Número-539
- El actual padrón no refleja las acciones generadas por la autoridad en materia de inspección y verificación, aseguró legislador del PVEM.
- Propuso negar autorizaciones de aprovechamiento o registro de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre a quienes se encuentren en dicho padrón.
El senador Juan Gerardo Flores Ramírez, del Grupo Parlamentario del PVEM, presentó una iniciativa que busca fortalecer el padrón de infractores a la normatividad relativa a la conservación y aprovechamiento de la vida silvestre.
Dijo la Ley General de Vida Silvestre prevé que la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales realice un registro de infractores de aquellas personas que contravengan el marco jurídico en esta materia.
En este sentido, agregó, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente publicó un padrón en su página electrónica, pero éste carece de ciertos elementos indispensables y en él sólo se encuentra disponible información de ocho entidades federativas, con 103 registros de 2010 a 2014, de cuáles 16 tienen el nombre de los predios y no de las personas responsables de las infracciones.
Actualmente, dijo Flores Ramírez, este padrón de infractores no refleja las acciones generadas por la autoridad en materia de inspección y verificación.
El legislador del Partido Verde Ecologista de México destacó la importancia de que este registro opere como una herramienta oportuna y eficaz que inhiba acciones contrarias a la normatividad, que su información sea pública, se actualice bimestralmente y se registre, entre otros puntos, el nombre del infractor, las infracciones cometidas, la sanción impuesta y la fecha de ingreso al padrón.
Propuso negar autorizaciones de aprovechamiento o registro de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre a quienes se encuentren en dicho padrón, ya sea al responsable técnico de vida silvestre, al propietario o legítimo poseedor de los predios o instalaciones en los que se realicen actividades de conservación.
Además, planteó la posibilidad de que los infractores soliciten la baja del padrón, siempre y cuando se acredite el pago de la sanción económica, la reparación del daño o la realización de una inversión equivalente que permita proteger a la especie afectada.
La iniciativa, que reforma los artículos 47 Bis 3, 104 y 120 de la Ley General de Vida Silvestre, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Estudios Legislativos, Segunda.
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