Número-520
- Senado emitió la declaratoria de aprobación de Decreto por el que se reforma la fracción III del Apartado A del artículo 2 de la Constitución.
- Se salvaguardan los derechos humanos por encima de los usos y costumbres.
En la sesión del pasado 8 de abril, el Pleno de la Cámara de Senadores declaró aprobado el Decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Constitución, a fin de que las formas de gobierno indígena garanticen que mujeres y hombres ejerzan sus derechos de votar y ser votados, así como de acceder y desempeñar los cargos públicos en condiciones de igualdad.
El presidente de la Mesa Directiva, Miguel Barbosa Huerta, informó a la asamblea que 19 congresos estatales notificaron al Senado su respaldo a la enmienda, por lo que reúne la aprobación de la mayoría de las legislaturas de los estados que se requiere para aplicar la reforma a la Carta Magna.
Con ello, se fortalecen los mecanismos de protección, acceso y ejercicio pleno de los derechos político electorales tanto de mujeres como de hombres indígenas, particularmente en los casos en que los usos y costumbres de una etnia o pueblo no les permitan postularse y ocupar un cargo de elección popular.
Además, se da certeza a la protección de los usos, costumbres y tradiciones indígenas, siempre y cuando éstas no vulneren los principios de derechos humanos y de garantías individuales plasmados en la Carta Magna o en tratados internacionales firmados por México, conforme lo marca el artículo 1 de la Constitución.
En su momento, los legisladores hicieron énfasis en que todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
De esta manera, las comunidades indígenas tienen derecho a elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfruten y ejerzan su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad.
Del mismo modo, podrán acceder y desempeñar cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados.
“En ningún caso --asentaron-- las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales”.
Los congresos que notificaron el aval a la reforma fueron Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas y Veracruz.
Barbosa Huerta dijo que el Senado estará a la espera de recibir las resoluciones de otras legislaturas estatales, para su integración al expediente correspondiente.
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