de análisis financiero, con el objeto de que en la determinación del otorgamiento del título correspondiente o de su prórroga, valorando todas las variables económicas y financieras que demuestren que resulta rentable.

El dictamen, de las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público, de Comunicaciones y Transportes, y de Estudios Legislativos Segunda, señala que la reforma contribuye a fortalecer la interacción que debe existir entre los distintos instancias del gobierno federal respecto o lo generación de infraestructura.

De esta manera, los proyectos de inversión deberán registrarse en lo cartera de programas y proyectos de inversión que integra y administra la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Tratándose específicamente de concesiones en materia de caminos, puentes y autotransporte federal, y del servicio ferroviario, los recursos que se utilicen para la liberación de los derechos de vía deberán considerarse dentro de los costos totales del proyecto de que se trate, se establece en la modificación.

Para el otorgamiento de los títulos de concesión o la resolución de las prórrogas, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) deberá proponer a la SHCP las contraprestaciones que el concesionario deba cubrir algobierno federal en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

La senadora Dolores Padierna Luna, del Grupo Parlamentario del PRD, dijo que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no está otorgando concesiones en las mejores condiciones y tampoco asegura la viabilidad financiera de los proyectos.

Detalló que al 31 de diciembre de 2014, la SCT otorgó 46 concesiones: 22 con la autorización de la SHCP y 24 fueron impuestas unilateralmente por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; en ese sentido, la Auditoría Superior de la Federación señala que la SCT carece de la facultad para determinar el cobro de aprovechamientos a favor del gobierno federal, y ésta sólo le corresponde a la Secretaría de Hacienda.

El senador Luis Armando Melgar Bravo, del Grupo Parlamentario del PVEM, dijo que con la reforma se logra un avance en cuanto a la transparencia, eficiencia y simplificación de los procesos de concesión.

Dijo que fomenta también la participación de un sector empresarial enfocado a los proyectos que detonan el desarrollo en infraestructura carretera, aeroportuaria, portuaria y ferroviaria; además dará seguridad y modernidad al país.

Se reformó el artículo 6, tercer párrafo y se adicionó un artículo 6Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; el artículo 23 Bis a la Ley de Puertos; el artículo 10Bis a la Ley de Aeropuertos; y el 8Bis a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

El dictamen fue aprobado en votación nominal por 86 votos a favor y cero en contra; y fue remitido al Ejecutivo federal para su promulgación.

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