Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-438

  • No hay una definición preconfigurada sobre la integración de la Corte, ni una mano negra que busque debilitar a la institución jurisdiccional máxima: Gil Zuarth.
  • Quería construir, en todo caso, sin lastimar, ser candidato del Senado de la República, por los trabajos que había hecho, hasta ahí, pero era una aspiración: Cervantes Andrade.

No existe plazo específico para que el Presidente de la República envíe la terna de candidatos para sustituir a los ministros Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), señaló el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Roberto Gil Zuarth.
Refirió que la Constitución establece un proceso de tres etapas: en la primera, el Ejecutivo federal envía la terna a la Cámara de Senadores, y una vez recibida, el Senado tiene 30 días para pronunciarse; si no existe resolución en ese periodo, se entenderá que fue desechada la propuesta.
En segundo término, se enviaría una segunda terna, y si no existe pronunciamiento de los senadores también se retira. “La etapa final consiste en que, una vez que no se tomaron en cuenta dos ternas de candidatos, el Presidente de la República haría el nombramiento de manera directa”, dijo el Senador Gil Zuarth.
Explicó que es recomendable que el 30 de noviembre hubiera una decisión, para que la SCJN pueda funcionar de manera integral con sus 11 ministros, y cada una de las salas tenga cinco ministros, y así evitar un vacío en la Corte; “pero no hay una definición de tiempo”, reiteró.
Subrayó que el envío de las ternas “dependerá del propio análisis que haga el Presidente de la República. A partir del primer minuto que nosotros recibamos la terna, empieza a correr el plazo de los 30 días para pronunciarnos, ahí sí tenemos plazo, el presidente no, nosotros sí”.
El presidente de la Mesa Directiva dijo que podría posponerse la decisión del Presidente para enviar ternas al Senado de la República.
“No existe una definición preconfigurada sobre la Suprema Corte, ni una mano negra que busque debilitar a la institución jurisdiccional máxima; por el contrario, el Senado analizará, discutirá y votará las ternas; y los dos poderes haremos lo que mejor le convenga al país”.
Por su parte, el senador con licencia, Raúl Cervantes Andrade pidió que se deben terminar las especulaciones sobre una presunta postulación como ministro de la corte “nunca que yo sepa hubo un acuerdo en específico, ni una invitación de ninguno de los dos poderes, ni siquiera un compromiso por parte de mis compañeras senadoras o senadores”.
“Si hubiera habido alguna posibilidad, pongo de testigos a mis senadoras y senadores, yo quería construir, en todo caso, sin lastimar, ser candidato del Senado de la República, por los trabajos que había hecho, hasta ahí, pero era una aspiración, mi realidad era el ejercicio de mi libro, que está terminado y entregado”.
El senador con licencia dijo que cuándo termina el mandato de un ministro, lo primero que se debe definir es qué perfil deja y la necesidad que tiene la Corte, es decir, el Pleno y la Primera y Segunda Sala, “para que garanticemos que eso se retroalimente en un crecimiento y una evolución”.
Por su parte, el senador Arturo Zamora Jiménez, vicepresidente de la Mesa Directiva, detalló que el artículo 96 constitucional establece un sistema de responsabilidades compartidas, es decir, faculta al Presidente de la República a que integre y presente las ternas correspondientes, y el Senado tiene la facultad de resolver por mayoría calificada la determinación de quién será el ministro de la SCJN.
“La Constitución establece criterios amplios, y en ellos no cabe lugar al veto anticipado; porque establecen la idoneidad de los candidatos, es decir, que sean perfiles preparados en derecho y con independencia de criterio”, abundó el senador Zamora Jiménez.
Dijo que sería importante que las ternas estén compuestas por candidatos que provengan del sistema de carrera judicial, por la reforma al artículo Primero Constitucional, pero que ello no debe ser prohibitivo para que haya académicos e investigadores, porque podrían nutrir el sistema de interpretación constitucional de la SCJN.

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