Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

COMUNICADO-718

•  Iniciativa de senadores orientada a combatir la obesidad

•  Medida propuesta para restaurantes, franquicias y establecimientos de venta y consumo de comida

Con el fin de combatir la obesidad, el sobrepeso y la diabetes, senadores de la República presentaron una iniciativa con proyecto de decreto para que cadenas de restaurantes, franquicias y establecimientos que se dedican a la venta y consumo de alimentos y bebidas no alcohólicas, publiquen y exhiban en sus menús el contenido calórico de los productos a la venta del público.

El senador del PRI, Ernesto Gándara Camou, subrayó que el propósito es facilitar a la población el acceso a información que le permita tomar decisiones para tener hábitos alimenticios y estilos de vida más saludables.

Asimismo, busca facultar a las autoridades sanitarias a fin de prevenir y controlar dichas enfermedades; y precisa que las NOM que expida la Secretaría de Economía, con los elementos técnicos nutricionales que le proporcione la Secretaría de Salud (SSA), tienen como finalidad contribuir a mejorar los hábitos alimenticios de la población.

Señaló que las NOM que dicte la SSA deberán hacer énfasis en enfermedades con mayor prevalencia, incidencia y que afecten a la población; definir como riesgo para la salud humana cualquier servicio relacionado con ambientes o factores asociados con enfermedades y, principalmente, aquellas con mayor prevalencia, incidencia e índice de mortalidad en la población.

La propuesta busca determinar que una vez que entre en vigor el presente decreto, el Ejecutivo federal, por medio de la SSA, contará con 90 días para dictar una NOM con la finalidad de requerir a las cadenas de restaurantes, franquicias y establecimientos de venta y consumo de alimentos y bebidas no alcohólicas, publiquen el contenido calórico de los productos que estén a la venta del público.

Dicha información deberá incluir el porcentaje que representa de la ingesta diaria recomendada por la OMS, al igual que el tiempo de ejercicio necesario para consumir las calorías ingeridas y destacar que se deberá excluir de dicha NOM a los pequeños negocios o microempresas.

Para tal fin se modifican los artículos 3, 13, 114, 115, 133, 158 y 421 de la Ley General de Salud; y, 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

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