Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Comunicado-1370
  • Se elimina el concepto de expropiación de tierras para el desarrollo de la industria eléctrica.
  • Es el segundo dictamen de las leyes secundarias energéticas; sigue hoy el tercer proyecto.

El Senado de la República aprobó en lo general y lo particular el decreto por el que se expiden las nuevas leyes de la Industria Eléctrica y de Energía Geotérmica y se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, eliminando el concepto de expropiación de tierras para el desarrollo de la industria eléctrica.

La modificación al dictamen, avalado por el pleno, fue propuesta por las comisiones unidas de Energía y de Estudios Legislativos, Primera, y coincide con el modelo de ocupación temporal de tierras para actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, contenido en la ya aprobada Ley de Hidrocarburos.

El pleno decidió retirar el concepto de expropiación de tierras de los artículos 11 y 71 de la Ley de la Industria Eléctrica.

El dictamen es el segundo que aprueba el Senado de la República en este periodo de sesiones extraordinario, que continúa para discutir y votar otros dos dictámenes de la legislación secundaria de la reforma energética constitucional.

Agotado el debate de los artículos reservados del dictamen, en la madrugada de este día, el presidente del Senado, Raúl Cervantes Andrade, sometió a sufragio de las senadoras y senadores el proyecto, que recibió 88 votos a favor y 26 en contra. Fue remitido como minuta a la Cámara de Diputados, en su calidad de cámara revisora.

Del dictamen se retiró el párrafo que establecía que el Ejecutivo federal debería diseñar una estrategia para sustituir los subsidios generalizados por apoyos focalizados. Se mantiene que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aplicará las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas reguladas, las tarifas máximas de los suministradores de último recurso y las tarifas finales del suministro básico.

De igual forma, el Ejecutivo federal determinará, mediante acuerdo, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales para determinados grupos de usuarios del suministro básico, en cuyo caso el cobro hará transparente la tarifa final que hubiere establecido la CRE.

Otro de los cambios establece que en ningún caso los contratos de producción independiente de energía que amparan centrales externas legadas y sus garantías, celebrados con la CFE, se tendrán por rescindido debido a la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.

Los contratos, convenios o instrumentos de naturaleza jurídica análoga o que estén relacionados con ella no podrán prever cláusula o acuerdo de voluntad alguno, que otorgue exclusividad o preferencia ilícitas en beneficio de cualquier organización.

Tras las intervenciones a favor y en contra, el pleno rechazó las propuestas de modificación que senadores del PRD y PT presentaron en temas relacionados a la red eléctrica y tarifas del servicio eléctrico, de la Comisión Federal de Electricidad, así como en geotermia y aguas nacionales.

Después de desahogar la presentación de reservas, se avalaron las modificaciones planteadas por integrantes de las comisiones dictaminadoras a los artículos 3, 11, 41, 71, 73, 75, 110, 111, 139, y a los transitorios décimo, décimo tercero, décimo séptimo, décimo octavo y vigésimo cuarto de la Ley de la Industria Eléctrica.

Los cambios contemplan que el Consejo de Administración del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) cuente, al menos, con una tercera parte de consejeros independientes.

Además, se precisó que las disposiciones del capítulo de Uso y Ocupación Superficial serán aplicables respecto de los derechos que en la Constitución, las leyes y los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano, reconocen a las comunidades indígenas.

Por otro lado, el dictamen establece que los titulares de los permisos de autoabastecimiento, cogeneración, pequeña producción, producción independiente, exportación y usos propios continuos podrán solicitar la modificación de éstos por autorizaciones con carácter único de generación, a fin de realizar sus actividades al amparo de la Ley de la Industria Eléctrica.

En este sentido, los senadores incluyeron en la ley que las modificaciones a esos permisos serán formalizadas por voluntad de los permisionarios; y aquellos cuyos permisos se modifiquen, podrán solicitar y obtener, durante los cinco años siguientes a la modificación, el restablecimiento de las condiciones de dichos permisos y de los Contratos de Interconexión Legados celebrados al amparo de ellos, tal y como existían con anterioridad a la modificación.

Se cancelarán los contratos de interconexión legados, así como los derechos a celebrarlos cuando el interesado no demuestre a la Comisión Reguladora de Energía la operación comercial de la capacidad total contemplada en el Contrato de Interconexión Legado a más tardar el 31 de diciembre de 2019. La CRE podrá extender este plazo por causas justificadas.

Asimismo se estableció que el Centro Nacional de Control de Energía establecerá los criterios para evaluar las solicitudes de interconexión y de Servicio de Transmisión de las Centrales Eléctricas que se regirán por contratos de Interconexión Legados.

Al concluir la sesión, el presidente de la Cámara, senador Raúl Cervantes Andrade, informó a la asamblea que en tres jornadas del periodo de sesiones extraordinario el pleno ha trabajado más de 43 horas y en la de este día 14 horas con la intervención de 130 senadoras y senadores.

Convocó para continuar este mismo día a las 12:00 horas con la discusión y votación del dictamen con proyecto de decreto por el que se expiden la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

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