Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

CYTLa Comisión de Comunicaciones y Transportes aprobó reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones para que los usuarios de telefonía tengan la opción de pagar sus llamadas por segundo, cuando no quieran sujetarse al esquema de redondeo o a algún otro plan tarifario.

En el dictamen se menciona que pagar sólo tiempo efectivo de las llamadas telefónicas es un reclamo de más de noventa millones de usuarios.

Se agrega que el artículo 60 de la Ley prevé que los concesionarios tengan la posibilidad de fijar libremente las tarifas de los servicios de telecomunicaciones al público en general.

Dicha la libertad tarifaria --enfatizaron los legisladores-- ha permitido a los concesionarios implementar diversas estrategias comerciales como el prepago y pos-pago e incrementar la penetración y densidad de los servicios de telecomunicaciones.

Pero “el hecho de que los concesionarios cobren a los usuarios las llamadas por minuto o redondeo aun cuando no corresponda al tiempo efectivo de la llamada, afecta los intereses de los usuarios de telefonía”.

Sobre todo porque la Comisión Federal de Telecomunicaciones determinó que las tarifas de interconexión entre redes debe aplicarse con una tasación por segundo o tiempo real.

Sin embargo, consideraron los senadores, aplicar las tarifas en tiempo real afectaría la competencia entre concesionarios y la fijación estricta por segundo implicaría el pago real del servicio de prepago, lo que implicaría la desconexión automática de la llamada cuando se consuman todos los segundos adquiridos previamente.

Por ello, es necesario conservar la libertad tarifaria y establecer que los usuarios tengan la opción de elegir el pago por segundo en las llamadas telefónicas, cuando no quieran sujetarse al esquema de redondeo u otro plan tarifario.

En otro tema, la Comisión que preside el senador Fernando Castro Trenti aprobó un dictamen para canalizar 50 por ciento de los recursos obtenidos por multas de tránsito a la atención y apoyo de las víctimas de delitos cometidos en las vías generales de comunicación.

El proyecto de decreto reforma el Artículo 590 BIS de la Ley de Vías Generales de Comunicación para que de los ingresos derivados por multas impuestas por infringir disposiciones en materia de tránsito en caminos y puentes federales, se destine el 50 por ciento a la Secretaría de Seguridad Pública.

Lo anterior, a fin de que la dependencia cubra sus gastos de operación e inversión en programas vinculados a la propia seguridad pública. De manera específica --en caso de que el pleno apruebe la propuesta--, se canalizará el 20 por ciento de la parte que le corresponde a la Secretaría a la prevención del delito.

El otro 50 por ciento, se precisa en el dictamen, se enviará al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, a fin de que lo destine a la atención y apoyo de las víctimas de delitos cometidos en las vías generales de comunicación.

En la iniciativa se menciona que ante el aumento desproporcionado de la inseguridad y la violencia es necesario tomar acciones precisas para devolver a la sociedad la esperanza y confianza en los cuerpos de seguridad pública.

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