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La Cámara de Senadores avaló con 65 votos a favor y 13 en contra, la minuta que expide la Ley de Asociaciones Público Privadas, que permite al sector privado ser un proveedor de servicios públicos con contratos que duren hasta 40 años.
Así, “se permitirá el desarrollo de nuevos proyectos de servicios que se consideren necesarios para la creación y funcionamiento del Estado mexicano, lo que generará crecimiento económico y detonará la creación de empleos”, se subraya en la minuta.
Con ello, explicaron los senadores, se busca formalizar las asociaciones de la administración pública federal con particulares para la prestación de servicios, incluidos aquellos en los que se requiera construir infraestructura, mediante esquemas de financiamiento distintos a los contemplados por la Ley de Obras Públicas.
De igual forma, indicaron que “la novedad de enfoque de estos esquemas es que el Estado celebrará un contrato para recibir del sector privado la prestación de un servicio y no la adquisición de activos fijos”.
Además, la adjudicación de los proyectos se hará mediante concurso público en el que pueden participar el mayor número de interesados que cumpla los requisitos de la convocatoria y las bases correspondientes.
De igual manera, se podrá adjudicar directamente un contrato en el supuesto de que una invitación se declare desierta, mientras que en el caso de invitaciones restringidas, se permitirá la adjudicación del contrato a la mejor de las proposiciones presentadas aún en el supuesto de que se reciban menos de tres proposiciones.
A su vez --se explica en la minuta-- en el contrato se señalarán los servicios a ser proporcionados por el particular, con especificaciones, términos y condiciones, las contraprestaciones a favor de los particulares por los servicios prestados y los riesgos que cada una de las partes asumiría en el desarrollo del proyecto.
También, se instituye la presentación de las denominadas “propuestas no solicitadas”, a efecto de que los particulares interesados en desarrollar un proyecto de asociación podrán presentar sus proyectos, sin que se hayan solicitado o hayan convocado a concurso por la APF.
Con ello, se agrega, se propiciarán condiciones e incentivos para que el sector privado presente proyectos que, de ser de interés del sector público, puedan llevarse a la práctica.
Al manifestar el voto en contra del PRD, el senador Pablo Gómez Álvarez señaló que la nueva Ley es “un atraco al país”, pues representa “el intento para llevar a cabo una gigantesca y cada vez mayor privatización de los servicios públicos y de la infraestructura”.
Además, señaló, “contiene elementos para legalizar la corrupción”, ya que promueve la reconversión del Estado en un instrumento de promoción de intereses privados de conformidad con la ley”.
Lo anterior, porque cualquier servicio público podrá ser proporcionado por amigos de funcionarios con contratos de 40 años, que puede tener prórrogas para que “el negocio sea prácticamente interrumpido”.
Su compañero de bancada, Tomás Torres Mercado recordó que ya existen figuras para que los particulares puedan prestar servicios que originariamente proporcionaba el Estado, como los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo (Pidiregas), pero no se contabilizan en la deuda nacional.
“No podemos cuestionar el argumento de la inversión productiva y la generación de empleos, pero al cierre de los ejercicios fiscales encontramos que hay déficit en la inversión y en la infraestructura pública, asentó.
En tanto, la también senadora perredista Yeidckol Polevnsky Gurwitz coincidió en que la nueva Ley, además de transgredir la Carta Magna, es una licencia abierta para la corrupción, porque otorga “manga ancha” para hacer “cualquier tipo de convenios con empresarios”.
“Pensar en el futuro --expresó--, es no dar licencias abiertas para la corrupción” y autorizaciones que sólo endeudarán a nuestro país
La minuta, que reforma las leyes de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de Expropiación, y General de Bienes Nacionales, así como del Código Federal de Procedimientos Civiles, se remitió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
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