Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número. 819

  • Se modificaron los artículos 18 y 73 constitucionales para obligar a las entidades federativas a que inserten este modelo en cada uno de sus territorios.
  • La reforma, que fue avalada por 20 estados, especifica que el proceso penal para este sector de la población será acusatorio y oral.

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión realizó la declaratoria de aprobación, avalada por el voto de 20 entidades federativas, de la reforma a los artículos 18 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de justicia para adolescentes.

El senador Miguel Barbosa Huerta, presidente de la Comisión Permanente, dijo que la Presidencia de esta instancia legislativa seguirá atenta para recibir las resoluciones que emitan otras legislaturas de los estados sobre este proyecto de decreto, que se integrarán al expediente.

El el artículo 18 se especifica que las entidades federativas deberán establecer un sistema integral de justicia para adolescentes, entre 12 y 18 años de edad, que hayan delinquido, para que éste garantice sus derechos mediante la asistencia social.

Especifica que el proceso de justicia para este sector de la población será acusatorio y oral, y las medidas impuestas deben tener como finalidad la reinserción social de los menores infractores.

La reforma al artículo 73 de la Constitución faculta al Congreso de la Unión para expedir una legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, a escala nacional en el orden federal y fuero común.

Al respecto, la senadora Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, señaló que en el próximo periodo ordinario de sesiones, se deberá garantizar la creación de una ley nacional que unifique un sistema de justicia para menores, porque actualmente se encuentra disperso y, en algunos casos, hasta es contradictorio con el artículo 18 constitucional.

Subrayó que también se tendrán que unificar las sanciones de privación de libertad, las medidas alternativas a ésta, la responsabilidad de la asistencia social con los menores de 12 años, y cómo tiene que trabajar el Estado para resarcir los derechos de los adolescentes que se encuentran en una situación de vulnerabilidad.

Al fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, la diputada Lilia Aguilar Gil dijo que con esta reforma se propicia el fortalecimiento jurídico para que se respeten los derechos humanos de adolescentes y niños menores de edad en situaciones de conflicto; y reconoció que se abre la discusión y se avanza a la modernidad.

El senador Arturo Zamora Jiménez, del Partido Revolucionario Institucional, destacó que el sistema penal entra a una etapa totalmente diferente, pues la Ley de justicia para adolescentes establece la prevención de la comisión de delitos por menores de edad, bajo una óptica de trabajo social y familiar.

En los siguientes 180 días, como lo establecen los artículos transitorios, acotó, las entidades federativas y el Distrito Federal deberán armonizar sus normas para garantizar los valores tutelados en la propia norma penal, como son la vida, la libertad y el patrimonio, que sean transgredidos por conductas imprudentes o intencionales de los menores, cuyos derechos humanos tendrán que ser protegidos.

El proyecto de decreto obtuvo el voto a favor de las siguientes entidades: Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz, Zacatecas y Puebla.

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