Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

COMUNICADO-1507

•  Avaló con 90 votos a favor y 27 en contra las reformas a la Ley Federal de Presupuesto y de Responsabilidad Hacendaria y a la Ley General de Deuda Pública.

•  Continúa el debate para el desahogo de las reservas en lo particular.

El Senado de la República aprobó en lo general el último dictamen de la reforma energética, relativo a la regulación de las  transferencias de recursos del Fondo Mexicano del Petróleo y posibilitar que el Gobierno Federal  asuma parte proporcional de los pasivos laborales de Pemex y de la Comisión Federal de Electricidad

Al cabo de un debate en el que senadores del PRD y del PT reiteraron su oposición a la reforma y senadores del PRI, PAN y PVEM refrendaron su respaldo a la misma, el pleno aprobó en lo general, con 90 votos a favor y 27 votos en contra, el dictamen con el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y de Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Deuda Pública.

Con ello, se introduce en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria un nuevo Título Quinto denominado “de las Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo” y se establece que el gasto en inversión de Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias no se contabilizará para efectos del equilibrio presupuestario previsto en el artículo 17 de este ordenamiento.

Lo anterior, sin perjuicio de que los requerimientos financieros del sector público deberán contribuir a mantener la salud financiera de la administración pública federal y a una evolución ordenada del saldo histórico de los requerimientos financieros del sector público.

Precisa que el gasto corriente estructural propuesto por el Ejecutivo federal en el proyecto de Presupuesto de Egresos, aquél que apruebe la Cámara de Diputados y el que se ejerza en el ejercicio fiscal, no podrá ser mayor al límite máximo del gasto corriente estructural.

Para ello, el gasto de las empresas productivas del Estado y sus empresas productivas subsidiarias no se contabilizará dentro del gasto corriente estructural que se utilice como base para el cálculo de dicho límite máximo.

Respecto a las transferencias extraordinarias del Fondo Mexicano del Petróleo dispone que únicamente cuando la reserva del Fondo al inicio del año calendario sea mayor al 3 por ciento del Producto Interno Bruto del año previo, el Comité Técnico podrá recomendar a la Cámara de Diputados, a más tardar el 28 de febrero, la asignación del incremento observado el año anterior en la Reserva del Fondo a los siguientes rubros:

Hasta por un monto equivalente a 10 por ciento, al fondo para el sistema de pensión universal; hasta 10 por ciento para financiar proyectos de inversión en ciencia, tecnología e innovación, y en energías renovables; hasta 30 por ciento para fondear un vehículo de inversión especializado en proyectos petroleros, coordinado por la Secretaría de Energía y, en su caso, en inversiones en infraestructura para el desarrollo nacional.

Y hasta 10 por ciento en becas para la formación de capital humano en universidades y posgrados; en proyectos de mejora a la conectividad; así como para el desarrollo regional de la industria.

En el régimen transitorio, se plantea que la posibilidad de que el gobierno federal asuma una parte proporcional del pasivo laboral a cargo de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad.

Lo anterior, siempre y cuando a más tardar en un año a partir de la entrada en vigor de la reforma, dichas empresas alcancen un acuerdo con sus respectivos sindicatos para modificar el contrato colectivo de trabajo y sus respectivas disposiciones relacionadas con el personal de confianza, a fin de  reducir en el mediano plazo el pasivo laboral dentro de las empresas.

Además, se tendrá que realizar una modificación al régimen de pensiones compatibles con el régimen de cuentas individuales integradas en el Sistema de Ahorro para el Retiro, es decir, que permita la portabilidad de derechos, así como para que se contemple un ajuste gradual a los parámetros para determinar las pensiones de los trabajadores activos, incluyendo la edad de retiro para reflejar el cambio en la esperanza de vida.

También se establece como requisito indispensable que la Auditoría Superior de la Federación realice una auditoría específica a los fondos de pensiones y jubilaciones de las empresas, con el objeto de identificar las características del pasivo laboral referido, y en caso de detectar actos ilegales proceder al fincamiento de responsabilidades.

En relación con las modificaciones a la Ley General de Deuda Pública, se aprobó que las obligaciones a cargo de las empresas productivas del Estado y sus empresas productivas subsidiarias sean consideradas como obligaciones constitutivas de deuda pública.

DATOS DE APOYO: REFORMA ENERGÉTICA

12 de agosto de 2013.El Presidente de la República, Enrique Peña, presentó la Iniciativa de reforma a los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia energética. La propuesta se envió al Senado de la República.
 
8-10 de diciembre de 2013. Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Energía y de Estudios Legislativos, Primera, aprueban el dictamen.

10-11 de diciembre de 2013. Aprueba Senado en lo general y lo particular la reforma constitucional en materia energética. Se remitió a la Cámara de Diputados.

11-12 de diciembre de 2013. La Cámara de Diputados avaló en su totalidad la reforma y la remitió a los Congresos estatales para su análisis.

18 de diciembre de 2013. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió la declaratoria constitucional de la reforma energética, una vez que ésta fue ratificada por la mayoría de los congresos estatales.

20 de diciembre de 2013. El presidente Enrique Peña Nieto promulgó la reforma constitucional.

30 de abril de 2014. El presidente Enrique Peña Nieto envió al Senado de la República 9 iniciativas de leyes secundarias en materia energética. A la Cámara de Diputados se remitieron tres por su contenido fiscal y presupuestal.

29 de mayo de 2014. Las comisiones de Energía y de Estudios Legislativos, Primera, se declararon en sesión permanente para dictaminar leyes energéticas.

16 de julio de 2014. La Comisión Permanente convocó a periodo extraordinario al Senado de la República para la aprobación de las leyes secundarias en materia energética.

17-21 de julio de 2014. En periodo extraordinario, el Senado de la República aprobó cuatro dictámenes de leyes secundarias de la reforma energética, entre las que destacan: Ley de Hidrocarburos, Ley de Inversión Extranjera, Ley de la Industria Eléctrica, de Energía Geotérmica, de PEMEX, de CFE, de los Órganos Reguladores, y de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial.

25-27 de julio de 2014. La Cámara de Senadores aprobó las minutas con contenido fiscal y presupuestal remitidas por la Cámara de Diputados.

En este proceso legislativo se aprobaron 9 leyes nuevas y se modificaron 12 ya existentes.

Nuevas Leyes:
 
Ley de Hidrocarburos,
Ley de Industria Eléctrica,
Ley de Energía Geotérmica,
Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos,
Ley de Petróleos Mexicanos,
Ley de Comisión Federal de Electricidad,
Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo
 
Leyes reformadas
 

Ley de Inversión Extrajera,
Ley Minera,
Ley de Asociaciones Público Privadas,
Ley de Aguas Nacionales,
Ley Federal de las Entidades Paraestatales,
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas,
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
Ley Federal de Derechos,
Ley de Coordinación Fiscal,
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y
Ley General de Deuda Pública.


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