Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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La Cámara de Senadores fortaleció las facultades y obligaciones de la Secretaría de Educación Pública, respecto a la ejecución de obras de restauración y mantenimiento de los muebles e inmuebles federales utilizados para fines religiosos considerados monumentos históricos o artísticos.

El dictamen aprobado establece que en materia de derechos y obligaciones, las asociaciones religiosas deberán obtener, para obras de construcción, reparación, restauración, ampliación, remodelación, conservación, mantenimiento y demoliciones, la autorización de la SEP, a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia o del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, según corresponda.

Además, deberán sujetarse a los requisitos que dichos organismos señalen para la conservación y protección del valor artístico o histórico del inmueble. 

En congruencia con la reforma anterior, se especifica que las instituciones destinatarias deberán realizar las obras de acuerdo con los proyectos que formulen y, en su caso, las normas y criterios técnicos que emita ya sea la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la de Educación Pública.

También, precisa que la institución destinataria podrá tramitar la adecuación presupuestaria respectiva para que las secretarías de Hacienda o de Educación Pública, en el caso de los monumentos históricos o artísticos, realicen tales obras, conforme un convenio que suscriban con sujeción a las disposiciones aplicables. 

El dictamen a la minuta que reforma la Ley General de Bienes Nacionales, se turnó al Ejecutivo federal para sus efectos. 

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