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El Senado de la República devolvió a los diputados, con observaciones, la minuta que busca reformar las leyes del Seguro Social y del ISSSTE, a fin de brindar seguridad social a las personas que se encuentran bajo las figuras jurídicas del Pacto de Solidaridad o de Sociedad de Convivencia.
En las observaciones que realizaron, los senadores consideraron innecesarias las modificaciones que proponen los diputados, “toda vez que dichas disposiciones no son de carácter discriminatorio”.
Explicaron que la minuta pretende establecer el requisito de vivir dos años “como si fueran matrimonio”, lo que implicaría recurrir a una fórmula para reconocer el concubinato, prevista en los códigos civiles de Coahuila y el Distrito Federal.
Sin embargo, señalaron que el Código Civil Federal establece que un requisito para el reconocimiento del concubinato consiste en una convivencia de más de cinco años.
Por ello, justificaron que “a fin de evitar que una ley del orden local se generalice en toda la República a través de la Ley del Seguro Social”, se convino eliminar el criterio de “dos años” por el de “cinco años” tal y como lo previene el texto de la Ley actual.
Además, expusieron que la propuesta de modificación a la Ley del Seguro Social en cuanto a pensiones por viudez, orfandad y ascendientes del asegurado y por riesgos de trabajo, resulta innecesaria, “ya que dicho cuerpo normativo no contempla algún elemento discriminatorio”.
Por otro lado, se menciona que la minuta de la colegisladora crea la figura de “Unión Civil”, lo cual no es acorde con la intención del legislador de amparar a los matrimonios del mismo sexo.
Lo anterior, debido a que sólo incluye dos conceptos jurídicos --pactos civiles de solidaridad y las sociedades de convivencia-- previstos en legislaciones de Coahuila y el Distrito Federal.
Por lo que de aprobarse el proyecto de decreto en los términos propuestos por los diputados, no reconocerían alguna otra figura jurídica distinta a las mencionadas, advirtieron.
Como se podrá observar, la definición de Unión Civil es tan amplia que podría llegar a constituir un foco de defraudación al IMSS y al ISSSTE, imposible de controlar, situación que ahondaría en el crítico estado financiero de dichos Institutos, se puntualiza en el documento.
En este sentido, indicaron que la Ley de Sociedad de Convivencia para el Distrito Federal y la de Pacto Civil de Coahuila no establecen el otorgamiento de la seguridad social a los contratantes.
Agregaron que de aprobarse esta reforma --enfatizaron-- “se tendría un impacto aún indeterminado en las finanzas del IMSS y del ISSSTE, así como en las nacionales”.
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