Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-247

  • La Comisión envió un informe a la Cámara de Senadores para especificar las inconsistencias encontradas en visitas, durante febrero y marzo de 2014.
  • Asimismo, hace recomendaciones a los gobernadores y al jefe de gobierno del Distrito Federal para terminar con los malos tratos.

El Senado de la República recibió el Informe Especial sobre los Centros de Tratamiento Interno para Adolescentes que infringen las leyes penales que dependen de los gobiernos estatales y del Distrito Federal en la República Mexicana, enviado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
El documento refiere que, durante febrero y marzo de 2014, personal de la CNDH, con el apoyo de personal de los organismos públicos protectores de derechos humanos de diversos estados, visitó y supervisó 56 centros para adolescentes que han infringido las leyes penales, en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal, para examinar el trato y las condiciones de detención de los menores recluidos.
Cabe destacar que de estos lugares, 15 son varoniles, 37 son mixtos, y únicamente 4 son exclusivos para mujeres. En ellos se encuentran internos cuatro mil 734 jóvenes, específicamente 4 mil 448 hombres y 286 mujeres. Detalla que mil 841 se encuentran sujetos a procedimiento y dos mil 893 están cumpliendo con un tratamiento; asimismo, cuatro mil 438 de ellos están internados por delitos del fuero común y 296 por delitos del fuero federal.
El informe de la CNDH refiere que el trato que reciben los menores recluidos, contraviene diversas normas nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
Entre las irregularidades se encuentran: tratos crueles, inhumanos y degradantes; deficiencia de las instalaciones e insalubridad; falta de áreas para actividades; desigualdad de las áreas y personal especializado; deficiencias en la alimentación; sobrepoblación y hacinamiento; inapropiada separación y clasificación; irregularidades en la imposición de sanciones disciplinarias, insuficiente difusión de reglamentos y en algunos casos, la inexistencia de reglamentos y de manuales de procedimientos.
Asimismo, se detectaron irregularidades en la prestación del servicio médico; ausencia de programas contra las adicciones y desintoxicación; falta de capacitación del personal de los centros de tratamiento interno y deficiencias en su supervisión; presencia de elementos policiales que viven en los establecimientos; obstrucción de la visibilidad hacia el interior de las estancias; falta de modificaciones y adaptaciones para facilitar la accesibilidad de personas con discapacidad física; y falta de apoyo de intérpretes para quienes pertenecen a comunidades indígenas y no hablan el idioma español.
Los jóvenes en los centros de tratamiento interno en Berriozábal, Chiapas; femenil en Villahermosa, Tabasco; y en Alto Lucero, Veracruz, denunciaron maltrato físico y psicológico por parte de servidores públicos, tales como golpes, insultos, amenazas, permanencia en posturas forzadas y uso de esposas por lapsos prolongados; utilización de gas pimienta, vendas en los ojos, condiciones de encierro sin ropa, en celdas insalubres, sin servicios sanitarios ni ventilación, así como privación de agua y alimentos.
En cinco centros de tratamiento interno en Coahuila, Chihuahua, Distrito Federal y Sonora, la población interna rebasa la capacidad, mientras que en cuatro establecimientos en las entidades de Durango, Estado de México, Jalisco y Tamaulipas, se hallaron condiciones de hacinamiento debido a una mala distribución. Lo anterior provoca que varios adolescentes compartan cama o duerman en el piso.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos hizo recomendaciones a los gobernadores y al jefe de gobierno del Distrito Federal para resolver los problemas que presentan las estancias estatales donde se encuentran los jóvenes que infringieron leyes penales.
Entre ellas se encuentran: girar instrucciones precisas a las autoridades encargadas de los centros para evitar toda clase de abusos y maltrato físico y psicológico, así como para que la fuerza y los instrumentos de coerción, únicamente sean utilizados en casos excepcionales, siempre y cuando se hayan agotado los medios pacíficos de control y de acuerdo a la forma expresamente autorizada por un ordenamiento legal.
Particularmente, se debe erradicar cualquier acto relacionado con golpes, insultos, amenazas, permanencia en posturas forzadas. El uso de esposas por lapsos prolongados; utilización de gas pimienta, vendas en los ojos, el despojo de la ropa y encierro en celdas insalubres sin servicios sanitarios ni ventilación. Lo anterior, sin menoscabo de las medidas de seguridad que deben prevalecer para garantizar la seguridad de los establecimientos y evitar situaciones de riesgo para la integridad de los adolescentes, el personal que ahí labora y los visitantes, especifica el informe.
Dicho documento fue remitido a la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República para su análisis.

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